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lunes, 28 de enero de 2019
Implementan Protocolos De Protección De Migrantes: Regresar A Solicitantes De Asilo A México
“Hemos implementado una acción sin precedentes que abordará la crisis humanitaria y de seguridad urgente que existe en la frontera Sur. Este enfoque humanitario contribuirá a terminar con el aprovechamiento abusivo de nuestras generosas leyes inmigratorias. Los Protocolos de Protección de Migrantes representan un enfoque sensato y metódico, basado en el ejercicio de una autoridad legal de larga tradición, para superar la crisis en nuestra frontera Sur”. – Secretaria de Seguridad Nacional Kirstjen M. Nielsen
sábado, 26 de enero de 2019
Estos Son Los Países Elegibles a Programas De Visas H-2A y H-2B En Estados Unidos
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) y el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés), en consulta con el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés), han publicado una lista de países cuyos nacionales son elegibles para participar en los programas de visas H-2A y H-2B en 2019. La notificación que incluye los países elegibles fue publicada en el Registro Federal (en inglés) el 18 de enero de 2019.
Para el 2019, la secretaria del Departamento de Seguridad Nacional, Kirstjen M. Nielsen, y el secretario de estado Mike Pompeo acordaron:
- Añadir a Mozambique y Samoa a la lista de los países elegibles a participar en los programas de visas H-2A y H-2B
- Añadir a Paraguay a la lista de países elegibles a participar en el programa H-2A
- No designar más a Etiopía y Filipinas como países elegibles debido a que no cumplen con los estándares reglamentarios de los programas H-2A y H-2B, y
- No designar más a República Dominicana como país elegible al programa H-2B debido a que ya no cumple los estándares reglamentarios para dicho programa.
DHS mantiene su autoridad de añadir países a la lista de países elegibles en cualquier momento y eliminar cualquier país en cualquier momento que DHS y DOS determinen que el país ya no cumple con los requisitos para continuar con su designación. Algunos ejemplos de los factores que podrían resultar en la exclusión de un país o la remoción de un país de esta lista incluyen, pero no se limitan a fraude, abuso, índices de denegación, índices de estadías no autorizadas luego de la fecha de vencimiento de la visa, inquietudes respecto a la trata de personas, y otras formas de incumplimiento con los términos y condiciones de los programas de visas H-2 por parte de nacionales de esos países.
Los programas de visas H-2A y H-2B permiten que los empleadores estadounidenses traigan extranjeros a Estados Unidos para ocupar empleos agrícolas y no agrícolas temporales, respectivamente. Usualmente, USCIS aprueba peticiones H-2A y H-2B solo para nacionales de países que la secretaria de Seguridad Nacional haya designado elegibles para participar en los programas. Sin embargo, USCIS podría aprobar peticiones H-2A y H-2B, incluso aquellas que estaban pendientes a la fecha de la notificación del Registro Federal, para nacionales de países que no están en la lista sobre una base caso por caso, solo si se determina que esto es en interés de Estados Unidos.
Efectivo el 19 de enero de 2019, los nacionales de los siguientes países son elegibles para recibir visas H-2A y H-2B:
*Moldavia, Paraguay, y la República Dominicana son elegibles a participar en el programa H-2A, pero no son elegibles a participar en el programa H-2B.
** Con respecto a todas las referencias a “país” o “países” en este documento, se debe tomar en cuenta que la Ley de Relaciones de Taiwán de 1979, Ley Púb. Núm. 96-8, Sección 4(b)(1), dispone que “cuando las leyes de Estados Unidos se refieran o estén relacionadas a países, naciones, estados, gobiernos, o entidades similares extranjeras, dichos términos debe incluir y dichas leyes deben aplicar con respecto a Taiwán”. 22 U.S.C. § 3303(b)(1). Por consiguiente, todas las referencias a “país” o “países” en la reglamentación que rige si los nacionales de un país son elegibles a participar en el programa H-2B, 8 CFR 214.2(h)(5)(i)(F)(1)(i) y 8 CFR 214.2(h)(6)(i)(E)(1), se interpretan para incluir Taiwán. Esto es consistente con la política estadounidense Una Sola China, bajo la cual Estados Unidos ha mantenido relaciones no oficiales con Taiwán desde 1979.
