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miércoles, 5 de diciembre de 2018

Procedimiento De Solicitud Para Traer Hijos A Vivir A Estados Unidos

Usted pudiera ser elegible para uno de los tres procedimientos de solicitud que se presentan a continuación:
  • 1. Usted es ciudadano norteamericano o residente permanente legal y está solicitando traer a sus hijos a vivir a los Estados Unidos.
  • 2. Su padre/madre o hermano(a) está solicitando traerlo a usted a vivir a los Estados Unidos. Y a usted le gustaría traer a sus hijos a vivir a los Estados Unidos para que vivan con usted.
  • 3. Usted tuvo hijos antes de obtener legalmente la residencia permanente y sus hijos no lo acompañaron físicamente a los Estados Unidos. Y a usted le gustaría que sus hijos estén con usted en Estados Unidos.

A continuación, explicamos cada uno de ellos: 

1. Usted es ciudadano estadounidense o residente permanente legal y está solicitando traer a sus hijos a vivir a los Estados Unidos

Sí usted es ciudadano estadounidense o residente permanente legal y la madre del niño(a), deberá completar los siguientes documentos con El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 
  • Formulario I-130 Solicitud de un Pariente Extranjero.
  • Certificado de nacimiento del ciudadano estadounidense (copia), o certificado de naturalización o ciudadanía, o la tarjeta de registro de extranjero (alien registration card o "green card") del residente permanente legal.
  • Copia del certificado de nacimiento del niño(a) que muestre el nombre de la madre y el de su hijo(a).


Sí usted es ciudadano estadounidense o residente permanente legal y el padre (o padrastro/madrastra) del niño(a), deberá completar los siguientes documentos con El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS): 
  • Formulario I-130 Solicitud de un Pariente Extranjero.
  • Certificado de nacimiento del ciudadano estadounidense (copia), o certificado de naturalización o ciudadanía, o la tarjeta de registro de extranjero (alien registration card o "green card") del residente permanente legal.
  • Copia del certificado de nacimiento del niño(a) que presente el nombre del padre y el de la madre.
  • Copia del certificado de matrimonio que presente los nombres de ambos padres, o una prueba que demuestre que la relación padres - hijo(a) existe o existió. (Sí usted es padrastro/madrastra, el acta de matrimonio debe comprobar que usted contrajo matrimonio con el padre/madre natural del infante antes de que éste último cumpliera los 18 años de edad).
  • Copia de un acta de divorcio, acta de defunción o un decreto de nulidad que compruebe que cualquier matrimonio que haya sido registrado anteriormente por usted o su esposo(a) concluyó legalmente.


Sí usted es ciudadano estadounidense o residente permanente legal y es padre adoptivo, debe completar los siguientes documentos con El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS): 
  • Formulario I-130 Solicitud de un Pariente Extranjero.
  • Certificado de nacimiento del ciudadano estadounidense (copia), o certificado de naturalización o ciudadanía, o la tarjeta de registro de extranjero (alien registration card o "green card") del residente permanente legal.
  • Copia certificada del decreto de adopción.
  • Decreto de custodia legal del menor sí es que usted obtuvo la custodia del hijo antes de adoptarlo.
  • Declaración que muestre los días y lugares en los cuales usted ha vivido con el hijo(a), y pruebas que demuestren que usted ha vivido con el/ella como padre/madre por lo menos por dos años.


Simultáneamente, su hijo puede ser elegible para continuar con los procedimientos de solicitud que se presentan listados abajo. 

Sí usted es ciudadano estadounidense y su hijo(a) no ha contraído matrimonio y es menor de 21 años, y además está actualmente dentro de los bordes de Estados Unidos, su hijo(a) puede entregar los siguientes documentos al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Estos documentos pueden ser entregados al mismo tiempo que su Formulario Form I-130 (Solicitud de un Pariente Extranjero): 
  • Formulario Form I-485 - Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Cambio de Estatus a Residente Permanente.
  • La Hoja de Información Biográfica G-325A (sí es de 14 años o mayor).
  • Certificado de nacimiento.
  • La Hoja de Examinación Medica I-693.
  • Dos fotografías a color que hayan sido tomadas durante los últimos 30 días (Para más información acerca de fotografías ver el Formulario I-485)
  • El Formulario de Solicitud de Pariente Extranjero I-130 que su padre/madre completó por usted, o el Aviso de Aprobación I-797 del formulario I-130.
  • Formulario de Declaración de Apoyo I-864 (completado por el patrocinador).
  • Formulario de Autorización de Empleo I-765 (Sí el niño(a) es mayor de 14 años y buscará empleo mientras se procesa su caso).
  • Evidencia de inspección o libertad bajo palabra dentro de los Estados Unidos (Formulario I-94 - Documento de Entrada y Salida)


