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miércoles, 12 de junio de 2019

Temporary Protected Status: An Overview

Temporary Protected Status (TPS) is a temporary immigration status provided to nationals of certain countries experiencing problems that make it difficult or unsafe for their nationals to be deported there. TPS has been a lifeline to hundreds of thousands of individuals already in the United States when problems in a home country make their departure or deportation untenable. This fact sheet provides an overview of how TPS designations are determined, what benefits TPS confers, and how TPS beneficiaries apply for and regularly renew their status. 


What is Temporary Protected Status? 

Congress created Temporary Protected Status (TPS) in the Immigration Act of 1990. It is a temporary immigration status provided to nationals of specifically designated countries that are confronting an ongoing armed conflict, environmental disaster, or extraordinary and temporary conditions. It provides a work permit and stay of deportation to foreign nationals from those countries who are in the United States at the time the U.S. government makes the designation. 


For what reasons can a country be designated for TPS? 

A country may be designated for TPS for one or more of the following reasons: 
  • An ongoing armed conflict, such as a civil war, that poses a serious threat to the personal safety of returning nationals;
  • An environmental disaster, such as an earthquake, hurricane, or epidemic, that results in a substantial but temporary disruption of living conditions, and because of which the foreign state is temporarily unable to adequately handle the return of its nationals;
  • Extraordinary and temporary conditions in the foreign state that prevent its nationals from returning to the state in safety (unless the U.S. government finds that permitting these nationals to remain temporarily in the United States is contrary to the U.S. national interest).


Who has the authority to designate a country for TPS? 

The Secretary of Homeland Security has discretion to decide when a country merits a TPS designation. The Secretary must consult with other government agencies prior to deciding to designate a country—or part of a country—for TPS. Although these other agencies are not specified in the statute, these consultations usually involve the Department of State, the National Security Council, and occasionally the Department of Justice (DOJ). The Secretary’s decision as to whether or not to designate a country for TPS is not subject to judicial review, according to immigration law. 


How long are TPS designations? 

A TPS designation can be made for 6, 12, or 18 months at a time. At least 60 days prior to the expiration of TPS, the Secretary must decide whether to extend or terminate a designation based on the conditions in the foreign country. Decisions to begin, extend, or terminate a TPS designation must be published in the Federal Register. If an extension or termination decision is not published at least 60 days in advance of expiration, the designation is automatically extended for six months. The law does not define the term “temporary” or otherwise limit the amount of time for which a country can have a TPS designation. 


Who is eligible for TPS? 

In order to qualify for TPS, an individual must: 
  • be a national of the foreign country with a TPS designation (or if stateless, have last habitually resided in a country with a TPS designation);
  • be continuously physically present in the United States since the effective date of designation;
  • have continuously resided in the United States since a date specified by the Secretary of Homeland Security;
  • not be inadmissible to the United States or be barred from asylum for certain criminal or national security-related reasons, such as individuals who have been convicted of any felony or two or more misdemeanors.

Nationals of a designated country do not automatically receive TPS, but instead must register during a specific registration period and pay significant fees. In addition, an individual’s immigration status at the time of application for TPS has no effect on one’s eligibility, nor does the previous issuance of an order of removal. 


What does TPS authorize a noncitizen to do? 

An individual who is eligible for TPS must register by submitting an application to U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS), an agency of the Department of Homeland Security (DHS). If a person demonstrates eligibility and USCIS grants TPS, that person receives a temporary stay of deportation and temporary authorization to work in the United States. TPS beneficiaries are also eligible for advance parole, which provides permission to travel abroad and return to the United States, but they must apply for it separately. Beneficiaries are not eligible for any public assistance by virtue of their TPS status. 


Which countries have TPS? 

As of May 2019, the following 10 countries were designated for TPS and the designation had not expired: 
  • *El Salvador (Extended until January 2, 2020)
  • *Haiti (Extended until January 2, 2020)
  • *Honduras (Termination was scheduled to be effective January 5, 2020, but is on hold)
  • *Nepal (Termination was scheduled to be effective June 24, 2019, but is on hold; employment authorization is auto-extended through March 24, 2020)
  • *Nicaragua (Extended until January 2, 2020)
  • Somalia (Extended until March 17, 2020)
  • South Sudan (Extended until November 2, 2020)
  • *Sudan (Extended until January 2, 2020)
  • Syria (Extended until September 30, 2019)
  • Yemen (Extended until March 3, 2020)

*As of May 2019, these TPS designations had been terminated by DHS but will not go into effect until further notice, contingent upon rulings in at least two lawsuits, including: Bhattarai v. Nielsen (Honduras and Nepal) and Ramos v. Nielsen (El Salvador, Haiti, Nicaragua, and Sudan). 


