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jueves, 11 de abril de 2024

Cómo verificar si tu Autorización de Empleo se ha extendido automáticamente

 



¡Buenas noticias para inmigrantes! La autorización de empleo para ciertos tipos de visas y permisos de trabajo ha sido extendida automáticamente por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EstadosUnidos (USCIS).


¿Te preguntas si tu autorización de empleo se ha extendido? ¡No te preocupes! Aquí te explicamos cómo verificarlo fácilmente:


1. Confirma la extensión en E-Verify:

  • E-Verify es un sistema gratuito que permite a los empleadores verificar la elegibilidad de empleo de sus trabajadores.
  • Puedes crear un caso en E-Verify para verificar si tu autorización de empleo se ha extendido.

martes, 11 de mayo de 2021

Estados Unidos da continuidad al Programa de Permisos de Ingreso para Empresarios Internacionales

 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos anunció que el Departamento de Seguridad Nacional ha retirado una notificación de regla propuesta del 2018 que proponía eliminar el programa de Empresarios Internacionales de las regulaciones de DHS.

El programa de permisos de ingreso para empresarios internacionales (IE), presentado por primera vez en 2017, permanecerá como un programa viable para que los empresarios extranjeros creen y desarrollen empresas emergentes con alto potencial de crecimiento en Estados Unidos. El programa ayudará a fortalecer e incrementar la economía de nuestra nación a través de un mayor gasto de capital, innovación y creación de empleos.

El anuncio es consistente con la Orden Ejecutiva 14012 del presidente Biden: “Recuperación de la Fe en Nuestros Sistemas de Inmigración Legal y Fortalecimiento de los Esfuerzos de Integración e Inclusión para Nuevos Estadounidenses”. La orden ejecutiva requiere que el secretario de Seguridad Nacional “identifique cualquier acción de la agencia que impida promover el acceso al sistema de inmigración legal”.


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a5133-permisos-de-ingreso-para-empresarios-internacionales.html

sábado, 27 de febrero de 2021

USCIS extiende flexibilidades a estudiantes de capacitación práctica opcional OPT

 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) anunció el viernes 26 de febrero de 2020 que hay flexibilidades para ciertos estudiantes afectados por demoras en las notificaciones de recibo para el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Estas flexibilidades solo aplican a solicitudes recibidas en o después del 1 de octubre de 2020, hasta el 1 de mayo de 2021.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) ha experimentado demoras en ciertas localidades seguras (lockboxes) al expedir notificaciones de recibo del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo para estudiantes de capacitación práctica opcional F-1 (OPT). Estas demoras son resultado de las restricciones por COVID-19, un aumento considerable en la presentación de ciertas solicitudes de beneficios, el volumen y las demoras del servicio postal, y otros factores externos. Aunque hemos progresado en la solución del problema, hemos extendido las siguientes flexibilidades para asistir a ciertos solicitantes de OPT afectados por las demoras.


Flexibilidades al Periodo de 14 Meses para estudiantes de capacitación práctica opcional OPT


Los estudiantes F-1 pueden participar en OPT postfinalización por hasta 12 meses, que deben completarse dentro de los 14 meses posteriores a la finalización del programa. Debido a las demoras en las localidades seguras, algunos solicitantes solo...

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a5072-flexibilidades-a-estudiantes-de-capacitacion-practica-opcional.html 

martes, 5 de enero de 2021

USCIS Extiende el Permiso de Permanencia Temporal a solicitantes de CNMI

 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció el pasado miércoles 30 de diciembre de 2020 que extenderá automáticamente el permiso de permanencia (parole) y la autorización de empleo, si corresponde, a personas con permiso de permanencia temporal (parolees) que solicitaron de manera oportuna el estatus de residente a largo plazo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI).


Esta exención específica del permiso solo aplica a aquellas personas que tienen el permiso de permanencia temporal actualmente y presentaron un Formulario I-955, Solicitud de Estatus de Residente a Largo Plazo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI) y el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo , y cuyas solicitudes quedaron pendientes el 31 de diciembre de 2020. USCIS extenderá automáticamente el permiso de permanencia temporal (y autorización de empleo, si corresponde), sin interrupción, hasta el 30 de junio de 2021, o hasta la fecha en que USCIS tome una decisión final acerca del Formulario I-955 y Formulario I-765 del solicitante, lo que ocurra primero.


