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sábado, 26 de septiembre de 2026

¿Qué derechos tienen los inmigrantes durante una redada de ICE?

 




Los inmigrantes en Estados Unidos tienen derechos constitucionales, incluso si no tienen estatus migratorio. Durante una redada o encuentro con agentes de inmigración, una persona puede ejercer su derecho a permanecer en silencio, negarse a consentir determinados registros y, en ciertas circunstancias, exigir que los agentes presenten una orden judicial antes de entrar a una vivienda.


tienes derechos durante una redada de ICE, sin importar tu estatus migratorio. La Constitución de EE.UU. protege a toda persona presente en el país, no solo a los ciudadanos: el derecho a guardar silencio (Quinta Enmienda), el derecho a no abrir la puerta sin una orden judicial firmada por un juez (Cuarta Enmienda), y el derecho a hablar con un abogado antes de firmar cualquier documento. No tienes que responder preguntas sobre tu país de nacimiento o tu estatus migratorio. No firmes nada —especialmente una salida voluntaria— sin que un abogado lo revise. Y recuerda: los agentes de ICE pueden mentirte legalmente durante un interrogatorio, así que nunca mientas tú ni presentes documentos falsos, ya que eso sí puede perjudicar gravemente tu caso.


Tus Derechos Constitucionales, Sin Importar tu Estatus

La Constitución de Estados Unidos no reserva sus protecciones fundamentales solo para los ciudadanos. Los tribunales han sostenido de forma reiterada que la Cuarta Enmienda (contra registros e incautaciones irrazonables) y la Quinta Enmienda (contra la autoincriminación y el derecho al debido proceso) aplican a toda persona físicamente presente en Estados Unidos, tenga o no un estatus migratorio legal.

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🛡️ Tus 6 derechos fundamentales frente a ICE

  • Derecho a guardar silencio. No estás obligado a responder preguntas sobre tu país de nacimiento, cómo entraste a EE.UU. o tu estatus migratorio.
  • Derecho a negar la entrada a tu casa sin una orden judicial firmada por un juez (no una orden administrativa de ICE).
  • Derecho a hablar con un abogado antes de firmar cualquier documento o responder preguntas.
  • Derecho a no firmar nada que no entiendas completamente, incluyendo formularios de salida voluntaria.
  • Derecho a grabar el encuentro en la mayoría de los estados, siempre que no interfieras con la actuación de los agentes.
  • Derecho a comparecer ante un juez de inmigración antes de ser deportado, en la mayoría de los casos.
ℹ️ ¿Y si no tengo estatus legal?
Estos derechos aplican exactamente igual. Ser indocumentado no elimina tus protecciones constitucionales básicas. Lo que sí puede pasar es que, tras un arresto, enfrentes un proceso de remoción (deportación) ante una corte de inmigración — pero el proceso para llegar a ese punto debe respetar tus derechos.


Si ICE Llega a tu Casa: Qué Hacer Paso a Paso

Tu hogar tiene una protección especial bajo la Cuarta Enmienda. A menos que los agentes tengan una orden judicial firmada por un juez que especifique tu dirección exacta, no están autorizados a entrar sin tu consentimiento.

1

No abras la puerta

Puedes hablar a través de la puerta cerrada o de una ventana. No estás obligado a abrir físicamente.

2

Pide ver la orden

Pide que la deslicen por debajo de la puerta o la muestren contra el cristal de una ventana. Verifica que esté firmada por un juez, no solo por un supervisor de ICE.

3

Guarda silencio con calma

Puedes decir en voz clara: "No voy a responder preguntas ni firmar nada sin mi abogado presente."

4

No firmes nada

Ningún documento, especialmente una salida voluntaria, sin que tu abogado lo revise primero.

5

Llama a tu abogado o línea de emergencia

Hazlo de inmediato, incluso mientras el encuentro está ocurriendo, si es posible.

6

Documenta lo ocurrido

Anota nombres, números de placa e identificación de los agentes en cuanto puedas hacerlo con seguridad.

⚠️ Una orden administrativa NO te obliga a abrir la puerta
Los formularios I-200 (orden de arresto) o I-205 (orden de deportación) son documentos administrativos emitidos por el propio ICE, no por un juez. Por sí solos, no autorizan a los agentes a entrar a tu vivienda sin tu permiso.


