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jueves, 28 de julio de 2016

Visas E-2 Inversionistas por Tratado Comercial en Estados Unidos

La clasificación de visa E-2 está autorizada para un extranjero de un país con el cual los Estados Unidos tiene un tratado comercial y está viniendo a los Estados Unidos únicamente para dirigir y desarrollar las operaciones de una empresa en la cual tiene inversiones, o participa activamente en el proceso de invertir, una cantidad substancial de capital.



La inversión relacionada debe colocar el capital que le pertenece y que usted controla, y el cual adquirió legalmente, en riesgo comercial con objetivo de conseguir ganancias, y sujeto a pérdida si la inversión fracasa. 


Criterios de elegibilidad 

Para ser elegible para esta clasificación, usted debe demostrar que: 

  • Usted es un extranjero de un país con el cual los Estados Unidos un tratado o acuerdo.
  • Usted (o en el caso de un empleado de un inversionista de tratados que solicita la clasificación E-2, el dueño de la empresa de tratado) dirigirá o desarrollará la empresa. Usted debe demostrar que controla la empresa demostrando ser dueño de por lo menos el 50% de la empresa, procesando control operacional a través de un puesto de gerencia o otro medio corporativo o por otros medios.
  • Usted ha invertido o está activamente envuelto en el proceso de invertir en la empresa.
  • La inversión es substancial, o sea suficiente para asegurar su compromiso financiero en el éxito de la operación de la empresa y lo suficientemente grande para apoyar la posibilidad de que usted dirigirá y desarrollará la empresa.
  • La empresa de inversión no es una empresa marginal.
  • Usted será empleado con un cargo de ejecutivo o supervisor, o posee habilidades que son altamente especializadas y esenciales para la operación de la empresa comercial, si usted no es el inversionista principal. Los trabajadores ordinarios con o sin habilidades especiales que no tengan una habilidad única o esencial no califican si no son el inversionista principal.


Tramitación de la solicitud 

Usted debe solicitar para esta categoría de visa en su propio nombre directamente en una embajada u oficina consular de los Estados Unidos en el extranjero o solicitar un cambio de estatus mientras se encuentra en los Estados Unidos utilizando elFormulario I-129, Petición para un trabajador no-inmigrante. 

Para solicitar una visa E-1 en el extranjero, debe presentar los siguientes formularios y documentación: 
  • Formulario DS-156, Solicitud de visa para no-inmigrante, completado y firmado
  • Formulario DS-157, Solicitud suplementaria para visa de no-inmigrante, que facilita información adicional acerca de sus planes de viaje. Se requiere la presentación de este formulario completado para todos los solicitantes varones entre 16 y 45 años de edad.
  • Pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos y con una fecha de validez de por lo menos 6 meses después de su período previsto de estadía en los Estados Unidos.
  • Una fotografía de tamaño 2x2 pulgadas.
  • Evidencia que establezca que su propiedad en la empresa u organización califica como empresa u organización con tratado. Además, si usted es empleado de una filial de la empresa u organización, la relación de empresa pariente-filial debe poder ser establecida.
  • Evidencia que establezca que la naturaleza del empleo llevado a cabo requiere habilidades ejecutivas, habilidades de supervisión, o habilidades esenciales.
  • Evidencia que establezca propiedad y nacionalidad, incluyendo pero no limitado a listas de inversionistas con estatus actual y nacionalidad, certificados de acciones, certificado de propiedad por la sección comercial de una embajada extranjera e informes de un contable certificado.
  • Si está presentando la solicitud como ejecutivo o superviso, o por sus habilidades especiales esenciales para la empresa, el Formulario I-129 debe incluir, pero no limitado a, certificados, diplomas, cartas de empleadores describiendo cargos de trabajo, responsabilidades, manuales de operador y el nivel de educación y conocimientos requeridos.
  • Evidencia que establezca que la inversión es substancial. Tal evidencia puede incluir, pero no está limitada a, copias de acuerdos de asociación (con una declaración de propiedad proporcional), artículos de incorporación, pagos por el alquiler de oficinas o equipos de oficinas, licencias de negocio, certificados de acciones, inventarios de oficinas (mercancías y equipos adquiridos para el negocio), valoración de seguros, informes anuales, declaración de patrimonio neto llevada a cabo por censores jurados de cuentas, facturas de gastos de publicidad, cuentas bancarias de negocios con fondos para operaciones diarias, fondos bajo custodia de terceros.


Período de estadía/Extensión de estadía 

El periodo inicial de estadía es de dos () años y su extensión se da hasta 2 años por prórroga; no existe límite del número de prórrogas, existen ciertas excepciones. 

Si existe un cambio substancial en los términos y condiciones de las características básicas del empleador (por ejemplo, una fusión, adquisición o venta), usted debe presentar un nuevo Formulario I-129 y Suplemento E con USCIS solicitando una prórroga de estadía en los Estados Unidos. Como alternativa, usted puede obtener que estampen un nuevo sello en la visa en una embajada o consulado de los Estados Unidos y solicitar admisión en los Estados Unidos por un puerto de entrada. 


Familiares de personas que poseen una visa E-2 

Su cónyuge e hijos no casados menores de 21 años de edad tienen derecho a la clasificación E-2. Su cónyuge tiene derecho a autorización de empleo, pero sus hijos no tienen derecho. Para solicitar autorización de empleo como cónyuge de un no-inmigrante E-2, su cónyuge puede presentar el Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo. 

Si desea información específica consulte directamente en la embajada de Estados Unidos en su país, a continuación algunos link de acuerdo a sus países:

Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos USCIS 
http://inmigracionyvisas.com/a3372-visa-E2-inversionistas-estados-unidos.html

sábado, 30 de abril de 2016

Visas Tipo E-2 Para Estados Unidos.

Si desea crear su propio negocio o franquicia esta visa es para Usted.

Las visa Tipo E-2 permite a ciudadanos de un país con el cual los Estados Unidos tiene un tratado comercial establecer su propio negocio ya sea comprando una franquicia o comprando su propio negocio.

 


http://inmigracionyvisas.com/a3298-visa-E2-para-Estados-Unidos-2017.html