El estatus de residente a largo plazo de CNMI


El estatus de residente a largo plazo de CNMI fue creado por la Ley de Ayuda a Residentes Legales a Largo Plazo de las Islas Marianas del Norte (Ley Pública 116-24) promulgada el 25 de junio de 2019. La nueva ley le otorga específicamente al Departamento de Seguridad Nacional, la discreción de autorizar el permiso de permanencia temporal, con autorización de empleo, a estos extranjeros durante el periodo necesario para implementar la nueva ley. Anteriormente, USCIS había extendido en dos ocasiones el permiso de permanencia temporal, una vez el 17 de junio y de nuevo el 11 de agosto.


Continúe leyendo a  https://www.inmigracionyvisas.com/a5027-Extienden-Permiso-de-Permanencia-Temporal-a-solicitantes-de-CNMI.html

martes, 14 de enero de 2020

Cambios En Elegibilidad Del Permiso De Trabajo Dejan A Solicitantes De Asilo Sin Trabajo

Las personas que vienen a los Estados Unidos en busca de protección deben poder trabajar durante el largo proceso de solicitud de asilo. Necesitan poder mantenerse a sí mismos y a sus familias.

Sin embargo, la administración Trump quiere dificultar que los solicitantes de asilo obtengan un permiso de trabajo. El Departamento de Seguridad Nacional ha propuesto una nueva regulación que agregaría varias barreras para recibir la autorización de empleo. Si se implementa, la regulación despojaría a los solicitantes de asilo de su independencia financiera. Los empleadores y las comunidades que dependen de sus contribuciones también sufrirían.

Si se finaliza, el reglamento haría varios cambios a la autorización de trabajo, que se aplicaría tanto a las nuevas solicitudes de permisos de trabajo como a las que soliciten la renovación de sus permisos. Éstos incluyen:

 

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4726-cambios-en-permiso-de-trabajo-afecta-a-solicitantes-de-asilo.html

 

Fuente: https://immigrationimpact.com

viernes, 1 de noviembre de 2019

Estados Unidos Extiende TPS Para Inmigrantes De 6 Países

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció un aviso del Registro Federal que extiende la validez de la documentación relacionada con TPS para los beneficiarios bajo las designaciones de Estado de Protección Temporal (TPS) para El Salvador, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua y Sudán hasta el 4 de enero 2021.

El aviso extiende automáticamente la validez de los documentos de autorización de empleo; Formularios I-797, Aviso de acción; y Formularios I-94, Registro de llegada / salida (colectivamente, documentación relacionada con TPS). Las fechas de validez para los países afectados son:
  • El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán cuya dé Fecha de vencimiento actual era el 2 de enero de 2020, se extenderá hasta el 4 de enero de 2021
  • Honduras cuya dé Fecha de vencimiento actual era el 5 de enero de 2020, se extenderá hasta el 4 de enero de 2021
  • Nepal cuya dé Fecha de vencimiento actual era el 24 de marzo de 2020 se extenderá hasta el 4 de enero de 2021


El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) está extendiendo la documentación de TPS en cumplimiento de los requerimientos preliminares del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California en Ramos, et al. v. Nielsen, et. Alabama. y el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York en Saget, et. al., v. Trump, et. Alabama. , y con la orden del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para que el Distrito Norte de California suspenda los procedimientos en Bhattarai v. Nielsen.

En caso de que el gobierno prevalezca en su impugnación de la orden judicial preliminar de Ramos , la determinación del secretario de rescindir el TPS para Nicaragua y Sudán entrará en vigencia a más tardar 120 días después de la emisión de cualquier mandato de apelación ante el tribunal de distrito. La determinación del secretario de rescindir el TPS para El Salvador entrará en vigencia no antes de 365 días a partir de la emisión de cualquier mandato de apelación ante el tribunal de distrito de Ramos para permitir una transición ordenada para los beneficiarios afectados del TPS.