En todos los otros casos: 

Usted será notificado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) sí su formulario I-130 (Solicitud de un Pariente Extranjero) es aprobado o rechazado. En caso de ser aprobado, a su hijo(a) se le notificará cuando se haga disponible un número de visa para él o ella. 

Sí su hijo(a) se encuentra fuera del país, deberá presentarse al consulado estadounidense local para su procesamiento. Sí su hijo(a) se encuentra legalmente dentro de los Estados Unidos al momento de habilitársele un número de visa, deberá solicitar que su estatus sea cambiado a residente permanente. Para más información acerca de números de visa favor ver Cómo Obtener un Número de Visa de Inmigrante. 


2. Su padre/madre o hermano(a) está solicitando traerlo a usted a vivir a los Estados Unidos. A usted le gustaría traer a sus hijos a vivir a los Estados Unidos para que vivan con usted. 

Sí su padre/madre es ciudadano(a) estadounidense y lo está solicitando a usted con el formulario de Solicitud de un Pariente Extranjero I-130, y usted está casado (no importa la edad), o soltero y es mayor que 21 años, su esposo(a) e hijos menores de 21 años no necesitan completar solicitudes de visa por separado. Sus hijos serán incluidos en la petición de visa que su padre/madre está completando por usted 

Sí su padre es un residente permanente legal y solicita que usted venga a los Estados Unidos, y usted es soltero (no importa la edad), sus niños solteros no requieren una solicitud de visa por separado. Sus hijos serán incluidos en la solicitud de visa que su padre/madre completo por usted. 

Sí su hermano(a) está solicitando el estatus de residente permanente para usted, mediante el formulario I-130, su esposo(a) y sus hijos menores de 21 no necesitan entregar solicitudes de visa por separado. Sus hijos serán incluidos en la solicitud de visa que su hermano(a) está completando por usted. Para más información favor ver Vistazo General de Cómo Traer Hermano a Vivir a los Estados Unidos. 

Su padre/madre o hermano(a) será notificado por sí su formulario de Solicitud de un Pariente Extranjero Formulario I-130 es aprobada o rechazada. Sí es aprobada usted y sus hijos serán notificados al momento de hacerse disponible un número de visa. Sí usted se encuentra fuera del país deberá presentarse al consulado estadounidense local para su procesamiento. Sí usted se encuentra legalmente dentro de los Estados Unidos al momento de hacerse disponible un número de visa, deberá solicitar la que su estatus sea cambiado a residente permanente. Para más información sobre números de visa para inmigrantes favor ver Cómo Obtener un Número de Visa de Inmigrante. Para más información sobre cómo cambiar su estatus a residente permanente legal vea Vistazo de Cómo Volverse Residente Permanente Legal Estando en los Estados Unidos. 


3. Usted tuvo hijos antes de obtener la residencia permanente legal y sus hijos no lo acompañaron físicamente a Estados Unidos. Ahora a usted le gustaría que sus hijos estén con usted en los Estados Unidos. 

Sí usted tenía hijos antes de obtener la residencia permanente legal, sus hijos pueden ser elegibles para recibir beneficios de después - de - unión. Esto significa que usted no necesita completar un formulario I-130 (Solicitud de un Pariente Extranjero) separado por sus hijos, y sus hijos no deberán esperar tiempo adicional para que les sea disponible un número de visa. En estos casos, usted simplemente puede notificar al consulado estadounidense que su estatus de residente permanente legal ha sido otorgado, por cuanto sus hijos están en condiciones de solicitar visas de inmigrante. Sus hijos pueden ser elegibles para beneficios de después - de - unión en los siguientes casos sí son solteros, menores de 21 años, y sí su relación con ellos aún perdura: 
  • Usted recibió una visa de fiancé.
  • Usted recibió una visa de inmigrante de diversidad (diversity immigrant visa)
  • Usted recibió una visa de inmigrante de trabajo.
  • Usted recibió una visa de inmigrante debido a su relación con su hermano(a).
  • Usted recibió una visa de inmigrante debido a su relación con sus padres ciudadanos estadounidenses, cuando usted estuvo casado, o cuando estuvo soltero y era mayor de 21 años.
  • Usted ha recibido una visa de inmigrante debido a su relación con su esposo(a) mientras el/ella era residente permanente legal.
  • Usted recibió una visa de inmigrante debido a su relación con sus padres, mientras eran residentes permanentes legalmente, y mientras usted estaba soltero.


