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jueves, 29 de agosto de 2019
Immigrant Children With Cancer, HIV, Cerebral Palsy Threatened With Deportation
By Walter Ewing www.immigrationimpact.com
miércoles, 28 de agosto de 2019
Programa De Retorno Voluntario Asistido Pone En Peligro A Inmigrantes
Por Melissa Cruz www.immigrationimpact.com/
Según informes, más de 2.000 personas de América Central que buscaban vivir en los Estados Unidos se dieron por vencidas y aceptaron un "viaje gratuito" a su hogar bajo un nuevo y controvertido programa financiado por el gobierno de los Estados Unidos y una agencia de las Naciones Unidas.
El programa de " retorno voluntario asistido " (AVR) ha pagado los autobuses o pasajes aéreos para 2,170 migrantes que buscaban protección en los Estados Unidos pero que nunca llegaron a la frontera o que el gobierno de los Estados Unidos los obligó a regresar a México. Muchos eran probablemente solicitantes de asilo.
El programa de 10 meses de antigüedad, financiado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos, según los informes, ha costado a los contribuyentes hasta $ 1.65 millones.
El programa de retorno voluntario asistido (AVR) puede parecer bastante simple, pero de hecho puede estar violando el derecho internacional al devolver a los solicitantes de asilo a países donde podrían enfrentar persecución. Esto es especialmente preocupante porque aquellos que recibieron un "viaje gratis" a casa probablemente nunca tuvieron la oportunidad de que Estados Unidos o México revisaran sus solicitudes de asilo.
Según los informes, los que regresaron bajo el programa retorno voluntario asistido (AVR) cayeron en una de dos categorías; algunos nunca llegaron a la frontera entre Estados Unidos y México y fueron detenidos antes de llegar. Los otros ingresaron a los Estados Unidos en la frontera o entre el puerto de entrada y luego fueron enviados de regreso a México para esperar sus audiencias en la corte de inmigración.
La nueva práctica de la administración Trump de devolver a los solicitantes de asilo a México para esperar sus audiencias en la corte se conoce como los "Protocolos de Protección de Migrantes" (MPP) y comenzó en enero de 2019. Más de 35,000 personashan sido enviadas de regreso a México bajo MPP, según datos recientes de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos, los adultos y las familias enviadas de regreso a México pueden verse obligados a esperar meses, o incluso años, para que se escuchen sus reclamos.
Cientos de personas que optaron por volver a casa a través del programa retorno voluntario asistido (AVR) habían estado esperando en México después de haber sido sometidas a MPP. Las ciudades fronterizas mexicanas donde los migrantes se ven obligados a quedarse mientras esperan su cita en la corte a menudo están plagadas de violencia y pandillas, lo que hace que las familias tengan miedo de abandonar los refugios y los niños no puedan asistir a la escuela.
"¿Cómo puede ser una decisión voluntaria [regresar a casa] dadas las condiciones que enfrentan en México?", Dijo un abogado con un grupo de defensa con sede en El-Paso. "Es una elección entre dos infiernos".
Aquellos que elijan regresar a casa pueden ser castigados por el gobierno de los Estados Unidos iIncluso después de que se vayan, ya que sus casos judiciales no desaparecen automáticamente. Como ya no pueden asistir a la audiencia de la corte de inmigración, podrían terminar con una orden de deportación en su registro por faltar a la audiencia de la corte.
Tener una orden de deportación hace que sea mucho más difícil para una persona recibir protección u otro tipo de beneficio de inmigración en el futuro si regresa a buscarla.
Al ofrecer estos autobuses y vuelos, el gobierno de los Estados Unidos está potencialmente devolviendo a los solicitantes de asilo a peligro. Pero dado que el gobierno no ha dado a muchas personas ninguna otra opción para acceder de manera adecuada y segura al sistema de asilo estadounidense establecido, algunos pueden sentir que sus opciones son limitadas y abandonar cualquier esperanza de recibir protección.
