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martes, 18 de agosto de 2020
Lo Que Debe Saber De La Reapertura De Expedición De Pasaportes En Estados Unidos
Para prevenir la propagación de COVID-19 y proteger a nuestra fuerza laboral y clientes, redujimos significativamente las operaciones de pasaportes en marzo de 2020. Suspendimos temporalmente el procesamiento acelerado de pasaportes y restringimos el servicio a casos que involucren emergencias de vida o muerte.
lunes, 29 de junio de 2020
Cómo Solicitar El Pasaporte Estadounidense
El Pasaporte es la prueba de identificación y ciudadanía estadounidense y se utiliza para viajes internacionales por aire, mar o tierra, para obtener un pasaporte estadounidense, debe ser ciudadano estadounidense por nacimiento, o por naturalización.
Formatos De Pasaporte En Estados Unidos
- Libreta pasaporte:
Es prueba de identificación y ciudadanía estadounidense y se puede utilizar para viajes internacionales por aire, mar o tierra. - Tarjeta Pasaporte:
Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar una tarjeta pasaporte además de la libreta pasaporte “tradicional”; sin embargo, no se puede utilizar la tarjeta pasaporte para viajes aéreos internacionales. La tarjeta pasaporte es del tamaño de una tarjeta de crédito y solo puede ser utilizada para entrar a los Estados Unidos por tierra o por mar desde Canadá, México o las Bermudas.
Cuándo solicitar un pasaporte en persona
El Departamento de Estado requiere que los ciudadanos estadounidenses tengan un pasaporte para viajes en avión al extranjero. Usted debe presentar una solicitud en persona si:
Es prueba de identificación y ciudadanía estadounidense y se puede utilizar para viajes internacionales por aire, mar o tierra.
Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar una tarjeta pasaporte además de la libreta pasaporte “tradicional”; sin embargo, no se puede utilizar la tarjeta pasaporte para viajes aéreos internacionales. La tarjeta pasaporte es del tamaño de una tarjeta de crédito y solo puede ser utilizada para entrar a los Estados Unidos por tierra o por mar desde Canadá, México o las Bermudas.
martes, 9 de abril de 2019
Nuevos Y Mejores Servicios Para Colombianos En EL Exterior
Uno de los objetivos que se trazó este Gobierno desde su primer día de trabajo fue fortalecer el servicio consular con el objetivo de facilitarle la vida cada vez más a los connacionales que se encuentran fuera del país, por eso, el Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Holmes Trujillo, presentó los cambios que implementó la Cancillería para ofrecerles ‘Más y mejores servicios’ a los colombianos en el exterior.
Se trata de 14 nuevos servicios que mejorarán todos los trámites en los Consulados:
1. Primera fase de la aplicación móvil 'Miconsulado':
Se puede descargar a través de Playstore (solo para Android en esta etapa inicial) y en ella pueden encontrar los datos del consulado más cercano a su ubicación, consultar trámites, estados de solicitudes de servicios; también puede radicar peticiones, quejas y reclamos y solicitar ayuda o asistencia consular en caso de requerirla. De igual forma, encontrará información de lo que puede y no puede hacer el consulado por los connacionales en tema de asistencia; cómo prepararse para un viaje al exterior y consejos para evitar ser víctima de delitos transnacionales como la trata de personas.
2. Pasaporte por internet:
A partir de julio, se podrá solicitar el pasaporte por internet (ordinario y ejecutivo para mayores de edad. No aplica en caso de pérdida o hurto, cambios biográficos o rectificación).
3. Pago de trámites por internet con tarjeta de crédito:
Anteriormente en los consulados solo se podía pagar a través de PSE o presencialmente, ahora, desde la comodidad de su casa, oficina o donde lo deseen, los colombianos podrán pagar sus trámites con tarjeta de crédito a través de la página web del consulado en el que realice su diligencia.