Which countries have had TPS in the past? 

Since TPS was created, the following countries or parts of countries have had TPS designations that are now terminated: 
  • Angola (Expired March 29, 2003)
  • Bosnia-Herzegovina (Expired February 10, 2001)
  • Burundi (Expired May 2, 2009)
  • Guinea (Expired May 21, 2017)
  • Guinea-Bissau (Expired September 10, 2000)
  • Province of Kosovo (Expired December 8, 2000)
  • Kuwait (Expired March 27, 1992)
  • Lebanon (Expired April 9, 1993)
  • Liberia (Expired May 21, 2017)
  • Montserrat (Expired August 27, 2004)
  • Rwanda (Expired December 6, 1997)
  • Sierra Leone (Expired May 21, 2017)

Does TPS create a path to permanent residence or citizenship? 

TPS does not provide beneficiaries with a separate path to lawful permanent residence (a green card) or citizenship. However, a TPS recipient who otherwise is eligible for permanent residence may apply for that status. 

Generally, a person who entered the United States without inspection is not eligible to apply for permanent residence. As of May 2019, three federal appellate circuits had ruled on this issue: 
  • Two federal appellate circuits (the Ninth and Sixth Circuits) ruled that a person with valid TPS status could adjust status to lawful permanent residence if otherwise eligible through a family-based or employment-based petition, even if he or she entered the United States without inspection.
  • The Eleventh Circuit ruled that a TPS recipient who entered without inspection is not eligible to adjust to permanent residence.

DHS’ position, applicable in all other circuits, is that a TPS holder is not eligible to adjust status within the United States. In order to gain permanent resident status, a TPS recipient must instead depart the country to have a visa processed at a consular post. For many TPS holders who originally entered the United States without inspection, a departure to have a visa interview would trigger bars to re-entry for up to 10 years. 

Alternatively, some TPS recipients may be eligible to adjust status if they were granted advance permission from USCIS (referred to as advance parole), traveled abroad and were paroled back into the United States. 


What happens to a TPS beneficiary when a TPS designation ends? 

TPS beneficiaries return to the immigration status that the person held prior to receiving TPS, unless that status has expired or the person has successfully acquired a new immigration status. TPS beneficiaries who entered the United States without inspection and who are not eligible for other immigration benefits, for example, would return to being undocumented at the end of a TPS designation and become subject to removal. 


How are “Deferred Enforced Departure” and “Extended Voluntary Departure” related to TPS? 

Deferred Enforced Departure (DED) is very similar to TPS but derives from the President’s foreign policy authority rather than from a specific law. As of May 2019, the only country designated for DED was Liberia, effective until March 30, 2020. 
  • There are no explicit criteria for making DED decisions or for determining who would be eligible for DED once a designation is determined.
  • Just like TPS holders, DED beneficiaries receive a work permit and stay of deportation; however, they are not permitted to travel abroad.

Extended Voluntary Departure (EVD) was the predecessor to TPS prior to the Immigration Act of 1990. It was a discretionary authority used by the Attorney General (at a time when the Immigration and Naturalization Service was housed in DOJ) to give nationals of certain countries experiencing turbulent country conditions temporary permission to remain in the United States. Congress eliminated EVD with the creation of TPS. 

 

Source: www.americanimmigrationcouncil.org  

https://www.inmigracionyvisas.com/a4228-Temporary-Protected-Status-An-Overview.html


martes, 11 de junio de 2019

Manifestantes Incendian Fachada De La Embajada De Estados Unidos En Honduras

En Honduras, el pasado viernes 31 de mayo manifestantes incendiaron la fachada de la embajada de Estados Unidos en la capital, Tegucigalpa. No se reportó ningún herido. El incendio se produjo en medio de protestas masivas contra los planes del presidente hondureño Juan Orlando Hernández para privatizar la atención médica, las pensiones y la educación. Esto fue lo que dijo el manifestante y activista Wilfredo Méndez.