Fuente: www.immigrationimpact.com/
https://www.inmigracionyvisas.com/a4425-Programa-De-Retorno-Voluntario-Asistido.html
Nuevos Requisitos Para Adquirir La Ciudadanía Estadounidense En Menores De Edad
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) emite guía de política sobre los requisitos de "residencia" para adquirir la ciudadanía
Introducción
Nuestra última actualización del Manual de Políticas de USCIS define el término "residencia" en como la obtención de ciudadanía para los hijos de ciertos empleados del gobierno de Estados Unidos y los miembros de las fuerzas armadas de Estados Unidos que están empleados o destacados fuera de Estados Unidos, para cumplir con la definición de residencia en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). Esta guía rescinde la política de USCIS establecida anteriormente, que especificaba que ciertos niños que vivían fuera de Estados Unidos se consideraban "residentes en" Estados Unidos.
Como resultado, cambia el proceso que los padres de esos niños deben seguir para obtener un Certificado de Ciudadanía para sus hijos. Según la política anterior, los padres de esos niños pueden presentar el Formulario N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía, o el Formulario N-600K, Solicitud de Ciudadanía y Emisión del Certificado Bajo la Sección 322, a nombre de sus hijos. A partir de 29 de octubre de 2019, los padres deben presentar el Formulario N-600K a fin de obtenerla ciudadanía estadounidense para cualquier niño que no adquirió la ciudadanía al nacer, o mientras residía en Estados Unidos. Por lo tanto, aplicaremos la reglamentación actual a todas las solicitudes presentadas antes de 29 de octubre de 2019.
Visión General de la Actualización de Políticas
Las actualizaciones del Manual de Políticas de USCIS, Volumen 12, Ciudadanía y Naturalización, y Parte H, Hijos de Ciudadanos Estadounidenses:
- Aclaran que las visitas temporales a Estados Unidos no establecen la residencia en Estados Unidos;
- Explican la diferencia entre residencia y presencia física en Estados Unidos,
- Explican que USCIS ya no considera "residente en Estados Unidos" a los niños que viven en el extranjero con un padre que es un empleado del gobierno de Estados Unidos o miembro del servicio militar de Estados Unidos, con propósitos de adquirir la ciudadanía bajo INA 320.
Cómo Adquieren la Ciudadanía los Niños
Las leyes de Estados Unidos permiten que los niños adquieran la ciudadanía estadounidense, aunque no sea a través del nacimiento en Estados Unidos. Los niños que nacieron fuera de Estados Unidos de un padre o padres ciudadanos estadounidenses pueden adquirir la ciudadanía estadounidense al nacer, de acuerdo a la INA, Secciones 301 o 309. Los niños también pueden adquirir la ciudadanía después del nacimiento, pero antes de los 18 años, a través de su(s) padre(s) ciudadano(s) estadounidense(s), de acuerdo a INA, Sección 320.
Actualización de la Política con Respecto a los Hijos de Empleados del Gobierno de Estados Unidos, o miembros del Servicio Militar Empleados o Destacados en el Extranjero que Nacieron Fuera de Estados Unidos
A quién Afecta esta Actualización de Política
Esta política podría afectar a los niños que residen fuera de Estados Unidos que nacieron fuera de Estados Unidos y son:
- Hijos de padres no ciudadanos estadounidenses y adoptados por un ciudadano estadounidense empleado del gobierno de Estados Unidos o miembro del servicio militar de Estados Unidos después de su nacimiento;
- Hijos de padres que no son ciudadanos estadounidenses, como por ejemplo un empleado residente permanente legal del gobierno de Estados Unidos o un miembro del servicio militar de Estados Unidos que se naturalizó solo después del nacimiento del niño,
- Hijos de dos ciudadanos de Estados Unidos empleados del gobierno o miembros del servicio militar de Estados Unidos que no cumplan con los requisitos de residencia o presencia física para transferir la ciudadanía a sus hijos al nacer (o un padre ciudadano no estadounidense y un padre ciudadano estadounidense que no cumpla con estos requisitos).
Para obtener más información sobre esta actualización de la política, envíe un correo electrónico a uscispolicymanual@uscis.dhs.gov Para consultas específicas de casos, llame al Centro de Contacto de USCIS.
