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miércoles, 24 de enero de 2024

Cómo dar Seguimiento a la Entrega de su Tarjeta Verde, Documento de Autorización de Empleo y Documento de Viaje


 

forma más fácil de dar seguimiento a la entrega de su Tarjeta Verde es a través de su cuenta en línea de USCIS. Para ello inicie una sesión en su cuenta de USCIS en línea para recibir actualizaciones automáticas, incluido el número de seguimiento del Servicio Postal de EE. UU. (USPS) cuando le enviemos su Tarjeta Verde o Documento de Viaje. Si no presentó su solicitud en línea y no tiene una cuenta de USCIS en línea, revise las instrucciones para crear una cuenta y que pueda rastrear su caso.


Si tiene una cuenta en línea de USCIS, también puede verificar el estatus del caso en línea para verificar si le hemos enviado su tarjeta.


Si su solicitud se aprobó, verá el estado "Tarjeta de residencia enviada". También verá un número de seguimiento del Servicio Postal de los Estados Unidos (USPS) que puede usar para dar seguimiento y rastrear el progreso de su envío en el sitio web de USPS.


Debe regístrese para la Entrega Informada a través de USPS, para recibir imágenes diarias del correo que le ha sido enviado. Con la entrega informada, usted puede:

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4112-dar-seguimiento-a-green-card-en-estados-unidos.html



sábado, 18 de noviembre de 2023

¿Cómo obtener la Tarjeta Verde como refugiado en Estados Unidos?

 



Las leyes de inmigración de Estados Unidos requieren que los refugiados soliciten el estatus de residente permanente legal (LPR) después que han estado físicamente presentes en Estados Unidos durante al menos un año.


Elegibilidad para Ajuste de Estatus.


Para poder ser elegible para obtener una Tarjeta Verde en calidad de refugiado, usted debe cumplir con los siguientes requisitos:


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a3626-Obtener-Tarjeta-Verde-Siendo-Refugiado.html

domingo, 8 de diciembre de 2019

Experiencia Personal: ¿Cómo Me Hice Residente En Estados Unidos?

Compartimos el video del Canal de YouTube donde Oscar Alejandro nos cuenta su experiencia de como hizo para obtener su GreenCard, de antemano sabemos que el proceso es un poco largo el video responderá a preguntas tales como ¿Cómo obtuve mi #GreenCard? ¿Cuánto Pagué para hacerme #ResidentePermanente? ¿Qué pasó en la entrevista?...

https://www.inmigracionyvisas.com/a4671-Obtener-La-Residencia-Permanente-En-Estados-Unidos.html

Fuente: YouTube Oscar Alejandro

martes, 3 de diciembre de 2019

Tarjeta Verde A Través De Registro En Estados Unidos

El Registro es una sección de la ley de inmigración que le permite solicitar la Tarjeta Verde (Residencia Permanente) a ciertos individuos que han estado presentes físicamente en los Estados Unidos desde el 1 de enero de 1972, aún si están actualmente de manera ilegal en los Estados Unidos.


Criterios De Elegibilidad

Usted puede ser elegible para obtener la Tarjeta Verde (Residencia Permanente) a través del Registro si cumple todas las condiciones siguientes:  https://www.inmigracionyvisas.com/a4658-Tarjeta-Verde-A-Traves-De-Registro.html

 

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

lunes, 21 de octubre de 2019

Naturalización De Cónyuges De Ciudadanos Estadounidenses

En general, usted puede resultar elegible para la Naturalización bajo la sección 319(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) si:
  • Ha sido Residente Permanente (titular de Tarjeta Verde) durante al menos 3 años
  • Ha vivido en unión matrimonial con el mismo cónyuge ciudadano estadounidense durante ese tiempo
  • Reúne todos los otros requisitos de elegibilidad bajo esta sección.


En algunos casos, los cónyuges de ciudadanos estadounidenses empleados en el extranjero pueden ser elegibles para la Naturalización independientemente si cumplen con el tiempo mínimo requerido como residentes permanentes. Estos cónyuges pueden ser elegibles bajo la sección 319(b) de la Ley de Inmigración y Naturalización (INA, por sus siglas en inglés).