Sí usted está dentro de estas categorías, entregue la siguiente información al Servicio de Inmigración y Naturalización: 


Sí el formulario I-824 es aprobado, El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) notificará a un consulado estadounidense que su solicitud de un estatus de residente permanente legal ha sido aprobada; por cuanto sus hijos pueden solicitar visas de inmigrantes. Usted deberá pedir a sus hijos que se presenten ante el consulado estadounidense local para completar el procesamiento. 

Importante: La información en esta página es una traducción de InmigracionyVisas.com basada en información provista por el Departamento de Estado y/o por El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) Ninguna información provista en esta página debe ser considerada como asesoramiento legal. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes hacer cualquier diligencia para visitar o migrar a los Estados Unidos. 

 

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)  

http://www.inmigracionyvisas.com/a151perm-hijos-procedimiento.html

martes, 4 de diciembre de 2018

Proponen Regla Basada En Mérito Para Programa De Visas H-1B

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció notificación de regla propuesta que requeriría a los peticionarios que desean presentar peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria a primero registrarse electrónicamente con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) durante el periodo de inscripción designado. Bajo la regla propuesta, USCIS también revertiría el orden en el que USCIS selecciona las peticiones H-1B bajo la cantidad máxima reglamentaria o cantidad límite de visas H-1B y la exención de grado avanzado, y lo que probablemente aumentaría que los beneficiarios con grados de maestría o grados superiores procedentes de instituciones de educación superior en Estados Unidos puedan ser seleccionados para consideración a la cantidad máxima de visas H-1B, e introduciría una selección más meritoria de beneficiarios.

El programa H-1B permite que las empresas en Estados Unidos empleen temporalmente a trabajadores extranjeros en ocupaciones especializadas que requieren la aplicación de un conocimiento teórico y práctico altamente especializado y un grado de bachillerato (licenciatura) o grado superior en la especialidad específica, o su equivalente. Cuando USCIS recibe más de las peticiones suficientes para alcanzar la cantidad límite de visas H-1B establecida por el Congreso, se usa un proceso de selección generado por computadora, o lotería, para seleccionar las peticiones que se cuentan hacia la cantidad de peticiones que se proyectan sean necesarias para alcanzar la cantidad límite. 

La regla propuesta incluye una disposición que permitiría que USCIS suspenda temporalmente el proceso de registro durante cualquier año fiscal en el que USCIS experimente desafíos técnicos con el proceso de registro del programa H-1B y/o el nuevo sistema electrónico. La disposición propuesta para la suspensión temporal también permitiría a USCIS demorar anticipadamente la implementación del proceso de registro después de la temporada de la cantidad máxima del año fiscal 2020, si es necesario, para completar todos los requisitos de pruebas de uso y aprobaciones del nuevo sistema y proceso de registro H-1B. Aunque USCIS ha estado activamente trabajando para desarrollar y probar el sistema de registro electrónico, si la regla finaliza como se ha propuesto, pero no hay tiempo suficiente para implementar el sistema de registro para el proceso de selección de la cantidad máxima para el año fiscal 2020, USCIS probablemente suspendería el requisito de registro para la temporada de cantidad máxima del año fiscal 2020. 

Actualmente, en los años en que se alcanzan la cantidad límite de H-1B y la exención por grado avanzado durante los primeros cinco días en que pueden presentarse las peticiones, la exención por grado avanzado es seleccionada antes de la cantidad límite de visas H-1B. La regla propuesta revertiría el orden de selección y contaría todos los registros o peticiones hacia la cantidad proyectada según sea necesario para alcanzar la cantidad límite de H-1B primero. Una vez la cantidad suficiente de registros o peticiones son seleccionadas para la cantidad límite H-1B, USCIS entonces seleccionaría los registros o peticiones hacia la exención de grado avanzado. Este cambio propuesto aumentaría las posibilidades de que los beneficiarios que tengan un grado de maestría o superior de una institución de educación superior estadounidense sean seleccionados bajo la cantidad límite de H-1B y las visas H-1B serían otorgadas a los beneficiarios más hábiles y mejores pagados. Un aspecto importante, el proceso propuesto resultaría en un aumento estimado de hasta 16 porciento (o 5,340 trabajadores) en la cantidad de beneficiarios H-1B seleccionados que posean un grado de maestría o grado superior de una institución de educación superior estadounidense. 

