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lunes, 26 de agosto de 2019

Documentos De Viaje En Estados Unidos

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) expide cuatro tipos diferentes de documentos de viaje:
  • Permiso Adelantado
  • Documento de Viaje de Refugiado
  • Permiso de Reingreso
  • Documentos de Transporte

Si usted tiene una emergencia y necesita viajar fuera de Estados Unidos, puede consultar la seccion Viajes de Emergenciapara detalles adicionales. 


Advertencia
Si usted ha estado en los Estados Unidos ilegalmente, podrá estar sujeto a una prohibición de admisión si sale de EE.UU., aun cuando se le haya emitido un Documento de Viaje. Para más información, vea la Sección 212(a)(9) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). 

Si usted es un asilado que solicitó asilo en o antes del 1 de abril de 1997, su estatus de asilado puede ser cancelado si regresa al país desde el cual estaba buscando protección. Para más información vea el enlace “Hoja informativa: Viajar fuera de los Estados Unidos como solicitante de asilo, Asilado, o Residente Permanente Legal que obtuvo ese estatus basándose en estatus de Asilo” (PDF, 45 KB) (en inglés). 


>> Permiso Adelantado

Un Permiso Adelantado le permite viajar de regreso a Estados Unidos sin tener que solicitar una visa. Una compañía de transporte (aerolíneas) podría aceptar un documento de permiso adelantado en lugar de una visa como prueba de que usted está autorizado a viajar a Estados Unidos. Un documento de permiso adelantado no remplaza a su pasaporte. 

Por favor, tenga en cuenta que tener un documento de permiso adelantado no garantiza que se le permitirá el reingreso a Estados Unidos. En el aeropuerto o la frontera, el oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) tomará la decisión final sobre si le permitirá reingresar a Estados Unidos. 

El permiso adelantado se utiliza más comúnmente cuando alguien tiene en trámite un: 


>> Documento de Viaje de Refugiado

USCIS emite documentos de viaje de refugiado a personas que tienen estatus de refugiado o asilado, y a residentes permanentes que obtuvieron su Tarjeta Verde a a base de su estatus de refugiado o asilado. 

Usted tiene que tener un documento de viaje de refugiado para regresar a Estados Unidos si: 
  • Tiene estatus de refugiado o asilado, pero no es un residente permanente legal (posee una Tarjeta Verde, Green Card),
  • Tiene el estatus de asilado o refugiado derivado.

Si usted no obtiene un documento de viaje de refugiado antes de salir de EE.UU., es posible que no pueda reingresar a Estados Unidos, o que lo coloquen en un proceso de remoción ante un juez de inmigración. 

Para más información, vea el enlace “Hoja informativa: Viajar fuera de los Estados Unidos como solicitante de asilo, Asilado, o Residente Permanente Legal que obtuvo ese estatus basándose en estatus de Asilo” (PDF, 45 KB)(en inglés) 


>> Permiso de Reingreso

Los residentes permanentes o condicionales deben solicitar un permiso de reingreso si desean salir de Estados unidos por un año o más. Mientras el permiso de reingreso sea válido, se le permitirá solicitar admisión a Estados Unidos sin tener que obtener previamente una visa de reingreso a través de la embajada o el consulado de EE.UU. Vea la página del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, para obtener información sobre cómo solicitar este permiso.


>> Documento para Transporte

Si actualmente está en Estados Unidos, tiene disponible inmediatamente una visa de inmigrante en las categorías de EB-1, EB-2, y EB-3, y cumple con ciertos otros Los documentos para transporte permiten a las líneas aéreas u otros medios de transporte abordar a residentes permanentes que han estado fuera de Estados Unidos temporalmente y cuyas Tarjetas Verde o Permisos de Reingreso fueron robadas, extraviadas o destruidas. Si usted es residente permanente en esa situación, puede que presentar el Formulario I-131A. Para más información, vea el Formulario I-131A, Solicitud de Documento de Viaje (Documento de Transporte).



Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4419-Documentos-De-Viaje-En-Estados-Unidos.html

lunes, 19 de junio de 2017

Viajes Internacionales Siendo Residente Permanente


¿Qué documento necesito tener para viajar fuera de los Estados Unidos? 

En general, para viajar a otro país, deberá presentar el pasaporte de su país de ciudadanía o su documento de viaje para refugiado. Además, el país que usted visitará podría tener requisitos adicionales de entrada y salida (como por ejemplo, una visa). 

