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sábado, 16 de marzo de 2019

Estados Unidos Elimina Visa De Cinco Años Para Cubanos

A partir del 18 de marzo de 2019, los Estados Unidos reducirán la validez de la visa B2 para los nacionales cubanos a tres meses con una entrada. La ley de inmigración de los EEUU establece que las tarifas de visa y los períodos de validez de éstas sean recíprocos, siempre que sea factible, con el tratamiento ofrecido a los ciudadanos de los EEUU. 

Cuba concede a los turistas estadounidenses visas de una sola entrada para una estancia de dos meses, prorrogables por otros 30 días para un total de tres meses, por una tarifa de $50. Antes del cambio de la validez, concedíamos a los solicitantes cubanos de visa B2 una visa de múltiples entradas con 60 meses de validez por $160. 

El Departamento de Estado ha reducido la validez de la visa B2 a tres meses y una sola entrada para los nacionales cubanos para igualar la validez inferior concedida por el Gobierno de Cuba a los ciudadanos de los Estados Unidos en categorías similares.

La categoría de visa B2 es para turismo, visitas familiares, tratamiento médico y propósitos de viaje similares. Ninguna otra categoría de visa para nacionales cubanos será objeto de modificación. 

La visas B2 de cinco años de múltiples entradas permanecen validas hasta su fecha de vencimiento.

 

 


Fuente: Embajada de Estados Unidos en Cuba 

http://www.inmigracionyvisas.com/a4061-estados-unidos-reduce-visado-a-tres-meses-para-cubanos.html

La Viceministra de Relaciones Exteriores, Luz Stella Jara, firmó el acuerdo sobre la exención mutua de visa para portadores de pasaportes ordinarios, con el Ministro de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional de los Emiratos Árabes Unidos, el Jeque Abdullah Bin Zayed AlNahyan. 

“Esto va a permitir a los ciudadanos de ambos países adelantar actividades como turismo, estudios, gestiones de negocios, eventos culturales y deportivos, hasta por un tiempo de 90 días, sin visa. Esperamos que esto también ayude a incrementar el número de turistas de lado y lado”, señaló la Viceministra Luz Stella Jara, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores. 

Por su parte, el Canciller de los Emiratos Árabes Unidos, el Jeque Abdullah Bin Zayed AlNahyan, señaló que esta es su cuarta visita a Colombia. El diplomático expresó que en esta ocasión, “con el nuevo Gobierno de Colombia”, se generan muchas oportunidades para fortalecer las relaciones en materia comercial, cultural y de visas para el tránsito de ciudadanos de ambos países, entre otras áreas. 

“Estamos en un punto en que podemos crecer en otros campos como alimentos, turismo. También somos muy unidos en la lucha contra el terrorismo… Vemos a Colombia como un compañero, un país aliado, un hermano y un país con gran potencial de cooperación… Finalmente, gracias por los 4.000 colombianos que viven en los Emiratos Árabes Unidos. Uno de ellos está aquí. Muchas gracias a las familias colombianas y a quienes visitan nuestro país”, destacó el Ministro de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional del país visitante. 

Finalmente, la Viceministra de Relaciones Exteriores subrayó el interés del Gobierno Nacional de fortalecer las relaciones diplomáticas y comerciales con los Emiratos Árabes Unidos y anunció una próxima visita del Presidente de la República, Iván Duque Márquez, al país de Oriente Medio. 


 


viernes, 15 de marzo de 2019

Por: Redacción inmigracionyvisas.com

Un terrible ataque terrorista se perpetuo este viernes a las dos de la tarde contra dos mezquitas en la ciudad de Christchurch en Nueva Zelanda, cuando centenares de musulmanes se disponían al rezo de sus oraciones. Según reportes el ataque terrorista se llevo a cabo contra las mezquitas Al Noor y Linwood, por odio a la comunidad musulmana y a los inmigrantes, cuyo resultado trágico deja más de 48 muertos y decenas de heridos.

El atentado estuvo claramente bien planeado y lo más trágico es que fue re-trasmitido en directo por redes sociales, por quien sería el líder del atentado, el hombre con una cámara GoPro graba durante 17 minutos desde el momento en que va en su vehículo, empuña sus armas, hasta que ingresa a la mezquita y ejecuta este atroz acto terrorista.