4. Ampliación de horarios de atención en los consulados:
Entendiendo que los colombianos en el exterior pocas veces tienen tiempo para acudir a los consulados en horario de oficina debido a sus obligaciones laborales, el Ministerio implementó jornadas continuas y de horario extendido para poder atender las solicitudes de los colombianos de lunes a viernes. De igual forma, realizará 164 sábados consulares para quienes necesiten realizar trámites durante el fin de semana y 220 consulados móviles a ciudades en las que normalmente no hay presencia consular. Las fechas y horarios de estas jornadas deben consultarse en la página de cada consulado y varían de acuerdo a las necesidades de la comunidad en la ciudad/país respectivo, para poder atender las solicitudes de los colombianos de lunes a viernes.
5. Guías del inmigrante en el país de acogida:
Documento que servirá de apoyo para los colombianos que viajen a cualquiera de los 120 países en los que tenemos consulado. Aquí encontrarán información útil para la estabilización a su llegada (política migratoria del país, centros de salud, procesos laborales e inclusión educativa, entre otros).
6. En el desarrollo de los talleres Construyendo País, implementamos los 'Encuentros Consulares Comunitarios':
Espacios de diálogo con la comunidad fuera del país para identificar sus temas de interés y necesidades, con el objetivo de recoger insumos que sirvan de base para tomar decisiones que solucionen sus requerimientos. Se realizarán 240 encuentros en el 2019.
7. Autenticación biométrica para el trámite de reconocimiento de firma:
De esta forma, se elimina el requisito de la huella dactilar con tinta en el documento para trámites en los consulados, en su reemplazo se empezarán a utilizar medios electrónicos para identificar a los usuarios. Lo que se busca es realizar los procesos notariales de forma más eficiente y ágil.
8. Implementación de la huella decadactilar para la cedulación
En el exterior (en principio en los consulados en Miami, Los Ángeles, Orlando y Nueva York): La implementación de este sistema para la solicitud de los documentos de identidad de los colombianos en el exterior supone una mejoría en el proceso de solicitud, pues no supondrá el uso de tinta y papel para hacerlo.
9. Instauración de líneas gratuitas de atención desde Chile y Canadá: los connacionales que se encuentren en esos países podrán comunicarse gratuitamente las 24 horas del día, los 7 días de la semana con la Cancillería para solicitar información o recibir orientación en algún tipo de asistencia.
10. Celebración de convenio interadministrativo con Colpensiones para la expedición del certificado de supervivencia:
Se ultiman los detalles para la suscripción de un Convenio Interadministrativo entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Colpensiones, con el fin de aunar esfuerzos para el intercambio de información y permitir que las certificaciones de supervivencia que muchos connacionales requieren para efectos de continuar recibiendo su mesada pensional, sea emitida por el consulado y enviada de manera directa, automática e inmediata a Colpensiones. Supondrá un beneficio para nuestros connacionales, quienes con solo acercarse de manera oportuna (una vez cada seis meses) al Consulado más cercano, se asegurarán de que sus certificados de supervivencia sean recibidos inmediatamente y sin contratiempos por la entidad de seguridad social, con lo cual evitarán la suspensión en el pago de sus pensiones.
11. Nuevo convenio que permitirá solicitar la apostilla de registro civil desde las notarías del país:
Los usuarios no tendrán que solicitar la fiel copia de sus Registros Civiles ante la notaría correspondiente, digitalizar el documento y cargarlo a través del sitio web www.cancilleria.gov.co para solicitar la apostilla. Con la implementación de este nuevo sistema, los usuarios podrán acercarse a la notaría correspondiente, desde donde se solicitará la apostilla de su documento en línea, directamente a la Cancillería.
12. Ampliación de la expedición de la Tarjeta Consular:
Este documento ayuda a que las autoridades locales reconozcan beneficios a los colombianos portadores del mismo, independiente a la situación migratoria, sin embargo, está sujeto a la política de cada entidad estatal. Actualmente se expide en 13 consulados.
