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jueves, 4 de agosto de 2016

Re-Designación y Extensión del Estatus de Protección Temporal para Siria


El Secretario del Departamento de Seguridad Nacional, Jeh Johnson, ha vuelto a designar a Siria al Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) y extendido la designación actual a TPS para el país desde el 1de octubre de 2016 hasta el 31 de marzo de 2018. 

Esto permite a los nacionales elegibles de Siria (o personas sin nacionalidad cuya última residencia fue Siria) reinscribirse o volverse a registrar al TPS de acuerdo con la notificación del registro Federal publicad. 


Quienes son elegibles: 

Los Beneficiarios de TPS actuales de Siria, es decir quienes tiene TPS deben reinscribirse durante el período de 60 días que se extiende del 1 de agosto de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2016. 

Los nacionales Sirios y personas sin nacionalidad que cuya última residencia fue Siria que residieron continuamente el EE.UU. desde el 1 de agosto de 2016 y han estado físicamente presentes en los Estados Unidos desde el 1 de octubre de 2016, pero no tienen TPS pueden obtener el TPS solicitando durante el período inicial de registro de 180 días que se extiende desde el 1 de agosto de 2016 hasta el 30 de enero de 2017. 


Como Re-inscribirse al TPS: 

Los beneficiarios actuales bajo la designación al TPS de Siria que buscan extender su estatus deben reinscribirse durante el período de 60 días que se extiende del 1 de agosto de 2016 al 30 de septiembre de 2016.


La extensión de 18 meses permite a los reinscritos al TPS solicitar un nuevo Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). Los beneficiarios de TPS de Siria elegibles que se reinscriban durante el período de 60 días y soliciten un nuevo EAD recibirán uno con fecha de expiración del 31 de marzo de 2018. 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) reconoce que algunas personas reinscritas podrían no recibir sus nuevos EADs sino hasta después de que su permiso de trabajo actual expire. Por lo tanto, USCIS extenderá automáticamente los EAD relacionados al TPS de Siria con fecha de expiración del 30 de septiembre de 2016 por seis meses adicionales. Estos EADs son ahora válidos hasta el 31de marzo de 2017. 

Para reinscribirse, los beneficiarios actuales de TPS deben presentar: 



Solicitud TPS por primera vez: 

La re-designación de TPS permitirá a los nacionales de Siria (y personas sin nacionalidad que residieron habitualmente en Siria) y no tienen TPS, solicitarlo si han residido continuamente en EE.UU. desde el 1 de agosto de 2016 y han estado físicamente de manera continua en EE.UU. desde el 1 de octubre de 2016. Los solicitantes deben cumplir con todos los requisitos de elegibilidad y presentación de TPS. 

Para solicitar por primera vez, las personas deben presentar: 
Las personas que aún tienen pendiente una solicitud de TPS inicial bajo la designación de Siria no tienen que presentar un nuevo Formulario I-821. Sin embargo, si tienen un EAD relacionado a TPS y desean uno nuevo, deben presentar: 


Los solicitantes pueden pedir que USCIS les exima del pago de tarifa de presentación a base de su inhabilidad mediante la presentación del Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas, o una petición por escrito. USCIS rechazará cualquier solicitud que no esté acompañada con el pago de tarifa correspondiente o una petición de exención de tarifas documentada apropiadamente.



Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). 
http://inmigracionyvisas.com/a3377-Resedignacion-extienden-TPS-para-Siria.html

martes, 2 de agosto de 2016

Mexicana Indocumentada Se Gradúa Con Honores En Estados Unidos

Compartimos el video del canal de YouTube “Un Nuevo Día” que hace una entrevista y nos deja conocer la vida de la estudiante mexicana Larissa Martinez la mejor estudiante del 2016 de la escuela McKinney Boyd High School. 
La estudiante dijo a la multitud refiriéndose a los indocumentados “también somos gente, como ustedes… Estamos aquí sin documentación porque el sistema de inmigración de Estados Unidos está roto y obliga a muchas familias a vivir en el miedo”. .

Finalmente compartimos el video del canal “LOKOCHONES DE LA TELE” donde se puede escuchar el discurso de Larissa Martínez.
La adolescente continuara sus estudios gracias a una beca que se gano en la Universidad de Yale, considerada una de las mejores en Estados Unidos

Más de 5800 Migrantes Han Sido Deportados En Colombia

Los extranjeros, que fueron ubicados por la autoridad migratoria en diferentes procedimientos de verificación realizados dentro del territorio nacional, son en su gran mayoría ciudadanos haitianos. 