La primera ministra de Nueva Zelanda Jacinda Ardern se ha referido al ataque y ha dicho “Este es uno de los días más negros para Nueva Zelanda, está claro que este acto solo puede describirse como un ataque terrorista bien planeado y sin precedentes… ”, “entre las victimas hay refugiados y migrantes que han elegido a Nueva Zelanda como su hogar ellos son nosotros. Las personas que perpetuaron estos actos no lo son, no tienen lugar en Nueva Zelanda”.

La reacción de la policía ha llevado a la captura de cuatro personas, tres de ellas al parecer implicadas directamente con el atentado, a las cuales se les encontraron armas y explosivos en sus vehículos, ninguno de los detenidos tenía antecedentes o registros pendientes por la policía. El cuarto detenido fue dejado en libertad por no encontrarse relación con el atentado.

Uno de los detenidos de origen australiano quien sería el autor de esta masacre público un manifiesto lleno de ideología supremacistas, antiimigrante y de extrema derecha, titulado The Great Replacement (El gran reemplazo), en el que explica las razones de los tiroteos y deja ver su odio a la comunidad musulmana y a los inmigrantes, dentro del manifiesto se encuentran textos como “Hay una invasión de inmigrantes no solo en Nueva Zelanda sino en otras partes del mundo”, “las mezquitas Al Noor y Linwood tienen muchos más invasores” refiriéndose a personas inmigrantes. Además menciona que se sentían inspirado por otros tiradores, entre ellos Anders Breivik, quien mató a 77 personas en Oslo, Noruega, en 2011.

El comisario de la policía Mike Bush ha explicado en una rueda de prensa que ya se han presentado cargos de asesinato contra el presunto líder del atentado, el cual pasará este sábado a disposición judicial. 

Compartimos algunos vídeos de Youtube que dejan ver lo cruel de este atentado terrorista

 

 

 

 

 

 

Fuente: YouTube RT en Español - YouTube 24horas.cl - YouTube PlayGround  

http://www.inmigracionyvisas.com/a4059-ataque-terrorista-en-nueva-zelanda.html

Written by Tory Johnson

Family reunification has long been the cornerstone of U.S. immigration policies. Yet, last year when the administration made changes to guidance around “public charge”—a policy that many consider an economic litmus test for who can come to or stay in the U.S.—advocates decried the impact it would have on families.

These fateful predictions are ringing true, as the U.S. Department of State (DOS) denied a record-number of visas after the changes went into effect. 

According to recent government data, DOS issued fewer immigrant visas overall in fiscal year (FY) 2018 compared to the previous year. Yet one figure was particularly noticeable. The number of visas denied on “public charge” grounds jumped more than 300 percent from FY 2017 to FY 2018. 

In order to qualify for an immigrant visa to the United States, many immigrants must show that they are not likely to become a public charge—someone who is primarily dependent on state benefits. In FY 2018, DOS reported that 13,450 immigrant visas were initially rejected on public charge grounds, up from 3,237 denials in FY 2017 and 1,076 in FY 2016. 

What caused such a dramatic increase in these visa denials? 

Experts point to revised instructions in the DOS Foreign Affairs Manual (FAM) involving the “public charge test.” State Department officials in U.S. embassies and consulates abroad use the FAM when deciding whether to grant permission to someone applying for a visa to enter the United States on a permanent (immigrant) or temporary basis (nonimmigrant). 

The revisions changed how officials examine the main factors in the public charge test. Before the revised instructions, an immigrant visa applicant’s sponsor could provide an affidavit of support to show they agreed to support the new immigrant in the United States. This support on its own was generally enough to overcome negative findings in the public charge test. 

Now, an affidavit of support is just another piece of evidence for an official to consider. As a result, the changes in the FAM instructions likely led to a much higher number of visas denied on public charge grounds. 

Since visa applicants can submit new evidence after the initial denial and in the next fiscal year, it is not yet clear how many of the FY 2018 denials may ultimately be overcome. 

It is important to note who is most impacted by these changes. The majority of denials in FY 2018 were for immigrant visa applicants, such as non-U.S. citizens seeking entry to the country to join or reunite with family members who are U.S. citizens or permanent residents. As a former DOS official said in a recent interview: 

“These denials are for immigrant visa applicants and primarily impacted family immigration cases, leading to separations of family members (mainly spouses, parents and children of U.S. citizens and lawful permanent residents).” 

