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sábado, 5 de diciembre de 2020

Gobierno de Donald Trump debe restaurar en su totalidad el programa DACA


 El juez federal Nicholas Garaufis ordenó el viernes 4 de diciembre de 2020 al Gobierno del presidente, Donald Trump, que restituya en su totalidad el programa de la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA), que protege de la deportación a miles de jóvenes indocumentados que ingresaron al país con sus padres siendo niños.



Restaurar DACA imediatamente



La orden del juez de la corte del distrito Este de Nueva York, obliga al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) a:

  • Abrir y aceptar inmediatamente nuevas aplicaciones o solicitudes para acceder al programa DACA.

viernes, 4 de diciembre de 2020

Cómo traer un hijo adoptado a los Estados Unidos


Existen tres maneras similares pero distintas para traer a un hijo adoptivo a los Estados Unidos. El paso que deba seguir el hijo adoptivo dependerá de las circunstancias individuales en su caso.



1. Proceso de La Haya

Si usted para adoptar usted presentó los Formularios I-800A e I-800, entonces su hijo proviene de un país que tiene implementado el proceso de adopción de la Convención de La Haya (proceso de La Haya). Esto significa que su hijo puede entrar a los Estados Unidos ya sea con una visa de inmigrante clasificación IH-3 (si usted adoptó a su hijo en un país bajo la Convención de La Haya) o una visa de inmigrante clasificación IH-4 (si usted finalizó la adopción en los Estados Unidos).


2. Proceso No Amparado Bajo La Haya

Si usted para adoptar usted presentó los Formularios I-600A y/o I-600, entonces su hijo procede de un país que no ha implementado el proceso de adopción de la Convención de La Haya (proceso de La Haya). Esto significa que su hijo entrará a los Estados Unidos ya sea con una visa de inmigrante clasificación IR-3 (la adopción fue finalizada en un país no aparado bajo La Haya y usted [o su cónyuge, si es casado/a] vio a su hijo antes o durante el proceso de adopción) o bajo una visa de inmigrante clasificación IR-4 (si usted finalizó la adopción en los Estados Unidos).

jueves, 3 de diciembre de 2020

Juez federal suspende reglas que restringen visas H-1B


Por: Leslie Dellon www.immigrationimpact.com/

El 1 de diciembre, un juez de un tribunal de distrito federal interrumpió el implacable ataque de la administración Trump a la inmigración legal al detener dos nuevos conjuntos de regulaciones.

La Cámara de Comercio de Estados Unidos y otros impugnaron las reglas finales provisionales emitidas por los Departamentos de Seguridad Nacional (DHS) y Trabajo (DOL) de Estados Unidos que afectan la categoría H-1B. La regla final interina del DOL entró en vigor cuando se emitió el 8 de octubre, mientras que la regla del DHS habría entrado en vigor el 7 de diciembre.

La regla del DOL elevó los salarios mínimos que las empresas deben pagar para calificar para patrocinar a un trabajador en la categoría H-1B, colocando a estos trabajadores fuera del alcance de muchas empresas. La regla del DHS redefinió de manera restrictiva qué trabajos calificarían como ocupaciones especializadas y colocó limitaciones irrazonables en la colocación de trabajadores H-1B en sitios de terceros.

Cuando las agencias desean cambiar regulaciones existentes o emitir nuevas, normalmente deben notificar al público publicando las reglas propuestas. También deben aceptar y considerar los comentarios públicos antes de emitir las regulaciones finales. 


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a5000-suspenden-reglas-contra-visas-H-1B.html

miércoles, 2 de diciembre de 2020

Aumentan entrevistas de refugiados y asilados que peticionan familiares


 El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) ha emitido un memorándum de políticas que ordena el aumento en fases de las entrevistas en persona para peticionarios que presentan el Formulario I-730, Petición de Familiar de Refugiado/Asilado. Estas entrevistas adicionales proporcionarán una oportunidad para evaluar la credibilidad del peticionario, lo que apoya nuestra misión de detectar y prevenir el fraude y los riesgos que puedan perjudicar a Estados Unidos, y asegurar la integridad del sistema de inmigración. Los requisitos de elegibilidad a los beneficios del Formulario I-730 permanecen iguales.


