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miércoles, 8 de febrero de 2017

Cómo Tramitar la Visa NAFTA (TN)


La visa TN se otorga a profesionales temporales que se amparan bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA, por su sigla en inglés) que es un acuerdo entre los Estados Unidos, México y Canadá, este acuerdo crea relaciones económicas y comerciales especiales para los Estados Unidos, Canadá y México.

El estatus TN de no inmigrante permite a los profesionales de Canadá y México trabajar en los Estados Unidos. Para los profesionales mexicanos deberán obtener una visa TN en un consulado o embajada de EE.UU. para ingresar a los Estados Unidos mientras que los profesionales canadienses pueden solicitar el estatus TN en un puerto de entrada de EE.UU.

El canal de YouTube Software Guru presenta un vídeo el cual compartimos que explica los requisitos y el proceso para tramitar por si mismo la Visa de trabajo NAFTA TN (visa temporal que es parte del Tratado de Libre Comercio, para profesionales Mexicanos y Canadienses), además de algunos tips basados en experiencias que harán tu vida mas fácil.



Fuente: YouTube Software Guru 
http://inmigracionyvisas.com/a3532-Como-tramitar-la-Visa-NAFTA-(TN).html

lunes, 15 de agosto de 2016

martes, 9 de febrero de 2016

Requisitos para la Presentación de Peticiones de Trabajadores H-2B que Regresan a Estados Unidos.


A partir del 18 de diciembre de 2015, los trabajadores H-2B identificados como “trabajadores que regresan” están exentos de ser incluidos en la cantidad máxima reglamentaria de 66,000 visas H-2B para el año fiscal 2016. 

 

Se define como “trabajador que regresa” a un trabajador H-2B que ha sido contado anteriormente contra la cantidad máxima reglamentaria anual de 66,000 visas durante los años fiscales 2013, 2014 o 2015. Esto significa que: 

  • En términos generales, si usted (el empleador) presenta una petición en la que solicita una fecha de comienzo en el empleo en el año fiscal 2016 (desde el 1 de octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2016) para un trabajador H-2B, éste solo puede ser considerado como trabajador que regresa si se le ha expedido anteriormente una visa H-2B o se le concedió el estatus H-2B entre el 1 de octubre de 2012 y el 30 de septiembre de 2015.
  • Si el trabajador prospecto está en los Estados Unidos en estatus H-2B e interesa extender su estadía, cambiar de empleador o cambiar los términos y condiciones de su empleo, entonces ese trabajador no será contado para la cantidad máxima reglamentaria de visas H-2B y usted no tendrá que solicitar que dicha persona sea clasificada como un trabajador que regresa.
  • Cualquier posible trabajador H-2B que no cualifique como trabajador que regresa estará sujeto a la cantidad máxima reglamentaria de visas H-2B del año fiscal 2016 a menos que haya sido contado anteriormente en la cantidad máxima reglamentaria de visas H-2B o esté exento de dicho tope numérico.
Bajo esta legislación, el programa de trabajadores que regresan solo aplica a peticiones que están pendientes o fueron aprobadas a partir del 18 de diciembre de 2015 en las que se solicita a nombre trabajadores que tienen fecha de comienzo en el empleo iniciando en el año fiscal 2016. 