¿Qué documentos necesito tener para reingresar en los Estados Unidos? 

Si busca entrar a Estados Unidos luego de un viaje temporero en el extranjero, necesitará presentar su Tarjeta Verde que sea válida y no haya expirado ( Formulario I-551, Tarjeta de Residente Permanente ). Al llegar al puerto de entrada, un Oficial del Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP, por sus siglas en inglés) revisará su Tarjeta de Residente Permanente y cualquier otro documento de identidad que usted presente, tal como pasaporte, identificación de ciudadano extranjero, o licencia de conducir de los Estados Unidos, y determinará si usted puede entrar a los Estados Unidos. 

¿Viajar fuera de los Estados Unidos afectará mi estatus de residente permanente? 

Los residentes permanentes son libres de viajar fuera de los Estados Unidos, y usualmente los viajes temporeros o cortos no afectan su estatus de residente permanente. No obstante, si se determina que usted no tiene intención de residir permanentemente en los Estados Unidos, se considerará que abandonó el estatus de residente permanente. Una regla general aplicada es su ausencia en el territorio de Estados Unidos por más de un año. Pudiera considerarse abandono o deserción en viajes de menos de un año, si se determina que usted no tiene intención de residir permanente en los Estados Unidos. 

Aunque los viajes cortos no deben presentar ningún problema, el oficial podría considerar otros criterios como si su intención era viajar al extranjero temporeramente, si usted mantuvo comunicación / relación con sus familiares y comunidad en los Estados Unidos, mantuvo su empleo en los Estados Unidos, pagó sus impuestos como residente, o de alguna otra forma declaró su intención de regresar a los Estados Unidos como su Residencia Permanente. 

Otros factores que pudieran ser considerados incluyen si usted mantuvo una dirección de correo postal en los Estados Unidos, mantuvo cuentas de banco y una licencia de conducir válida de los Estados Unidos, retuvo su propiedad u operó un negocio en Estados Unidos, o cualquier otra evidencia que respalde la naturaleza de su ausencia temporera. 

¿Qué ocurre si mi viaje dura más de 1 año? 

Si usted planifica estar ausente de los Estados Unidos por más de un año, es recomendable que solicite primero un Permiso de Reingreso mediante el Formulario I-131 . Obtener un permiso de reingreso antes de salir de los Estados Unidos le permite a un residente permanente o condicional solicitar admisión a los Estados Unidos durante el tiempo de validez del permiso sin tener que obtener una visa de residente que regresa de parte de la Embajada Estadounidense o Consulado en el extranjero. Tome en consideración que esto no garantiza su entrada a los Estados Unidos a su regreso, ya que primero usted debe ser considerado como “admisible”. De todas formas, le ayudará a demostrar su intención de residir permanentemente en los Estados Unidos. 

Si usted permanece fuera de los Estados Unidos por más de 2 años, cualquier permiso de reingreso concedido previo a su partida de los Estados Unidos habrá expirado. En este caso, es aconsejable que considere solicitar una Visa de Residente que Regresa (SB-1) en la Embajada Estadounidense o Consulado más cercano. Se le requerirá al solicitante SB-1 que demuestre elegibilidad para una visa de inmigrante y necesitará un examen médico. Existe una excepción de este proceso para el cónyuge o hijo de un miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o un empleado civil del gobierno estadounidense destacado en el extranjero bajo órdenes oficiales. 

En adición, una ausencia en los Estados Unidos de seis meses o más puede interrumpir con el período de residencia continua requerido para la naturalización. Si su ausencia es de un año o más y desea mantener su período de residencia continua en los Estados Unidos para propósitos de naturalización, deberá presentar el Formulario N-470, Solicitud para Mantener la Residencia para Propósitos de Naturalización . Para más información, puede leer el artículo “Requisitos de Residencia y Presencia Continua ”. 

¿Qué ocurre si pierdo mi Tarjeta Verde o Permiso de Reingreso o me lo robaron o fue destruido mientras estoy de viaje temporal fuera de Estado Unidos? 

Si usted pierde su Tarjeta Verde o Permiso de Reingreso o se lo robaron o fue destruido mientras usted está en el extranjero, puede que tenga que presentar un Formulario I-131A, Solicitud de Documento de Viaje (Documento para Transporte) . Este documento de viaje (documento para transporte) le permitirá abordar una línea aérea u otro medio de transporte sin que la línea aérea o medio de transporte sea penalizado.