A Quién no Afecta esta Actualización de Política
Esta política no afecta a los niños nacidos fuera de Estados Unidos que eran ciudadanos al nacer o que ya han adquirido la ciudadanía, incluidos los niños que:
- Nacieron de dos padres ciudadanos estadounidenses, al menos uno de los cuales ha residido en Estados Unidos o en uno de sus territorios antes del nacimiento del niño;
- Nacieron de padres casados, uno de los cuales es ciudadano estadounidense y otro ciudadano extranjero, si el padre ciudadano estadounidense estuvo físicamente presente en Estados Unidos o en uno de sus territorios durante cinco años como mínimo, al menos dos de los cuales fueron después de haber cumplido 14 años de edad;
- Nacieron de padres solteros, uno de los cuales es ciudadano estadounidense y otro ciudadano extranjero, si el padre ciudadano estadounidense cumple con los requisitos enumerados en la sección 309 del INA;
- Son elegibles para recibir una Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA, por sus siglas en inglés) o un Certificado de Ciudadanía que documente la ciudadanía estadounidense adquirida al nacer,
- Están residiendo en Estados Unidos bajo la custodia legal y física de sus padres ciudadanos estadounidenses después de haber sido admitidos legalmente en Estados Unidos para la residencia permanente.
Para obtener más información, consulte el Manual de Políticas, Volumen 12, Parte H, Hijos de Ciudadanos Estadounidenses, Capítulo 3, Ciudadanos de Estados Unidos al Nacer (INA 301 y 309) , o envíe un correo electrónico a uscispolicymanual@uscis.dhs.gov.
Motivo de la Actualización de la Política
La actualización de esta política se debe a un conflicto con la definición de "residencia" en la INA, y también con la INA 322 (d), que se promulgó en 2008 después de que se instituyó esta política, y se refiere a los niños que residen en el extranjero con miembros de las fuerzas armadas de Estados Unidos como "residentes fuera de Estados Unidos". Además, la guía anterior entra en conflicto con la guía del Departamento de Estado. Tener políticas contradictorias puede llevar a decisiones inconsistentes sobre reclamos de ciudadanía por parte de USCIS y el Departamento de Estado, y puede causar confusión en cuanto a la fecha en que los hijos de los miembros del servicio estadounidense y los empleados del gobierno destacados en el extranjero se convierten en ciudadanos estadounidenses.
Disposiciones Generales de Elegibilidad
La tabla a continuación sirve como una guía de referencia rápida para ciertas disposiciones sobre la residencia, presencia física y naturalización en el extranjero para hijos de ciudadanos estadounidenses miembros del servicio militar. Una persona elegible bajo la sección 320 de INA debe presentar el Formulario N-600, y un padre que presenta para un niño menor de 18 años que reside fuera de Estados Unidos debe presentar el Formulario N-600K.
Cuando Un Padre no Debe Presentar el Formulario N-600K
Los empleados del gobierno de Estados Unidos y los miembros del servicio militar de Estados Unidos que estén empleados o destacados fuera de Estados Unidos no deben presentar el Formulario N-600K si:
- El niño ya ha adquirido la ciudadanía según las secciones 301, 309 o 320 de INA, o de otro modo el 27 de febrero de 2001 o antes, según la sección 321 derogada de INA;
- Son ciudadanos estadounidenses cuya única relación con el niño es como padrastro;
- No son padres ciudadanos estadounidenses del niño, a menos que ese padre haya muerto,
- El niño es mayor de 18 años.
La tabla a continuación proporciona ejemplos adicionales de cuándo los padres deben o no presentar el Formulario N-600K.
Datos importantes:
- Las bases militares fuera de Estados Unidos no se consideran "en Estados Unidos" en relación con la ciudadanía por derecho de nacimiento. Por lo tanto, la única forma en que los niños nacidos en el extranjero pueden adquirir la ciudadanía al nacer es a través de sus padres.
- Si era ciudadano estadounidense cuando nació su hijo mientras estaba fuera de Estados Unidos por órdenes militares, es muy probable que su hijo sea ciudadano estadounidense. Siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos de presencia física o residencia antes del nacimiento de su hijo, esta actualización de la política no le afecta, y puede solicitar un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA) para su hijo en un Consulado de Estados Unidos y / o un Certificado de Ciudadanía del USCIS por medio del Formulario N-600.
- Los miembros militares destacados fuera de Estados Unidos que presenten un Formulario N-600K a nombre de su hijo no necesitarán viajar a Estados Unidos para obtener un Certificado de Ciudadanía para su hijo.