Continúe leyendo en https://inmigracionyvisas.com/a6685-derechos-inmigrantes-durante-redada-ice




miércoles, 23 de septiembre de 2026

Nueva regla de carga pública 2026: ¿Qué ayudas públicas pueden afectar la Green Card?

 



¿Qué es la Regla de Carga Pública y qué cambió el 18 de septiembre de 2026?

Históricamente, la ley de inmigración de Estados Unidos permite denegar la Green Card a quienes se considere probables de convertirse en una «carga pública» —es decir, personas que dependerán principalmente del Gobierno para su subsistencia—.


Bajo la normativa vigente entre 2022 y septiembre de 2026, la revisión era restrictiva y prácticamente solo consideraba el dinero en efectivo para manutención (como SSI o TANF) y la institucionalización médica a largo plazo pagada por el Estado. Sin embargo, la normativa que entró en vigor el 18 de septiembre de 2026 amplía el margen de evaluación de USCIS, permitiendo a los oficiales analizar un abanico más amplio de ayuda social bajo el criterio de «totalidad de las circunstancias».


¿Recibir ayuda médica, SNAP o vivienda afecta la Green Card?

La respuesta directa es: depende de la fecha de solicitud, del beneficio específico y de tu perfil financiero general, pero recibir ayuda NO significa una negación automática.

A partir del 18 de septiembre de 2026, USCIS evalúa la asistencia recibida de la siguiente manera:

  • Asistencia médica (Medicaid / CHIP): Puede ser considerada si fue solicitada o recibida a partir del 18 de septiembre de 2026. La atención médica de emergencia y los servicios prestados a menores o mujeres embarazadas suelen mantener protecciones.
  • Cupones de Alimentos (SNAP / WIC): Bajo la nueva regla, la recepción de cupones SNAP tras la fecha de entrada en vigor pasa a formar parte de la revisión integral del oficial.
  • Subsidios de Vivienda (Sección 8 / Vouchers): La asistencia de vivienda con verificación de recursos (means-tested) recibida a partir del 18 de septiembre de 2026 se suma a los factores de análisis.
  • Beneficios anteriores al 18 de septiembre de 2026: Los beneficios no monetarios (como Medicaid o SNAP) recibidos antes de esta fecha no se aplican de forma retroactiva bajo los nuevos criterios.
Importante: El uso de beneficios por parte de tus dependientes o hijos ciudadanos estadounidenses, en general, no debe contarse directamente en tu contra, salvo en circunstancias muy específicas donde el beneficio sea el único sostén del hogar del solicitante principal. Ademas contar con un Formulario I-864 (Patrocinio Económico / Affidavit of Support) sólido y suficiente por parte de un patrocinador ciudadano o residente continúa siendo un elemento determinante para contrarrestar la evaluación.

¿A Quién le Aplica esta Nueva Regla?

La causal de inadmisibilidad por carga pública aplica en general a la mayoría de solicitantes de ajuste de estatus por vía familiar y por empleo, incluyendo:

  • Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuges, hijos solteros menores de 21, padres de ciudadanos adultos)
  • Categorías de preferencia familiar F1 a F4
  • Solicitantes con  visa K-1 / K-2 de prometido(a) que ajustan estatus
  • Solicitantes por empleo en las categorías EB-1 a EB-5
  • Inmigrantes ameriasiáticos, en la mayoría de los contextos
  • Viudas y viudos de ciudadanos estadounidenses que autopeticionan

Si perteneces a una de estas categorías y tú mismo — como beneficiario registrado — actualmente recibes, planeas recibir o recibiste recientemente algún beneficio sujeto a verificación de recursos, el nuevo marco te alcanza a partir de la fecha en que presentes tu I-485.


Continúe leyendo en https://inmigracionyvisas.com/a6684-ayudas-publicas-negar-green-card-regla-carga-publica-2026

viernes, 18 de septiembre de 2026

🇺🇸 ¡6 OFERTAS DE EMPLEO EN ESTADOS UNIDOS PARA NOVIEMBRE DE 2026!

