Los inmigrantes en Estados Unidos tienen derechos constitucionales, incluso si no tienen estatus migratorio. Durante una redada o encuentro con agentes de inmigración, una persona puede ejercer su derecho a permanecer en silencio, negarse a consentir determinados registros y, en ciertas circunstancias, exigir que los agentes presenten una orden judicial antes de entrar a una vivienda.
tienes derechos durante una redada de ICE, sin importar tu estatus migratorio. La Constitución de EE.UU. protege a toda persona presente en el país, no solo a los ciudadanos: el derecho a guardar silencio (Quinta Enmienda), el derecho a no abrir la puerta sin una orden judicial firmada por un juez (Cuarta Enmienda), y el derecho a hablar con un abogado antes de firmar cualquier documento. No tienes que responder preguntas sobre tu país de nacimiento o tu estatus migratorio. No firmes nada —especialmente una salida voluntaria— sin que un abogado lo revise. Y recuerda: los agentes de ICE pueden mentirte legalmente durante un interrogatorio, así que nunca mientas tú ni presentes documentos falsos, ya que eso sí puede perjudicar gravemente tu caso.
Tus Derechos Constitucionales, Sin Importar tu Estatus
La Constitución de Estados Unidos no reserva sus protecciones fundamentales solo para los ciudadanos. Los tribunales han sostenido de forma reiterada que la Cuarta Enmienda (contra registros e incautaciones irrazonables) y la Quinta Enmienda (contra la autoincriminación y el derecho al debido proceso) aplican a toda persona físicamente presente en Estados Unidos, tenga o no un estatus migratorio legal.
🛡️ Tus 6 derechos fundamentales frente a ICE
- Derecho a guardar silencio. No estás obligado a responder preguntas sobre tu país de nacimiento, cómo entraste a EE.UU. o tu estatus migratorio.
- Derecho a negar la entrada a tu casa sin una orden judicial firmada por un juez (no una orden administrativa de ICE).
- Derecho a hablar con un abogado antes de firmar cualquier documento o responder preguntas.
- Derecho a no firmar nada que no entiendas completamente, incluyendo formularios de salida voluntaria.
- Derecho a grabar el encuentro en la mayoría de los estados, siempre que no interfieras con la actuación de los agentes.
- Derecho a comparecer ante un juez de inmigración antes de ser deportado, en la mayoría de los casos.
Si ICE Llega a tu Casa: Qué Hacer Paso a Paso
Tu hogar tiene una protección especial bajo la Cuarta Enmienda. A menos que los agentes tengan una orden judicial firmada por un juez que especifique tu dirección exacta, no están autorizados a entrar sin tu consentimiento.
No abras la puerta
Puedes hablar a través de la puerta cerrada o de una ventana. No estás obligado a abrir físicamente.
Pide ver la orden
Pide que la deslicen por debajo de la puerta o la muestren contra el cristal de una ventana. Verifica que esté firmada por un juez, no solo por un supervisor de ICE.
Guarda silencio con calma
Puedes decir en voz clara: "No voy a responder preguntas ni firmar nada sin mi abogado presente."
No firmes nada
Ningún documento, especialmente una salida voluntaria, sin que tu abogado lo revise primero.
Llama a tu abogado o línea de emergencia
Hazlo de inmediato, incluso mientras el encuentro está ocurriendo, si es posible.
Documenta lo ocurrido
Anota nombres, números de placa e identificación de los agentes en cuanto puedas hacerlo con seguridad.
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