Esta notificación no afecta el estatus de los beneficiarios que actualmente están en Estados Unidos en estatus H-2A o H-2B, a menos que soliciten cambiar o extender su estatus. La designación de cada país es válida por un año a partir del 19 de enero de 2019. Para más información puede consultar el articulo Trabajadores Agrícolas Temporales H-2A.
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
http://www.inmigracionyvisas.com/a4000-paises-elegibles-a-visas-H2A-H2B.html
viernes, 25 de enero de 2019
The Landscape Of Immigration Detention In The United States
By Emily Ryo, J.D., Ph.D. and Ian Peacock, M.A.
On any given day, U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) detains tens of thousands of individuals who are accused of violating U.S. immigration laws. ICE currently relies on a complex network of jails and jail-like facilities to confine these individuals.
The average daily population of immigrant detainees has increased more than fivefold in the past two decades. At the same time, immigration detention facilities have faced numerous civil and human rights violation complaints, including allegations of substandard medical care, sexual and physical abuse, and exploitative labor practices. Yet, the current administration has sought to further expand immigration detention. To assess the full implications of these expansion efforts, it is critical for policymakers and the public to understand fundamental aspects of the current U.S. detention system.
This report presents findings from an empirical analysis of immigration detention across the United States. We analyze government and other data on all individuals who were detained by ICE during fiscal year 2015, the latest fiscal year for which the federal government has released comprehensive data of this kind on immigration detention. Our analysis offers a detailed look at whom ICE detained, where they were confined, and the outcomes of their detention.
We find that ICE relied on over 630 sites scattered throughout the United States to detain individuals, often moving them from one facility to another. Our analysis reveals that individuals detained by ICE were commonly held in privately operated and remotely located facilities, far away from basic community support structures and legal advocacy networks.
The main findings presented in this report include:
A majority of detainees were men, from Mexico or Central America, and many detainees were juveniles
- About 79 percent of the detainees were men. The population as a whole was relatively young, with the average age of 28 (mean and median). Over 59,000 detainees—about 17 percent—were under the age of 18.
- Mexican nationals by themselves made up about 43 percent of the detainee population, and individuals from the Northern Triangle region of El Salvador, Guatemala, and Honduras made up about 46 percent of the detainee population.
ICE used one or more facilities in every state, with Texas and California having the highest number of facilities and detainees
- Every state in the United States had at least one facility that ICE used to detain individuals in fiscal year 2015.
- The top five states in terms of the number of facilities used by ICE in fiscal year 2015 were Texas, California, Florida, New York, and Arizona. The top five states in terms of the detainee population were Texas, California, Arizona, Louisiana, and New Mexico.
Detention in privately operated facilities and in remotely located facilities was common
- Many detainees were confined in more than one facility during their detention stay. About 67 percent of all detainees were confined at least once in privately operated facilities. About 64 percent of detainees were confined at least once in a facility located outside of a major urban area.
- About 48 percent, 26 percent, and 22 percent of detainees were confined at least once in a facility that was located more than 60 miles, 90 miles, and 120 miles away, respectively, from the nearest nonprofit immigration attorney who practiced removal defense.
A majority of adult detainees experienced interfacility transfers involving movements across different cities, states, or federal judicial circuits
- Many adults were transferred between facilities during their detention, leading to confinement in multiple locations. About 60 percent of adults who were detained in fiscal year 2015 experienced at least one interfacility transfer during their detention.
- Of those adults who were transferred, about 86 percent experienced at least one intercity transfer, 37 percent experienced at least one interstate transfer, and 29 percent experienced at least one transfer across different federal judicial circuits.
Detention length was significantly longer in privately operated facilities and in remotely located facilities
- Among 261,020 adults who were released from detention during fiscal year 2015, the average detention length (mean) was about 38 days. More than 87,000 of these adults were detained longer than 30 days.
- Confinement in privately operated facilities and facilities located outside of major urban areas, respectively, was associated with significantly longer detention.
The number of grievances was significantly higher in privately operated facilities and in remotely located facilities.
- In fiscal year 2015, the ICE Enforcement and Removal Operations’ Detention Reporting and Information Line (DRIL) received over 48,800 detention-facility related grievances from detainees and community members. The most common type of grievances involved access to legal counsel and basic immigration case information.
- Privately operated facilities and facilities located outside of major urban areas were associated with higher numbers of grievances.