USCIS espera que el cambio al registro electrónico reduzca los costos totales para los peticionarios y cree un proceso de peticiones H-1B más eficiente y más costo efectivo para USCIS. La regla propuesta ayudaría a aliviar las grandes cargas administrativas que recaen sobre USCIS. La agencia ya no necesitaría recibir físicamente ni manejar cientos de miles de peticiones H-1B (y la documentación de apoyo que les acompañan) antes de llevar a cabo el proceso de selección de la cantidad límite. Esto ayudará a reducir los tiempos de espera de las notificaciones de selección de la cantidad límite. La regla propuesta también limita la presentación de peticiones sujetas a la cantidad límite de visas H-1B al beneficiario nombrado en el registro original seleccionado, lo que protegería la integridad del sistema de registro. 

El 18 de abril de 2017, el presidente Trump expidió la Orden Ejecutiva Compre Productos Estadounideses y Contrate Estadounidenses, instruyendo a DHS a “proponer nuevas reglas y emitir nuevas guías para sustituir o revisar reglas y guías anteriores si es necesario, para proteger los intereses de los trabajadores estadounidenses en la administración de nuestro sistema de inmigración”. La orden ejecutiva específicamente hizo mención del programa H-1B e instruyó a DHS y otras agencias “a sugerir reformas para ayudar a asegurar que las visas H-1B sean otorgadas a los beneficiarios de peticiones más capacitados o mejor pagados.” 

Información adicional sobre la regla propuesta está disponible en el Registro Federal. El público puede comenzar a enviar sus comentarios a partir del lunes, 3 de diciembre, cuando se publique la regla propuesta en el Registro Federal, y deben recibirse en o antes del 2 de enero de 2019. 



Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 

http://www.inmigracionyvisas.com/a3958-proponen-cambios-para-visas-H1B-basaba-en-meritos.html

lunes, 3 de diciembre de 2018

How States Took Action on Immigration in 2018

Written by Tory Johnson

States and localities continue exploring policies and positions on immigration to serve the needs of their communities and, at times, respond to the aggressive immigration agenda touted by the Trump administration.

In the first year of Donald Trump’s presidency, states enacted more laws and resolutions involving immigration than ever before. But was this trend a fluke, or will immigration continue to be a central topic addressed by states and localities? 

According to the National Conference of State Legislatures (NCSL), nearly 300 immigration-related laws and resolutions were passed at the state level in the first half of 2018. The majority dealt with integration and education programs, immigrant and refugee services, and law enforcement. This is a slight decrease from the 328 laws and resolutions enacted during the same period in 2017. 

While overall numbers are down compared to last year, many notable trends remain. States continue to weigh their role in federal immigration enforcement. As of June, at least 25 states had considered 66 proposals generally seeking to either establish or prohibit policies that would limit cooperation with federal immigration authorities, often given the misnomer “sanctuary” policies. About 100 such policies were proposed during the same period last year. 



As of June, three states had enacted bills related to “sanctuary” policies: 
  • California passed a law generally prohibiting its law enforcement agencies from contracting with the federal government for civil immigration detention purposes.
  • Lowa passed a law that, among other things, prevents localities from adopting a policy seeking to limit participation in federal immigration enforcement activities.
  • A law enacted in Tennessee bars localities or officials “from adopting or enacting a sanctuary policy.” Under the new law, entities with such a policy are ineligible for certain state-level grants.


States also responded to federal immigration actions through resolutions. Among the 175 resolutions adopted at the state level as of June, several opposed the Trump administration’s policies on immigration. 

For example, when the president implemented the policy separating migrant children from their parents at the border, within a week New Jersey, Vermont, and Puerto Rico adopted resolutions condemning the government’s actions. 