Wilfredo Méndez: “Esperamos que los congresistas y senadores demócratas de Estados Unidos puedan presentar este mensaje con fuerza al Gobierno de Donald Trump que apoya a este dictador, Juan Orlando Hernández. Esta es una expresión clara de repudio a un Gobierno de Estados Unidos que apoya una dictadura y da la espalda al pueblo hondureño”.

Por su parte la Embajada de los Estados Unidos emitió el siguiente comunicado:

Los actos de violencia que ocurrieron en la Embajada de los Estados Unidos en Honduras son inaceptables. Estamos trabajando de cerca con las autoridades hondureñas para llevar a los responsables ante la justicia. 

Debido a los daños causados por estos criminales, la Sección Consular debe cancelar todas las citas de visas y servicios rutinarios para ciudadanos estadounidenses, y no puede agendar nuevas citas. Brindaremos servicios a ciudadanos estadounidenses en situaciones de emergencia. 

El gobierno de los Estados Unidos valora nuestra fuerte relación con el Gobierno de Honduras, que ha llevado a logros importantes en el combate contra el narcotráfico y el crimen transnacional, entre otros. Seguiremos colaborando en temas de seguridad, desarrollo económico, fortalecimiento de instituciones y la lucha contra la corrupción.

Reiteramos nuestro llamado a todos los hondureños a que se abstengan de actos de violencia, resuelvan sus diferencias de forma pacífica y trabajen juntos para construir un mejor futuro para todos los ciudadanos de este país. 



Fuente: www.democracynow.org Embajada De Estados Unidos En Honduras 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4227-Incendian-Fachada-De-Embajada-De-Estados-Unidos-En-Honduras.html

Estados Unidos Suspende Los Viajes Y El Desplazamiento De Embarcaciones A Cuba

El Gobierno del presidente estadounidense Donald Trump anunció la finalización del programa “People to People” para viajes a Cuba, la forma más popular que utilizan los estadounidenses para visitar Cuba a pesar del embargo, llevada a cabo a través de la organización de viajes grupales. Asimismo, serán prohibidos los cruceros privados a la isla. 

Según una declaración efectuada por el secretario del Tesoro, Steven Mnuchin, la prohibición es una represalia hacia Cuba por “proporcionar un punto de apoyo comunista en la región y apoyar a los adversarios de Estados Unidos en lugares como Venezuela y Nicaragua”. La medida constituye el más reciente de los intentos del Gobierno de Trump de restringir la economía cubana. En abril, el Gobierno tomo la decisión de permitir que los ciudadanos estadounidenses demanden a cualquier compañía que haga negocios en Cuba usando propiedad privada incautada durante la revolución cubana. 

En respuesta a la noticia, el presidente de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, afirmó: “Cuba no se dejará amedrentrar ni distraer con nuevas amenazas y restricciones. Trabajo, creatividad, esfuerzo y resistencia es nuestra respuesta. No han podido asfixiarnos. No podrán detenernos”. 

A continuación el comunicado del Departamento de Estado de los Estados Unidos donde anuncia esta nueva medida

Estados Unidos adoptó medidas contundentes para impedir que los viajes de personas estadounidenses a Cuba contribuyan a enriquecer a miembros de las fuerzas militares y de los servicios de seguridad y de inteligencia cubanos, al anunciar que se aplican nuevas restricciones a los viajes y embarcaciones autorizados hacia la isla. 

En lo sucesivo, Estados Unidos prohibirá que viajeros estadounidenses visiten Cuba conforme a anteriores autorizaciones de ‘viajes grupales educativos de contacto entre pueblos (people-to-people). Adicionalmente, Estados Unidos ya no permitirá los viajes a Cuba por medio de embarcaciones de pasajeros y recreativas, incluidos los cruceros y yates, y las aeronaves privadas y de compañías. 

Estados Unidos exige que el régimen cubano rinda cuentas por la represión del pueblo cubano, su intromisión en Venezuela y su papel directo en la crisis provocada por la gestión liderada por Nicolás Maduro. Pese a la condena internacional generalizada, Maduro sigue actuando para debilitar las instituciones de su país y subvertir el derecho del pueblo venezolano a la autodeterminación. Empoderado por Cuba, ha generado un desastre humanitario que desestabiliza a la región entera. 