Requisitos para la presentación de peticiones

En adición a las reglas vigentes sobre la presentación y procesamiento del Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, los siguientes requisitos adicionales son aplicables a los trabajadores H-2B que regresan: 
  • Certificación: En la petición, usted (el empleador) debe incluir la Certificación de Trabajador H-2B que Regresa (PDF). Esta certificación debe estar firmada por la misma persona que firmó la Parte 7 del Formulario I-129. La certificación declara: “Como suplemento de la certificación hecha en el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, adjunto, certifico que a los trabajadores listados a continuación se les ha otorgado una visa H-1B o han sido transferidos al estatus H-2B durante uno de los últimos años fiscales.”
  • Nombres de los Trabajadores: La Certificación de Trabajadores H-2B que Regresan debe incluir el nombre completo del trabajador que regresa. Si el trabajador que regresa está en los Estados Unidos y su petición tiene el fin de cambiar su estatus al de H-2B, entonces podría ser beneficioso para usted incluir evidencia de admisiones anteriores con categoría H-2B, tales como una copia de la visa del trabajador, de manera que se puedan evitar demoras en el procesamiento de la petición.
  • Múltiples Trabajadores: Una petición individual puede ser presentada a nombre de más de un trabajador. Sin embargo, cualquier trabajador que regresa debe estar incluido en la lista de la Certificación de Trabajadores H-2B que Regresan. Para múltiples trabajadores nombrados, debe completar e incluir el “Anejo 1” del Formulario I-129 (páginas 35 y 36). Es recomendable que las peticiones para trabajadores que regresan sean presentadas separadamente de las peticiones de nuevos trabajadores H-2B.
  • Si la petición es aprobada: El consulado estadounidense puede denegar una visa o el inspector del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) del puerto de entrada puede negarle la admisión si no se pueden confirmar los trabajadores como trabajadores que regresan, o si de alguna otra manera son inelegibles para admisión y expido de visas. DHS y el Departamento de Estado trabajan en conjunto para confirmar que todos los trabajadores que regresan que están certificados cualifican para el programa.


Peticionarios: Usted puede solicitar que se designen trabajadores H-2B como “trabajadores que regresan” si usted nombró beneficiarios que cumplen con la definición de trabajadores que regresan en una petición H-2B que estaba en trámite o fue aprobada en o después del 18 de diciembre de 2015, pero no incluyó la certificación requerida. Presente la Certificación de Trabajadores H-2B que Regresan con una copia de su Formulario I-797, Notificación de Recibo, a la dirección a donde usted envió la petición no más tarde del 4 de marzo de 2016. Escriba “Attn: H-2B Supervisor” en el sobre. Esta certificación debe cumplir con los requisitos de firma y nombre del trabajador listados arriba. 

Cada petición debe incluir una certificación de trabajo temporal (TLC, por sus siglas en inglés) del Departamento del Trabajo (DOL, por sus siglas en inglés). Puede encontrar la descripción del proceso de la TLC en el sitio web de DOL en www.dol.gov/index.htm. USCIS aceptará una copia de la TLC para aquellos casos en los que el TLC original fue aceptado anteriormente por USCIS.



miércoles, 13 de enero de 2016

Aumenta Tarifas de Peticiones H-1B y L-1B


La Ley de Asignaciones Consolidadas de 2016, Ley Pública 114-113, que el presidente Obama convirtió en ley el 18 de diciembre de 2015, aumenta las tarifas para ciertos peticionarios H-1B y L-1. 

 

Estos peticionarios deberán enviar una tarifa adicional de $4,000 para ciertas peticiones H-1B y $4,500 para ciertas peticiones L-1A y L-1B que sean enviadas por correo y tengan matasellos con fecha del 18 de diciembre de 2015 o posterior. 

Las tarifas adicionales aplican a peticionarios que emplean 50 o más empleados en los Estados Unidos, de los cuales más del 50 por ciento son empleados con estatus de no inmigrante H-1B o L (incluidos los L-1A y L-1B). Los peticionarios deben enviar las tarifas adicionales con una petición H-1B o L-1 presentada: 

  • Para otorgar estatus inicial a un no inmigrante, según descrito en el subpárrafo (H)(i)(b) o (L) de la sección 101(a)(15) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad;
  • Para que un no inmigrante en tal estatus obtenga autorización para cambiar empleadores.

Esta tarifa es adicional a la tarifa básica de procesamiento de peticiones, la Tarifa de Prevención y Detección de Fraude, la tarifa de acuerdo a la Ley de Competitividad y Mejoramiento de la Fuerza Laboral Estadounidense del 1998 (si corresponde), así como la tarifa de procesamiento prioritario. 