About the Data
We analyze three major datasets in this study. The first dataset—the Detention Data—contains government records pertaining to all individuals who were detained by ICE during fiscal year 2015 (355,729 individuals, including juveniles). To be included in the Detention Data, the individual had to have been detained at some point during fiscal year 2015, but his or her detention need not have begun nor ended in fiscal year 2015. The Transactional Records Access Clearinghouse (TRAC) obtained the Detention Data from ICE under the Freedom of Information Act (FOIA).
The second dataset consists of geocoordinates that we compiled on (1) all of the detention facilities included in the Detention Data, (2) the principal cities of metropolitan statistical areas (MSAs), and (3) legal service providers. We merged these geocoordinates with the Detention Data to produce the Geocoded Data that allows us to examine distances between detention facilities, MSAs, and legal service providers.
The third dataset contains records on 48,849 facility-related grievances submitted by detainees and community members to the Detention Reporting and Information Line. We merged these records with the Detention Data to produce the Grievance Data, which contains 47,145 grievances pertaining to 304 facilities used by ICE in fiscal year 2015 (including juvenile facilities used by ICE). Human Rights Watch obtained the Grievance Data from ICE through FOIA.
- What Do We Know about Immigration Detention?
- Who Was Detained and Where Were They Confined?
- What Were the Outcomes of Detention?
Conclusion
This report’s findings highlight several key aspects of immigration detention that should be central to any current policy discussions about detention oversight and reform. These key aspects include: (1) the reasons for and the frequency of interfacility transfers, (2) the length of detention, and (3) the nature and volume of grievances filed against detention facilities.
As the federal government expands the use of detention in support of its strict enforcement regime, many of the issues that we have highlighted in this report may become magnified in scope and severity. For example, with the surge in immigration apprehensions under the current administration, there have been numerous reports of sudden, chaotic, and mass transfers of detainees across various facilities. These reports raise renewed concerns about ICE’s use of interfacility transfers and the serious challenges that these transfers raise for detainees in terms of their well-being and ability to pursue legal relief from removal.
Finally, our findings suggest that privately operated facilities and remotely located facilities require special scrutiny, given that placement in these types of facilities is associated with longer detention length and higher volume of grievances. Comprehensive investigations and independent monitoring focused on these types of outcomes and facilities are urgently needed to address the ongoing humanitarian issues and legal concerns raised by immigration detention.
Source: http://americanimmigrationcouncil.org
http://www.inmigracionyvisas.com/a3999-landscape-of-immigration-detention-in-United-States.html
jueves, 24 de enero de 2019
Nuevo Programa De Apadrinamiento Para Padres Y Abuelos En Canadá
Desde el pasado 11 de enero el ministro de inmigración de Canadá Ahmed Hussen anuncio que hay nuevas disposiciones para apadrinar a los padres y abuelos, el nuevo programa se llama interés de apadrinamiento de padre y abuelos. Este programa permite seleccionar 20.000 nuevos inmigrantes padres o abuelos para que gocen de la residencia permanente en Canadá.
Anteriormente el proceso se llevaba a cabo a través de un registro en un sitio web y luego se realizaba una especie de rifa para seleccionar los ganadores, ahora el programa cambio y la selección se hará de acuerdo al orden de suscripción.
Algo importante que hay que tener en cuenta es que la persona que este patrocinando a sus padres o abuelos debe comprometerse a apoyarlos financieramente y asegurarse que no necesite asistencia del gobierno.
¿Quién es elegible para patrocinar a un padre o abuelo?
Puedes patrocinar a tus propios padres y abuelos si:
- Tener al menos 18 años
- Vivir en Canadá
- Ser un ciudadano canadiense, residente permanente de Canadá o una persona registrada en Canadá como indígena según la Ley de Indígenas Canadienses
- Tener suficiente dinero para apoyar a las personas que quieres patrocinar Para demostrar que tiene suficiente dienero tendrá que presentar su comprobante de ingresos. Para averiguar cuánto dinero se necesita puede consultar el siguiente enlace Tarifas para patrocinar padres y abuelos
A quien puede patrocinar
- Puedes patrocinar a tus propios padres y abuelos, relacionados por sangre o adopción.
- En caso de divorcio o separación, puede patrocinar a los cónyuges de sus padres y abuelos, o sus parejas conyugales o conyugales.
- En la solicitud, solo puede incluir a sus hermanos y hermanas, o medio hermanos y hermanas, si califican como hijos dependientes.