Los cónyuges de integrantes de las Fuerzas Armadas, deben consultar “Militares” en este sitio web. Para obtener información acerca de cómo presentar una petición a favor de un familiar, consulte las guías tituladas “Cómo Puedo…”

Requisitos Generales De Elegibilidad

Para ser elegible para la Naturalización bajo la Sección 319(a) de la Ley de Inmigración y Naturalización (INA, por sus siglas en inglés), el solicitante debe:
  • Haber cumplido 18 años de edad
  • Haber sido Residente Permanente (titular de Tarjeta Verde) por lo menos 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de su N-400, Solicitud de Naturalización.
  • Haber vivido en unión matrimonial con el cónyuge ciudadano estadounidense (y quien ha sido ciudadano estadounidense durante ese de tiempo) por 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de trámite de su solicitud y durante y hasta la fecha del Examen de Naturalización
  • Haber vivido en el mismo estado o el distrito de USCIS que tiene jurisdicción sobre el lugar de residencia del solicitante por 3 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud
  • Haber residido continuamente en los Estados Unidos como Residente Permanente Legal durante por lo menos 3 años inmediatamente antes de la fecha de presentación de la solicitud
  • Residir continuamente en los Estados Unidos desde la fecha de presentación de la Solicitud de Naturalización hasta el momento de la naturalización
  • Haber estado físicamente presente en los Estados Unidos durante por lo menos 18 meses en los 3 años requeridos antes de presentar la solicitud
  • Saber leer, escribir y hablar inglés y tener conocimiento de la historia y el gobierno (educación cívica) de los Estados Unidos
  • Haber sido persona de buen carácter moral con adherencia a los principios de la Constitución de los Estados Unidos dispuesto a seguir el buen orden y respeto a la ley durante todos los periodos de tiempo relevantes.


Cónyuges De Ciudadanos Estadounidense Empleados En El Extranjero

Los cónyuges de integrantes de las Fuerzas Armadas, deben consultar “Militares” en este sitio web. Para obtener información acerca de cómo presentar una petición a favor de un familiar, consulte las guías tituladas Tarjeta Verde (Green Card) o la página sobre la Familia.

En general, el cónyuge de un ciudadano estadounidense empleado en el extranjero debe estar presente en los Estados Unidos, debe haber sido admitido legalmente en los Estados Unidos y tener residencia permanente en el momento del examen de la Solicitud de Naturalización y en el momento de la Naturalización y reunir todos los requisitos enumerados anteriormente, excepto que:
  • No se requiere período específico como Residente Permanente (pero el cónyuge debe ser Residente Permanente)
  • No se requiere período específico de residencia continua o presencia física en los Estados Unidos
  • No se requiere período específico de unión matrimonial; sin embargo, los cónyuges deben vivir en unión matrimonial.

Nota: Debe también demostrar que partirá del extranjero inmediatamente después de su Naturalización con la intención de residir en Estados Unidos tan pronto como su cónyuge dé por terminado su empleo en el extranjero.

 

 

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4551-Naturalizacion-De-Conyuges-De-Ciudadanos-Estadounidenses.html

jueves, 4 de julio de 2019

USCIS Lanza Estrategia Para Reducir Tiempos De Procesamiento

Escrito por: Melissa Cruz www.immigrationimpact.com 

Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) son conocidos por sus largos tiempos de espera, dejando a muchas personas en el limbo mientras esperan una decisión sobre su solicitud de inmigración. Pero después de años de inactividad, el USCIS finalmente intenta hacer algo al respecto.

El USCIS está comenzando a transferir casos fuera de sus oficinas más concurridas para igualar los tiempos de procesamiento en todo el país. Los casos transferidos irán a las oficinas de USCIS que tienen cargas de trabajo más suaves. Los inmigrantes que han solicitado una tarjeta verde o la ciudadanía estadounidense pueden ver reducidos sus tiempos de espera, siempre y cuando hayan presentado sus documentos en una de las oficinas sobrecargadas. 

