Buscar este blog

Mostrando entradas con la etiqueta formularios inmigración. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta formularios inmigración. Mostrar todas las entradas

sábado, 18 de noviembre de 2023

¿Cómo obtener la Tarjeta Verde como refugiado en Estados Unidos?

 



Las leyes de inmigración de Estados Unidos requieren que los refugiados soliciten el estatus de residente permanente legal (LPR) después que han estado físicamente presentes en Estados Unidos durante al menos un año.


Elegibilidad para Ajuste de Estatus.


Para poder ser elegible para obtener una Tarjeta Verde en calidad de refugiado, usted debe cumplir con los siguientes requisitos:


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a3626-Obtener-Tarjeta-Verde-Siendo-Refugiado.html

viernes, 9 de junio de 2017

Obtener La Residencia Permanente En Estados Unidos Siendo un Asilado

Si El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) le concedió estatus de asilo, usted es elegible para solicitar una Tarjeta Verde (Residencia Permanente) 1 año después de recibir su concesión de asilo. Su cónyuge e hijos también son elegibles para solicitar una Tarjeta Verde si fueron admitidos en los Estados Unidos como asilados o estaban incluidos en su concesión de asilo. 

Usted no está obligado a solicitar una Tarjeta Verde, sin embargo, puede que le convenga hacerlo. Ya no estaría cualificado para estatus de asilo con el derecho a permanecer permanentemente en los Estados Unidos si: 
  • Cambiaran las condiciones en su país
  • Si usted ya no cumple con la definición de asilado debido a ese cambio de circunstancias.


Criterios de Elegibilidad

Si usted es un asilado, puede solicitar una Tarjeta Verde 1 año después de habérsele concedido asilo si: 
  • Usted ha estado presente físicamente en los Estados Unidos al menos 1 año después de habérsele concedido asilo
  • Usted sigue cumpliendo con la definición de refugiado (o sigue siendo el cónyuge o hijo de un refugiado)
  • Usted no ha abandonado su estatus de refugiado
  • Usted no se ha reasentado firmemente en ningún país extranjero
  • Usted sigue siendo admisible en los Estados Unidos (puede existir una dispensa si usted es inadmisible en la actualidad)


Trámite de la solicitud

Para solicitar una Tarjeta Verde, usted debe presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus 

Nota: Cuando se le concede su Tarjeta Verde, usted (y sus familiares derivados) tendrá su fecha de ajuste de estatus fijada 1 año previo a la fecha en que su Tarjeta Verde fue concedida. 


Evidencia a presentar con el Formulario I-485

Si se le concede el estatus de asilo, deberá presentar el Formulario I-485 junto con los siguientes documentos justificantes (en el orden siguiente): 


Nota: Usted deberá presentar cualquier documento escrito en idioma extranjero con su correspondiente traducción al inglés debidamente certificada. El traductor debe certificar que está cualificado para llevar a cabo la traducción y que la traducción es exacta. Las traducciones presentadas sin una copia legible del documento en el idioma extranjero no son admisibles. 


Familiares de Asilados

El Programa de Asilo de USCIS acepta nuevas solicitudes a través del Formulario I-589 familiares directos (derivados) de asilados (cónyuges o hijos de un asilado principal) que ya no cumplen con la definición de cónyuge o hijo de un asilado principal para facilitar a estos individuos una manera de obtener la residencia permanente. 

Nota: En ciertos casos, la Ley de Protección de Estatus del Menor (CSPA, por sus siglas en inglés) puede permitirle mantener la clasificación de “menor” aunque haya cumplido 21 años de edad. 


Trámite de la Solicitud para Familiares

Usted debe presentar separadamente un paquete de solicitud de Formulario I-485de para usted (el asilado principal), otra para su cónyuge, y otra para cada hijo que reciba el estatus de asilo de familiar derivado, si éstos también desean obtener la Residencia Permanente (Tarjeta Verde). 

Usted puede presentar las diferentes solicitudes juntas en el mismo sobre de correos. Para mantener cada solicitud por separado, por favor utilice grapas o sujetapapeles. 


Cambio de domicilio

Si usted cambia de domicilio, debe informar a USCIS por escrito en un plazo de 10 días después del cambio. 

Usted puede cumplir con este requisito: 


Usted NO DEBE enviar por correo el Formulario AR-11 Y completar el cambio de domicilio electrónicamente. 