 

 

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)

https://www.inmigracionyvisas.com/a4581-estados-unidos-extiende-tps-para-seis-paises.html

lunes, 1 de julio de 2019

Sabía Usted Que... Se Extenderá Automáticamente El Permiso De Permanencia Temporal Parole Y La Autorización De Empleo

De conformidad con la legislación promulgada recientemente, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) anunció hoy que extenderá automáticamente el permiso de permanencia temporal (“parole”) y la autorización de empleo, si corresponde, para ciertos residentes de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI, por sus siglas en inglés). Esta extensión específica del permiso de permanencia temporal, según autorizada por la ley, proporcionará alivio mientras USCIS establece procedimientos para que las personas obtengan el nuevo estatus de Residente de CNMI, creado por la Ley de Alivio a Residentes Legales a Largo Plazo de las Islas Marianas del Norte (PDF) (Ley Pública 116-24) (en inglés), firmada por el presidente Trump el 25 de junio de 2019. 

Anteriormente, USCIS había dado por terminado los programas categóricos de permisos de permanencia temporal de CNMI para asegurar que la autoridad de otorgación para dichos permisos bajo la sección 212(d)(5) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad fuera ejercida únicamente caso por caso cuando existiera beneficio público significativo o razones humanitarias urgentes. Luego de que USCIS cancelara dichos programas de permisos de permanencia temporal, el Congreso actuó para proporcionar un estatus de residencia legal a largo plazo a ciertas personas que están en CNMI. Esta concesión temporal del permiso de permanencia temporal, según autorizado por la nueva ley, es el primer paso del proceso para asegurar que la población afectada en CNMI, que es limitada, tenga la posibilidad de obtener un estatus legal. 


Extensión de los Permisos de Permanencia Temporal (“Parole”) 

La otorgación de permisos de permanencia temporal bajo el anterior programa de permisos categóricos de CNMI (en inglés), está programada para finalizar el 29 de junio de 2019. DHS ha extendido automáticamente los permisos de permanencia temporal para dichas personas, sin interrupción, bajo la autoridad otorgada en la ley pública 116-24, hasta el 28 de octubre de 2019. Esta extensión automática de 120 días proporcionará una oportunidad para que las personas presenten una petición para que se les vuelva a otorgar el permiso de permanencia temporal. 

Las personas que poseen permisos de permanencia temporal y desean mantener su estatus de permiso de permanencia temporal más allá del 28 de octubre de 2019, deben presentar una petición, lo antes posible, para que se les vuelva a otorgar el permiso de permanencia temporal. Información adicional sobre cómo solicitar este tipo de permiso de permanencia temporal está disponible en la página Permiso de Permanencia Temporal para Familiares Inmediatos de Ciudadanos Estadounidenses y Ciertos Apátridas (en inglés). 

Aquellas personas que soliciten una reotorgación del permiso de permanencia temporal recibirán una carta de parte de USCIS otorgándole dicho permiso, a menos que exista una razón específica para denegar la petición, según se determine caso por caso. USCIS otorgará los permisos de permanencia temporal con una fecha de vencimiento que no sobrepase el 29 de junio de 2020. 


Extensión Automática de la Autorización de Empleo

Para las personas que tienen un EAD que caduca al mismo tiempo que su permiso de permanencia temporal (29 de junio de 2019), USCIS ha extendido automáticamente la autorización de empleo hasta el 28 de octubre de 2019. La documentación siguiente servirá como evidencia de identificación y autorización de empleo para propósitos de verificación de elegibilidad de empleo (Formulario I-9) hasta el 28 de octubre de 2019: 
  • Una copia de esta alerta web
  • Un EAD de USCIS (Formulario I-766) que muestre la categoría “C-11” con una fecha de vencimiento de 29 de junio de 2019.