Así lo confirmó Christian Krüger Sarmiento, Director General de Migración Colombia, horas antes de partir hacia Panamá, en donde sostendrá una reunión con las autoridades migratorias de este país y de Costa Rica, en la que se buscará implementar estrategias conjuntas que permitan ponerle freno al tráfico de migrantes en la región. 

Frente a los cerca de 950 ciudadanos cubanos que permanecen en una bodega en la población de Turbo, el Director de Migración Colombia fue enfático en afirmar que se está a la espera de una orden judicial que permita el ingreso de los Oficiales de Migración al lugar, para proceder con el acto administrativo que conllevará a su deportación. 

"Entendemos la compleja situación que están viviendo estas personas al interior de la bodega. Nuestro interés siempre ha sido velar por la integridad de las personas, más allá de su nacionalidad o su condición migratoria. Por ello, al momento de ingresar a la bodega solicitaremos el acompañamiento de la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, con el de garantizar que nuestros procedimientos estén acorde a la legislación colombiana y garanticen el respeto a los Derechos de los extranjeros", aseguró Krüger Sarmiento. 

Frente a los extranjeros que llegan diariamente a las instalaciones de Migración Colombia en la ciudad de Medellín, el Director General de Migración Colombia aseguró que es un procedimiento normal, de migrantes que buscan regularizar su situación ante el Estado colombiano y les recordó a los extranjeros que esté proceso lo pueden realizar en cualquiera de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios con que cuenta la entidad en todo el país. 



Fuente: Migración Colombia 
http://www.inmigracionyvisas.com/a3376-migrantes-en-colombia.html

lunes, 1 de agosto de 2016

Solicite Extensión en la Capacitación Práctica Opcional para Estudiantes STEM OPT

Si actualmente tiene una extensión de 17 meses en su Extensión de la Capacitación Práctica Opcional para Estudiantes STEM OPT, puede solicitar añadir 7 meses a su período STEM OPT. 
 

El 11 de marzo de 2016, DHS publicó una regla final permitiendo que ciertos estudiantes F-1 que reciben grados académicos en ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM, por sus siglas en inglés), y que cumplen con otros requisitos específicos, puedan solicitar una extensión de su OPT post-finalización por un plazo de 24 meses. La extensión de 24 meses reemplazará la extensión de 17 meses que estaba anteriormente disponible para los estudiantes STEM. 

Si quiere solicitar a esta extensión de 7 meses, debe presentar apropiadamente su Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo (con el pago de tarifa y su firma) en o antes del 8 de agosto de 2016. USCIS denegará todas las solicitudes presentadas luego del 8 de agosto de 2016. 

Puede solicitar para añadir 7 meses a su período STEM OPT si: 

  • Participa actualmente en Extensión de la Capacitación Práctica Opcional para Estudiantes (STEM OPT)a base de una extensión de 17 meses
  • Pide la extensión de 7 meses presentando un Formulario I-765 entre el 10 de mayo de 2016 y el 8 de agosto de 2016 y dentro de 60 días a partir de la fecha en que el oficial escolar designado presenta la recomendación para la extensión de 24 meses de OPT en su expediente de SEVIS
  • Tiene al menos 150 días restantes en su autorización de empleo válida en su período Extensión de la Capacitación Práctica Opcional para Estudiantes (STEM OPT) a la fecha en que presente su nuevo Formulario I-765
  • Usted, el oficial escolar designado y su empleador cumplen con todos los requisitos de la extensión de 24 meses de Extensión de la Capacitación Práctica Opcional para Estudiantes (STEM OPT).


Para mayor información consulte Extensión de la Capacitación Práctica Opcional para Estudiantes STEM (STEM OPT) 



Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
http://www.inmigracionyvisas.com/a3375-extension-practica-estudiantes-STEM-OPT.html

sábado, 30 de julio de 2016

Los Ojos de los Refugiados Sírios


Documental sobre la crisis humanitaria más grave desde la II Guerra Mundial vista a través de los ojos de los refugiados y de los misioneros y voluntarios que, desde Remar ONG, atienden sus necesidades. Un reportaje clarificador y necesario para despertar conciencias.

viernes, 29 de julio de 2016

Colombianos Podrán Ingresar más Fácilmente a los Estados Unidos

En un sencillo evento realizado el día miércoles 27 de julio en la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá, Philip Laidlaw, Encargado de Negocios de la Embajada y Christian Krüger, Director Migración Colombia fueron los primeros en inscribirse en el programa Global Entry de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza del Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos. 