- Los hijastros no pueden adquirir la ciudadanía estadounidense a través de un padrastro ciudadano estadounidense. Un hijastro no es elegible para la ciudadanía o naturalización a través del padrastro ciudadano estadounidense, a menos que el hijastro sea adoptado y la adopción cumpla con ciertos requisitos (consulte el Capítulo 2 del Manual de Políticas, Definición de Niño para la Ciudadanía y Naturalización, Sección C, Niño Adoptado).
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
https://www.inmigracionyvisas.com/a4424-Nuevos-Requisitos-Para-Adquirir-La-Ciudadania-Estadounidense.html
Ministros Aprueban Tarjeta De Vacunación Regional Para Migrantes Venezolanos
Al término de la III Conferencia Regional de Ministros de Salud, realizada en Cúcuta, el Ministro de Salud y Protección Social de Colombia, Juan Pablo Uribe, anunció la adopción de una tarjeta única de vacunación regional para migrantes venezolanos y un esfuerzo regional en otros cuatro temas.
El encuentro, en el que participaron ministros y delegaciones de 10 países, asistieron ministros y delegados de Ecuador, Estados Unidos, República Dominicana, Panamá, Haití, Paraguay, Argentina, Canadá y Perú, además del país organizador, Colombia así como agencias internacionales, tuvo como objetivo diseñar acciones conjuntas para atender el impacto en los sistemas de salud que produce la migración venezolana.
La reunión estuvo precedida por un recorrido por los centros de atención a los migrantes venezolanos en Cúcuta, que contó con el acompañamiento del Director para el Desarrollo y la Integración Fronteriza de la Cancillería, Víctor Bautista.
El Ministro Uribe explicó que la tarjeta única de vacunación regional se implementará desde mediados de octubre con el apoyo de las agencias internacionales para su impresión, difusión y capacitación en su diligenciamiento, y que se espera llegar a un millón de tarjetas entregadas a esta población.
“Una tarjeta unificada que muestra que nuestros países pueden trabajar unidos acordando esquemas, estándares de cuidado, protocolos que nos permitan ser más efectivos en la respuesta a esta crisis migratoria”.
Explicó que la tarjeta busca que toda persona o familia que se esté desplazando por los territorios americanos tenga un esquema completo de vacunación que proteja su bienestar, que se garantice cuáles son los biológicos que necesita, en qué presentación aplicarlos y cómo registrarlos, y que si le faltan, se los administren y si ya los tiene, que no se repitan. Es, en síntesis, una medida para fortalecer la salud pública.
Los otros temas acordados son esfuerzos adicionales para diseñar un plan estratégico de fronteras que permita disminuir la morbilidad por la malaria y la complicaciones en la salud pública; la creación de un fondo para apoyar el financiamiento de acciones de detección temprana de enfermedades crónicas no transmisibles; el fortalecimiento de la lucha contra del VIH, obteniendo más capacidades de prevención y acompañamiento a los migrantes en esta condición, y la elaboración de una estrategia para combatir las patologías mentales, capacitando al talento humano y priorizar la atención en violencia, abuso de drogas y estrés postraumático.
Igualmente, se busca fortalecer el acompañamiento a los pacientes con enfermedades crónicas no transmisibles como la hipertensión, la diabetes y el cáncer, “para lo cual queremos avanzar en un fondo internacional de financiamiento que fortalezca en nuestros países esa respuesta”.
Por último, se busca capacitar al personal médico de la región, con el apoyo de Estados Unidos, en el tratamiento de salud mental enfocado a los migrantes y a su integración con las comunidades.
El director para el Desarrollo y la Integración Fronteriza de la Cancillería destacó a medios de comunicación el acompañamiento de los Ministros de Salud de la región en esta jornada y agregó que, si bien la zona de frontera ha recibido el mayor apoyo del Gobierno Nacional para la atención de esta población, “claramente la comunidad internacional y los esfuerzos adicionales que pueda recibir Colombia son en este momento muy estratégicos, dadas las condiciones y la complejidad de la crisis migratoria venezolana”.
"Nuestros países han hecho grandes esfuerzos ante la migración venezolana y podemos ser más eficientes planteando respuestas conjuntas, como lo hemos hecho hoy después de un recorrido por el hospital 'Erasmo Meoz', el paso fronterizo y los puntos de atención a los ciudadanos de ese país en Cúcuta, y el trabajo técnico en las mesas del Puente de la Unidad", aseveró el ministro Uribe Restrepo.