Las personas que tienen permisos de permanencia temporal y desean trabajar después del 28 de octubre de 2019, o aquellas que no tienen EAD, deben presentar un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Una persona que tenga permiso de permanencia temporal no debe presentar el Formulario I-765 hasta después de que haya solicitado el permiso de permanencia temporal y haya recibido la autorización de dicho permiso más allá del 28 de octubre de 2019, pero debe presentarlo tan pronto sea posible después de recibir la carta donde se le otorga el permiso de permanencia temporal. 


Estatus de Residente de CNMI

Las personas elegibles para este nuevo estatus de Residente de CNMI incluyen aquellos que cualifican bajo la sección 2 de la Ley de Alivio a Residentes Legales a Largo Plazo de las Islas Marianas del Norte (PDF) (en inglés). USCIS proporcionará más información y anunciará los procedimientos sobre cómo solicitar este estatus en los próximos meses. Las personas elegibles deben comenzar a presentar su solicitud para obtener el estatus de Residente de CNMI tan pronto como los procedimientos estén vigentes, ya que sus permisos de permanencia temporal no serán extendidos indefinidamente. 



Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4277-extension-de-permisos-de-permanencia-y-autorizacion-de-empleo.html

lunes, 18 de diciembre de 2017

Se Abre Periodo de Reinscripción para Hondureños Bajo el Estatus de Protección Temporal


Los actuales beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) bajo la designación de Honduras que desean mantener su estatus hasta la fecha de vencimiento actual del 5 de julio de 2018, deben reinscribirse entre el 15 de diciembre de 2017 y el 13 de febrero de 2018. Los procedimientos de reinscripción, incluso cómo renovar la documentación de autorización de empleo, han sido publicados en el Registro Federal y en www.uscis.gov/es/tps.

Todos los solicitantes deben presentar el Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal. Los solicitantes también deben solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) mediante la presentación de un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo completado, conjuntamente con el Formulario I-821, o por separado en una fecha posterior. 

USCIS expedirá Documentos de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) con una fecha de vencimiento del 5 de julio de 2018 a los hondureños beneficiarios de TPS que se reinscriban oportunamente y soliciten EAD bajo esta extensión, de acuerdo a la Notificación del Registro Federal sobre TPS de Honduras. Debido a los plazos relacionados con el procesamiento de las solicitudes de reinscripción de TPS, sin embargo, DHS reconoce que no todas las personas que se reinscriban recibirán un nuevo EAD antes de que venza su EAD actual el 5 de enero de 2018. Por consiguiente, DHS ha extendido automáticamente la validez de los EAD expedidos para bajo la designación de Honduras por 180 días adicionales, hasta el 4 de julio de 2018. 

 

En noviembre, la entonces secretaria de Seguridad Nacional en funciones, Elaine Duke, anunció que no tomaría una determinación sobre el TPS de Honduras en aquel momento. Según el proceso de operación del estatuto de TPS, esta posposición extiende automáticamente la actual designación de TPS de Honduras durante seis meses, hasta el 5 de julio de 2018. La entonces secretaria en funciones Duke, concluyó que se necesitaba tiempo adicional para evaluar información relevante sobre las condiciones de Honduras para poder tomar una determinación acerca de una extensión, redesignación o cancelación de la designación de Honduras al TPS. 

Se exhorta a las personas que tengan TPS a utilizar este periodo de seis meses para preparar su regreso a Honduras, en la eventualidad de que no se extienda nuevamente la designación de ese país. Esto incluye que soliciten documentos de viaje actualizados de parte del gobierno de Honduras. 

Con un mínimo de 60 días antes del 5 de julio de 2018, la Secretaria evaluará las condiciones de Honduras para determinar si extenderá, volverá a designar o cancelará el TPS de Honduras. Puede que los hondureños que tienen TPS deseen consultar abogados o profesionales de inmigración cualificados acerca de su elegibilidad para otro estatus o beneficio de inmigración, o para saber si existe otra acción que puedan tomar en relación a sus circunstancias de inmigración particulares.



Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). 
http://inmigracionyvisas.com/a3734-Reinscripcion-TPS-para-Hondurenos.html 

viernes, 27 de octubre de 2017

Eliminación Gradual de DACA ¿Qué Hacer?