Las ciudades con grandes poblaciones de inmigrantes, como Saint Paul, Minnesota, donde las personas esperan hasta dos años para recibir una decisión sobre sus solicitudes de ciudadanía, pueden ver reducidos los tiempos de espera. Los inmigrantes en Miami, Florida y Houston, Texas también podrían experimentar tiempos de espera reducidos a medida que los casos se mudan de sus oficinas. 

No está claro si esto hará una mella notable en la acumulación masiva de aplicaciones. El atraso incluye no solo los casos de tarjeta verde y de naturalización, sino también las solicitudes para solicitantes de asilo, familiares, estudiantes y trabajadores de ciudadanos estadounidenses. Los tiempos de espera en general se están disparando bajo el mandato del presidente Trump, a medida que las nuevas políticas frenan el proceso de manera efectiva. 

Aproximadamente el 25 por ciento de todas las aplicaciones de USCIS que están acumuladas se verán afectadas por este cambio. Se espera que la reducción de las solicitudes de tarjeta verde y de naturalización libere tiempo para procesar a otros, como las solicitudes de asilo. 

"Esto ayudará a restablecer el equilibrio de las cargas de trabajo en las oficinas de campo de USCIS con el objetivo general de reducir los tiempos de procesamiento y proporcionar una mejor prestación de servicios", dice USCIS. 

Sin embargo, hay preocupaciones con el nuevo plan de USCIS. Las ciudades con tiempos de espera bajos, como Cleveland, Ohio, donde los tiempos de espera suelen ser de menos de seis meses, pueden experimentar un aumento a medida que los casos se colocan en su agenda. 

La transferencia de casos fuera de las grandes ciudades probablemente obligará a los solicitantes a viajar mucho más lejos para sus entrevistas obligatorias de USCIS. Esto podría suponer una carga para quienes luchan por encontrar el tiempo o el dinero para realizar varios viajes. 

Incluso cuando están cerca de casa, las entrevistas obligatorias de la agencia son difíciles para algunos inmigrantes. Si una persona olvida o proporciona información incompleta sobre cualquier número de documentos, es posible que el oficial de USCIS no pueda tomar una decisión ese día. Esto podría extender todo el proceso por semanas o meses antes de que se reabra el caso. Esto se vuelve aún más oneroso cuando la oficina de USCIS está lejos. Algunas personas también traen intérpretes a sus entrevistas. Esto significa que tanto el solicitante como el intérprete deberán viajar para completar el proceso de la entrevista. 

La agencia dice que tomará en cuenta el tiempo de viaje de los solicitantes al determinar qué casos transferir. Pero puede estar fuera del alcance de algunos. 

Si bien esto no puede ser una solución sostenible, el plan de USCIS puede aliviar la carga de trabajo de las oficinas más sobrecargadas y ser un alivio para aquellos que han estado esperando años una decisión sobre su solicitud de inmigración. 


Fuente: www.immigrationimpact.com
https://www.inmigracionyvisas.com/a4287-uscis-reduce-tiempos-de-procesamiento.html

 

viernes, 24 de mayo de 2019

A continuación presentamos el proceso para solicitar la residencia americana de su esposo o esposa, es decir poder traerlo(a) a vivir a los Estados Unidos como residente permanente, como portador de la Tarjeta Verde (Green Card). El requisito primordial para realizar el proceso es que usted sea ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente, el proceso es el siguiente: 

Siendo Ciudadano De Los Estados Unidos

Si su cónyuge está En los Estados Unidos (mediante ingreso legal o permiso anticipado de viaje) Presente el Formulario I-130, Petición para un pariente extranjero, y Formulario I-485, Solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus, ambos a la misma vez. 

Si su cónyuge está Fuera de los Estados Unidos Presente el Formulario I-130. Cuando el Formulario I-130 esté aprobado, será enviado para su tramitación consular y el consulado o la embajada le proveerá información sobre avisos y procesamiento. 