Como parte del fortalecimiento de las relaciones bilaterales entre Estados Unidos y Colombia, la Embajada de los Estados Unidos se complace en anunciar la entrada de Colombia al programa Global Entry. 

Global Entry es un programa que agiliza la entrada a los Estados Unidos para viajeros que posean una visa vigente y previamente aprobada, y la debida autorización Global Entry. Ser miembro de Global Entry no implica estar exento de visa para entrar a Estados Unidos. 


 
Esto quiere decir que el tiempo de proceso migratorio se reduce significativamente, ya que los viajeros que posean el salvoconducto Global Entry podrán presentar su pasaporte electrónico o de lectura mecánica vigente (o su tarjeta de residente permanente de Estados Unidos, si aplica), en uno de los quioscos designados para el programa, verificar sus huellas digitales y hacer su declaración de aduanas en el mismo sin necesidad de hablar con un agente aduanero al momento de llegada a 59 aeropuertos ubicados no sólo en Estados Unidos sino también en Aruba, Canadá, Irlanda,Guam, Bahamas, Islas Marianas y Abu Dabi. 

Así mismo, la inscripción al programa Global Entry es voluntaria y tiene un costo adicional a los costos de trámite de visa de US$100. 

Colombia se suma a México, Canadá, Reino Unido, Alemania, Países Bajos, Panamá y Corea del Sur como miembro de Global Entry. 

Visite el especial multimedia de la cancillería colombiana para conocer más información acerca del programa Global Entry 


Fuente:  
Embajada de los Estados Unidos en Bogotá
Cancillería Colombiana


http://inmigracionyvisas.com/a3373-Colombia-ingresa-a-global-entry.html 

jueves, 28 de julio de 2016

Visas E-2 Inversionistas por Tratado Comercial en Estados Unidos

La clasificación de visa E-2 está autorizada para un extranjero de un país con el cual los Estados Unidos tiene un tratado comercial y está viniendo a los Estados Unidos únicamente para dirigir y desarrollar las operaciones de una empresa en la cual tiene inversiones, o participa activamente en el proceso de invertir, una cantidad substancial de capital.



La inversión relacionada debe colocar el capital que le pertenece y que usted controla, y el cual adquirió legalmente, en riesgo comercial con objetivo de conseguir ganancias, y sujeto a pérdida si la inversión fracasa. 


Criterios de elegibilidad 

Para ser elegible para esta clasificación, usted debe demostrar que: 

  • Usted es un extranjero de un país con el cual los Estados Unidos un tratado o acuerdo.
  • Usted (o en el caso de un empleado de un inversionista de tratados que solicita la clasificación E-2, el dueño de la empresa de tratado) dirigirá o desarrollará la empresa. Usted debe demostrar que controla la empresa demostrando ser dueño de por lo menos el 50% de la empresa, procesando control operacional a través de un puesto de gerencia o otro medio corporativo o por otros medios.
  • Usted ha invertido o está activamente envuelto en el proceso de invertir en la empresa.
  • La inversión es substancial, o sea suficiente para asegurar su compromiso financiero en el éxito de la operación de la empresa y lo suficientemente grande para apoyar la posibilidad de que usted dirigirá y desarrollará la empresa.
  • La empresa de inversión no es una empresa marginal.
  • Usted será empleado con un cargo de ejecutivo o supervisor, o posee habilidades que son altamente especializadas y esenciales para la operación de la empresa comercial, si usted no es el inversionista principal. Los trabajadores ordinarios con o sin habilidades especiales que no tengan una habilidad única o esencial no califican si no son el inversionista principal.


Tramitación de la solicitud 

Usted debe solicitar para esta categoría de visa en su propio nombre directamente en una embajada u oficina consular de los Estados Unidos en el extranjero o solicitar un cambio de estatus mientras se encuentra en los Estados Unidos utilizando elFormulario I-129, Petición para un trabajador no-inmigrante. 