With several state legislatures still in session, it is too early to know with certainty how many state-level immigration laws will pass in 2018. But it is clear that immigration remains an important—and complex—topic for states and localities to explore. 

As we move toward a new year, with many newly elected officials stepping into office, let’s hope leaders engage in meaningful and thoughtful discussions on immigration that reflect the interests of communities and the values of the nation as a whole.

 

Source: www.immigrationimpact.com 

http://www.inmigracionyvisas.com/a3957-How-States-Took-Action-on-Immigration.htmlhttp://www.inmigracionyvisas.com/a3957-How-States-Took-Action-on-Immigration.html

sábado, 1 de diciembre de 2018

En el marco de la cumbre del G20 que se lleva a cabo en Argentina, el presidente de Estados Unidos Donald Trump, el presidente de México, Enrique Peña Nieto, y el primer ministro de Canadá, Justin Trudeau, firmaron el acuerdo comercial USMCA o T-MEC, luego de un año de negociaciones.

El presidente de México Enrique Peña Nieto aseguró que la renegociación del tratado permitió reafirmar la importancia de la integración económica de América del Norte y resaltó que México, EU y Canadá han mantenido estrechos vínculos comerciales que han transformado a nuestro país. 

Asimismo, Justin Trudeau reconoció al mandatario mexicano por alcanzar un “momento histórico” con el nuevo acuerdo de comercio trilateral, ya que generará millones de empleos y fortalecerá a la clase media. 

Por su parte el presidente Donald Trump Expreso “Este nuevo acuerdo será el acuerdo comercial más moderno, más actualizado y más equilibrado de la historia de nuestro país, con las protecciones más avanzadas para los trabajadores que jamás se hayan desarrollado.” 

Dentro del acuerdo se destaca: 
  • El nuevo Acuerdo entre Estados Unidos, México y Canadá (USMCA, por sus siglas en inglés) o T-MEC en Español reemplazará al obsoleto y fallido Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
  • Con la firma de este acuerdo, el Presidente Trump ha cumplido su promesa de renegociar el TLCAN y proteger a los agricultores, ganaderos, empresas y trabajadores estadounidenses.
  • El USMCA o T-MEC ayudará a incentivar miles de millones de dólares en la producción adicional de vehículos y autopartes en Estados Unidos.
  • El acuerdo incluye reglas de origen actualizadas que requieren que el 75 por ciento del contenido de los vehículos se produzca en Norteamérica.
  • Los trabajadores del sector automotriz estadounidenses se beneficiarán de las reglas que incentiven el uso de mano de obra manufacturera con altos salarios en el sector automotriz. Esto incluye un requisito de que el 40-45% de un vehículo consista en contenido fabricado por trabajadores norteamericanos que ganen al menos $16 por hora
  • Los capítulos de trabajo y medio ambiente del USMCA o T-MEC son completamente ejecutables y representan las disposiciones laborales y medioambientales más estrictas que las de cualquier acuerdo comercial jamás negociado.
  • México aceptó reformas laborales históricas para proporcionar una negociación colectiva genuina.
  • El acuerdo prohíbe la importación de bienes producidos por trabajo forzado.
  • El acuerdo incluye disposiciones que permiten que los productos agrícolas se comercialicen de manera más justa.
  • Canadá finalizará sus programas de “Clase 6” y “Clase 7” que permiten que los productos lácteos de bajo precio se vendan más baratos que los de los productores de lácteos estadounidenses.
  • Canadá aumentará el acceso al mercado de los productos lácteos, huevos y aves de corral de Estados Unidos.
  • El nuevo acuerdo incluye un capítulo modernizado que proporciona protecciones de propiedad intelectual más sólidas y completas que cualquier otro acuerdo comercial anterior de Estados Unidos. Estas protecciones son vitales para promover la innovación y el crecimiento económico.
  • El USMCA o T-MEC incluye una sólida protección de derechos de autor, 10 años de protección de datos para medicamentos biológicos y nuevas protecciones contra el robo de secretos comerciales.
  • El USMCA o T-MEC incluye las disposiciones más estrictas de comercio digital y servicios financieros que las de cualquier acuerdo comercial de Estados Unidos.
  • Las nuevas reglas aseguran que los datos puedan transferirse a través de la frontera y que se minimicen los límites sobre dónde se pueden almacenar los datos.
  • El USMCA o T-MEC reducirá la burocracia en la frontera, agilizará el comercio y reducirá la incertidumbre regulatoria.
  • El acuerdo incluye un capítulo de política cambiaria que ayudará a reforzar la transparencia y la estabilidad.