While the FAM revisions were relatively narrow compared to the Department of Homeland Security’s proposed regulations redefining the legal term “public charge,” they appear to have profoundly affected DOS visa adjudications. This may signal how seriously visa numbers could change under the proposed regulatory changes. 

In the end, the spike in DOS visa denials on public charge grounds is a clear example of how the Trump administration has made quiet policy changes to dramatically affect the U.S. immigration admissions system, making it more difficult for families to reunite through the existing legal immigration channels. 



Source: http://immigrationimpact.com/

http://www.inmigracionyvisas.com/a4058-Families-Hit-Hardest-by-State-Department-Visa-Denial-Uptick.html

jueves, 14 de marzo de 2019

Consejos Para La Presentación De Formularios Ante USCIS

Por favor, lea y siga las instrucciones de presentación del formulario. Las tarifas de presentación, requisitos de elegibilidad, elegibilidad a exenciones de tarifas, documentos requeridos y direcciones de envío por correo postal varían dependiendo del formulario que está presentando y la razón de la presentación. 

Estos consejos le ayudarán a asegurarse de que su paquete de solicitud o petición sea aceptado para procesamiento. 


Complete el formulario certeramente
  • ¡No olvide firmar su formulario! Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.
  • Use la versión más reciente. Preferimos que descargue sus formularios desde nuestro sitio web, los complete electrónicamente y luego imprima sus formularios para presentarlos.
  • Complete el formulario en su totalidad.
  • Si escribe a mano sus respuestas, utilice tinta negra. Asegúrese que las respuestas sean claras, legibles y estén dentro del espacio que se le proporcionó.
  • No use marcadores o cinta o líquido corrector. Los escáneres que usamos no leerán apropiadamente la información que haya sido tachada, resaltada con marcador o corregida con cinta o líquido corrector.
  • Si comete un error, comience nuevamente en un formulario en blanco.
  • Si va a presentar varios formularios, escriba su nombre, la fecha de nacimiento y su número de identificación (Número A) (si lo tiene) exactamente de la misma manera en cada formulario.
  • Pague la tarifa correcta. Rechazaremos los formularios presentados con la tarifa de presentación incorrecta o incompleta. Utilice el Calculador de Tarifas (en inglés) para ayudarle a determinar la tarifa de presentación correcta.


Organice su Solicitud o Petición
  • Recomendamos que organice su paquete en el orden siguiente:
  • Cheque o giro postal (escriba el número del formulario que presenta y su Número A u otra información que lo identifique en el cheque o giro).
  • Formulario G-1145, Solicitud de Notificación Electrónica (si corresponde)
  • Formulario G-28, Notificación de Comparecencia como Abogado o Representante Acreditado (si corresponde)
  • Formulario que va a presentar
  • Documentos de apoyo:
    • Presente los documentos o evidencia indicados en las instrucciones del formulario.
    • Los documentos de apoyo deben estar en inglés o acompañados de una traducción completa al idioma inglés.
    • Presente copias a menos que solicitemos los documentos originales. Si usted envía un documento original junto con su formulario, ese documento se convertirá en parte del expediente y no se lo devolveremos automáticamente.
    • Si tiene que incluir algún anejo, asegúrese de que cada página que incluye tiene su nombre y Número A (si lo tiene). También debe enumerar las páginas e incluir el total de páginas que aneja (por ejemplo, “page 1 of 11” (página 1 de 11)).
  • Escriba la naturaleza del envío en el sobre o la carta de presentación. Por ejemplo, ORIGINAL SUBMISSION (Envío original); BRIEF FOR AN APPEAL (Informe para una Apelación) o RESPONSE TO REQUEST FOR ADDIONAL INFORMATION (Respuesta a una petición de información adicional) .
  • Escriba el número del formulario en el sobre y la carta de presentación. Por ejemplo, I-129, I-130, I-690 o I-698.
  • Al preparar su paquete, por favor recuerde:
    • No use encuadernadores o carpetas que no puedan desensamblarse fácilmente.
    • Utilice fijadores o grapas para sujetar solicitudes gruesas o voluminosas. Apreciaremos que perfore dos agujeros en la parte superior del material para que podamos colocarlo en el expediente.
    • Las pestañas adhesivas son de gran ayuda para localizar los ítems que se indican como anejos. Para que se puedan archivar fácilmente, coloque las pestañas al final de la página, no en el lado.
    • Evite utilizar grapas reforzadas; en su lugar, utilice fijadores o sujetapapeles reforzados.
    • Evite enviar documentos originales a menos que específicamente se le requiera.
    • En la medida posible, evite enviar documentos de gran tamaño.
  • Si presenta más de un caso en el mismo sobre, sepárelos con una goma elástica o fijadores.
  • Si va a volver a presentar el paquete en respuesta a una Solicitud de Evidencia (RFE, por sus siglas en inglés), por favor coloque la notificación en la que se le pide la evidencia / información adicional sobre el paquete. Además, por favor utilice el sobre de envío especial que se le proporcionó.
  • Si va a presentar evidencia para apoyar una apelación o moción presentada previamente, incluya una carta de presentación que diga “BRIEF FOR (APPEAL/MOTION”) como primera página del paquete.