El pasado 5 de septiembre de 2017, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) inició la eliminación gradual ordenada del programa conocido como Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés). Lea el memorándum de la secretaria de DHS en funciones, Elaine Duke, para más detalles (en inglés). 

Si actualmente usted tiene DACA podrá retener su DACA y su autorización de empleo (EAD, por sus siglas en inglés) hasta que venzan, le sean canceladas o revocadas de alaguna otra manera. 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) adjudicará cada caso de manera individual: 

  • Peticiones iniciales de DACA presentadas apropiadamente y que estén en trámite, así como las solicitudes de EAD relacionadas a dichas peticiones, que hayan sido aceptadas al 5 de septiembre de 2017.
  • Peticiones de renovación presentadas apropiadamente y que esté en trámite, y solicitudes de EAD relacionadas a dichas peticiones, que hayan sido aceptadas al 5 de septiembre de 2017.
  • Peticiones de renovaciones de DACA presentadas apropiadamente y que están en trámite, y las solicitudes de EAD relacionadas a dichas peticiones a nombre de actuales receptores de DACA, cuyos DACA y EAD venzan entre el entre el 5 de septiembre de 2017 y el 5 de marzo de 2018, ambas fechas inclusive, que USCIS haya aceptado al 5 de octubre de 2017. USCIS considerará las peticiones de DACA recibidas de parte de residentes de las Islas Vírgenes y Puerto Rico caso por caso.


  • Tenga en cuenta
    • Si Usted tiene DACA actualmente: Usted retendrá tanto su período de acción diferida como su Documento de Autorización de Empleo (EAD) hasta que venzan, a menos que sean cancelados o revocados.
    • Si USCIS recibió su petición inicial o de renovación de DACA presentada apropiadamente y la solicitud asociada para un EAD en o antes del 5 de septiembre de 2017: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) Continuaremos adjudicando su petición.
    • Si Su DACA vence entre el 5 de septiembre de 2017 y el 5 de marzo de 2018 y usted desea renovarla: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) debe recibir su petición de renovación presentada apropiadamente en o antes del 5 de octubre de 2017.
    • Si Usted no pidió DACA inicial en o antes del 5 de septiembre de 2017: El proceso de DACA ya no está disponible para usted.
    • Si Su DACA venció en o antes del 4 de septiembre de 2017 y usted no presentó apropiadamente su petición de renovación en o antes del 5 de septiembre de 2017: El proceso de DACA ya no está disponible para usted.
    • Si Usted tiene DACA y su EAD válido se le ha perdido, ha sido robado o destruido: Usted puede presentar un Formulario I-765 para solicitar el reemplazo de su EAD en cualquier momento durante el periodo de validez del mismo.


    Preguntas Frecuentes:

    P1: ¿Por qué DHS está anulando gradualmente el programa DACA? 
    R1: Tomando en consideración las decisiones de cortes federales en litigación aún en proceso, así como la carta del 4 de septiembre de 2017 emitida por el Secretario de Justicia, la Secretaria en Funciones del Departamento de Seguridad Nacional anuló el memorando del 15 de junio de 2012, es claro que el programa debe ser cancelado. Por lo tanto, la Secretaria en Funciones del Departamento de Seguridad Nacional anuló el memorando del 15 de junio de 2012 que estableció el programa DACA. Por favor, vea la carta del Secretario de Justicia y el memorando de la Secretaria de DHS en funciones para más información acerca de cómo se llegó a esta decisión. 


    P2: ¿Qué sucederá con los beneficiarios actuales de DACA? 
    R2: Los beneficiarios actuales de DACA podrán retener tanto el período de acción diferida como sus documentos de autorización de empleo (EAD, por sus siglas en inglés) hasta su vencimiento, a menos que les sean cancelados o revocados. Los beneficios de DACA son válidos generalmente por dos años luego de la fecha de expedición. 