A continuación parte del discurso del presidente de México, cortesía del canal de YouTube NotimexTV

 

 

Fuente: Embajada de Estados Unidos en Mexico - YouTube NotimexTV 

http://www.inmigracionyvisas.com/a3956-Acuerdo-Comercial-entre-Mexico-Canada-y-Estados-Unidos.html 

viernes, 30 de noviembre de 2018

Nuevos Requerimientos Para Empleados Extranjeros Con Visa L1 En Estados Unidos

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) publicó un memorándum de políticas (PDF, 121 KB) (PM, por sus siglas en inglés), que clarifica el requerimiento de que una organización cualificada emplee a un beneficiario principal L-1 en el extranjero por al menos un año continuo de los tres años previos a la presentación de la petición (“requerimiento de un año de empleo en el extranjero”). 

Esta clarificación tiene el propósito de asegurar consistencia en la adjudicación de peticiones L-1, al proveer bases estandarizadas para calcular el tiempo del requerimiento de un año de empleo en el extranjero. 

Esto quiere decir que una empresa que emplee a un trabajador extranjero para trabajar en los Estados Unidos deberá demostrar que el trabajador cumple con el requisito de un año laboral fuera del país, periodo que deberá contar en los últimos tres años previos a aplicar por su permiso. 

La clasificación L-1 de no inmigrante permite a empleadores en Estados Unidos transferir a un ejecutivo o gerencial (L-1A) o a un empleado con conocimientos especializados (L-1B) de una de sus oficinas cualificadas en el extranjero a una de sus oficinas en Estados Unidos. Esta clasificación permite a compañías extranjeras que aún no tienen oficinas cualificadas en Estados Unidos a enviar ejecutivos o gerenciales, o empleados con conocimientos especializados para establecer una oficina cualificada. 

Específicamente, este memorándum de políticas explica que: 
  • El beneficiario debe estar físicamente fuera de los Estados Unidos durante el año continuo de empleo requerido, excepto por viajes cortos a Estados Unidos. por motivos de negocios o placer.
  • El peticionario y el beneficiario deben cumplir con todos los requerimientos, incluso el año de empleo en el extranjero, al momento en que el peticionario presenta la petición inicial L-1.

Excepto como se indica en el memorándum de políticas, el año de empleo en el extranjero debe ocurrir entre el período de tres años previos a la fecha en que se presenta la petición L-1. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) calculará el periodo de tres años durante el que el beneficiario debe cumplir con el requerimiento del año de empleo en el extranjero. El memorándum de políticas también clarifica qué tiempo se tomará en consideración al momento de determinar cuándo comienza el periodo de tres años. 

En apoyo a la orden ejecutiva “Compre Productos Estadounidenses y Contrate Estadounidenses”, El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) está en el proceso de revisión de todos los programas de inmigración basada en el empleo a fin de eliminar el fraude y asegurar la consistencia en las adjudicaciones. 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) no había proporcionado anteriormente guías sobre las políticas con respecto a las condiciones en las que el “conteo” de tres años puede detenerse para el propósito de determinar si se ha cumplido el requerimiento de un año de empleo en el extranjero para un beneficiario L-1. 

Este memorándum de políticas mejora el proceso de adjudicación de beneficios para los inmigrantes L-1 mediante la clarificación de las guías de cálculos, a fin de asegurar que se apliquen consistentemente en todas las peticiones L-1. 

Si desea conocer más acerca del visado L1 pude hacer clic en Transferencias de Ejecutivos o Gerentes en Estados Unidos

 

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 

http://www.inmigracionyvisas.com/a3955-Nuevos-Requerimientos-para-visas-L1.html

jueves, 29 de noviembre de 2018

Venezolanos Podrán Tramitar Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF), Totalmente Gratis

Los ciudadanos venezolanos podrán expedir la Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF), totalmente gratis, a través de la página web de Migración Colombia, www.migracioncolombia.gov.co. 

Este documento, que les permitirá a los ciudadanos venezolanos ingresar de forma temporal a los municipios de Colombia habilitados en zona de frontera, fue anunciado por el Director General de Migración Colombia, Christian Krüger Sarmiento, en el marco del decimosexto taller “Construyendo País”. 