Envío de su Solicitud o Petición
  • Envíe el (los) formulario(s) a la dirección correcta en la página web del formulario. Usted puede enviar sus formularios a través de USPS, FedEx, DHL o UPS.
  • Si envía por correo sus formularios o peticiones a una dirección incorrecta, los mismos podrían ser rechazados como presentados incorrectamente y se les devolverán para que los vuelva a presentar.

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)  
http://www.inmigracionyvisas.com/a4057-concejos-para-presentar-formularios.html

Venezolanos Deberán Tramitar Casos De Inmigración En La Embajada De Estados Unidos En Colombia

Luego del anuncio del secretario de Estado de Estados Unidos Mike Pompeo de retirar todo el personal diplomático en Caracas, se conoció un comunicado por parte de la Embajada de Estados Unidos en Caracas, en el que se designa oficialmente la sede de la embajada de los Estados Unidos en Bogotá, Colombia como la sede para tramitar y procesar visas a venezolanos mientras se encuentren suspendidos los servicios en Venezuela.

La Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá es responsable de proporcionar servicios de visa para aquellos que buscan entrar a los Estados Unidos por un periodo temporal y para aquellos que deseen establecer su residencia indefinida o permanente en los Estados Unidos. 

A continuación el comunicado que fue emitido 

La sede de Bogotá ha sido oficialmente designada como la Unidad de Visas para procesar los casos de Inmigración de Venezuela mientras sigan suspendidos nuestros servicios de visas. Por favor revise la siguiente información y refiérase a la que más se adapte a su caso: 

* Si tenía una entrevista programada en la Unidad de Visas de Inmigración en Caracas y la misma fue cancelada debido a la suspensión de procesamiento de visas el pasado 24 de Enero de 2019, su caso ha sido transferido a la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá. Le recomendamos comunicarse al correo IVBogota@state.gov para más información sobre instrucciones para completar su solicitud. 

*- Si usted ya fue entrevistado en Caracas pero su aplicación fue rechazada bajo la sección 221g y recibió una carta azul, su caso ha sido transferido a Bogotá, Colombia para continuar siendo procesado. Si, desea información de su estatus, por favor comuníquese a IVBogota@state.gov . 

*- Si usted realizó sus exámenes médicos en Caracas, Venezuela y aún no se han cumplido seis meses desde su primera entrevista con el médico autorizado, la Embajada de Estados Unidos en Bogotá puede aceptarlos. Por favor, traiga sus exámenes el día de su entrevista. Nota: Tenga en cuenta que la fecha de validez de sus resultados médicos coincidirá con la fecha de vencimiento de su visa. Es importante que el sobre este sellado tal como lo recibió del médico, cualquier indicio de su apertura, puede resultar en la solicitud de repetición de los exámenes con médicos aprobados por la Embajada en Bogotá. 

*- Si no podrá viajar antes de la fecha de expiración de sus exámenes médicos, deberá practicárselos nuevamente con uno de los médicos autorizados por la Embajada de Estados Unidos en Bogotá. Por favor, revise detalladamente las instrucciones entregadas por el NVC o la Embajada en Bogotá para programar una cita con uno de los centros médicos autorizados. 

