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miércoles, 12 de julio de 2023

Inversiones en negocios en Estados Unidos




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miércoles, 24 de julio de 2019

Anuncian Cambios En El Programa De Inversionistas Inmigrantes En Estados Unidos

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) publicará el 24 de julio una regla final (en inglés) que hace una serie de cambios significativos a su Programa de Inversionistas Inmigrantes EB-5, que marca la primera revisión significativa a las reglamentaciones del programa desde 1993. La regla final será efectiva a partir del 21 de noviembre de 2019. 

Los nuevos desarrollos bajo la regla final incluyen: 
  • Aumento en las cantidades mínimas de inversión;
  • Revisión de los estándares de las designaciones de ciertas áreas de empleo objeto (TEA, por sus siglas en inglés);
  • Dar a la agencia la responsabilidad de manejar directamente las designaciones de las TEA;
  • Clarificar los procedimientos de USCIS para la remoción de las condiciones en la residencia permanente;
  • Permitir a los peticionarios EB-5 retener sus fechas de prioridad bajo ciertas circunstancias.

Bajo el programa EB-5, las personas son elegibles a solicitar la residencia permanente legal condicional en Estados Unidos si hacen las inversiones necesarias en una empresa comercial en Estados Unidos para crear o, en ciertas circunstancias, preservar 10 trabajos permanentes a tiempo completo para los trabajadores estadounidenses cualificados. 

“Hace casi 30 años, el Congreso creó el programa EB-5 para beneficiar a los trabajadores estadounidenses, impulsar la economía y ayudar a las comunidades que están en dificultades al proporcionar un incentivo para la inversión de capital extranjero en Estados Unidos”, dijo el director interino de USCIS, Ken Cuccinelli. “Desde su creación, el programa EB-5 no ha sido reglamentado adecuadamente para asegurar que opere según la intención que tuvo el Congreso. Nuestras reformas aumentan los niveles de inversión para considerar la inflación sobre las pasadas tres décadas y restringen sustancialmente la posibilidad de que el gobierno se asegure de que el monto reducido de la inversión se reserve para las áreas rurales y de alto desempleo más necesitadas”. 

Los cambios mayores al programa EB-5 hechos dentro de la regla final incluyen: 
  • Aumentar las cantidades mínimas de inversión: 
    A partir de la fecha de efectividad de la regla final, el nivel estándar de inversión mínima aumentará de $1 millón a $1.8 millones, lo que constituye el primer incremento desde 1990, para tomar en cuenta la inflación. La regla también mantiene el diferencial de inversión mínima de 50 por ciento entre un área de empleo objeto (TEA) y un no TEA, lo que aumenta la cantidad mínima de inversión en un TEA de $500,000 a $900,000. La regla final también establece que las cantidades mínimas de inversión se ajustarán automáticamente por inflación cada cinco años.
  • Reformas a la designación de TEA: 
    La regla final describe los cambios al programa EB-5 para atender la manipulación de las áreas de altas tasas de desempleo, (lo que significa una manipulación deliberada de las fronteras de los distritos electorales)que típicamente se cumplían mediante la combinación de una serie de distritos censales para enlazar una localización próspera del proyecto a una comunidad en problemas para obtener la tasa media de desempleo cualificada. A partir de la fecha de efectividad de la regla final, DHS eliminará la capacidad de un estado para designar ciertas subdivisiones geográficas y políticas como áreas de alta tasa de desempleo. En su lugar, DHS hará esas designaciones directamente a base de requisitos revisados en las regulaciones que limitan la composición de TEAS, basadas en distritos censales. Estas revisiones ayudarán a asegurar que las designaciones de TEA se hagan de manera justa y consistente, y se acerquen más a la intención congresional de dirigir la inversión a las áreas de más necesidad.
  • Aclarar los procedimientos de USCIS para eliminar las condiciones sobre la residencia permanente: 
    La regla revisa las regulaciones para dejar claro que ciertos familiares derivados que son residentes permanentes legales deben presentar una petición por separado para eliminar las condiciones en su residencia permanente. El requisito no aplicará a aquellos familiares que fueron incluidos en la petición del inversionista principal para eliminar las condiciones. La regla mejora el proceso de adjudicación para eliminar las condiciones mediante la flexibilización de las localidades de entrevistas y la adopción de los actuales procesos de USCIS para expedir las Tarjetas de Residente Pemanente.
  • Permitir a los peticionarios EB-5 mantener sus fechas de prioridad:
    La regla final también ofrece mayor flexibilidad a los inversionistas inmigrantes que tienen una petición de inmigrante EB-5 aprobada anteriormente, sujeta a ciertas excepciones.

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS)  
https://www.inmigracionyvisas.com/a4337-cambios-en-el-programa-inversionistas-inmigrantes.html

jueves, 28 de julio de 2016

Visas E-2 Inversionistas por Tratado Comercial en Estados Unidos

La clasificación de visa E-2 está autorizada para un extranjero de un país con el cual los Estados Unidos tiene un tratado comercial y está viniendo a los Estados Unidos únicamente para dirigir y desarrollar las operaciones de una empresa en la cual tiene inversiones, o participa activamente en el proceso de invertir, una cantidad substancial de capital.



La inversión relacionada debe colocar el capital que le pertenece y que usted controla, y el cual adquirió legalmente, en riesgo comercial con objetivo de conseguir ganancias, y sujeto a pérdida si la inversión fracasa. 