- Puede patrocinar a más de 1 persona o pareja si cumple con los requisitos de ingresos para todas las personas que desea patrocinar y sus dependientes (cónyuge, pareja e hijos).
Etapas Del Proceso
El proceso en general se lleva a cabo en las siguientes etapas
1. Presentar el formulario de interés a patrocinador.
El primer paso para patrocinar a sus padres o abuelos es llenar el formulario de interés para patrocinar, el cual estará disponible a partir del 28 de enero de este año. Algo importante es que no puede haber suscripciones duplicadas, solo se acepta el primer formulario que se envié, Una vez que se cierra el formulario, se revisan los envíos y se eliminaran los duplicados.
2. Obtenga una invitación para aplicar al apadrinamiento
Luego de recibir las inscripciones el servicio de inmigración seleccionara en el orden en que se realizó el registro y enviara invitaciones a los posibles patrocinadores para que continúen con el proceso.
3. Completar el paquete de solicitud
Para evitar el uso de formularios obsoletos, no prepare su solicitud antes de que lo inviten a continuar en el proceso. Debe tener una solicitud con todos los documentos y formularios requeridos tanto de usted como de las personas a patrocinar.
Antes de enviar la solicitud asegúrese de que usted califica como patrocinador, que ha incluido a todos los miembros de la familia, que toda la información suministrada es verdadera. Recuerde que debe pagar por las tarifas y este dinero no es rembolsable.
4. Pagar las tarifas de solicitud
Usted deberá pagar la tarifa online y este pago incluirá:
- Tarifas de procesamiento para usted, las personas que patrocina y sus dependientes
- El derecho de residencia permanente
- La tarifa biométrica0
- Dependiendo de su situación, es posible que deba pagar por servicio de examen médico, certificaciones policiales
5. Presente su solicitud
La solicitud debe ser presentada en un plazo no mayor a 60 días siguientes luego de recibir la invitación a participar en el proceso. El plazo se especifica en su invitación. Puede utilizar un servicio de mensajería para enviar su solicitud, si así lo desea. Los servicios de mensajería le ayudarán a rastrear su aplicación. También puede utilizar el correo regular.
La Solicitud será devuelta si:
- Al solicitud esta incompleta
- No se cancelaron las tarifas correspondientes
- No fue invitado a enviar una solicitud completa
- No se recibió la solicitud dentro del plazo especificado en su invitación
Para ampliar la información consulte el sitio web https://www.canada.ca, adicional compartimos el video del canal de YouTube CI Canadá que también explica el proceso.
Fuente: www.canada.ca/ - YouTube CI Canadá
http://www.inmigracionyvisas.com/a3998-programa-apadrinamiento-en-canada-para-padres-y-abuelos.html
miércoles, 23 de enero de 2019
Cómo Leer El Boletín De Visas De los Estados Unidos
Para tener acceso al último boletín de visas se debe ingresar al siguiente link https://travel.state.gov/... Luego hacer clic en la opción “Current Visa Bulletin”, donde se muestra el mes y año del último boletín generado, esto lo redirecionará a la información como tal del boletín.
El boletín básicamente contiene información sobre:
- Peticiones basada en la Familia
- Peticiones basada en el Empleo
- Visas de Diversidad
A continuación describimos cada una de ellas:
Boletín De Visas - Peticiones Basadas En La Familia
La sección FAMILY-SPONSORED PREFERENCES corresponde aquellas solicitudes de residencia con base familiar es decir a aquellas personas cuyo pariente solicito la residencia mediante el Formulario I-130. Dentro de esta sección se van a encontrar las siguientes dos tablas:
1- FINAL ACTION DATES FOR FAMILY-SPONSORED PREFERENCE CASES que corresponde a la Fecha final de acción para la solicitud, es decir indica la fecha en se podrá otorgar la residencia
2- DATES FOR FILING FAMILY-SPONSORED VISA APPLICATIONS que corresponde a la Fecha para radicación de solicitudes
Cada una de estas tablas está formada por seis columnas que se describen a continuación:
La primera columna corresponde a la categoría que para el caso de la familia está dividida en :
- Primero: (F1) Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses: 23,400 más cualquier número no requerido para la cuarta preferencia.