España: Sevilla, Madrid, en 2019 se incluyó, Palmas de Gran Canaria y Bilbao. Estados Unidos: Los Ángeles, Houston, Miami, Nueva York, Newark, San Francisco, Boston, Chicago y Atlanta.
Trámite y beneficios para los connacionales:
- Trámite de la licencia de conducción (Estados Unidos).
- Trámites de nacionalidad (España).
- Guía para expedición de otros documentos de identidad (todos).
- Trámites bancarios(todos)
13. Fortalecimiento al servicio en el Centro Integral al Ciudadano:
A través de la implementación y actualización de nuevas tecnologías se ofrecerá un mejor servicio de atención al ciudadano a través de los diferentes canales de atención con los que cuenta la Cancillería.
- Disminución en el tiempo de espera para contactase con un agente.
- Consulta automática del estado de su trámite a través del sistema.
- Atención unificada de la solicitud independiente del medio de contacto: teléfono, chat, video llamada, correo electrónico o redes sociales.
- Envió de mensajes de texto con información de interés a usuarios.
14. Catálogo del Buen Viajero:
Dentro de las campañas que adelanta la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano encontramos el Catálogo del Buen viajero, un documento que provee información para la preparación de un viaje a cualquier parte del mundo, enfocado en fomentar una migración segura y ordenada.
Este trabajo se da gracias al liderazgo de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al ciudadano en cooperación de la Dirección de Gestión de la Información y Tecnología de la Cancillería
Fuente: Comité Internacional De La Cruz Roja
https://www.inmigracionyvisas.com/a4099-nuevos-servicios-para-colombianos-en-el-exterior.html
miércoles, 15 de agosto de 2018
Programa Global Entry Para Acceso Rápido a Estados Unidos
Global Entry es un programa que agiliza la entrada a los Estados Unidos para viajeros que posean una visa vigente previamente aprobada, y la debida autorización Global Entry. Recuerde que ser miembro de Global Entry no implica estar exento de visa para entrar a Estados Unidos.
Los viajeros deben estar preaprobados para hacer parte del programa Global Entry. Todos los solicitantes se deben someter a una rigurosa verificación de antecedentes y una entrevista en persona antes de la inscripción.
Si bien el objetivo de Global Entry es acelerar el proceso de los viajeros, estos no están exentos para que se les haga un examen más detallado al ingresar a los Estados Unidos. Cualquier violación de los términos y condiciones del programa dará como resultado la acción de aplicación apropiada y la terminación de los privilegios de membresía del viajero.
Los miembros de Global Entry ingresan a los Estados Unidos a través de quioscos automáticos ubicados en 59 aeropuertos, el proceso se resume en tres pasos:
- Presentar el pasaporte legible o la tarjeta de residente permanente de los Estados Unidos.
- Colocar las huellas dactilares en el escáner para que el sistema realice la verificación de datos
- Completar la declaración de aduanas en el mismo quiosco sin necesidad de hablar con un agente aduanero.
Finalmente el quiosco le emite al viajero un recibo de la transacción y podrá dirigirse al reclamo de equipaje y a la salida.
Algunos Beneficios
- Sin Filas de procesamiento
- Sin papeleo
- Acceso a los beneficios de ingreso acelerado en otros países
- Tiempos de espera reducidos
- Elegibilidad para participar en el programa TSA que permite acelerar el paso por el control de seguridad en los aeropuertos de USA para vuelos domésticos y también internacionales con origen en los Estados Unidos.