Por su parte, Alex Azar, secretario de Salud de EE. UU., aseguró que todos los países del hemisferio occidental están comprometidos con ayudar a los migrantes, atendiendo sus problemas de salud, y con las naciones vecinas que reciben el flujo migratorio de venezolanos"
"Esta mañana pudimos ver los efectos devastadores que sufren los venezolanos por cuenta del régimen de Nicolás Maduro: adultos mayores, niños y mujeres con desnutrición, ausencia de atención y de medicamentos esenciales", aseveró Azar.
En el primer trimestre del 2020, los países de la región se volverán a reunir en Panamá para seguir analizando la situación y revisar las medidas adoptadas este lunes en Cúcuta.
En este sentido, Rosario Turner, ministra de Salud de ese país, aseguró que este tipo de reuniones deben seguirse realizando, pues solo de manera conjunta los países podrán enfrentar los retos de la migración.
"Esa cuarta conferencia va a ser muy exitosa, porque este gran proceso que estamos haciendo los países nos sirve para validar los mecanismos que empleamos para atender esta situación crítica de la migración", dijo Turner.
Fuente: Ministerio De Salud De Colombia
https://www.inmigracionyvisas.com/a4423-Aprueban-Tarjeta-De-Vacunacion-Para-Migrantes-Venezolanos.html
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Tarjeta De Vacunación Para Migrantes Venezolanos
martes, 27 de agosto de 2019
Estados Unidos Cancela Programa Para Tratamiento Médico A Inmigrantes
El Gobierno del presidente Donald Trump a través de cartas enviadas a familiares de personas que reciben tratamiento médico informo que eliminó la protección que permitía a inmigrantes permanecer en el país y evitar la deportación mientras ellos o sus familiares recibían tratamiento médico de vida o muerte.
Con esta medida se obliga a familiares y enfermos buscar un tratamiento en sus países de origen, muchos de los cuales podrían ser de menor calidad, sin embargo lo mas crítico es que estas personas podrán ser deportadas aunque su vida este en riesgo de muerte. El gobierno cerró el programa y no están considerando aplicaciones que estuvieron pendiente ya sea de hace unos meses o de hace años.
Esta medida afecta todas las solicitudes pendientes, incluyendo aquellos pedidos de renovación a la autorización por dos años, así como a quienes la piden por primera vez. La única excepción es para miembros del ejército y sus familiares. Desde ya abogados están trabajando las acciones legales para evitar que esta medida se lleve a cabo.
Fuente: Youtube Noticias Telemundo
https://www.inmigracionyvisas.com/a4422-cancelan-programa-para-tratamiento-medico.html
Programa Abrazando Almas Reúne Familias En Estados Unidos
A la fecha son 3 mil 500 las personas beneficiadas con el programa Abrazando Almas que impulsa el Gobierno del Estado a través del Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia, y el que tiene como finalidad que padres y madres de duranguenses que viven en los Estados Unidos puedan reunirse con sus hijos después de varios años de no verse debido a restricciones de tipo migratorio.
El mandatario estatal, José Rosas Aispuro Torres recordó que siendo candidato a Gobernador del estado se reunió con paisanos que viven en la Unión Americana, quienes pidieron la creación de un programa de reunificación familiar.
Por ello, al asumir el cargo se conforma el Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango, para posteriormente dar inicio al programa Abrazando Almas cumpliendo así las promesas de campaña.
El titular del Ejecutivo, manifestó que mediante Abrazando Almas, el Instituto de Atención y Protección al Migrante funge como gestor y enlace con el Consulado General de los Estados Unidos de América en Monterrey, y los involucrados para la obtención de la visa que les permita visitar a sus familiares.
El proceso inicia desde que acuden a registrarse a la dependencia estatal, el llenado de la Forma DS-160 (sin ningún costo) que es el derecho a visa, y el acompañamiento durante el viaje del grupo de adultos mayores tanto a Monterrey como a los Estados Unidos, detalló.
Con este esquema de apoyo se ha logrado la autorización de 400 visas y se han realizado 12 eventos de reunificación en Estados Unidos en lugares como: Chicago (4), Dallas (4) y, Los Ángeles (4).
Cabe mencionar que un 40 por ciento de las personas que viajaron a través de este programa, han regresado a visitar a sus familiares, ya que la visa que se les autoriza, tiene vigencia por diez años.