- Segundo: cónyuges e hijos, e hijos e hijas solteros de residentes permanentes: 114,200, más el número (si corresponde) por el cual el nivel de preferencia familiar mundial supera los 226,000, más cualquier primer número de preferencia no utilizado
- Segundo A (F2A) Cónyuges e hijos de residentes permanentes: 77% de la segunda limitación de preferencia general, de los cuales el 75% está exento del límite por país;
- Segundo B (F2B) Hijos e hijas solteros (de 21 años de edad o más) de residentes permanentes: 23% de la limitación general de la segunda preferencia.
- Tercero: (F3) Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses: 23,400, más cualquier número no requerido por la primera y segunda preferencias.
- Cuarto (F4) Hermanos y hermanas de ciudadanos adultos de EE. UU.: 65,000, más cualquier número no requerido por las tres primeras preferencias.
En la segunda columna hay una fecha o anotación asociada con cada categoría. Esa fecha o anotación es la clave del boletín de visas, dentro de esta columna se pueden encontrar los siguientes valores:
- Si en el espacio hay una fecha, eso significa que hasta el momento se han procesado (aprobado o rechazado) todas las solicitudes recibidas por el USCIS ANTES de dicha fecha. Por ejemplo, si la fecha que se muestra para la prioridad 2A de familia es 08SEP18, eso significa que hasta el momento se han procesado solamente las solicitudes de dicha categoría que se recibieron ANTES de Septiembre 8 del 2018.
- Si en el espacio hay una "C", eso significa que el proceso está al día. Es decir, que ya se han procesado todas las solicitudes recibidas.
- Si en el espacio hay un "U", eso significa que la información no está disponible.
En las cuatro columnas siguientes se presenta la misma información, pero específicamente para los países de China, India México y Filipinas. Recuerde que la información para todos los otros países está incluida en la segunda columna.
Para poder interpretar la información del boletín es necesario que usted tenga los siguientes datos:
- Tener la fecha de prioridad, es decir la fecha en que se presentó la solicitud.
- Tenga claro que opción de solicitud de residencia solicito, si fue a través de familia o a través de empleo, luego identifique la categoría la que pertenece su solicitud.
Encuentre en la primera columna la categoría de su solicitud basada en la familia y a continuación busque la columna correspondiente a su país, Recuerde que la información para todos los otros países está incluida en la segunda columna.
La fecha indica la “actual” fecha de prioridad para ese mes. Esto significa que si su fecha de prioridad es anterior a la fecha que aparece en la lista, puede seguir adelante con su solicitud de visa, de lo contrario tendrá que esperar hasta que la fecha que se muestre en el boletín de visas sea igual o mayor a la fecha de prioridad.
Por ejemplo, si su fecha de prioridad es de Octubre 1, 2018 y la fecha que aparece es de Agosto 15, 2018, su fecha de prioridad es anterior a la fecha indicada y se puede seguir adelante con el proceso de inmigración.
Boletín De Visas - Peticiones Basadas En El Empleo
La sección titulada "EMPLOYMENT-BASED PREFERENCES" corresponde aquellas solicitudes de residencia con base en el empleo, es decir un empleador presentó para ella el Formulario I-140: Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Dentro de esta sección se van a encontrar las siguientes dos tablas:
1- FINAL ACTION DATES FOR EMPLOYMENT-BASED PREFERENCE CASES que corresponde a la Fecha final de acción para la solicitud, es decir indica la fecha en se podrá otorgar la residencia
2- DATES FOR FILING EMPLOYMENT-BASED VISA APPLICATIONS que corresponde a la Fecha para radicación de solicitudes
Cada una de estas tablas está formada por seis columnas que se describen a continuación:
La primera columna corresponde a la categoría que para el caso de empleo está dividida en:
En la sección titulada "EMPLOYMENT-BASED PREFERENCES" se explica cual es el orden de prioridad para solicitudes de residencia por razones de trabajo. Dicho orden de prioridad es el siguiente:
- Primero: Trabajadores prioritarios: 28.6% del nivel mundial de preferencias basadas en el empleo, más cualquier número no requerido para la cuarta y quinta preferencias.
- Segundo: Miembros de las profesiones con títulos avanzados o personas con habilidades excepcionales: 28.6% del nivel de preferencia basado en el empleo en todo el mundo, más cualquier número no requerido por la primera preferencia.