Estas medidas están estrechamente vinculadas con la industria del turismo, que tiene fuerte nexos económicos con los sectores de seguridad, militar y de inteligencia en Cuba. El turismo encubierto ha contribuido a enriquecer a miembros de las fuerzas militares cubanas, las mismas personas que apoyan a Nicolás Maduro en Venezuela y reprimen al pueblo cubano en la isla. En Cuba, el régimen sigue hostigando, intimidando y encarcelando a los cubanos que se atreven a expresar una opinión distinta de la que el régimen pretende que tengan. Estados Unidos insta al régimen a que cese su represión a los cubanos, poner fin a su intromisión en Venezuela y trabajar en la construcción de un país estable, próspero y libre para el pueblo de Cuba. 

Para obtener más información sobre reglamentaciones relativas a viajes de personas estadounidenses a Cuba y las restricciones a embarcaciones y aeronaves, consulte los comunicados del Departamento del Tesoro y el Departamento de Comercio. 

 


Fuente: www.democracynow.org - Embajada De Estados Unidos En Cuba 
https://www.inmigracionyvisas.com/a4226-Estados-Unidos-prohibe-viajes-y-embarcaciones-a-cuba.html

Nacionales De Nueva Zelanda Serán Elegibles Para Las Clasificaciones E-1 y E-2 De Visas No Inmigrantes

Ciertos nacionales neozelandeses ahora pueden solicitar un cambio de estatus al de la clasificación E-1 de comerciantes por tratado no inmigrantes y la clasificación E-2 de inversionistas no inmigrantes bajo la Ley Pública 115-226. 

Desde el 10 de junio de 2019, los nacionales neozelandeses elegibles que ya están en Estados Unidos en un estatus de no inmigrante legal pueden presentar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante para solicitar un cambio de estatus al de las clasificaciones E-1 o E-2, o un empleador cualificado puede presentar el Formulario I-129 en su nombre. Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de edad de los no inmigrantes E-1 y E-2, y empleados que están en Estados Unidos, también pueden solicitar cambiar su estatus al de las clasificaciones E-1 o E-2 como dependientes mediante la presentación del Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar Estatus de No Inmigrante.

Cualquier Formulario I-129 y Formulario I-539 de un nacional neozelandés que solicite un cambio de estatus al de la clasificación E-1 o E-2 presentada antes del 10 de junio de 2019 será rechazado, pero puede volver a ser presentado junto con la tarifa requerida, en o después del 10 de junio. 

Las clasificaciones de no inmigrantes E-1 y E-2 están disponibles para ciudadanos de países con los que Estados Unidos tiene un tratado de comercio y navegación, u otro acuerdo similar, y en ciertos otros casos como en este, en el que el Congreso haya promulgado legislación. El estatus E-1 permite que los ciudadanos de ciertos países sean admitidos en Estados Unidos únicamente para participar del comercio internacional en su propio nombre. 

El estatus E-1 también está disponible para ciertos empleadores de dichos comerciantes por tratado u organizaciones elegibles. El estatus E-2 permite que ciudadanos ciertos países sean admitidos en Estados Unidos cuando invierten capital sustancial en una empresa estadounidense. El estatus E-2 también está disponible para ciertos empleados de dichos inversionistas u organizaciones elegibles. 

 

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4225-neozelandeses-elegibles-para-visas-E1-y-E2.html 

lunes, 10 de junio de 2019

Premium Processing Begins For Remaining H-1B Cap-Subject Petitions

On June 10, we will begin premium processing for all remaining FY 2020 H-1B cap-subject petitions. Starting on that date, petitioners may file Form I-907, Request for Premium Processing Service, with the USCIS service center that is processing their petition.

On March 19, we announced that we would offer premium processing in a two-phased approach during the FY 2020 cap season to best manage premium processing requests without fully suspending it. In the past few years, we suspended all premium processing for H-1B petitions due to high demand. Based on feedback from the public, we are using this phased approach to benefit petitioners and ensure efficient premium processing. The first phase, which started on May 20, included FY 2020 cap-subject H-1B petitions requesting a change of status and the second phase includes all other FY 2020 cap-subject petitions.

At this time, premium processing for H-1B petitions that are exempt from the cap, such as extension of stay requests, remains available.