Históricamente, hemos requerido entrevistas a todos los beneficiarios de los Formularios I-730 que residen fuera de Estados Unidos, y en 2018 comenzamos a requerir entrevistas a beneficiarios que están en Estados Unidos. Sin embargo, hasta ahora solo hemos entrevistados a los peticionarios caso por caso, cuando no podemos resolver asuntos de elegibilidad al entrevistar al beneficiario solamente. El aumento de las entrevistas en persona proporcionará un nivel adicional de verificación para asegurar la genuinidad de la relación familiar.

martes, 1 de diciembre de 2020

Nueva cédula digital colombiana: características y beneficios


 El registrador nacional del Estado Civil, Alexander Vega Rocha, presentó la cédula digital, un documento de vanguardia que pone a Colombia en la primera línea en materia de identificación en el mundo. “Colombia está hoy en el punto más alto de la identificación tecnológica en el planeta. La cédula digital es la llave que abre el universo de los servicios digitales para la ciudadanía colombiana”, precisó Vega Rocha.

Este gran avance en materia de tecnología, seguridad e identidad, es posible gracias a la base de datos de huellas y rostros de cada ciudadano. “El país está en el punto más alto de la identificación tecnológica en el planeta y eso es motivo de orgullo”, afirmó el registrador nacional.

En palabras del funcionario, la cédula digital será imposible de robar, falsificar o usurpar y los beneficios para la ciudadanía se materializan en varios aspectos: blindará los procesos democráticos, combatirá la suplantación y el fraude electoral, protegerá la información y datos de los ciudadanos, mejorará la calidad de vida, cuidará el medio ambiente, servirá para prevenir el crimen, entre otros.

Por ahora la cédula digital no es obligatoria para los colombianos, es decir, quienes deseen adquirir este documento podrán hacerlo y quienes deseen mantener el actual tendrán la garantía de que la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas no perderá vigencia.

lunes, 30 de noviembre de 2020

Boletín de visas diciembre 2020


 A continuación encontrará el tercer Boletín de Visas del año fiscal 2020 - 2021 correspondiente al mes de diciembre del año 2020. Como era de esperarse no hay avance en inmigración, todo continua detenido, recordemos que únicas las visas que se están emitiendo son para esposos e hijos menores de ciudadanos americanos, todo por motivo de la pandemia covid-19 y la orden presidencial del presidente Donald Trump...


A continuación las fechas y tiempos de espera promedios de las diferentes categorías:

  • La categoría F1 (Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses) no hubo avance, y tiene un tiempo de espera general de 6 años 2 meses, para México el tiempo de espera es de más de 22 años 10 meses aproximadamente.
  • La categoría F2 (Cónyuges e hijos de residentes permanentes) está trabajando con la fecha actual es decir con las solicitudes que se están recibiendo, están al día, ya no tiene tiempo de espera después de su aprobación por parte del USCIS, claro está que la aprobación puede tomar entre seis meses y dos años, es decir se puede presentar el ajuste de estatus directamente.
  • La categoría F2B (Hijos e hijas solteros de residentes permanentes) no hubo avance, y tiene un tiempo de espera es de 5 años 4 meses. Para México el tiempo de espera es de 21 años 8 meses aproximadamente.
  • La categoría F3 (Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses, sus esposas e hijos) no hubo avance, y tiene un tiempo de espera general es de 12 años y 5 meses. Para México el tiempo de espera de más 24 años 4 meses aproximadamente.
  • La categoría F4 (Hermanos y hermanas de ciudadanos adultos de Estados Unidos) no hubo avance, y tiene un tiempo de espera de 14 años 2 meses aproximadamente. Para México el tiempo de espera es de 22 años 5 meses aproximadamente.

sábado, 28 de noviembre de 2020

Trámites de visas estadounidenses en Colombia durante el covid-19

 

La embajada de los Estados Unidos en Colombia ha publicado en su sitio web una serie de preguntas y respuestas más comunes acerca de cómo se están manejando los servicios de visas y tramites durante la pandemia del coronavirus covid-19, sabiendo que la embajada a un no ha restablecido sus servicios. A continuación las serie de preguntas.


Mi cita para la entrevista de visa ha sido cancelada. ¿Qué debo hacer?


Desde del 17 de marzo, la Embajada ha cancelado todas las citas de visas de inmigrante y no inmigrante. Si su cita de visa de inmigrante estaba programada en Bogotá y posteriormente fue cancelada, por favor espere para reprogramar su cita hasta que se reanuden las operaciones habituales de visa. Si su cita de visa de inmigrante fue cancelada y usted tiene una razón de emergencia para viajar, usted puede escribir al correo IVbogota@state.gov. Para que se considere su solicitud, se requiere una descripción detallada de las circunstancias por las que requiere una cita de emergencia.


La Embajada cancelo mi cita y requiero una cita de emergencia, ¿qué debo hacer?


R: Si su cita de visa de inmigrante fue cancelada y usted tiene una razón de emergencia para viajar, por favor póngase en contacto con la embajada. Se requiere una descripción detallada de las circunstancias por las que requiere una cita de emergencia para que se considere su solicitud.