*- Si el tipo de visa que está solicitando es de No-Inmigrante, por ejemplo B1/B2, C1, C1/D, F1, H1B, L1, M1, O1 o P1, debe comunicarse con la Embajada de los Estados Unidos en la ciudad donde desee procesar su solicitud. Por favor visite la páginatravel.state.gov donde encontrara más información. Tenga en cuenta que debido al alto volumen de solicitudes, nuestra respuesta a su requerimiento puede demorar más tiempo del usual. Apreciamos su paciencia y nos comprometemos a responder dentro de los primeros cinco días hábiles de su solicitud. Igualmente informamos que no responderemos correos cuya solicitud este contenida en esta respuesta automática. 



Fuente: Embajada de Estados Unidos en Venezuela 

http://www.inmigracionyvisas.com/a4056-tramites-devisas-para-venezolanos-seran-en-Colombia.html

miércoles, 13 de marzo de 2019

Por: Redacción inmigracionyvisas.com

Las políticas del presidente Donald Trump vuelven a perjudicar los trámites migratorios, esta vez se plantea el cierre de las oficinas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) en el exterior según lo informo su director Francis Cissna, con el fin de ahorrar millones de dolares.

Actualmente el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) posee varias oficinas internacionales en Asia, Europa y América Latina, por ejemplo algunas de ellas en Latinoamérica están ubicadas en República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Haití, México y Perú, las cuales se encargan de proporcionar servicios a ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes de Estados Unidos. y otras personas que visitan o residen fuera de Estados Unidos y que necesitan asistencia en asuntos de inmigración, además de prestar las siguientes funciones: 
  • La Oficina de Apelaciones Administrativas que decide sobre apelaciones de ciertos beneficios denegados
  • Los Centros de Asistencia en Solicitudes que proporcionan servicios de toma de huellas dactilares y otros servicios relacionados
  • Las Oficinas de Asilo que atienden entrevistas programadas solo para asuntos relacionados con asilo
  • El Centro de Registros Nacionales que recibe y procesa solicitudes de FOIA
  • Los Centros de Servicio y el Centro Nacional de Beneficios que reciben y procesan una gran variedad de solicitudes y peticiones

  • De llevarse a cabo este cierre se verían afectados procesos de trámites de visas de reunificación, familiar residencias permanentes, adopciones de niños extranjeros y solicitudes de ciudadanía americana para militares, pues todos estos procedimientos pasarían a las oficinas ubicadas en Estados unidos, consulados y embajadas, lo que traería mas retrasos por acumulación de trabajo, represamiento de solicitudes.

    Sin embargo el cierre ya ha empezado, pues a finales del año pasado en diciembre Estados Unidos cerró permanentemente la Oficina Del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) En Cuba, y el próximo el 29 de marzo de 2019 cerrará permanentemente su oficina local en Moscú, Rusia, el último día que abrió la oficina al público fue el 28 de febrero de 2019, con estos antecedentes se espera que los cierren continúen en el trascurso de este año. 

    Compartimos el vídeo del canal de YouTube Noticias Telemundo que amplia esta noticia
     
     
     

    La Oficina de Asuntos Culturales y Educativos (ECA) del Departamento de Estado inauguró la Academia para Mujeres Empresarias (AWE), una nueva iniciativa para apoyar a mujeres empresarias en todo el mundo.

    La Academia, que refuerza la Iniciativa para el Desarrollo y la Prosperidad Global de las Mujeres de la Casa Blanca, equipará a las mujeres con las destrezas prácticas necesarias para crear empresas y negocios sostenibles. Mediante una comunidad de aprendizaje inclusiva, mujeres de todo el mundo tendrán oportunidades para explorar los fundamentos de los negocios, tales como la preparación de planes empresariales y obtención de capital, con la meta de construir un mejor futuro para las familias y comunidades de todo el mundo. Las mujeres de la Academia para Mujeres Empresarias (AWE) tendrán acceso a DreamBuilder, un curso en línea acerca del espíritu empresarial para mujeres, y participarán en lecciones dirigidas acerca de la administración y redes de empresas con empresarias y mentoras que comparten la misma perspectiva en sus propias regiones y en Estados Unidos.