- Tercero: Trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores: 28.6% del nivel mundial, más cualquier número no requerido por la primera y segunda preferencia, no más de 10,000 de los cuales a "* Otros trabajadores".
- Cuarto: Ciertos inmigrantes especiales: 7.1% del nivel mundial.
- Quinto: creación de empleo, es decir inversionista: 7.1% del nivel mundial, no menos de 3,000 de los cuales reservados para inversionistas en un área rural o de alto desempleo, y 3,000 reservados para inversionistas en centros regionales por la Sec. 610 de Pub. L. 102-395.
En la segunda columna hay una fecha o anotación asociada con cada categoría. Esa fecha o anotación es la clave del boletín de visas, dentro de esta columna se pueden encontrar los siguientes valores:
- Si en el espacio hay una fecha, eso significa que hasta el momento se han procesado (aprobado o rechazado) todas las solicitudes recibidas por el USCIS ANTES de dicha fecha. Por ejemplo, si la fecha que se muestra para la prioridad 2A de familia es 08SEP18, eso significa que hasta el momento se han procesado solamente las solicitudes de dicha categoría que se recibieron ANTES de Septiembre 8 del 2018.
- Si en el espacio hay una "C", eso significa que el proceso está al día. Es decir, que ya se han procesado todas las solicitudes recibidas.
- Si en el espacio hay un "U", eso significa que la información no está disponible.
En las columnas siguientes se presenta la misma información, pero específicamente para los países de China, El Salvador, Honduras, Guatemala, India México, Filipinas y Vietnan. Recuerde que la información para todos los otros países está incluida en la segunda columna.
Para poder interpretar la información del boletín es necesario que usted tenga los siguientes datos:
- Tener la fecha de prioridad, es decir la fecha en que se presentó la solicitud.
- Tenga claro que opción de solicitud de residencia solicito, si fue a través de familia o a través de empleo, luego identifique la categoría la que pertenece su solicitud.
Encuentre en la primera columna la categoría de su solicitud basada en el empleo y a continuación busque la columna correspondiente a su país, Recuerde que la información para todos los otros países está incluida en la segunda columna.
La fecha indica la “actual” fecha de prioridad para ese mes. Esto significa que si su fecha de prioridad es anterior a la fecha que aparece en la lista, puede seguir adelante con su solicitud de visa, de lo contrario tendrá que esperar hasta que la fecha que se muestre en el boletín de visas sea igual o mayor a la fecha de prioridad.
Por ejemplo, si su fecha de prioridad es de Octubre 1, 2018 y la fecha que aparece es de Agosto 15, 2018, su fecha de prioridad es anterior a la fecha indicada y se puede seguir adelante con el proceso de inmigración.
Programa de Visas de Diversidad
Bajo la sección de "DIVERSITY IMMIGRANT (DV) CATEGORY" se presentan los números de solicitud procesados por continente para el programa de Diversidad de Visas (Loteria de Visas) del presente año.
Generalmente se presentan 2 cuadros: uno para el mes actual y otro para el mes siguiente. Para ambos cuadros las columnas son las mismas:
- La primera columna muestra las diferentes regiones o continentes
- La segunda columna muestra el número de solicitud más alto que todavía no se ha procesado para cada región. Es decir que ya se han procesado todos los números de solicitud anteriores al número mostrado, y todavía NO se han procesado los números de solicitud iguales o superiores al número indicado. Por ejemplo, para el mes de mayo del 2008 el número indicado para Suramérica era "1.550". Esto significa que si su número de solicitud para el programa DV-2008 es menor que 1.550, ya fue procesada su solicitud. Pero si su número de solicitud es igual o mayor a DV-2008, entonces todavía no ha sido procesada su solicitud.
- La tercera columna es de comentarios e incluye información adicional sobre países específicos. Sin embargo a menudo esta columna está vacía.
Es importante reconocer que la información provista en los cuadros sobre el Programa de Visas de Diversidad aplica solamente para el programa vigente y NO para programas anteriores. Es decir que si usted participó en el Programa del año pasado (el DV-2018) y no fue seleccionado, ya este año su aplicación anterior NO es válida y le toca presentar una nueva solicitud al DV-2019.
También es importante entender que el Programa de Visas de Diversidad tiene un tope anual, de manera que cuando se llegue a ese tope no se procesarán más solicitudes. Esto significa que no hay ninguna garantía de que su solicitud sea procesada.