Ciudadanos Elegibles
Los ciudadanos estadounidenses, residentes legales permanentes de Estados Unidos y los ciudadanos de los siguientes países son elegibles para la obtener la membresía de Global Entry: (puede hacer clic sobre cada ciudadanía para obtener más información)
- Ciudadanos de Argentina
- Ciudadanos de India
- Ciudadanos de Colombia
- Ciudadanos Reino Unido
- Ciudadanos de Alemania
- Ciudadanos de Panamá
- Ciudadanos de Singapur
- Ciudadanos de Corea del Sur
- Ciudadanos Suiza
- Ciudadanos Taiwan
- Ciudadanos Mexico
Los ciudadanos y residentes canadienses son elegibles para los beneficios de Global Entry a través de la membresía en el programa NEXUS.
Razones Para La Inelegibilidad
Es posible que no sea elegible para participar en el programa Global Entry si:
- Proporciona información falsa o incompleta a la hora de registrarse en la aplicación;
- Haber sido condenado por cualquier ofensa criminal o tener cargos criminales pendientes o tener órdenes de arresto pendientes .
- Haber violado cualquier regulación o ley de aduanas, inmigración o agricultura en cualquier país.
- Ser objeto de una investigación en curso por parte de cualquier agencia de aplicación de la ley federal, estatal o local;
- Personas que son inadmisibles para los Estados Unidos bajo la regulación de inmigración, incluidos los solicitantes con exenciones aprobadas de inadmisibilidad o documentación de libertad condicional;
Cómo Solicitar La Entrada Global Entry
Antes de presentar su solicitud, asegúrese de ser elegible para Global Entry, realmente afiliarse al programa es fácil solo requiere seguir los siguientes pasos:
- Cree una cuenta de Programas de viajero de confianza (TTP). Independientemente de su edad, debe tener su propia cuenta TTP.
- Inicie sesión en su cuenta TTP y complete la aplicación. El valor de cada solicitud completa es de $100 USD los cuales no son reembolsable .
- Después de aceptar su solicitud y tarifa completa, CBP revisará su solicitud. Si su solicitud está aprobada condicionalmente, su cuenta TTP le indicará que programe una entrevista en un Centro de inscripción de entrada global. Cada solicitante debe programar una entrevista por separado.
- Tendrá que llevar su pasaporte válido y otra forma de identificación, como una licencia de conducir o una tarjeta de identificación a la entrevista. Si usted es un residente permanente legal, debe presentar su tarjeta de residente permanente legible por máquina.
Fuente: www.cbp.gov
http://www.inmigracionyvisas.com/a3873-Global-Entry-acceso-rapido-a-Estados-Unidos.html
miércoles, 3 de enero de 2018
Aumentan Tarifas de Pasaportes en Colombia
El Ministerio de Relaciones Exteriores informa que, obedeciendo al incremento del impuesto de Timbre Nacional, a partir del primero de enero de 2018, cambia el costo de expedición de pasaportes para quieres realicen el trámite en Colombia. La libreta del pasaporte conserva el mismo valor y lo que aumenta es dos mil pesos del impuesto que se realiza a nivel nacional.
Si bien las tarifas base establecidas por la Cancillería no se modifican, el valor total sí cambia con base en las modificaciones en los valores del impuesto de timbre, que es una contribución con la que el Departamento Administrativo de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) grava los diferentes bienes y servicios que suministra el Estado a través de sus diferentes entidades.
El aumento aplica para los pasaportes ordinario y ejecutivo, y es de dos mil pesos para ambos casos; la tarifa del pasaporte de emergencia no cambia, se mantiene en $161.000 COP.
Es decir que la tabla de costos queda de la siguiente manera:
Costos en Bogotá
Pasaporte Ordinario $165.000. De los cuales $115.000 corresponden al costo de Ministerio, y $50.000 de impuesto de timbre.
Pasaporte Ejecutivo $255.000 De los cuales $205.000 corresponden al costo de Ministerio, y $50.000 de impuesto de timbre.