Para solicitar una visa E-1 en el extranjero, debe presentar los siguientes formularios y documentación: 
  • Formulario DS-156, Solicitud de visa para no-inmigrante, completado y firmado
  • Formulario DS-157, Solicitud suplementaria para visa de no-inmigrante, que facilita información adicional acerca de sus planes de viaje. Se requiere la presentación de este formulario completado para todos los solicitantes varones entre 16 y 45 años de edad.
  • Pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos y con una fecha de validez de por lo menos 6 meses después de su período previsto de estadía en los Estados Unidos.
  • Una fotografía de tamaño 2x2 pulgadas.
  • Evidencia que establezca que su propiedad en la empresa u organización califica como empresa u organización con tratado. Además, si usted es empleado de una filial de la empresa u organización, la relación de empresa pariente-filial debe poder ser establecida.
  • Evidencia que establezca que la naturaleza del empleo llevado a cabo requiere habilidades ejecutivas, habilidades de supervisión, o habilidades esenciales.
  • Evidencia que establezca propiedad y nacionalidad, incluyendo pero no limitado a listas de inversionistas con estatus actual y nacionalidad, certificados de acciones, certificado de propiedad por la sección comercial de una embajada extranjera e informes de un contable certificado.
  • Si está presentando la solicitud como ejecutivo o superviso, o por sus habilidades especiales esenciales para la empresa, el Formulario I-129 debe incluir, pero no limitado a, certificados, diplomas, cartas de empleadores describiendo cargos de trabajo, responsabilidades, manuales de operador y el nivel de educación y conocimientos requeridos.
  • Evidencia que establezca que la inversión es substancial. Tal evidencia puede incluir, pero no está limitada a, copias de acuerdos de asociación (con una declaración de propiedad proporcional), artículos de incorporación, pagos por el alquiler de oficinas o equipos de oficinas, licencias de negocio, certificados de acciones, inventarios de oficinas (mercancías y equipos adquiridos para el negocio), valoración de seguros, informes anuales, declaración de patrimonio neto llevada a cabo por censores jurados de cuentas, facturas de gastos de publicidad, cuentas bancarias de negocios con fondos para operaciones diarias, fondos bajo custodia de terceros.


Período de estadía/Extensión de estadía 

El periodo inicial de estadía es de dos () años y su extensión se da hasta 2 años por prórroga; no existe límite del número de prórrogas, existen ciertas excepciones. 

Si existe un cambio substancial en los términos y condiciones de las características básicas del empleador (por ejemplo, una fusión, adquisición o venta), usted debe presentar un nuevo Formulario I-129 y Suplemento E con USCIS solicitando una prórroga de estadía en los Estados Unidos. Como alternativa, usted puede obtener que estampen un nuevo sello en la visa en una embajada o consulado de los Estados Unidos y solicitar admisión en los Estados Unidos por un puerto de entrada. 


Familiares de personas que poseen una visa E-2 

Su cónyuge e hijos no casados menores de 21 años de edad tienen derecho a la clasificación E-2. Su cónyuge tiene derecho a autorización de empleo, pero sus hijos no tienen derecho. Para solicitar autorización de empleo como cónyuge de un no-inmigrante E-2, su cónyuge puede presentar el Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo. 

Si desea información específica consulte directamente en la embajada de Estados Unidos en su país, a continuación algunos link de acuerdo a sus países:

Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos USCIS 
http://inmigracionyvisas.com/a3372-visa-E2-inversionistas-estados-unidos.html

miércoles, 27 de julio de 2016

Inmigrar a Canadá con un Permiso de Trabajo

Compartimos el video del canal de YouTube CI Canadá quien por medio del Consultor y consejero en inmigración Canadá, Jesús Hernández Limones, explica cómo funciona un permiso de trabajo en Canadá, cómo obtenerlo y cuáles son los derechos y garantías especiales que otorga un documento que autoriza trabajar en territorio canadiense.



Fuente: YouTube CI Canadá 
http://inmigracionyvisas.com/a3371-inmigrar-a-canada-permiso-trabajo.html

martes, 26 de julio de 2016

Viajar a los Estados Unidos en Estado de Embarazo

Compartimos el video del canal de YouTube COIMSAL El Salvador que explica los Trámites Migratorios para Mujeres Embarazadas que desean viajar a los Estados Unidos. 

El video contesta a una serie de preguntas que han recopilado tales como: 
  • ¿Puedo viajar a los Estados Unidos estando en embarazo avanzado?
  • ¿Se puede perder la Visa de Turista si se tiene el hijo en los Estados Unidos? 
  • ¿Puedo quedarme en Estados Unidos si mi hijo nace en Estados Unidos es decir siendo el ciudadano americano?
  • ¿Tengo beneficios si mi hijo nace en los Estados Unidos?.


Fuente: YouTube COIMSAL El Salvador 
http://www.inmigracionyvisas.com/a3370-mujeres-embarazo-estados-unidos.html