Obtener el Boletín de Visas Mensualmente
Si desea recibir el boletín de visas puede solicitar ser incluido en la lista de suscripción de correo electrónico del Departamento de Estado para el "Boletín de Visas", para ello envíe un correo electrónico a la siguiente dirección de correo electrónico: listserv@calist.state.gov y en el tipo de cuerpo del mensaje: Suscriba Visa-Bulletin (Ejemplo: Suscribir Visa-Bulletin).
Para ser eliminado de la lista de suscripciones de correo electrónico del Departamento de Estado para el "Boletín de Visas", envíe un mensaje de correo electrónico a la siguiente dirección de correo electrónico: listserv@calist.state.gov y en el tipo de cuerpo del mensaje: Signoff Visa-Bulletin
El Departamento de Estado también tiene disponible un mensaje grabado con las fechas de acción final de la visa que se puede escuchar en: (202) 485-7699. La grabación se actualiza normalmente en / aproximadamente el 10 de cada mes con información sobre las fechas de acción final para el mes siguiente.
Los lectores pueden enviar preguntas sobre los artículos relacionados con el Boletín de Visa por correo electrónico a la siguiente dirección: VISABULLETIN@STATE.GOV
Fuente: https://travel.state.gov
http://www.inmigracionyvisas.com/a676-como-leer.html
martes, 22 de enero de 2019
México Registra Más De 8000 Solicitudes De Tarjetas De Visitante Por Razones Humanitaria
El Instituto Nacional de Migración (INAMI) esta entregando desde el pasado viernes 18 de Enero las tarjetas de visitante por razones humanitarias a centroamericanos integrantes de la nueva caravana migrante, que partió desde Honduras y tiene como objetivo final los Estados Unidos.
A través de estas tarjetas, con vigencia de un año, los migrantes podrán transitar por territorio nacional mexicano, y obtendrán la Clave Única de Registro de Población (CURP) Temporal para extranjeros, con la que accederán a servicios públicos y tendrán derecho a empleo, salud, educación, entre otros.
El Instituto Nacional de Migración (INM) informó que ascendió a más de ocho mil el número de solicitudes de la tarjeta de visitante por razones humanitarias de migrantes provenientes de Honduras, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, Brasil, Cuba y Haití.
En su último reporte proporcionado en su cuenta de Twitter señala que el 21 enero 2019 20:00 hrs, @INAMI_mx en #Chiapas ha registrado 6,593 solicitudes de visitante por razones humanitarias de adultos migrantes así:
- El Salvador: 754
- Guatemala: 716
- Haití: 4
- Honduras: 4981
- Nicaragua: 136
- Brasil: 1
- Cuba: 1.
Adicional ha registrado 1,423 solicitudes de visitante por razones humanitarias de niñas, niños y adolescentes migrantes discriminados así:
- El Salvador: 98
- Guatemala: 154
- Haití: 1
- Honduras: 1151
- Nicaragua: 18
- Brasil: 1
Lo que indica que en total son mas de 8000 solicitudes registradas entre adultos, adolescentes y niños.
El proceso de solicitud es realmente sencillo través de su cuenta de Twitter, el Instituto El Instituto Nacional de Migración (INM) indico que los pasos básicos para obtener al tarjeta son:
- Primer paso: Se entrega la pulsera a personas migrantes.
- Segundo paso: Se registra nombre y se escanea el código.
- Tercer paso: Toma de datos personales.
- Cuarto paso: Toma de fotografía.
- Quinto paso: Registro en el sistema.
- Sexto paso: Comparecencia.
- Séptimo paso: Toma de datos biométricos.
Una vez que finaliza el proceso, se revisa el expediente para su resolución correspondiente.
Además, el INAMI continua implementado diversas acciones de acercamiento a todos los extranjeros para brindarles información sobre los trámites a los que pueden acceder en el país con el propósito de que regularicen su estancia en México, y así garantizar el derecho humano a la identidad para integrarse a la vida social, económica y productiva del país.
Con estas acciones, la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional de Migración, ratifica su compromiso de respetar los derechos humanos de todos los extranjeros que ingresan al país, independientemente de su condición migratoria.
Fuente: El Instituto Nacional de Migración @INAMI_mx
http://www.inmigracionyvisas.com/a3997-Tarjetas-De-Visitante-Por-Razones-Humanitarias-en-Mexico.html
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