Costos fuera de Bogotá
Pasaporte Ordinario $165.000. + Impuestos departamentales. (Valor que debe consultar con la Gobernación correspondiente)
Pasaporte Ejecutivo $255.000 + Impuestos departamentales. (Valor que debe consultar con la Gobernación correspondiente)
Costos fuera del país
En el Exterior los costos no cambian, si usted solicita su pasaporte en los consulados de Colombia ubicados en Europa y Cuba, el costo es de 107 Euros. Por el contrario, si lo solicita en cualquier otro consulado de Colombia, el costo será de 145 Dólares americanos o su equivalente en moneda local.
Fuente: Cancillería de Colombia
http://inmigracionyvisas.com/a3741-aumentan-tarifas-pasaporte-Colombia.html
miércoles, 1 de noviembre de 2017
Se Simplifican Requisitos Para El Trámite De Pasaporte En Colombia
El Ministerio de Relaciones Exteriores sigue trabajando para prestar servicios más ágiles y eficientes a los ciudadanos, por esto y con el propósito de simplificar algunos de los requisitos para tramitar el pasaporte, la Cancillería expidió la Resolución 8327 del 24 de octubre de 2017, que regula las disposiciones referentes a este trámite.
Con esta nueva normativa, los colombianos mayores de edad que realicen su trámite presentando contraseña por primera vez, deben llevar copia simple de su registro civil de nacimiento, ya no será necesario la copia autenticada.
El documento de identidad que deben presentar los menores de edad seguirá siendo la copia autenticada del Registro Civil de Nacimiento.
Es importante tener en cuenta que desde el lunes 30 de octubre no será posible expedir pasaporte con contraseña por rectificación de cédula de ciudadanía. Desde este día, los ciudadanos deben esperar a que los cambios solicitados sean actualizados en la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y le sea entregada su nueva cédula.
¿Cómo y dónde tramitar su pasaporte?
Teniendo en cuenta que se acercan las vacaciones de diciembre, temporada en la cual un gran número de colombianos decide salir del país para disfrutar las fiestas, y para evitar que los ciudadanos pierdan el tiempo solicitando información en otros lugares, el Ministerio de Relaciones Exteriores recuerda que para tramitar el pasaporte usted debe dirigirse en Bogotá a las dos únicas sedes autorizadas para expedir este documento:
En ambas, podrán expedir su pasaporte de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. El costo de la libreta (en Bogotá) es de $163.000 y se entrega 24 horas después de realizar el pago.
Si usted quiere ahorrar tiempo, puede diligenciar aquí el formulario de registro de datos para agilizar el trámite en la oficina expedidora: RegistrarCiudadano.
Si usted se encuentra en otra ciudad de Colombia, debe acercarse a las gobernaciones departamentales, allí podrá tramitar el documento. Conozca aquí cuáles son las autorizadas: lugares de expedición.
Fuera del país, son los consulados colombianos los encargados de expedir el documento de viaje.
Al llegar a la oficina seleccionada, espere el turno para realizar su trámite, debe presentar su cédula de ciudadanía (si es menor de edad, los padres deben llevar la copia autenticada del registro civil de nacimiento del niño). No es necesario llevar fotos, estas serán tomadas en el lugar, así como las huellas y la firma.
El trámite no le llevará más de 20 minutos, es uno de los más ágiles del país, hecho que le valió el sello de excelencia otorgado por Gobierno en Línea, el cual es garantía de servicios digitales de alta calidad, ágiles, seguros, fáciles y efectivos.
Con esta nueva normativa, los colombianos mayores de edad que realicen su trámite presentando contraseña por primera vez, deben llevar copia simple de su registro civil de nacimiento, ya no será necesario la copia autenticada.
El documento de identidad que deben presentar los menores de edad seguirá siendo la copia autenticada del Registro Civil de Nacimiento.
Es importante tener en cuenta que desde el lunes 30 de octubre no será posible expedir pasaporte con contraseña por rectificación de cédula de ciudadanía. Desde este día, los ciudadanos deben esperar a que los cambios solicitados sean actualizados en la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y le sea entregada su nueva cédula.