    P3: ¿Qué sucederá con las personas que tienen actualmente una solicitud inicial de DACA pendiente? 
    R3: Debido a los costos anticipados y la cargas administrativas asociadas con el rechazo de las peticiones iniciales pendientes, USCIS adjudicará –sobre una base individual caso por caso- todas las peticiones iniciales de DACA pendientes y las solicitudes de EAD asociadas a dichas peticiones que han sido aceptadas al 5 de septiembre de 2017. 


    P4: ¿Qué sucederá con las personas que actualmente tienen una petición de renovación de DACA pendiente? 
    Debido a los costos anticipados y las cargas administrativas asociadas con el rechazo de las peticiones de renovación, USCIS adjudicará –sobre una base individual caso por caso- todas las peticiones de renovación de DACA y las solicitudes de EAD asociadas de beneficiarios actuales que han sido aceptados al 5 de septiembre de 2017, y de beneficiarios cuyos beneficios caducarán entre el 5 de septiembre de 2017 y el 5 de marzo de 2018 que hayan sido aceptadas al 5 de octubre de 2017. USCIS rechazará todas las peticiones para renovar DACA y sus solicitudes de EAD asociadas luego del 5 de octubre de 2017. 


    P5: ¿Hay tiempo todavía para que los beneficiarios de DACA actuales presenten una petición para renovar su DACA? 
    R5: USCIS solo aceptará peticiones de renovación y las solicitudes de EAD asociadas a DACA para las personas y el período de tiempo descritos arriba. 


    P6: ¿Qué pasa cuando los beneficios de DACA de una persona vencen durante el curso de los próximos dos años? ¿Se considerarán a las personas que tienen su DACA caducada como que están presentes ilegalmente en EE.UU.? 
    R6: Las leyes actuales no conceden ningún estatus legal a las personas que son beneficiarios de DACA. Los beneficiarios actuales de DACA están en la actualidad presentes ilegalmente en EE.UU. con su remoción diferida. Cuando caduca su período de acción diferida o se le cancela, su remoción ya no será diferida y ya no será elegible a empleo legal. Solamente el Congreso tiene la autoridad para enmendar las leyes de inmigración existentes. 


    P7: Una vez que la DACA de una persona expira, ¿será su caso referido a ICE para propósitos de cumplimiento de ley? 
    R7: La información que se le provea a USCIS en las peticiones de DACA no será proactivamente provista a ICE y CBP para propósitos de procedimientos de control de inmigración, a menos que el peticionario cumpla con los criterios para la expedición de una Notificación de Comparecencia o un referido a ICE bajo los criterios establecidos en las guías de Notificación de Comparecencia (www.uscis.gov/NTA).

    Esta política, que puede ser modificada, reemplazada o rescindida en cualquier momento sin notificación previa, no tiene el propósito de, no hace, y no puede usarse para crear ningún beneficio sustantivo o procesal ejecutable por ley por ningún grupo en ningún asunto administrativo, civil o criminal. 


    P8: ¿Compartirá USCIS la información personal de las personas cuyas peticiones pendientes son denegadas proactivamente con ICE para propósitos de cumplimiento de ley? 
    R8: Generalmente, la información provista en las peticiones de DACA no será provista proactivamente a otras agencias de cumplimiento de ley (incluyendo ICE y CBP) para propósitos de cumplimiento de ley a menos que el peticionario sea un riesgo a la seguridad nacional y pública, o cumple con los criterios para la expedición de una Notificación de Comparecencia o un referido a ICE bajo los criterios. Esta política, que puede ser modificada, reemplazada o rescindida en cualquier momento sin notificación previa, no tiene el propósito de, no hace, y no puede usarse para crear ningún beneficio sustantivo o procesal ejecutable por ley por ningún grupo en ningún asunto administrativo, civil o criminal. 


    P9: ¿Puede la acción diferida relacionada a DACA ser cancelada antes de que venza? 
    R9: Sí. DACA es un ejercicio de acción diferida que es una forma de discreción procesal. Por lo tanto, DHS continuará ejerciendo su autoridad discrecional para cancelar o denegar la acción diferida en cualquier momento, cuando los oficiales determinen que la cancelación o denegación de la acción diferida es apropiada. 