Criterios de elegibilidad 

Para ser elegible para esta clasificación, usted debe demostrar que: 

  • Usted es un extranjero de un país con el cual los Estados Unidos un tratado o acuerdo.
  • Usted (o en el caso de un empleado de un inversionista de tratados que solicita la clasificación E-2, el dueño de la empresa de tratado) dirigirá o desarrollará la empresa. Usted debe demostrar que controla la empresa demostrando ser dueño de por lo menos el 50% de la empresa, procesando control operacional a través de un puesto de gerencia o otro medio corporativo o por otros medios.
  • Usted ha invertido o está activamente envuelto en el proceso de invertir en la empresa.
  • La inversión es substancial, o sea suficiente para asegurar su compromiso financiero en el éxito de la operación de la empresa y lo suficientemente grande para apoyar la posibilidad de que usted dirigirá y desarrollará la empresa.
  • La empresa de inversión no es una empresa marginal.
  • Usted será empleado con un cargo de ejecutivo o supervisor, o posee habilidades que son altamente especializadas y esenciales para la operación de la empresa comercial, si usted no es el inversionista principal. Los trabajadores ordinarios con o sin habilidades especiales que no tengan una habilidad única o esencial no califican si no son el inversionista principal.


Tramitación de la solicitud 

Usted debe solicitar para esta categoría de visa en su propio nombre directamente en una embajada u oficina consular de los Estados Unidos en el extranjero o solicitar un cambio de estatus mientras se encuentra en los Estados Unidos utilizando elFormulario I-129, Petición para un trabajador no-inmigrante. 

Para solicitar una visa E-1 en el extranjero, debe presentar los siguientes formularios y documentación: 
  • Formulario DS-156, Solicitud de visa para no-inmigrante, completado y firmado
  • Formulario DS-157, Solicitud suplementaria para visa de no-inmigrante, que facilita información adicional acerca de sus planes de viaje. Se requiere la presentación de este formulario completado para todos los solicitantes varones entre 16 y 45 años de edad.
  • Pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos y con una fecha de validez de por lo menos 6 meses después de su período previsto de estadía en los Estados Unidos.
  • Una fotografía de tamaño 2x2 pulgadas.
  • Evidencia que establezca que su propiedad en la empresa u organización califica como empresa u organización con tratado. Además, si usted es empleado de una filial de la empresa u organización, la relación de empresa pariente-filial debe poder ser establecida.
  • Evidencia que establezca que la naturaleza del empleo llevado a cabo requiere habilidades ejecutivas, habilidades de supervisión, o habilidades esenciales.
  • Evidencia que establezca propiedad y nacionalidad, incluyendo pero no limitado a listas de inversionistas con estatus actual y nacionalidad, certificados de acciones, certificado de propiedad por la sección comercial de una embajada extranjera e informes de un contable certificado.
  • Si está presentando la solicitud como ejecutivo o superviso, o por sus habilidades especiales esenciales para la empresa, el Formulario I-129 debe incluir, pero no limitado a, certificados, diplomas, cartas de empleadores describiendo cargos de trabajo, responsabilidades, manuales de operador y el nivel de educación y conocimientos requeridos.
  • Evidencia que establezca que la inversión es substancial. Tal evidencia puede incluir, pero no está limitada a, copias de acuerdos de asociación (con una declaración de propiedad proporcional), artículos de incorporación, pagos por el alquiler de oficinas o equipos de oficinas, licencias de negocio, certificados de acciones, inventarios de oficinas (mercancías y equipos adquiridos para el negocio), valoración de seguros, informes anuales, declaración de patrimonio neto llevada a cabo por censores jurados de cuentas, facturas de gastos de publicidad, cuentas bancarias de negocios con fondos para operaciones diarias, fondos bajo custodia de terceros.


Período de estadía/Extensión de estadía 

El periodo inicial de estadía es de dos () años y su extensión se da hasta 2 años por prórroga; no existe límite del número de prórrogas, existen ciertas excepciones. 

Si existe un cambio substancial en los términos y condiciones de las características básicas del empleador (por ejemplo, una fusión, adquisición o venta), usted debe presentar un nuevo Formulario I-129 y Suplemento E con USCIS solicitando una prórroga de estadía en los Estados Unidos. Como alternativa, usted puede obtener que estampen un nuevo sello en la visa en una embajada o consulado de los Estados Unidos y solicitar admisión en los Estados Unidos por un puerto de entrada. 


Familiares de personas que poseen una visa E-2 

Su cónyuge e hijos no casados menores de 21 años de edad tienen derecho a la clasificación E-2. Su cónyuge tiene derecho a autorización de empleo, pero sus hijos no tienen derecho. Para solicitar autorización de empleo como cónyuge de un no-inmigrante E-2, su cónyuge puede presentar el Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo. 

Si desea información específica consulte directamente en la embajada de Estados Unidos en su país, a continuación algunos link de acuerdo a sus países:

Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos USCIS 
http://inmigracionyvisas.com/a3372-visa-E2-inversionistas-estados-unidos.html

sábado, 30 de abril de 2016

Visas Tipo E-2 Para Estados Unidos.

Si desea crear su propio negocio o franquicia esta visa es para Usted.

Las visa Tipo E-2 permite a ciudadanos de un país con el cual los Estados Unidos tiene un tratado comercial establecer su propio negocio ya sea comprando una franquicia o comprando su propio negocio.

 


http://inmigracionyvisas.com/a3298-visa-E2-para-Estados-Unidos-2017.html