 



¿Estás buscando oportunidades laborales en EE. UU.? Estas vacantes incluyen puestos en agricultura, construcción, ganadería y gastronomía, con salarios de hasta $36 dólares por hora.


🔹 Trabajador agrícola – Dakota del Sur
💰 $17.92 por hora
👥 4 posiciones


🔹 Trabajadores de ganado – Colorado
💰 $20.28 por hora
👥 2 posiciones


🔹 Obreros de construcción – Minnesota
💰 $25.14 a $28 por hora
👥 35 posiciones
✅ No requiere experiencia ni educación


🔹 Ayudantes de construcción – Idaho
💰 $22.17 a $36 por hora
👥 15 posiciones


✅ No requiere experiencia ni educación

🔹 Cocinero de sushi – Colorado
💰 $22 a $25 por hora
👥 2 posiciones


🔹 Cocinero y ayudante de catering – Montana
💰 $13.69 por hora
👥 6 posiciones
✅ No requiere experiencia


📅 Varias de estas vacantes tienen inicio previsto entre el 1 y el 15 de noviembre de 2026.

⚠️ Importante: cada empleo tiene requisitos, condiciones y procedimientos de aplicación diferentes. Revisa toda la información antes de enviar tu solicitud.

👉 Conoce las 6 ofertas, requisitos, salarios y cómo aplicar:

https://inmigracionyvisas.com/a6684-ofertas-empleo-estados-unidos-noviembre-2026

📲 Comparte esta información con familiares o amigos que estén buscando oportunidades laborales en Estados Unidos.

🔔 Sigue a Inmigración y Visas para conocer nuevas ofertas de empleo y noticias de inmigración.

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martes, 15 de septiembre de 2026

¡ATENCIÓN ESTUDIANTES INTERNACIONALES EN EE. UU.!

 



¿Qué es la regla de “Duration of Status”?

Para entender la importancia de la decisión hay que explicar primero qué significa Duration of Status, conocida como D/S. Tradicionalmente, muchos estudiantes internacionales con visa F-1 y visitantes de intercambio con visa J-1 no reciben una fecha de salida fija basada simplemente en la duración de su visa.

En términos sencillos, el estudiante puede permanecer legalmente en Estados Unidos mientras mantenga su estatus migratorio y continúe cumpliendo los requisitos de su programa.

Por ejemplo, un estudiante F-1 que realiza un programa universitario que dura cinco años no necesariamente tiene que abandonar Estados Unidos simplemente porque haya transcurrido un determinado número de años. Mientras mantenga correctamente su estatus y cumpla las condiciones correspondientes, puede continuar bajo el esquema D/S. La nueva regla pretendía cambiar precisamente este mecanismo.

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¿Qué pasó exactamente?

Un día antes de que la nueva regla comenzara a aplicarse, el juez de distrito F. Dennis Saylor IV, en Boston, emitió una orden que detiene su entrada en vigor. La decisión llegó en el caso Presidents' Alliance on Higher Education and Immigration v. Departamento de Seguridad Nacional, presentado por una coalición de universidades y organizaciones educativas.

Gracias a esta orden, el sistema que ha existido durante décadas —conocido como "duración de estatus" o D/S— se mantiene sin cambios por ahora para estudiantes F-1, visitantes de intercambio J-1 y representantes de medios extranjeros con visa I.

Importante: esto no es una decisión final El juez no anuló la regla de manera permanente. Lo que hizo fue posponer su entrada en vigor mientras el caso continúa. El gobierno puede apelar, y la regla podría terminar aplicándose más adelante si el caso se resuelve a favor del DHS.
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¿Qué quería cambiar el DHS a partir del 15 de septiembre?

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó esta regla final el 17 de julio de 2026 en el Registro Federal. Su nombre oficial era "Establecimiento de un Periodo Fijo de Admisión y un Procedimiento de Extensión de Estadía para Estudiantes Académicos No Inmigrantes, Visitantes de Intercambio y Representantes de Medios de Información Extranjeros".

Más información en https://inmigracionyvisas.com/a6683-juez-pausa-regla-estadia-estudiantes-internacionales-f1-j1