¿Cómo y dónde tramitar su pasaporte?
Teniendo en cuenta que se acercan las vacaciones de diciembre, temporada en la cual un gran número de colombianos decide salir del país para disfrutar las fiestas, y para evitar que los ciudadanos pierdan el tiempo solicitando información en otros lugares, el Ministerio de Relaciones Exteriores recuerda que para tramitar el pasaporte usted debe dirigirse en Bogotá a las dos únicas sedes autorizadas para expedir este documento:
- Sede Norte, ubicada en la Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100.
- Sede Calle 53, que se encuentra en la Calle 53 No 10-60, Piso 2.
En ambas, podrán expedir su pasaporte de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. El costo de la libreta (en Bogotá) es de $163.000 y se entrega 24 horas después de realizar el pago.
Si usted quiere ahorrar tiempo, puede diligenciar aquí el formulario de registro de datos para agilizar el trámite en la oficina expedidora: RegistrarCiudadano.
Si usted se encuentra en otra ciudad de Colombia, debe acercarse a las gobernaciones departamentales, allí podrá tramitar el documento. Conozca aquí cuáles son las autorizadas: lugares de expedición.
Fuera del país, son los consulados colombianos los encargados de expedir el documento de viaje.
Al llegar a la oficina seleccionada, espere el turno para realizar su trámite, debe presentar su cédula de ciudadanía (si es menor de edad, los padres deben llevar la copia autenticada del registro civil de nacimiento del niño). No es necesario llevar fotos, estas serán tomadas en el lugar, así como las huellas y la firma.
El trámite no le llevará más de 20 minutos, es uno de los más ágiles del país, hecho que le valió el sello de excelencia otorgado por Gobierno en Línea, el cual es garantía de servicios digitales de alta calidad, ágiles, seguros, fáciles y efectivos.
Fuente: Cancillería de Colombia
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sábado, 29 de julio de 2017
Colombia Anuncia Creación de Permiso Especial de Permanencia (PEP) Para Venezolanos
La Cancillería y Migración Colombia anunciaron la creación de un Permiso Especial de Permanencia (PEP) el cual busca regularizar la situación migratoria de más de 150 mil ciudadanos venezolanos que pese a habérseles vencido los permisos para estar en Colombia, no han abandonado el territorio nacional.
La medida, que se implementó a través de una Resolución firmada por la Canciller; María Ángela Holguín, entrará en vigencia a partir del 28 de Julio y de ella se podrán beneficiar aquellos ciudadanos venezolanos que hayan ingresado por un puesto de control autorizado sellando su pasaporte y que en la actualidad tengan vencido el Permiso Temporal de Permanencia (PTP), así como aquellos que se encuentran actualmente en condición de turismo o de otras actividades y tienen necesidad quedarse en Colombia una vez se venzan sus permisos.
El trámite, que no tendrá ningún costo, será habilitado a través de la página web de Migración Colombia,www.migracioncolombia.gov.co , a partir del primero (01) de agosto, y para solicitarlo, el ciudadano venezolano tendrá un plazo máximo de 90 días, luego de la expedición de la Resolución y deberá encontrarse en el territorio colombiano a la fecha de publicación de la misma, haber ingresado al territorio nacional por un Puesto de Control Migratorio habilitado con su pasaporte, no tener antecedentes judiciales y no tener una medida de expulsión o deportación vigente.
El Permiso Especial de Permanencia (PEP) será otorgado por Migración Colombia, previa verificación del cumplimiento de los requisitos, y tendrá una vigencia de 90 días, prorrogables hasta máximo 2 años.
Para Christian Krüger Sarmiento, Director General de Migración Colombia, esta medida busca ayudar a aquellos ciudadanos venezolanos que han cumplido con la normatividad migratoria, pero que, en la actualidad, debido a diferentes factores, han quedado en una condición de irregularidad o incluso a aquellos cuyos permisos están próximos a vencerse.
