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martes, 1 de diciembre de 2015

Lo Que Debe Saber Acerca del Acuerdo de Exención de Visado de Corta Duración con la Unión Europea


La cancillería Colombiana a través del director de asuntos consulares, migratorios y servicios al ciudadano de la cancillería Javier Dario Higuera, responde algunas preguntas acerca del acuerdo que se firmará el próximo dos de diciembre de 2015 y que permitirá a los colombianos viajar a partir del próximo tres de diciembre a 26 países sin necesidad de visa.
 
 
 

lunes, 30 de noviembre de 2015

Ecuador Solicita Visa de Turista a los Cubanos


"En Ecuador no pedimos visas, pero por excepción vamos a tener que pedir visas, y no quisiera que la lectura que se ha hecho de que la reunión de San Salvador fue un fracaso, no debe mantenerse, pues tuvimos muchos avances". Xavier Lasso, Canciller subrogante.

A partir del 1 de diciembre de 2015, Ecuador solicitara visa de turista a los cubanos que deseen ingresar al país en esa calidad, Así lo informo el canciller Subrogante Xavier Lasso en rueda de prensa, ofrecida por la cancillería del Ecuador. 

El proceso paso por paso es:

Los ciudadanos de nacionalidad cubana que deseen ingresar al Ecuador en calidad de turistas, por un máximo de 90 días y que no posean una visa vigente deberán registrarse en la página web www.consuladovirtual.gob.ec , llenar el formulario único de validación turística.

El ciudadano cubano deberá crear su usuario registrando sus datos personales. Una vez que se haya registrado, deberá ingresar con su usuario y contraseña a fin de completar todos los datos que le solicite el sistema.

viernes, 27 de noviembre de 2015

Protéjase de los Fraudes de Inmigración en Estados Unidos

Muchos profesionales en temas de inmigración cuentan con las acreditaciones correspondientes, son honestos y pueden brindar servicios adecuados a los inmigrantes. No obstante, hay algunas personas que se aprovechan de ellos.

Antes de que decida buscar asesoramiento sobre asuntos de inmigración y antes de que gaste su dinero, debe investigar para poder tomar la decisión correcta con respecto al tipo de ayuda legal que necesita. Evite convertirse en víctima del fraude de inmigración.
 



Aquí algunos detalles importantes que debe recordar: http://inmigracionyvisas.com/a3214-fraudes-de-inmigracion-en-Estados-Unidos.html

jueves, 26 de noviembre de 2015

Ventanilla Electrónica Única de Trámites Para Mexicanos

La Ventanilla Electrónica Única de Trámites y Servicios del Gobierno del Estado de México, tiene como funciones principales que todos los trámites y servicios se localicen en un sólo lugar, permita hacerlos en línea, identificar a las dependencias y organismos auxiliares del Poder Ejecutivo, ayuntamientos, dependencias y entidades de la administración pública municipal, notarios públicos del Estado de México y personas físicas y jurídicas colectivas, que realizan los mismos (sujetos de ley), firmar electrónicamente, notificarse vía electrónica, tener una carpeta ciudadana en donde está el historial de los trámites que realizo y validar el estatus que guardan los mismos.
 
 
 
 
Beneficios
  • Reduce los tiempos de solicitud y respuesta.
  • Mejora la calidad de los trámites y servicios al ciudadano.
  • Ofrece horarios de atención más amplios y accesibles.
  • Porporciona información de trámites y servicios de manera oportuna, clara y confiable.
  • Ayuda a evitar actos de corrupción.
  • Habilita una carpeta personal al ciudadano, para consultar el avance y notificaciones de sus solicitudes.
  • Al ser un medio digital, facilita el manejo y seguridad de los documentos.
 

miércoles, 25 de noviembre de 2015

Requisitos Para Ingresar a España

La entrada en España para estancias no superiores a noventa días durante el semestre, está sometida a las condiciones establecidas por el Reglamento (CE) Nº 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006. Dichos requisitos se enumeran a continuación:



 
  • Estar en posesión de un pasaporte o documento de viaje válido y en vigor El documento debe ser válido hasta tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio de los Estados Miembros y deberá haber sido expedido dentro de los diez años anteriores. Los ciudadanos de cualquier Estado de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein sólo necesitan el Documento Nacional de Identidad o el pasaporte en vigor. En el caso de tratarse de un menor de edad y viajar con el Documento Nacional de Identidad, éste deberá ir acompañado de un permiso paterno.

  • Estar en posesión de un visado válido y en vigor Este requisito es exigible a los nacionales de terceros países incluidos en el listado de países sometidos a la obligación de visado para el cruce de las fronteras exteriores, siempre que no estén en posesión de un permiso de residencia válido o un visado de larga duración válido expedido por otro Estado Miembro. 