A continuación dos historias del programa Abrazando Almas que brinda facilidades a las familias que han estado alejadas por años para tramitar la Visa y poder viajar a los Estados Unidos para reunirse con sus hijos.
Fuente: Gobierno del Estado de Durango - Youtube Gobierno del Estado de Durango
https://www.inmigracionyvisas.com/a4421-Programa-Abrazando-Almas-Reune-Familias-En-Estados-Unidos.html
Immigration “Restrictionists” Hitting Their Stride Under Trump, But We Can Stop Them
By Wendy Feliz www.immigrationimpact.com
Short-term thinking is inferior to long-term thinking, some argue, because it does a disservice to the future and those who will live it. Two long-term thinkers who have profoundly impacted U.S. immigration policy were recently in the headlines: John Tanton and Cordelia Scaife May.
Both helped give rise to the current immigration “restrictionist” movement in America through four decades of building and funding a network to advance their cause.
Tanton was a Michigan-based ophthalmologist who recently died at the age of 86. He was also the architect of the modern-day “restrictionist” movement. He founded groups like the Federation for American Immigration Reform (FAIR) , Center for Immigration Studies, and the Immigration Reform Law Institute. Each group seeks to severely limit immigrants, and non-immigrants, from entering the United States.
May died in 2005. However, the New York Times recently unpacked her legacy in print and on its podcast, The Daily. May was a key partner to Tanton, providing the funding to prop up the research and advocacy activities of his restrictionist groups. They left behind a well-financed network.
Since FAIR’s founding in 1979, the network has argued that America needed to “restrict” who came into the United States in order to control population growth and other environmental concerns. However, while the network claims their policies are not animated by racial animus, Tanton’s writings, revealed late in his life, tell a different story.
In 1993, he famously wrote, “I’ve come to the point of view that for European-American society and culture to persist requires a European-American majority, and a clear one at that.” He also shared dire warnings of a “Latin” onslaught that needed to be stopped.
More dangerous than policymaking alone, the network has worked to persuade the public and advance a narrative that the nation is under threat from newcomers through their work in the media and public square. They have played on the public’s biases and fears for decades and encouraged Americans to turn their backs on newcomers and to fear diversity.
Today, the leaders groomed by this network sit in key offices within immigration agencies and even in the White House. Their long-standing plans for severe restrictions on who can enter the country are beginning to take hold.
In just the last few years, their acolytes have placed unnecessary and burdensome hurdles in front of newcomers. One of the most recent is the Trump administration’s new public charge rule, which makes it far easier for the government to deny entry to someone based on their perceived economic status. This now means only privileged individuals have a shot at the American dream.
They have also increased scrutiny and denial of visas and closed many immigration field offices worldwide, making it even harder for an individual to apply for and obtain a visa. They are even discouraging international students from attending U.S. universities by making visas far more difficult to obtain. This is in addition to making it increasingly difficult for asylum seekers and refugees to seek safety in the United States. They are now forcing asylum seekers to wait in dangerous countries for long periods before they are considered for safe passage.
They have also unveiled strategies to purge immigrants who are already living in the United States—some for decades—through policies that end Temporary Protected Status for thousands, expand detention, and fast-track deportations by removing court hearings from the process, a program known as expedited removal.
By mainstreaming their restrictionist views, they have even primed some of the public to accept and even support these restrictive, cruel, and un-American policies. Increasingly Americans see immigration as a problem and not an opportunity.
What we now see play out every day on immigration policy is no accident. It’s the result of a long-term vision of a nation that strictly limits who may enter.
All Americans who are concerned with America’s legacy and future must take a step back and assess how we have been countering the restrictionist movement and what new strategies we need to roll back their impact and advance the vision of the America we want to live in. We must act quickly before the United States abandons this legacy and becomes a fundamentally unwelcoming nation.
Source: www.immigrationimpact.com
https://www.inmigracionyvisas.com/a4420-Immigration-Restrictionists-Hitting-Their-Stride-Under-Trump.html
lunes, 26 de agosto de 2019
Documentos De Viaje En Estados Unidos
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) expide cuatro tipos diferentes de documentos de viaje:
- Permiso Adelantado
- Documento de Viaje de Refugiado
- Permiso de Reingreso
- Documentos de Transporte
Si usted tiene una emergencia y necesita viajar fuera de Estados Unidos, puede consultar la seccion Viajes de Emergenciapara detalles adicionales.