“Con la reapertura de la Tarjeta de Movilidad Fronteriza se busca evitar que los ciudadanos venezolanos hagan su tránsito a Colombia por pasos no regulados, arriesgando su vida y exponiéndose a toda clase abusos y peligros”, afirmó Krüger Sarmiento. 

La Tarjeta de Movilidad Fronteriza o TMF, les permitirá a los ciudadanos venezolanos ingresar a Colombia para abastecerse de alimentos, asistir a citas médicas, comprar productos de primera necesidad y a los menores de edad inscribirse en las instituciones educativas. 

Para su expedición de la TMF es importante que cada ciudadano venezolano, incluidos los menores de edad, cuenten con un correo electrónico individual propio, ya que la Tarjeta les llegará al mismo y es importante que sepan el usuario y la contraseña, por si necesitan hacer alguna modificación o sacar un duplicado. 

Así mismo, deberán escanear una fotografía de fondo blanco en tamaño 3*4, la cédula de identidad o partida de nacimiento en caso de ser menor y deberán anexar un certificado de residencia en Venezuela, el cual puede ser expedido por una autoridad o entidad local. O bien, puede ser un recibo del impuesto predial, o de servicios públicos, o un contrato de arrendamiento, entre otros. 

“Es importante que los ciudadanos venezolanos tengan presente que la Tarjeta de Movilidad Fronteriza es personal e intransferible. No es un documento de identificación, razón por la cual, cada vez que ingresen a Colombia, deberán presentarla con su cédula identidad. También es importante recordar que este documento es gratuito y que si se tramita en un cyber, es importante verificar que la Tarjeta sea original y corresponda al ciudadano venezolano que la está sacando, para ello, pueden leer el código QR que aparece en el documento”, indicó el Director General de Migración Colombia. 

Los ciudadanos venezolanos que ya cuentan con la Tarjeta de Movilidad Fronteriza no deberán tramitar una nueva. 

“La TMF es una medida de flexibilización con la cual buscamos darle la mano a la población venezolana que diariamente se mueve entre Colombia y Venezuela. Sin embargo, es necesario aclarar que este documento puede ser anulado en caso de que se evidencie alguna alteración al mismo, que se use indebidamente, que el extranjero cometa infracciones penales o policivas, que el ciudadano venezolano incurra en permanencia irregular al estar en municipios no autorizados dentro de la TMF, que haya ingresado por pasos irregulares, que se facilite el documento para que lo utilice otra persona o bien, que emplee la TMF para trabajar, entre otras cosas”, señaló el Director General de Migración Colombia, Christian Krüger Sarmiento. 

Para los venezolanos que quieren regular su situación en el país tienen plazo hasta el próximo 2 de diciembre para que obtengan el Permiso Especial de Permanencia (PEP), siempre y cuando estén censados en el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos (RAMV). 

Migración Colombia informó en Twitter que de 442.462 venezolanos que pueden tramitar el PEP, solo lo han hecho alrededor de unos 256.000. 

Mediante la Resolución 2033 de 2018 se implementó la expedición del permiso especial de permanencia como mecanismo de facilitación migratoria que les permitirá tener acceso a salud, educación, trabajo y, además, podrán abrir cuenta bancaria. 

El PEP también es gratis y se obtiene a través de la página web www.migracioncolombia.gov.co con solo registrar la fecha de nacimiento y el número del formulario RAMV. Si extraviaron el número, lo puede recuperar en la página de la UNGRD http://rud.gestiondelriesgo.gov.co sección “consultas”. 

El secretario del Interior, Guillermo Polo Carbonell, hizo un llamado especial a todos los venezolanos que aún no tienen este permiso para que no dejen vencer el plazo y lo obtengan antes del 2 de diciembre. 

“Si las personas no tienen la oportunidad de imprimirlo directamente de la página web de Migración Colombia, pueden acercarse a los puntos de atención dispuestos en el Distrito de Barranquilla y varios municipios del Atlántico para facilitarles este proceso”, sostuvo el funcionario. 

La Resolución 2033 de 2018 establece que el PEP para los nacionales venezolanos registrados en el RAMV se otorgará por un período de noventa días calendario, a partir de su expedición, prorrogables de manera automática hasta por dos años. Al término de este tiempo debe haber obtenido la correspondiente visa, de lo contrario, incurrirá en permanencia irregular. 