El Director de Migración Colombia aseguró que el Permiso Especial de Permanencia (PEP), no reemplazará el pasaporte y no será un documento de viaje válido.
Así mismo, afirmó Krüger Sarmiento, este Permiso Especial le permitirá al ciudadano venezolano trabajar, estudiar y desarrollar cualquier tipo de actividad legal dentro del territorio nacional, siempre que el extranjero cumpla con los demás requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano.
De igual forma, este PEP le permitirá al ciudadano venezolano afiliarse al sistema de seguridad social, conforme a los requisitos establecidos por las autoridades de salud de nuestro país.
Este documento podrá ser suspendido en cualquier momento por la autoridad migratoria si se verifica un mal uso del mismo.
“…Continuamos trabajando en la construcción y consolidación de esa migración ordenada, regulada y segura que tanto quiere el Gobierno Nacional. Esta es una medida más de flexibilización migratoria, la cual busca promover la regularidad y debe ser entendida por el extranjero como un voto de confianza de nuestro país hacia él”, afirmó Krüger Sarmiento.
Fuente: www.migracioncolombia.gov.co
La medida, que se implementó a través de una Resolución firmada por la Canciller; María Ángela Holguín, entrará en vigencia a partir del 28 de Julio y de ella se podrán beneficiar aquellos ciudadanos venezolanos que hayan ingresado por un puesto de control autorizado sellando su pasaporte y que en la actualidad tengan vencido el Permiso Temporal de Permanencia (PTP), así como aquellos que se encuentran actualmente en condición de turismo o de otras actividades y tienen necesidad quedarse en Colombia una vez se venzan sus permisos.
El trámite, que no tendrá ningún costo, será habilitado a través de la página web de Migración Colombia,www.migracioncolombia.gov.co , a partir del primero (01) de agosto, y para solicitarlo, el ciudadano venezolano tendrá un plazo máximo de 90 días, luego de la expedición de la Resolución y deberá encontrarse en el territorio colombiano a la fecha de publicación de la misma, haber ingresado al territorio nacional por un Puesto de Control Migratorio habilitado con su pasaporte, no tener antecedentes judiciales y no tener una medida de expulsión o deportación vigente.
El Permiso Especial de Permanencia (PEP) será otorgado por Migración Colombia, previa verificación del cumplimiento de los requisitos, y tendrá una vigencia de 90 días, prorrogables hasta máximo 2 años.
Para Christian Krüger Sarmiento, Director General de Migración Colombia, esta medida busca ayudar a aquellos ciudadanos venezolanos que han cumplido con la normatividad migratoria, pero que, en la actualidad, debido a diferentes factores, han quedado en una condición de irregularidad o incluso a aquellos cuyos permisos están próximos a vencerse.
El Director de Migración Colombia aseguró que el Permiso Especial de Permanencia (PEP), no reemplazará el pasaporte y no será un documento de viaje válido.
Así mismo, afirmó Krüger Sarmiento, este Permiso Especial le permitirá al ciudadano venezolano trabajar, estudiar y desarrollar cualquier tipo de actividad legal dentro del territorio nacional, siempre que el extranjero cumpla con los demás requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano.
De igual forma, este PEP le permitirá al ciudadano venezolano afiliarse al sistema de seguridad social, conforme a los requisitos establecidos por las autoridades de salud de nuestro país.
Este documento podrá ser suspendido en cualquier momento por la autoridad migratoria si se verifica un mal uso del mismo.
“…Continuamos trabajando en la construcción y consolidación de esa migración ordenada, regulada y segura que tanto quiere el Gobierno Nacional. Esta es una medida más de flexibilización migratoria, la cual busca promover la regularidad y debe ser entendida por el extranjero como un voto de confianza de nuestro país hacia él”, afirmó Krüger Sarmiento.
Fuente: www.migracioncolombia.gov.co
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