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miércoles, 13 de septiembre de 2017


La visa K-1 es una visa para no inmigrantes que le permite al prometido (a) de un ciudadano estadounidense viajar a los Estados Unidos para contraer matrimonio con el ciudadano dentro de un plazo de 90 días a partir de la admisión al país. 

El programa es un proceso en el que colaboran el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, el Departamento de Estado de los Estados Unidos, y el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (USCIS, DOS y CBP, por sus siglas en inglés, respectivamente). 


Paso 1: Petición Clasificatoria – USCIS

  • Un ciudadano estadounidense (el peticionario) presenta el Formulario I-129F para pedirle a USCIS que reconozca a un ciudadano extranjero (el beneficiario) como el prometido o la prometida de dicha persona.
  • USCIS revisa los documentos presentados como evidencia requerida de que ambas partes están libres para contraer matrimonio, planifican casarse dentro del plazo de 90 días desde el ingreso del beneficiario a los Estados Unidos, y en general, se han conocido en persona dentro del plazo de dos años antes de que presentaran la petición.
  • USCIS lleva a cabo verificaciones de antecedentes de seguridad nacional, registros criminales, y otra información, tanto para el peticionario como para el beneficiario.
  • La aprobación del Formulario I-129F solo significa que USCIS reconoce la relación que se reclama que existe entre el peticionario y el beneficiario. La aprobación no permite que el beneficiario viaje a los Estados unidos, ni garantiza que DOS expedirá una visa K-1.
  • USCIS envía la petición aprobada al Centro Nacional de Visas de DOS, que a su vez la envía a la embajada o consulado en el que el prometido(a) extranjero(a) solicitará la visa K-1 (usualmente es la embajada o consulado en el área donde vive la persona).


Paso 2: Solicitud de Visa – DOS
  • El Centro Nacional de Visas le notifica al peticionario cuando sea el momento para que el prometido(a) extranjero(a) solicite la visa.
  • El prometido(a) extranjero solicita la visa K-1 en la embajada o consulado estadounidense que se le indica en el Formulario I-129F, y presenta documentos de identidad y documentos civiles, prueba de que existe la relación, así como un examen médico completado por un médico autorizado.
  • DOS lleva a cabo las verificaciones de antecedentes del solicitante de visa, incluidas las tomas de huellas dactilares y otras verificaciones similares a las llevadas a cabo por USCIS, así como verificaciones de en las bases de datos de DOS y otras bases de datos compartidas con otras agencias. También se llevará a cabo una entrevista consular.
  • Si el oficial consular de DOS determina que la relación no es auténtica, la visa K-1 será rechazada, y la petición K-1 será enviada de nuevo a USCIS.
  • El oficial consular de DOS determina si existe alguna causal de inadmisibilidad o si no es elegible por alguna otra razón (criminal, de seguridad nacional, médica u otra), o si es elegible para obtener exenciones de esas causales.
  • El oficial consultar de DOS decide si emitirá la visa K-1. Las visas K-1 son válidas por 6 meses y para una sola entrada a los Estados Unidos.
  • Al igual que sucede con cualquier visa, una visa K-1 no garantiza que será admitido a los Estados Unidos.


Paso 3: Inspección en un Puerto de Entrada – CBP
  • El titular de una visa K-1 debe viajar a los Estados Unidos y solicitar admisión en un puerto de entrada dentro del plazo de validez de la visa.
  • La inspección de CBP en un puerto de entrada incluye la toma de datos biométricos y toda verificación de sistemas relevantes sobre seguridad nacional, criminales, e información migratoria, verificación de identidad y documentos de viajes, y una entrevista.
  • Si es admitido, el titular de visa K-1 tiene 90 días para contraer matrimonio con el mismo ciudadano estadounidense que presentó el Formulario I-129F con USCIS.


Paso 4: Ajuste de Estatus – USCIS
  • Después de que contraiga matrimonio, el titular de visa K-1 puede solicitar el estatus de Residente Permanente Legal por medio de la presentación del Formulario I-485 con USCIS.
  • Durante el proceso de adjudicación, USCIS lleva a cabo nuevas verificaciones de antecedentes sobre ambas partes, incluidas verificaciones de huellas dactilares del (de la) cónyuge extranjero, y puede que entreviste a ambos cónyuges.
  • Si ha estado casado por un término menor de 2 años al momento de que se apruebe el Formulario I-485, el solicitante obtendrá el estatus de Residente Permanente Condicional y una Tarjeta de Residente Permanente Condicional (conocida como “Tarjeta Verde” o “Green Card”) válida por 2 años.


Paso 5: Eliminación de Condiciones – USCIS
  • La Tarjeta Verde Condicional no puede ser renovada. Las condiciones que existe sobre la residencia deben ser eliminadas o de lo contrario, el Residente Permanente Condicional perderá el estatus de Residente Permanente legal y será removido de los Estados Unidos.
  • Para eliminar las condiciones, debe presentar el Formulario I-751 ante USCIS dentro de los 90 días previos a que termine el plazo de 2 años como Residente Permanente Condicional. Ambos cónyuges presentan el formulario conjuntamente, a menos que les aplique una excepción.
  • Durante el proceso de adjudicación, USCIS lleva a cabo otra verificación de antecedentes y una verificación de huellas dactilares del cónyuge extranjero, y podría entrevistar a ambos cónyuges.


Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).  
http://inmigracionyvisas.com/3690-cinco-pasos-para-la-visa-de-prometidos.html

viernes, 9 de junio de 2017

Obtener La Residencia Permanente En Estados Unidos Siendo un Asilado

Si El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) le concedió estatus de asilo, usted es elegible para solicitar una Tarjeta Verde (Residencia Permanente) 1 año después de recibir su concesión de asilo. Su cónyuge e hijos también son elegibles para solicitar una Tarjeta Verde si fueron admitidos en los Estados Unidos como asilados o estaban incluidos en su concesión de asilo. 

Usted no está obligado a solicitar una Tarjeta Verde, sin embargo, puede que le convenga hacerlo. Ya no estaría cualificado para estatus de asilo con el derecho a permanecer permanentemente en los Estados Unidos si: 
  • Cambiaran las condiciones en su país
  • Si usted ya no cumple con la definición de asilado debido a ese cambio de circunstancias.


Criterios de Elegibilidad

Si usted es un asilado, puede solicitar una Tarjeta Verde 1 año después de habérsele concedido asilo si: 
  • Usted ha estado presente físicamente en los Estados Unidos al menos 1 año después de habérsele concedido asilo
  • Usted sigue cumpliendo con la definición de refugiado (o sigue siendo el cónyuge o hijo de un refugiado)
  • Usted no ha abandonado su estatus de refugiado
  • Usted no se ha reasentado firmemente en ningún país extranjero
  • Usted sigue siendo admisible en los Estados Unidos (puede existir una dispensa si usted es inadmisible en la actualidad)


Trámite de la solicitud

Para solicitar una Tarjeta Verde, usted debe presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus 

Nota: Cuando se le concede su Tarjeta Verde, usted (y sus familiares derivados) tendrá su fecha de ajuste de estatus fijada 1 año previo a la fecha en que su Tarjeta Verde fue concedida. 


Evidencia a presentar con el Formulario I-485

Si se le concede el estatus de asilo, deberá presentar el Formulario I-485 junto con los siguientes documentos justificantes (en el orden siguiente): 


Nota: Usted deberá presentar cualquier documento escrito en idioma extranjero con su correspondiente traducción al inglés debidamente certificada. El traductor debe certificar que está cualificado para llevar a cabo la traducción y que la traducción es exacta. Las traducciones presentadas sin una copia legible del documento en el idioma extranjero no son admisibles. 


Familiares de Asilados

El Programa de Asilo de USCIS acepta nuevas solicitudes a través del Formulario I-589 familiares directos (derivados) de asilados (cónyuges o hijos de un asilado principal) que ya no cumplen con la definición de cónyuge o hijo de un asilado principal para facilitar a estos individuos una manera de obtener la residencia permanente. 

Nota: En ciertos casos, la Ley de Protección de Estatus del Menor (CSPA, por sus siglas en inglés) puede permitirle mantener la clasificación de “menor” aunque haya cumplido 21 años de edad. 


Trámite de la Solicitud para Familiares

Usted debe presentar separadamente un paquete de solicitud de Formulario I-485de para usted (el asilado principal), otra para su cónyuge, y otra para cada hijo que reciba el estatus de asilo de familiar derivado, si éstos también desean obtener la Residencia Permanente (Tarjeta Verde). 

Usted puede presentar las diferentes solicitudes juntas en el mismo sobre de correos. Para mantener cada solicitud por separado, por favor utilice grapas o sujetapapeles. 


Cambio de domicilio

Si usted cambia de domicilio, debe informar a USCIS por escrito en un plazo de 10 días después del cambio. 

Usted puede cumplir con este requisito: 


Usted NO DEBE enviar por correo el Formulario AR-11 Y completar el cambio de domicilio electrónicamente. 

Mientras su solicitud de asilo esté en trámite en la Oficina de Asilo, usted TAMBIÉN debe notificar a la Oficina de Asilo en un plazo de 10 días después de su cambio de domicilio en una de las siguientes maneras: 
  • Complete el “Paso 2” del formulario electrónico (seleccione el enlace “Cambio de domicilio” que aparece en esta página)
  • Envíe por correo un original o una copia del Formulario AR-11 a la Oficina de Asilo
  • Envíe una carta por correo a la Oficina de Asilo indicando la dirección del domicilio antiguo y el actual
  • Facilite en persona la dirección de su nuevo domicilio a la Oficina de Asilo
  • Facilite la dirección de su nuevo domicilio al Oficial de Asilo en el transcurso de su entrevista
  • Comuníquese con el Centro Nacional de Servicio al Cliente llamando al 1-800-375-5283

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)  
http://inmigracionyvisas.com/a3633-Obtener-Tarjeta-Verde-para-asilado.html

jueves, 3 de septiembre de 2015

Ajuste de Estatus

La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) permite cambios en el estatus inmigratorio de un individuo mientras está en los Estados Unidos. Este cambio de estatus puede ser de No Inmigrante (temporal) con Permiso Condicional al de Inmigrante (permanente) si el individuo fue inspeccionado y admitido o se le otorgó permiso condicional para ingresar a los Estados Unidos y puede satisfacer todos los requisitos para una Tarjeta Verde en una categoría particular.


Ajuste de Estatus Estados Unidos

Conozca los pasos para realizar  Ajuste de Estatus