    P10: ¿Pueden los beneficiarios de DACA cuyos EAD se les han perdido, robado o destruido pedir un nuevo EAD durante la anulación gradual? 
    R10: Si un EAD aún válido se pierde, es robado o destruido, los beneficiarios pueden pedir un EAD de reemplazo presentando un nuevo Formulario I-765. 


    P11: ¿Podrán los recipientes de DACA ser todavía elegibles a viajar fuera de los Estados Unidos mientras su DACA sea válido? 
    R11: Efectivo el 5 de septiembre de 2017 USCIS no aprobará ningún Formulario I-131 para permiso adelantado bajo los estándares asociados con el programa DACA. Aquellos que tienen una solicitud de permiso adelantado válido aprobado previamente, generalmente retienen el beneficio hasta que caduque. Sin embargo, CBP retendrá la autoridad que siempre ha ejercido el momento de determinar la admisibilidad de cualquier persona que se presente en un puerto de entrada. Además, USCIS retiene la autoridad de revocar o cancelar un documento de permiso adelantado en cualquier momento. 


    P12: ¿Qué sucede con las personas que tienen peticiones de permiso adelantado pendientes para viajar fuera de los Estados Unidos? 
    R12: USCIS cerrará administrativamente todas las peticiones pendientes del Formulario I-131 para permiso adelantado bajo los estándares asociados con el programa DACA, y reembolsará las tarifas asociadas. 


    P13: ¿Cuántas peticiones pendientes de DACA se afectarán con este cambio? ¿Tienen algún desglose por estado? 
    R13: Había 106,341 peticiones pendientes al 20 de agosto de 2017: 34,487 peticiones iniciales y 71,854 renovaciones. Al momento no tenemos desgloses específicos por estado. 


    P14: ¿Existe un período de gracia para que los receptores de DACA con EAD que expirarán pronto hagan planes apropiados para abandonar el país? 
    R14: Como se explicó anteriormente, una vez que expira la DACA o el EAD de una persona, salvo en los limitados casos de beneficiarios especificados arriba que son elegibles a renovar sus beneficios, ya no se considera que la persona está legalmente presente en EE.UU. y no está autorizada a trabajar. Las personas cuyos permisos relacionados a DACA expirarán entre el 5 de setiembre de 2017 y el 5 de marzo de 2018 son elegibles para renovar sus permisos. Ninguna persona debe perder beneficios bajo este memorando antes del 5 de marzo de 2018 si ha presentado apropiadamente una petición de renovación con una solicitud asociada de autorización de empleo. 


    P15: ¿Pueden proveer un desglose de cuántos EAD de DACA caducarán en 2017, 2018 y 2019? 
    R15: De agosto a diciembre de 2017, caducarán los EAD relacionados a DACA de 201,678 personas. De esas personas, 55,258 ya han presentado peticiones de renovación de DACA ante USCIS. En el año calendario 2018, caducarán los EAD relacionados a DACA de 275,344 personas. De esas 275,344 personas, 7,271 han presentado peticiones de renovación ante to USCIS. De enero a agosto de 2019, caducarán EAD relacionado a DACA de 321,920 personas. De esas 321,920 personas, 8 han presentado peticiones de renovación de DACA ante USCIS. 


    P16: ¿Cuáles eran las guías anteriores para que USCIS concediera DACA? 
    R16: Personas que cumplían con los siguientes criterios podían solicitar DACA si:
    • Tenían menos de 31 años al 15 de junio de 2012.
    • Vinieron a Estados Unidos antes de alcanzar su cumpleaños número 16
    • Habían residido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007 al presente
    • Estaban físicamente presentes en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012, y al momento de hacer su petición de consideración de acción diferida con USCIS
    • No tenían estatus legal el 15 de junio de 2012
    • Estaban inscritos en una escuela, se habían graduado u obtenido un certificado de finalización de escuela superior, obtenido un certificado de Desarrollo de Educación General (GED), o eran veteranos separados honorablemente de la Guardia Costanera o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos
    • No había sido convictos de un delito, un delito menor significativo, tres o más delitos menores y de ninguna otra manera representan una amenaza a la seguridad nacional o pública.
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) 
http://inmigracionyvisas.com/a3709-eliminacion-gradual-DACA-en-Estados-Unidos.html