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4996-visas-americanas-en-Colombia-durante-covid-19.html

viernes, 27 de noviembre de 2020

España solicita prueba negativa de Covid-19 a viajeros


Desde el pasado 23 de noviembre del 2020, todos aquellos pasajeros que procedan de un país de alto riesgo en relación con coronavirus SARS-CoV-2, tienen que presentar obligatoriamente, para poder entrar en España, un certificado con resultado NEGATIVO de PCR, realizado en la 72h anteriores a su llegada.


Este certificado o documento acreditativo deberá ser el original, estará redactado en español y/o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico. El documento contendrá, al menos, los siguientes datos: nombre del viajero, número de pasaporte o DNI, fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica empleada y resultado negativo de la prueba.

No se admitirán otras pruebas diagnósticas tales como test rápidos de anticuerpos, pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento (ELISA, CLIA, ECLIA), mientras no sea aceptado su uso armonizado en la Unión Europea.

El número de identificación personal (pasaporte/DNI) que utilice para realizar el QR, debe ser el mismo que aparezca en el certificado negativo de PCR.


jueves, 26 de noviembre de 2020

Cómo Cambiar a un Estatus de Estudiante No Inmigrante F o M

 

¿Está permitido inscribirse en una escuela mientras no se está en un estatus de estudiante?


Depende. Algunos estatus le permiten inscribirse en una escuela, mientras que otros estatus no se lo permiten. Por ejemplo, las reglamentaciones en 8 C.F.R. § 214.2(b)(7) prohíben específicamente un programa de estudios en Estados Unidos mientras está en estatus B-1 o B-2. Sin embargo, no existe esa prohibición para aquellos que tienen estatus E, por lo que las personas que tienen dicho estatus pueden inscribirse siempre que no eso no interfiera con su capacidad de mantener su estatus E.

Aquellas personas a quienes no se les permite inscribirse en una clase, primero deben adquirir el estatus F-1 (estudiante académico) o M-1 (estudiante vocacional). Inscribirse en un programa de estudios mientras está en un estatus que no permite inscribirse en una clase podría resultar en una violación del estatus. Las personas que hayan violado su estatus de inmigración al inscribirse en un programa de estudios no son elegibles para extender su estatus o cambiar al estatus F-1 o M-1.


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4994-cambiar-estatus-de-estudiante-en-Estados-Unidos.html

miércoles, 25 de noviembre de 2020

Nuevo proceso biométrico para llegada de viajeros en el aeropuerto de Miami

 
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de Estados Unidos anunció la implementación de Llegada Simplificada al Aeropuerto Internacional de Miami (MIA).

La llegada simplificada es un proceso de ingreso internacional mejorado que utiliza biometría facial para automatizar las verificaciones manuales de documentos que se requieren para el ingreso a los Estados Unidos. La llegada simplificada proporciona a los viajeros un proceso sin contacto que asegura y agiliza aún más las llegadas internacionales al tiempo que cumple con un mandato del Congreso de larga data de registrar biométricamente la entrada y salida de ciudadanos no estadounidenses.
"CBP se complace en asociarse con el Departamento de Aviación de Miami-Dade (MDAD) para expandir el uso de la biometría facial en MIA y promover el futuro de los viajes seguros y sin contacto", dijo Diane J. Sabatino, Subcomisionada Asistente Ejecutiva de Operaciones de Campo, Estados Unidos Protección de Aduanas y Fronteras. “CBP combina el algoritmo NEC-3 de alto rendimiento con oficiales de CBP altamente capacitados que son expertos en verificar la autenticidad de los documentos de viaje para garantizar la mayor precisión posible como parte de este proceso de llegadas innovador y optimizado”.


La Llegada simplificada un proceso de comparación facial biométrica


La Llegada simplificada solo utiliza el proceso de comparación facial biométrica en un momento y lugar donde los viajeros ya están obligados por ley a verificar su identidad presentando un documento de viaje. Cuando los viajeros lleguen a MIA en un vuelo internacional, harán una pausa para tomar una foto en el punto de inspección principal. El proceso de comparación facial biométrica de CBP comparará la nueva foto del viajero con una pequeña galería de imágenes de alta calidad que el viajero ya ha proporcionado al gobierno, como fotos de pasaporte y visa. Además, los viajeros extranjeros que hayan viajado a los Estados Unidos anteriormente ya no necesitarán proporcionar huellas digitales, ya que su identidad se confirmará mediante el proceso de comparación facial sin contacto.


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4993-llegada-simplificada-aeropuerto-Miami.html