Pre-paid Mailer Temporary Suspension 

Starting on June 10 and continuing through the end of June 24, we will not use pre-paid mailers to send out final notices for premium processing for FY 2020 cap-subject H-1B petitions not requesting a change of status. Instead, we will use regular mail. We will be doing this due to resource limitations as we work to process all premium processing petitions in a timely manner.

The process for printing approval notices and sending them by regular mail is fully automated, whereas using pre-paid mailers requires a separate and more time-consuming manual process. As such, and given the initial surge of premium processing requests for H-1B cap petitions and its impact on USCIS resources, using pre-paid mailers may actually delay the issuance of an approval notice compared to the standard process, or otherwise negatively affect our ability to timely process premium processing petitions. After the two-week period, we intend to resume sending out final notices in pre-paid mailers provided by petitioners, when operationally feasible.


Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4224-Premium-Processing-Begins-For-Remaining-H-1B.html

El Gobierno de México dice que enviará 6.000 soldados a la frontera sur con Guatemala, con el fin de reprimir a los migrantes centroamericanos que cruzan con la esperanza de buscar asilo en Estados Unidos. El anuncio se produjo mientras soldados mexicanos fuertemente armados y la policía bloquearon una caravana de unos 1.000 migrantes que caminaban por la carretera en el estado sureño de Chiapas. 

La represión se produjo ante la amenaza del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, de imponer un arancel de 5% a todas las importaciones mexicanas el próximo lunes, a menos que México refuerce aun más los controles sobre la inmigración. Según se informó, las autoridades mexicanas están cerca de lograr un acuerdo con la Casa Blanca que exigiría que los solicitantes de asilo se refugien en el país al que lleguen primero. 

Según el plan, los migrantes guatemaltecos sólo podrían solicitar asilo en México, y los hondureños y salvadoreños se verían obligados a presentarse como refugiados en Guatemala. El plan que se está gestando fue criticado por grupos que abogan por las libertades civiles, incluida la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU, por su sigla en inglés), que sostienen que este cambio en el sistema de asilo viola tanto las leyes de Estados Unidos como las internacionales, y que es poco probable que sobreviva a un desafío en los tribunales.

El Canal de YouTube RT en Español publica un vídeo que deja ver la confrontación entre migrantes y 200 agentes mexicanos que frenaron una caravana de migrantes que entró en México desde Guatemala de camino a Estados Unidos y pidieron a los detenidos que subieran a autobuses para trasladarlos a una estación migratoria. 





Fuente: www.democracynow.org - YouTube RT en Español 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4223-mexico-envia-soldados-para-detener-migrantes.html

Declaraciones De Angelina Jolie Tras Su Visita A Colombia

En 2002, 2010 y 2012 estuve en Ecuador, visitando a algunos de los muchos colombianos que habían huido del conflicto. Les dije a las familias con las que me encontré que esperaba visitar Colombia, cuando la paz hiciera posible que los refugiados retornaran. 

Hoy, me he encontrado con refugiados colombianos retornados, pero no por las razones que esperaba. Más de 400.000 colombianos, que habían sido desplazados a Venezuela, ahora se han visto obligados a retornar debido a la situación catastrófica en ese país. 

Se encuentran en la misma situación que los 1,3 millones de refugiados venezolanos que han buscado protección en Colombia. Además, 3,3 millones de venezolanos y venezolanas cruzan la frontera por cortos períodos de tiempo para buscar suministros y asistencia básica. 

El impacto en los servicios públicos aquí en Colombia es abrumador. Algunos hospitales en la frontera están proporcionando atención médica de emergencia al mismo número de venezolanos, como de colombianos. En muchas escuelas el número de estudiantes en las aulas se ha duplicado. 

Pero Colombia sigue manteniendo su frontera abierta y está haciendo todo lo que puede para absorber a este inusitado número de personas desesperadas. Los colombianos conocen el desplazamiento en su propia piel. Este país ha vivido cincuenta años de guerra. 

Su acuerdo de paz tiene menos de tres años, y es frágil. Es extraordinario que un país que por sí mismo enfrenta tantos y tan grandes desafíos haya mostrado tanta humanidad y esté haciendo estos esfuerzos para salvar vidas. Quiero reconocer esta valentía, fortaleza y resiliencia del pueblo colombiano. 