jueves, 25 de mayo de 2017

Se Extiende el Estatus de Protección Temporal para Haití por Seis Meses


El Secretario del Departamento de Seguridad Nacional, John F. Kelly ha extendido el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para nacionales de Haití que son elegibles (o personas elegibles sin nacionalidad cuya última residencia habitual haya sido Haití), hasta el 22 de enero de 2018. Luego de consultar con las agencias del gobierno de EE.UU. apropiadas y verificar las condiciones del país, el secretario Kelly ha determinado que se justifica la concesión de una extensión limitada de seis meses. Aunque Haití ha logrado un progreso significativo en su recuperación del terremoto ocurrido en enero de 2010 que propició su designación a TPS, aún siguen cumpliéndose las condiciones que dieron base a la designación de Haití al TPS. 

Los beneficiarios actuales de Haití que desean extender su TPS deben reinscribirse antes del 24 de julio de 2017. Los beneficiarios de TPS que se reinscriban pueden solicitar un nuevo Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). Aquellos que se reinscriban y soliciten un nuevo EAD durante el periodo de 60 días de reinscripción pueden recibir una extensión automática de su EAD por hasta 180 días a partir de la fecha en que expira su actual EAD. 

Los EAD actuales no serán extendidos automáticamente sin una petición de nuevo EAD. Si la petición del EAD del beneficiario es aprobada, recibirá un nuevo EAD con una fecha de expiración de 22 de enero de 2018. Se les recomienda a todos los beneficiarios de TPS a que se reinscriban y presenten sus solicitudes de EAD lo más pronto posible, para así evitar interrupciones en la documentación de autorización de empleo. 

Se les exhorta a los beneficiarios a que durante esta extensión de seis meses se preparen para su regreso a Haití en caso de que no se extienda nuevamente la designación de Haití, lo que incluye que soliciten los documentos de viaje actualizados al gobierno de Haití. Al menos con 60 días de antelación al 22 de enero de 2018, el secretario Kelly revaluará la designación de Haití y determinará si se justifica otra extensión, una redesignación o la cancelación, en completo cumplimiento con la Ley de Inmigración y Nacionalidad. La designación a TPS por parte del Congreso tuvo la intención de ser temporal, y el secretario revaluará en su totalidad las condiciones del país para determinar si la designación a TPS de Haití debe continuar. 

Para reinscribirse, los actuales beneficiarios de TPS deben presentar lo siguiente: 

  • Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal (las personas que estén reinscribiéndose no tienen que pagar la tarifa de presentación del Formulario I-821)
  • El pago de la tarifa de servicios biométricos (o una solicitud de exención de tarifas), si tienen 14 años de edad o más.
  • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo , sin importar si desean o no desean obtener un EAD.
  • El pago de la tarifa de presentación del Formulario I-765, o una petición de exención de tarifas, pero solo si desea obtener un EAD. Si la personas que se reinscribe al TPS no desea obtener un EAD, no tiene que enviar el pago de tarifa de presentación del Formulario I-765.

Los solicitantes pueden pedir que USCIS les exima del pago de la tarifa de presentación del Formulario I-765 y/o tarifa de servicios biométricos basándose en su incapacidad de pago. Para esto, los solicitantes deben presentar el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas , o enviar una petición por escrito. Las peticiones de exención de tarifas deben ir acompañadas de documentos de apoyo. USCIS rechazará toda solicitud de TPS de cualquier solicitante que no envíe loas tarias requeridas o una petición de exención de tarifas debidamente documentada. 

Importante: Si el gobierno de Donald Trump se rehúsa a prorrogar el TPS pasados los seis meses de prórroga, al menos unos 55 mil haitianos podrían ser repatriados a la fuerza a su frágil y problematizado país. 



Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). 

http://inmigracionyvisas.com/a3620-extienden-TPS-para-Haiti.html