Fuente: Migración Colombia 

http://www.inmigracionyvisas.com/a3954-tarjeta-movilidad-fronteriza-para-venezolanos-es-gratis.html

miércoles, 28 de noviembre de 2018

Conozca la historia de latinos que han triunfado en Canadá, Carlos Hilarion es un ingeniero latino fundador la Asociación Profesional de Ingenieros Latinos en Canadá APILC, que al día de hoy cuenta con cerca de 5000 ingenieros en Canadá. 

La Asociación Profesional de Ingenieros Latinos en Canadá APILC le brindan asesoría y solución a preguntas tales ¿A qué se van a enfrentar si emigra Canadá?, ¿Qué es y cómo es la ingeniera en Canadá?, ¿Cuáles son los obstáculos para ejercer la profesión?, ¿Cómo está el mercado laboral? entre otras. 

Su objetivo es tratar de simplificar el proceso de admisión en la Orden de Ingenieros de Quebec, a todos los inmigrantes latinoamericanos que estudiaron ingeniería en sus países respectivos y que deben enfrentarse a un sistema cuyas reglas son hasta cierto punto, demasiado estrictas y además tampoco son desafortunadamente en su favor. 

El vídeo discute básicamente tres aspectos: 
  • El ingeniero que quiere radicarse en Canadá.
  • El ingeniero que llega a Canadá.
  • El ingeniero que está radicado en Canadá.

 


Para mas información puede visitar el sitio web de de la Asociación Profesional de Ingenieros Latinos en Canadá APILC 



Fuente: YouTube CI Canadá 

http://www.inmigracionyvisas.com/a3953-asociacion-de-ingenieros-latinos-en-Canada.html


martes, 27 de noviembre de 2018

Migrantes Intentan Cruzar A La fuerza Estados Unidos

 

En la ciudad de Tijuana, en México, oficiales de la patrulla fronteriza de Estados Unidos dispararon gases lacrimógenos contra una multitud de desesperados solicitantes de asilo provenientes de Centroamérica mientras intentaban abrirse camino a través de la fuertemente militarizada frontera con Estados Unidos. 

Entre los agredidos había madres con niños pequeños, quienes acabaron gritando y teniendo dificultades para respirar debido a la propagación del gas lacrimógeno. Oficiales de la Policía Federal mexicana con equipo antidisturbios arribaron a la escena y arrestaron a docenas de migrantes, el Gobierno de México señala que los detenidos serán deportados a América Central. 

El grupo se había separado de una protesta pacífica en la que participaron miles de migrantes que exigían la entrada a Estados Unidos, donde esperaban obtener asilo. Los migrantes proceden de Honduras, Guatemala y El Salvador, y huyen de la violencia generalizada, la pobreza y el desempleo masivo. Estas son las palabras de Saúl Hernández, un solicitante de asilo hondureño de 37 años. 

Saúl Hernández dijo: “Yo le digo al señor presidente de Estados Unidos que no le meta miedo a la gente, porque ahí le está demostrando a México que él puede, le está metiendo al pueblo mexicano también miedo. Que, por favor, quite sus tropas”. 

En respuesta a la situación, el Gobierno encabezado por el presidente Donald Trump cerró temporalmente el paso fronterizo de San Ysidro, una de las vías de entrada más transitadas del mundo, por la que cruzan más de 90.000 personas cada día. Mientras tanto, el Gobierno del presidente electo de México, Andrés Manuel López Obrador, negó la existencia de un acuerdo con el Gobierno de Trump para obligar a los solicitantes de asilo a permanecer en México mientras se procesan sus solicitudes de asilo en Estados Unidos. El desmentido contradice las publicaciones del presidente Trump en la red social Twitter y un informe publicado el sábado en el periódico The Washington Post. 

Con bombas lacrimógenas y balas de goma, los agentes fronterizos de Estados Unidos disuadieron a los cerca de 500 migrantes que esta tarde intentaron cruzar por Tijuana a suelo norteamericano. 

A continuación algunas imágenes registradas por algunos canales de YouTube.







Fuente: www.democracynow.org - YouTube RT en Español - YouTube T13 

http://www.inmigracionyvisas.com/a3952-Migrantes-Intentan-Cruzar-a-Estados-Unidos.html