Siendo Residente Permanente De Los Estados Unidos

Si su cónyuge esta en los Estados Unidos (mediante ingreso legal o permiso anticipado de viaje) Tramite el Formulario I-130. Cuando haya un número de visa disponible, solicite un ajuste de su estatus al de residente permanente utilizando el Formulario I-485. NOTA: a menos de que el beneficiario (su cónyuge) haya tenido una petición de visa de inmigrante o certificación de trabajo pendiente antes del 30 de abril, 2001, el beneficiario deberá haber mantenido su estatus legal continuamente en los Estados Unidos para poder ajustar su estatus. 

Si su cónyuge esta fuera de los Estados Unidos Presente el Formulario I-130. Cuando el Formulario I-130 sea aprobado y haya una visa disponible, será enviado para su tramitación consular y la Embajada de los Estados Unidos o el Consulado le proporcionará avisos e información para continuar su procesamiento. 


Documentación requerida

Para completar el proceso exitosamente el solicitante debe presentar: 
  • Formulario I-130 (firmado y con la tarifa correspondiente), incluyendo:
    • Copia de su acta de matrimonio civil
    • Copia de todo decreto de divorcio, certificado de defunción, o decreto de anulación que comprueba que los matrimonios anteriores elebrados por usted y/o su cónyuge fueron terminados
    • Fotos tipo pasaporte, suyas y de su cónyuge (ver instrucciones del Formulario I-130 para requerimientos de fotos)
    • Evidencia de todo cambio legal de nombre suyo y/o de su cónyuge (puede incluir certificados de matrimonio, decretos de divorcio, órdenes judiciales de cambio de nombre, decretos de adopción, etc.)
  • Si usted es ciudadano de los Estados Unidos., debe comprobar su estatus con:
    • Copia de su pasaporte válida de los Estados Unidos,
    • Copia de su certificado de nacimiento de los Estados Unidos.
    • Copia del Informe consular sobre nacimiento en el extranjero.
    • Copia de certificado de naturalización
    • Copia de su certificado de ciudadanía
  • Si usted es un residente permanente, debe comprobar su estatus con:
    • Copia (frente y dorso) del Formulario I-551 (Tarjeta de residente permanente)
    • Copia de su pasaporte extranjero portando un sello que muestra evidencia temporal de su residencia permanente

Residencia condicional y revocación de las condiciones

Si usted ha estado casado por menos de 2 años cuando se le otorga estatus de residente permanente a su cónyuge, su cónyuge recibirá un estatus de residente permanente condicional. Para levantar las condiciones sobre su residencia, usted y su cónyuge deben solicitarlo juntos, usando el Formulario I-751, Petición para levantar condiciones sobre residencia (Note que el Formulario I-90, Solicitud para reemplazar la tarjeta verde no se usa para este propósito.) Usted debe solicitar que se levante el estatus condicional dentro del período de 90 días antes de la fecha de expiración de la tarjeta de residente condicional. Si usted no realiza el trámite durante este plazo, el estatus de residente de su cónyuge se terminará y el o ella puede ser sujeto a ser expulsado de los Estados Unidos.


¿Puede mi cónyuge venir a vivir en los Estados Unidos mientras la petición de visa está pendiente? 

Si es ciudadano de los EE.UU., una vez que usted tramite el Formulario I-130, su cónyuge es elegible para solicitar una visa de no-inmigrante K-3. Esto le dará el derecho de venir a los Estados Unidos para vivir y trabajar mientras que la solicitud de visa está pendiente. Para solicitar este beneficio, tramite el Formulario I-129F . Note que no se requiere que usted tramite el Formulario I-129F. Es posible que su cónyuge desee esperar en el extranjero mientras se procesa su visa de inmigrante. Sin embargo, buscar una visa K-3 puede ser un método adicional para que venga a los Estados Unidos. Si usted es residente permanente y ya tramitó un Formulario I-130 para su cónyuge y/o hijo(s) menor(es) en o antes del 21 de diciembre, 2000, su cónyuge y/o hijos pueden ser elegibles para clasificación de la Visa V, si no han transcurrido más de tres años desde que se tramitó el I-130. 


Mi petición fue denegada: ¿Puedo apelar? 

Si se negó la petición de visa que usted tramitó, la carta de denegación le dirá cómo y cuándo apelar. Después de que se procese su Formulario de apelación y la tarifa correspondiente, la apelación será referida a la Junta de Apelaciones de Inmigración.