Mientras su solicitud de asilo esté en trámite en la Oficina de Asilo, usted TAMBIÉN debe notificar a la Oficina de Asilo en un plazo de 10 días después de su cambio de domicilio en una de las siguientes maneras: 
  • Complete el “Paso 2” del formulario electrónico (seleccione el enlace “Cambio de domicilio” que aparece en esta página)
  • Envíe por correo un original o una copia del Formulario AR-11 a la Oficina de Asilo
  • Envíe una carta por correo a la Oficina de Asilo indicando la dirección del domicilio antiguo y el actual
  • Facilite en persona la dirección de su nuevo domicilio a la Oficina de Asilo
  • Facilite la dirección de su nuevo domicilio al Oficial de Asilo en el transcurso de su entrevista
  • Comuníquese con el Centro Nacional de Servicio al Cliente llamando al 1-800-375-5283

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)  
http://inmigracionyvisas.com/a3633-Obtener-Tarjeta-Verde-para-asilado.html

jueves, 1 de junio de 2017


Si usted fue admitido como refugiado, la ley le requiere que solicite una Tarjeta Verde (Residencia Permanente) en los Estados Unidos 1 año después de haber sido admitido como refugiado. 


Criterios de Elegibilidad 

Puede solicitar la Tarjeta Verde (Green Card) 1 año después de haber sido admitido en los Estados Unidos como refugiado, si usted: 

  • Ha estado físicamente presente en los Estados Unidos por al menos 1 año después de haber sido admitido como refugiado
  • No se le ha cancelado su estatus de refugiado
  • No ha adquirido estatus de Residente Permanente (Green Card)


Trámite de la Solicitud 

Para solicitar una Tarjeta Verde como refugiado, usted debe presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. 

Nota: Cuando se le conceda la residencia permanente, se anotará la fecha de su ajuste de estatus como la fecha en que usted entró en los Estados Unidos como refugiado. 


Evidencia para enviar con el Formulario I-485 

Para solicitar una Tarjeta Verde, los refugiados deben presentar los siguientes documentos e información (en el orden siguiente): 
  • El Formulario I-485, firmado (En el Encasillado "h" de la Parte 2 debe incluir la palabra "refugiado" en la línea correspondiente)
  • Dos fotografías en un sobre grapado a la parte inferior izquierda del formulario:
    • En el reverso de cada fotografía, escriba suavemente con lápiz su nombre y su número de extranjero (A-Number) si sabe cuál es
    • Puede encontrar detalles acerca del tamaño de las fotografías, entre otros, en las instrucciones del Formulario I-485
  • El Formulario G-28, , firmado por usted y por su abogado (o representante autorizado), si es aplicable
    • Se aceptan firmas facsímiles de los representantes
    • Sin embargo, usted debe firmar el Formulario G-28 inicial facilitado junto con la solicitud original
  • El Formulario G-325A
  • Un Formulario I-693, Informe Médico y de Vacunación, completado (lo cual incluye el Formulario I-693 y sus suplementos) se requiere únicamente si:
  • Evidencia de estatus de refugiado (esto puede incluir una fotocopia clara y legible del Formulario I-94 o una copia de su Documento de Autorización de Empleo)
  • Comprobante de cualquier cambio de nombre legal que usted haya obtenido desde que le fue concedido el estatus de refugiado


Proceso de Solicitud para Familiares 

Usted debe preparar un paquete de solicitud del Formulario I-485 por separado para cada uno de los miembros de su familia que deseen obtener la Residencia Permanente. Todos los paquetes de solicitudes deben enviarse juntos en un mismo sobre de correo. Para mantener juntos cada uno de los paquetes deberá utilizar una sola grapa o un sujetapapeles. 


Cambio de Domicilio 

Si cambia su dirección de domicilio deberá informar a USCIS durante los primeros diez días posteriores a su mudanza. Esto debe hacerse para cada uno de los miembros de la familia. Presentar un cambio de dirección para el jefe de familia o un solo miembro de la familia no cambiará la dirección de los demás miembros de la familia. Deberá cumplir con este requisito mediante: o Envío del Formulario AR-11, Tarjeta de Cambio de Dirección de Extranjero, a la dirección de correo indicada en el Formulario o Completar el “Paso 1” que indica el formulario electrónico, vea el enlace “Cambiar mi Dirección Electrónicamente

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 
http://inmigracionyvisas.com/a3626-Obtener-Tarjeta-Verde-Siendo-Refugiado.html