La situación aquí en Colombia, en Perú y en Ecuador, le da una lección de humildad, con respecto al debate y el discurso en materia de refugiados, a muchos países que viven en paz, incluyendo el mío. A pesar de lo que la retórica política con frecuencia sugiere, menos del 1% de todas las personas refugiadas son reasentadas en países occidentales. 

La gran mayoría de las personas desarraigadas en el mundo están desplazadas dentro de sus propias fronteras, o han cruzado a los países limítrofes, como en el caso de Colombia. Si miramos alrededor del mundo, con frecuencia parece que aquellos que menos tienen son los que más dan. 

El llamamiento humanitario lanzado por ACNUR y sus socios en diciembre del año pasado ha recibido menos de la cuarta parte de los fondos necesarios – el 21% de los fondos, para ser exactos. Entretanto, el número de los refugiados y migrantes venezolanos ha superado los 4 millones de personas. 

Esta es una situación de vida o muerte para millones de venezolanos. Pero ACNUR ha recibido solo una fracción de los fondos que necesita para hacer apenas lo mínimo para ayudarles a sobrevivir. Los países que los reciben, como Colombia, están tratando de gestionar una situación inmanejable, con recursos insuficientes. Pero ni ellos, ni los actores humanitarios, como ACNUR, han obtenido los fondos que necesitan para seguirle el paso a este flujo y, aun así, están haciendo todo lo que pueden. Este no es solamente el caso de la crisis de Venezuela. Este escenario de números que aumentan y fondos que disminuyen se replica a nivel internacional. 

El 20 de junio celebramos el Día Mundial del Refugiado. ACNUR prevé otro significativo aumento en el número total de personas desplazadas en el mundo, y una disminución en el número de personas que podrán retornar a sus casas – así como lo desea la gran mayoría de las personas refugiadas con las que me he encontrado hasta ahora. 

En lugar de enfocarse en cómo abordar la falta de diplomacia, seguridad y paz que está causando que tantas personas se desplacen, escuchamos hablar cada vez más de lo que algunos gobiernos ya no están dispuestos a hacer: ya sea recibir a refugiados o solicitantes de asilo, o contribuir a financiar los llamamientos y las operaciones de la ONU. 

Mientras las cifras de refugiados en el mundo aumentan tan rápidamente, sería ingenuo, en el mejor de los casos, o hipócrita, en el peor, presentar estas políticas como si fueran algún tipo de solución. Cuando la casa de tu vecino se incendia, no estás a salvo con solo cerrar tu puerta. 

El liderazgo implica asumir la responsabilidad, como las generaciones que nos precedieron asumieron su propia responsabilidad respondiendo a las amenazas a la paz y la seguridad y construyeron un orden mundial basado en el derecho. Ahora necesitamos de nuevo ese tipo de liderazgo, con urgencia. Asimismo, no es posible ponerle un precio al apoyo que Colombia, Perú y Ecuador le están dando a las personas de Venezuela, porque de eso se trata ser humanos. 

La respuesta humana es no cerrar los ojos. Es reconocer a tus hermanos y hermanas y su sufrimiento. Es trabajar para alcanzar soluciones, sin importar que tan difícil sea. Y sobre todo, la respuesta humana es no culpar a las víctimas de la guerra o la violencia por las circunstancias en las que se encuentran, o por pedir ayuda para sus niños indefensos. 

Hoy necesitamos esa humanidad más que nunca, así como la racionalidad de aquellas personas que no temen asumir responsabilidades y mostrar liderazgo. 

Este será mi mensaje cuando me vaya de Colombia y en los meses siguientes, mientras intentaré darle seguimiento a lo que he observado en estos dos días. No olvidaré lo que he visto aquí, no olvidaré a las personas venezolanas con las que me he encontrado aquí. Mi corazón está con ellos, y espero volver pronto.

Muchas gracias. 


Compartimos también la rueda de prensa que diera el señor presidente de Colombia Iván Duque Marquez con Angelina Angelina Jolie, enviada especial de La Agencia de la ONU para los Refugiados ACNUR 




Fuente: La Agencia de la ONU para los Refugiados - YouTube Presidencia de la República - Colombia 
https://www.inmigracionyvisas.com/a4222-Angelina-Jolie-Visita-Colombia.html

sábado, 8 de junio de 2019

USCIS Comienza El Procesamiento Prioritario De Peticiones H-1B

El 10 de junio de 2019, comenzamos a procesar todas las peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal 2020 restantes. A partir de dicha fecha, los peticionarios pueden presentar el Formulario I-907, Solicitud de Procesamiento Prioritario, en el centro de servicio de USCIS que procesa su petición.