Beneficios de “reunión familiar”. 

Esta sección es para beneficiarios que se hacen residentes permanentes por medio de una clasificación preferencial. 

Si usted estaba casado, y/o tiene hijos que no pudieron obtener la residencia permanente al mismo tiempo que usted lo hizo, es posible que sean elegibles para recibir los beneficios de “reunión familiar”. Esto significa que usted no tiene que presentar un Formulario I-130 separado para su cónyuge y/o hijos. Adicionalmente, su cónyuge y/o hijos no tendrán que esperar tiempo extra para que un número de visa se haga disponible. En tal caso, usted sencillamente tiene que avisarle a un consulado de los EE.UU. que usted es un residente permanente para que su cónyuge y/o hijos puedan solicitar una visa de inmigrante. 


Su cónyuge y/o hijos puede ser elegibles para los beneficios de “reunión familiar” si
  • La relación ya existía cuando usted se hizo residente permanente y todavía existe
  • Usted recibió una visa de inmigrante o un ajuste de estatus dentro de una categoría preferencial.

Si su familiar pertenece a esta categoría y usted obtuvo la residencia permanente en los Estados Unidos, puede presentar los siguientes: 
  • Formulario I-824, Pedido de acción para una solicitud o petición aprobada
  • Copia de la solicitud o petición original que usted usó para solicitar su estatus de inmigrante
  • Copia del Formulario I-797, Aviso de acción, para la petición o solicitud original
  • Copia de su Formulario I-551 (Tarjeta verde)

Si usted está en los Estados Unidos y aún no ha presentado el trámite para ajustar su estatus a residente permanente, puede presentar el Formulario I-824 junto con su Formulario I-485; en tal caso no se requiere ninguna otra documentación de apoyo aparte de lo que se presentó con el Formulario I-485.

Si usted recibió la visa de inmigrante en el extranjero, puede contactarse con el Centro Nacional de Visas (NVC) para conseguir información sobre los beneficios de “reunión familiar”. Envíe su pregunta por correo electrónico a NVCInquiry@state.gov o por escrito a: National Visa Center, ATTN: WC, 32 Rochester Ave., Portsmouth, NH 03801-2909. 



Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4181-Traer-El-Conyuge-A-Los-Estados-Unidos.html

martes, 16 de abril de 2019

Cómo Dar Seguimiento A La Entrega De La Tarjeta Verde (Green Card)


A continuación encontrará dos métodos de cómo dar Seguimiento a la Entrega de la Tarjeta Verde (Green Card en inglés), al Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) y a un Documento de Viaje.

1. Regístrese para crear una cuenta en línea del Estatus de Caso y para poder obtener actualizaciones automáticas de casos, incluido el número de seguimiento del Servicio Postal de EE. UU. (USPS, por sus siglas en inglés) cuando le enviemos su Tarjeta Verde o Documento de Viaje. 

2. Regístrese para la Entrega Informada a través de USPS, para recibir imágenes diarias del correo que le ha sido enviado. Con la entrega informada, usted puede: 
  • Dar seguimiento automático a los paquetes que está esperando
  • Configurar alertas de correo electrónico y mensajes de texto
  • Ingresar las Instrucciones de Entrega de USPS™ para su cartero.

Si su información de seguimiento de USPS muestra que su paquete fue entregado, pero no lo ha recibido, contacte a su oficina de correos local de inmediato. Recuerde, le enviaremos por correo su Tarjeta Verde o Documento de Viaje a la dirección que proporcionó en su solicitud (a menos que nos haya especificado que lo enviemos por correo a su representante en el Formulario G-28, Notificación sobre Comparecencia como Abogado o Representante Autorizado). 