    Los extranjeros titulares de un permiso de residencia válido o de un visado de larga duración válido expedido por otro Estado Schengen, podrán circular durante 90 días como máximo, en cualquier período de 180 días, por el territorio de los demás Estados Schengen, siempre que estén en posesión de un pasaporte o documento de viaje válido y en vigor, justifiquen el objeto y condiciones de su estancia así como la suficiencia de medios económicos para su sostenimiento durante el periodo de permanencia en España y acrediten no suponer un peligro para la salud pública, el orden público, la seguridad nacional o las relaciones internacionales de España o de otros Estados con los que España tenga un convenio en tal sentido. Asimismo, se requerirá que no figuren en la lista nacional de personas no admisibles del Estado miembro de que se trate. 
  • Estar en posesión de documentos que justifiquen el objeto y condiciones de la estancia también disponer de medios económicos suficientes para su sostenimiento durante el periodo de permanencia en España
  • No estar sujeto a una prohibición de entrada (inscrito en el S.I.S. o en el Registro Nacional). Son causas de prohibición de entrada:
    • Haber sido previamente expulsado o devuelto por España o algún Estado Schengen.
    • Tener prohibida la entrada de forma expresa por actividades contrarias a los intereses de España o a los derechos humanos o por su notoria conexión con organizaciones delictivas.
    • Estar reclamados internacionalmente por causas criminales.
     
 Más información en :  http://inmigracionyvisas.com/a3212-requisitos-para-entrar-a-espana.html

lunes, 23 de noviembre de 2015

¿Por Qué Llegan Tantos Inmigrantes a Europa?


Más de 300.000 refugiados e inmigrantes han cruzado el Mediterráneo para llegar a Europa este año.
El año pasado lo hicieron 219.000, según los datos de la ONU. Hemos preguntado a Eugenio Ambrosi, director de la Organización Internacional de Migraciones (OIM) en Bruselas. 
 
 
 

viernes, 20 de noviembre de 2015

Pasaporte Colombiano Perderá Validez ¿Debe Cambiarlo?

Por reglamentación de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) a partir de noviembre de 2015 todos los colombianos que deseen salir del país deben portar el pasaporte de lectura mecánica o pasaporte electrónico.



El pasaporte colombiano convencional que es aquel que tiene hojas de papel de color rosado; la fotografía del usuario de color y pegada sobre la hoja donde están los datos del titular perderá validez a partir del martes 24 de noviembre de 2015

En vídeo la cancillería colombiana responde a preguntas sobre el cambio de pasaporte tales como:

  • ¿Que pasará con el pasaporte convencional a partir del 24 de noviembre?
  • ¿Porque debemos cambiare el pasaporte?
  • ¿Que pasa si tengo el pasaporte de lectura mecánica debo cambiarlo?
  • ¿Colombia es el único país que descontinuara el pasaporte convencional?
  • ¿Que pasa si viajo antes del 24 con el pasaporte convencional y mi regreso es posterior al 24 de noviembre?
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jueves, 19 de noviembre de 2015

16 Nuevos Países Elegibles a Participar en los Programas de Visas H-2A y H-2B.

Los programas de visas H-2A y H-2B permitirán a los empleadores estadounidenses traer ciudadanos extranjeros a los Estados Unidos para cubrir temporalmente trabajos agrícolas y no agrícolas, respectivamente. 

Típicamente, USCIS solo aprueba peticiones H-2A y H-2B para nacionales de países designados por el secretario de Seguridad Nacional como elegibles para participar en los programas. Sin embargo, USCIS podría aprobar peticiones H-2A y H-2B de nacionales procedentes de países que no están en la lista, si se determina que ello está en el mejor interés de los Estados Unidos. 



La notificación en la que se listan los países elegibles fue publicada en el Registro Federal el 18 de noviembre de 2015. DHS se reserva el derecho de añadir países a la lista de países elegibles en cualquier momento, así como a eliminar cualquier país en cualquier momento que determine que dicho país ha fallado en llenar los requerimientos para continuar la designación. 

El secretario de Seguridad Nacional, Jeh Johnson, y el secretario de Estado, John Kerry, han acordado que Moldavia no será designada como país elegible para participar en el programa H-2B porque no cumple con los estándares en las regulaciones de participación de dicho programa. Los nacionales de Moldavia pueden participar del programa H-2A debido a que dicho país continúa en cumplimiento con los estándares en las regulaciones de participación del programa H-2A.  



A partir del 18 de enero de 2016, los nacionales de los siguientes países son elegibles a participar en los programas de visas H-2A y H-2B, vea el listado de paises en http://www.inmigracionyvisas.com/a3208-nuevos-paises-para-participar-visas-H2A-H2B.html

miércoles, 18 de noviembre de 2015

Ciudadanía Estadounidense para Hijos Biológicos o Adoptivos.

Automáticamente, un hijo (o hija) es ciudadano estadounidense si se han reunido las siguientes condiciones bajo la sección 320 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), según ha sido enmendada por la Ley de Ciudadanía de Hijos(CCA, por sus siglas en inglés):
    Si por lo menos uno de los padres es ciudadano estadounidense, sea por nacimiento o por naturalización.
     
  • Si el hijo (o hija) es menor de 18 años de edad.
  • Si el hijo (o hija) reside en Estados Unidos bajo la custodia legal y física del progenitor ciudadano estadounidense y tiene su residencia permanente legal.
  • El hijo (o hija) adoptivo(a) puede obtener la ciudadanía automáticamente bajo la sección 320 de la INA si satisface los requisitos bajo las secciones 101(b)(1)(E), (F) o (G) de la INA.


Los hijos biológicos o adoptivos que residen normalmente fuera de los Estados Unidos pueden ser elegibles para la naturalización bajo la sección 322 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), según la ha enmendado la Ley de Hijos de Ciudadanos (CCA, por sus siglas en inglés).