Advertencia
Si usted ha estado en los Estados Unidos ilegalmente, podrá estar sujeto a una prohibición de admisión si sale de EE.UU., aun cuando se le haya emitido un Documento de Viaje. Para más información, vea la Sección 212(a)(9) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).
Si usted es un asilado que solicitó asilo en o antes del 1 de abril de 1997, su estatus de asilado puede ser cancelado si regresa al país desde el cual estaba buscando protección. Para más información vea el enlace “Hoja informativa: Viajar fuera de los Estados Unidos como solicitante de asilo, Asilado, o Residente Permanente Legal que obtuvo ese estatus basándose en estatus de Asilo” (PDF, 45 KB) (en inglés).
>> Permiso Adelantado
Un Permiso Adelantado le permite viajar de regreso a Estados Unidos sin tener que solicitar una visa. Una compañía de transporte (aerolíneas) podría aceptar un documento de permiso adelantado en lugar de una visa como prueba de que usted está autorizado a viajar a Estados Unidos. Un documento de permiso adelantado no remplaza a su pasaporte.
Por favor, tenga en cuenta que tener un documento de permiso adelantado no garantiza que se le permitirá el reingreso a Estados Unidos. En el aeropuerto o la frontera, el oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) tomará la decisión final sobre si le permitirá reingresar a Estados Unidos.
El permiso adelantado se utiliza más comúnmente cuando alguien tiene en trámite un:
- Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus: Si mientras su Formulario I-485 está en trámite usted sale de Estados Unidos sin primero obtener el permiso adelantado, USCIS denegará su caso a menos que usted cualifique en una limitada excepción para personas que tiene ciertos estatus de no inmigrante.
- Formulario I-589, Solicitud de Asilo y para Suspensión de Remoción: Si usted es un solicitante de asilo y tiene el interés de viajar fuera de Estados Unidos y regresar, debe solicitar y recibir un permiso adelantado. Si usted sale de Estados Unidos sin primero obtener el permiso adelantado, entenderemos que usted ha abandonado su solicitud de asilo.
>> Documento de Viaje de Refugiado
USCIS emite documentos de viaje de refugiado a personas que tienen estatus de refugiado o asilado, y a residentes permanentes que obtuvieron su Tarjeta Verde a a base de su estatus de refugiado o asilado.
Usted tiene que tener un documento de viaje de refugiado para regresar a Estados Unidos si:
- Tiene estatus de refugiado o asilado, pero no es un residente permanente legal (posee una Tarjeta Verde, Green Card),
- Tiene el estatus de asilado o refugiado derivado.
Si usted no obtiene un documento de viaje de refugiado antes de salir de EE.UU., es posible que no pueda reingresar a Estados Unidos, o que lo coloquen en un proceso de remoción ante un juez de inmigración.
Para más información, vea el enlace “Hoja informativa: Viajar fuera de los Estados Unidos como solicitante de asilo, Asilado, o Residente Permanente Legal que obtuvo ese estatus basándose en estatus de Asilo” (PDF, 45 KB)(en inglés)
>> Permiso de Reingreso
Los residentes permanentes o condicionales deben solicitar un permiso de reingreso si desean salir de Estados unidos por un año o más. Mientras el permiso de reingreso sea válido, se le permitirá solicitar admisión a Estados Unidos sin tener que obtener previamente una visa de reingreso a través de la embajada o el consulado de EE.UU. Vea la página del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, para obtener información sobre cómo solicitar este permiso.
>> Documento para Transporte
Si actualmente está en Estados Unidos, tiene disponible inmediatamente una visa de inmigrante en las categorías de EB-1, EB-2, y EB-3, y cumple con ciertos otros Los documentos para transporte permiten a las líneas aéreas u otros medios de transporte abordar a residentes permanentes que han estado fuera de Estados Unidos temporalmente y cuyas Tarjetas Verde o Permisos de Reingreso fueron robadas, extraviadas o destruidas. Si usted es residente permanente en esa situación, puede que presentar el Formulario I-131A. Para más información, vea el Formulario I-131A, Solicitud de Documento de Viaje (Documento de Transporte).
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
https://www.inmigracionyvisas.com/a4419-Documentos-De-Viaje-En-Estados-Unidos.html
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