Si su dirección postal cambia después de que presente su solicitud, debe actualizar su dirección con USCIS y USPS lo antes posible. Recomendamos que utilice la herramienta “USPS Look Up a ZIP Code para asegurarse de proveer a USCIS su dirección completa utilizando las abreviaturas estándar y el formato reconocido por USPS.



viernes, 7 de diciembre de 2018

Derechos Y Responsabilidades De Un Residente Permanente En Estados Unidos

La residencia permanente es el estatus que se les concede a los inmigrantes a través de una tarjeta de residentes conocida como “tarjeta verde” o Green Card para vivir y trabajar permanentemente en Estados Unidos, a continuación describimos los derechos, responsabilidades y cómo hacer para mantener este estatus 


Sus derechos como Residente Permanente

Como Residente Permanente (en posesión de una Tarjeta Verde o Green Card), usted tiene derecho a:
  • Vivir permanentemente en los Estados Unidos, siempre y cuando usted no cometa ninguna acción por la que pueda ser deportado o removido según lo establece ley de inmigración
  • Trabajar en los Estados Unidos en cualquier trabajo legal para el cual esté cualificado o elija. (Tenga en cuenta que por razones de seguridad, algunos trabajos estarán disponibles sólo para ciudadanos estadounidenses)
  • Estar amparado por las leyes de los Estados Unidos, del estado donde resida y de las jurisdicciones locales.


Sus responsabilidades como Residente Permanente

Como Residente Permanente, usted: 
  • Debe obedecer todas las leyes federales, estatales y locales
  • Debe presentar sus contribuciones federales y declarar sus ingresos al Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS, por sus siglas en inglés) y a las autoridades fiscales estatales
  • Está supuesto a apoyar la forma democrática del gobierno y no cambiar el gobierno por medios ilegales
  • Debe inscribirse en el Servicio Selectivo si es un varón que tiene entre 18 y 25 años de edad.


Cómo mantener la Residencia Permanente

Una vez que se convierte en residente permanente legal (titular de la tarjeta verde), usted mantiene el dicho estatus hasta que: 
  • Solicita y completa el proceso de naturalización
  • Pierde o abandona su estatus.

Hay varias formas en que puede perder su estatus como residente legal permanente. 


Estatus de residente permanente condicional

La Sección 216 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) establece los pasos para que usted se convierta en residente permanente legal a base de la condición del matrimonio. 

La Sección 216A establece los pasos para que usted se convierta en residente permanente legal de manera condicional, a base de una inversión cualificada. Ambas secciones permiten que USCIS termine su estatus condicional según lo dispuesto por ley (en caso de fraude, por ejemplo). 

Es posible que usted pueda solicitar la revisión de la terminación de su estatus en un procedimiento de remoción ante un juez de inmigración. 


Procedimientos de remoción

Perderá su estatus de residente permanente si un juez de inmigración emite una orden final de expulsión contra usted. 

Las secciones 212 y 237 del INA describen los motivos por los cuales se le puede ordenar salir de Estados Unidos. 


Abandono del Estatus de Residente Permanente

También puede perder su estatus de residente permanente abandonándolo intencionalmente. Se puede considerar que ha abandonado su estatus si usted: 
  • Se muda a otro país con la intención de vivir allí permanentemente
  • Permanece fuera de Estados Unidos durante un período prolongado de tiempo, a menos que tenga la intención de que esto sea una ausencia temporal, como lo demuestran:
    • El motivo de su viaje
    • Cuánto tiempo intentaba estar ausente de Estados Unidos
    • Cualquier otra circunstancia por su ausencia
    • Cualquier evento que pueda haber prolongado su ausencia.

Nota: Obtener un permiso de viaje adelantado de USCIS antes de su partida o una visa de residente que regresa (SB-1) de un consulado de los Estados Unidos mientras está en el extranjero, puede ayudarlo a demostrar que solo planeaba una ausencia temporal. 
  • No presenta declaraciones de impuestos mientras vive fuera de Estados Unidos durante cualquier período
  • Declara ser un No Inmigrante en sus declaraciones de impuestos.


Reporte de pérdida del estatus de residente permanente

La sección 6039G (d) (3) del Código de Impuestos Internos exige que el Departamento de Seguridad Nacional informe al Servicio de Impuestos Internos si pierde el estatus de residente permanente porque usted: 
  • Recibió una orden de salir de Estados Unidos.
  • Eligió abandonar su estatus y entregar su Tarjeta Verde.