La tarifa relacionada a la Ley Pública 114-113 se mantendrá vigente hasta el 30 de septiembre de 2025.


http://inmigracionyvisas.com/a3237-aumentan-tarifas-h1b.html

jueves, 10 de diciembre de 2015

Programa Visas H2 Trabajar en Estados Unidos.

Una visa 2H es un permiso temporal de trabajo que permite a una persona trabajar temporalmente en los Estados Unidos durante un tiempo específico. Las visas H2A son para los trabajadores agrícolas, mientras que las H2B son para los trabajos no-agrícolas como los relacionados con la construcción, hotelería, etc, en el vídeo se explica paso a paso como aplicar al programa.


jueves, 19 de noviembre de 2015

16 Nuevos Países Elegibles a Participar en los Programas de Visas H-2A y H-2B.

Los programas de visas H-2A y H-2B permitirán a los empleadores estadounidenses traer ciudadanos extranjeros a los Estados Unidos para cubrir temporalmente trabajos agrícolas y no agrícolas, respectivamente. 

Típicamente, USCIS solo aprueba peticiones H-2A y H-2B para nacionales de países designados por el secretario de Seguridad Nacional como elegibles para participar en los programas. Sin embargo, USCIS podría aprobar peticiones H-2A y H-2B de nacionales procedentes de países que no están en la lista, si se determina que ello está en el mejor interés de los Estados Unidos. 



La notificación en la que se listan los países elegibles fue publicada en el Registro Federal el 18 de noviembre de 2015. DHS se reserva el derecho de añadir países a la lista de países elegibles en cualquier momento, así como a eliminar cualquier país en cualquier momento que determine que dicho país ha fallado en llenar los requerimientos para continuar la designación. 

El secretario de Seguridad Nacional, Jeh Johnson, y el secretario de Estado, John Kerry, han acordado que Moldavia no será designada como país elegible para participar en el programa H-2B porque no cumple con los estándares en las regulaciones de participación de dicho programa. Los nacionales de Moldavia pueden participar del programa H-2A debido a que dicho país continúa en cumplimiento con los estándares en las regulaciones de participación del programa H-2A.  



A partir del 18 de enero de 2016, los nacionales de los siguientes países son elegibles a participar en los programas de visas H-2A y H-2B, vea el listado de paises en http://www.inmigracionyvisas.com/a3208-nuevos-paises-para-participar-visas-H2A-H2B.html

lunes, 14 de septiembre de 2015

Oportunidad en EE.UU. para Ingenieros/Administradores de Sistemas



A continuación compartimos una oferta de empleo en EE.UU. de Customized Energy Solutions, una compañía que está dispuesta a tramitar visas de trabajo H1B para los candidatos seleccionados.
La descripción de la oferta está en inglés ya que el trabajo requiere de fluidez en ese idioma.



Senior Network Administrator/Engineer
Philadelphia, PAA jornada completa




Descripción de la empresa
 
Join a rapidly growing company in an exciting and dynamic work environment. As one of the top 100 fastest growing companies in the Philadelphia region, Customized Energy Solutions offers an opportunity for significant professional growth. Our range of energy consulting services help our clients stay aware of changes in the wholesale and retail electric and gas markets and respond appropriately to changes as they take place. We provide a full range of consulting services including management of natural gas portfolios on behalf of clients; management of generation and load responsibilities, Demand Side Response, load forecasting, and energy price forecasting. 



martes, 8 de septiembre de 2015

Oportunidad en EE.UU. para Psicólogos Extranjeros

A continuación compartimos una oferta de empleo en EE.UU. de una compañía que está dispuesta a tramitar visas de trabajo H1-B para los candidatos seleccionados.

La descripción de la oferta está en inglés ya que el trabajo requiere de fluidez en ese idioma.

Nova Health Therapies, Inc. is currently seeking a Pupil Personnel Credentialed School Psychologist for a full time school-based SLP opportunity in Santa Clara County. The professional will hold a current or be eligible for California Teacher Commission Pupil Personnel Services School Psychology Credential. 





http://inmigracionyvisas.com/a3174-oportunidad-empleo-psicologos.html