El 19 de marzo anunciamos que ofreceríamos el servicio de procesamiento prioritario en dos fases durante la temporada de la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal 2020, a fin de manejar mejor las peticiones de procesamiento prioritario sin tener que suspenderlo completamente. En los pasados años, suspendimos completamente el servicio de procesamiento prioritario de las peticiones H-1B debido a la alta demanda. A base de los comentarios del público, hemos implementado este enfoque en etapas para beneficiar a los peticionarios y asegurar un procesamiento prioritario efectivo. La primera fase, que comenzó el 20 de mayo, incluyó las peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal 2020, en las que se solicitaba un cambio de estatus, y la segunda fase incluye todas las demás peticiones sujetas a la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal 2020. 

En este momento continúa disponible el procesamiento prioritario para peticiones H-1B que están exentas de la cantidad máxima reglamentaria como, por ejemplo, para una extensión de estadía. 


Suspensión Temporal del Sobre Prepago

A partir del 10 de junio y hasta el final del 24 de junio, no usaremos los sobres prepagos para enviar notificaciones finales relacionadas a las peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal 2020 que no solicitan un cambio de estatus. En cambio, usaremos el servicio postal regular. Haremos esto debido a la limitación de recursos mientras trabajamos para tramitar todas las peticiones de procesamiento prioritario de manera oportuna. 

El proceso de imprimir notificaciones de aprobación y enviarlas por correo regular es totalmente automatizado, mientras que el uso de sobres prepagos requiere un procesamiento manual separado que consume mucho más tiempo. Por lo tanto, y debido al aumento inicial de peticiones de procesamiento prioritario de visas H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria y el impacto de esto en los recursos del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), utilizar sobres prepagos podría demorar la emisión de las notificaciones de aprobación en comparación con el proceso estándar, o podría afectar negativamente nuestra capacidad de tramitar el procesamiento prioritario de peticiones de manera oportuna. 

Después del periodo de dos semanas, nos proponemos reanudar el envío de las notificaciones finales en los sobres prepagos proporcionados por los peticionarios cuando sea viable operacionalmente. Después del periodo de dos semanas, nos proponemos reanudar el envío de las notificaciones finales en los sobres prepagos proporcionados por los peticionarios cuando sea viable operacionalmente. 



Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 


https://www.inmigracionyvisas.com/a4221-comienza-procesamiento-prioritario-de-peticiones-H-1B.html

viernes, 7 de junio de 2019

Perú Exige Visa Humanitaria Y Pasaporte A Venezolanos Para Ingresar Al País

Frente a la grave crisis política y humanitaria que vive la hermana República Bolivariana de Venezuela, y con miras a contar con una migración ordenada, regular y segura de sus nacionales, las autoridades peruanas de control migratorio, en cumplimiento de la normativa vigente, solo admitirán el ingreso de titulares de pasaporte que cuenten con una visa válida. Esta medida regirá a partir del día 15 de junio de 2019 a las 00:00 horas.

Para tal efecto, aquellos nacionales venezolanos residentes en la República Bolivariana de Venezuela que deseen viajar al Perú solicitando la Visa Humanitaria, deberán tramitarla en los Consulados Generales del Perú en Caracas y Puerto Ordaz. De manera excepcional, y en condición de la crisis humanitaria en la región, los nacionales venezolanos podrán tramitar también la Visa Humanitaria en los Consulados Generales del Perú en Bogotá, Medellín y Leticia en la República de Colombia; así como en los Consulados Generales en Cuenca, Guayaquil, Quito, Machala y Loja en la República del Ecuador.

Del mismo modo, los nacionales venezolanos podrán tramitar la visa de Turista, de Negocios o de calidades migratorias distintas a la Humanitaria, ante cualquier Consulado peruano en el exterior.

El Ministerio de Relaciones Exteriores exhorta a los nacionales venezolanos a cumplir con la obligación de obtener la correspondiente visa antes de embarcar con destino al Perú o presentarse en un puesto de control migratorio peruano.

 

Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú  

https://www.inmigracionyvisas.com/a4216-peru-exige-visa-y-pasaporte-a-venezolanos.html