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 
http://www.inmigracionyvisas.com/a3960-derechos-y-deberes-de-un-residente-permanente.html

viernes, 11 de agosto de 2017

En Peligro La Lotería De Visas De Estados Unidos


El presidente Donald Trump anuncio el apoyo a un proyecto de ley que busca eliminar a la mitad el número de personas que ingresan legalmente a los Estados Unidos, instalando un sistema de entrada basado en méritos entre los que se destacan saber hablar inglés, no recibir asistencia pública, tener educación formal entre otros. 



Por otro lado los actuales ganadores de la lotería de visas de países entre los que se encuentran miles de yemeníes y ciudadanos de los otros cinco países de mayoría musulmana incluidos en la prohibición de viaje emitida por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, se encuentran varados en diferentes partes del mundo, debido a que el Departamento de Estado estadounidense se niega a reconocer que ganaron la lotería de inmigración de ese país a principios de este año. 

Muchas de las miles de personas que ganaron el derecho a solicitar una tarjeta verde de residencia permanente mediante la lotería del Programa de Visas de Diversidad de Estados Unidos ya han vendido sus casas y automóviles, han dejado sus empleos e incluso se han trasladado a Yibuti, Malasia y otros países antes de su mudanza a Estados Unidos. Su elegibilidad para recibir tarjetas verdes en virtud del programa termina tres días después del vencimiento de la prohibición de viaje, el 27 de septiembre, lo cual implica que sus solicitudes probablemente no sean procesadas a tiempo. 

El ex funcionario del Departamento de Estado Stephen Pattison dijo que “quitarle esto a la gente que se lo ha ganado es lo más cruel que este gobierno podría hacer. Nos hace ver mezquinos y crueles como sociedad”. 


Fuente: www.democracynow.org YouTube Al Rojo Vivo 
http://www.inmigracionyvisas.com/a3676-proyecto-busca-eliminar-loteria-visas.html 

lunes, 31 de julio de 2017

Formulario Móvil Para Remplazo de la Tarjeta Verde

Los residentes permanentes legales que presenten el Formulario I-90, Solicitud para Remplazar la Tarjeta de Residente Permanente, en línea , sin ayuda de un abogado o representante acreditado, ahora pueden presentar su formulario y subir evidencia completamente desde un dispositivo móvil. El rediseño del Formulario I-90 electrónico permite que los residentes permanentes naveguen el sitio más fácilmente, convirtiendo el proceso de renovación o remplazo de Tarjeta Verde en uno más conveniente. 

El rediseñado Formulario I-90 ofrece una alternativa móvil fácil de usar para solicitar remplazo de la Tarjeta Verde. 

El nuevo diseño de respuesta móvil proporciona un método intuitivo para responder preguntas, navegar a través de secciones, y subir evidencia en un dispositivo móvil. Las instrucciones sobre cómo presentar el Formulario I-90 requieren que se proporcione cierta evidencia, como por ejemplo una copia de una identificación emitida por el gobierno. Para algunos usuarios que presentan desde un dispositivo móvil, será más fácil tomar una foto de la evidencia y subirla directamente desde sus dispositivos móviles. El formulario electrónico rediseñado también proporciona una experiencia más personalizada, ya que se le instruye a los usuarios a contestar solo aquellas preguntas relacionadas específicamente con sus casos. 

No hay cambios sustantivos en las políticas o el contenido del formulario, y la versión electrónica tiene las mismas preguntas y contenido de la versión impresa. 

Los solicitantes pueden acceder al Formulario I-90 electrónico a través de myUSCIS mediante la creación de una cuenta de USCIS en línea en https://myaccount.uscis.dhs.gov/ . Crear una cuenta es gratuito y ofrece una variedad de herramientas, entre las que se incluye la capacidad de dar seguimiento al estatus de una solicitud y comunicarse con USCIS a través de un buzón de correo electrónico seguro. 

Los clientes que desean presentar el Formulario I-90 con la ayuda de un abogado o representante acreditado continuarán utilizando las versiones anteriores del Formulario I-90 en línea.


Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)  
http://inmigracionyvisas.com/a3671-formulario-movil-remplazo-tarjeta-verde.html