    La Academia para Mujeres Empresarias (AWE) está diseñada para alcanzar tres objetivos: proporcionar recursos educativos en línea; promover redes que apoyen el acceso a mentores; y conectar a mujeres a través de los programas de intercambio existentes.

    La primera clase estará conformada por mujeres de 26 países, principalmente de Latinoamérica, el Caribe y África, entre los cuales están: Las Bahamas, Barbados, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Ghana, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, Kenia, Nigeria, Papúa Nueva Guinea, Perú, Ruanda, Senegal, España, Sudáfrica, Tanzania, Uganda, Venezuela, Zambia, y Zimbabue.

    La Academia para Mujeres Empresarias (AWE) refuerza la Iniciativa para el Desarrollo y la Prosperidad Global de las Mujeres de la Casa Blanca que está diseñada para empoderar por lo menos a 50 millones de mujeres en todo el mundo para el año 2025 a fin de que alcancen su potencial económico y, de esa manera, crear las condiciones para una mayor estabilidad, seguridad y prosperidad para todos.

    La Academia para Mujeres Empresarias (AWE) promueve la prosperidad económica colectiva y la estabilidad global mediante la creación de una comunidad de aprendizaje holístico, integral, que incluye tutoría peer-to-peer, incubadoras y aceleradoras de emprendimiento, habla con los dueños de las principales mujeres de negocios, y mucho más.

     

     

    Si desea más información acerca de la Academia para Mujeres Empresarias (AWE), visite: eca.state.gov/awe. Los medios de prensa interesados deben comunicarse con la Oficina de Asuntos Culturales y Educativos a eca-press@state.gov.

     

    Fuente: Oficina de Asuntos Culturales y Educativos (ECA) del Departamento de Estado  

    http://www.inmigracionyvisas.com/a4054-inaguran-academia-para-mujeres-empresarias.html

     

    martes, 12 de marzo de 2019

    ¿Cómo Puedo Reemplazar Un Formulario I-94, Registro De Entrada/Salida?

    A fin de incrementar la eficiencia, reducir costos operacionales y simplificar el proceso de admisión, el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) ha automatizado el en Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, en los puertos de entrada aéreos y marítimos. Este sistema automatizado creará un registro de entrada/salida generado electrónicamente que contendrá todos los datos del formulario impreso. 

    Ya no se le proveerá un formulario impreso al momento de su arribo, excepto en limitadas circunstancias. Se le estampará un sello de admisión de CBP en su documento de viaje, que mostrará la fecha y tipo de admisión y la fecha hasta cuándo puede permanecer en Estados Unidos. 

    Si necesita una copia de su Registro de Admisión I-94 para confirmar un registro de extranjero, estatus de inmigrante o autorización de empleo, puede obtenerlo en www.cbp.gov/I94. 

    La versión impresa del Formulario I-94 aún se proveerá en los puertos de entrada de las fronteras terrestres y a ciertas clases de extranjeros, tales como refugiados y ciertos asilados e inmigrantes con permiso condicional, así como cuando CBP determine necesario expedir un formulario impreso. 


    ¿Qué tengo que hacer si mi Formulario I-94 contiene información incorrecta? 

    Si el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) le expidió un Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida luego de haberle concedido una extensión de estadía o cambio de estatus, necesitará presentar un Formulario I-102, Solicitud de Remplazo/ Documento Inicial de Entrada/Salida de No Inmigrantea. 

    No obstante, si usted cree que el error fue por parte del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), entonces puede presentar un Formulario I-102 o hacer una cita por INFOPASS en nuestro sitio web para que lleve su Formulario I-94 y la evidencia del error a nuestra oficina local más cercana y solicitar que le emitamos un Formulario I-94 corregido. Si dese determina que el error no fue nuestro, entonces deberá presentar un Formulario I-102 junto con la tarifa correcta. 

    Si se le expidió un Formulario I-94 impreso cuando usted ingresó a los Estados Unidos y el mismo contiene un error o si hay un error en la versión electrónica de su Formulario I-94 que obtuvo a través de en www.cbp.gov/I94, usted deberá ponerse en contacto con CBP o visitar la Oficina de Inspección Diferida de CBP más cercana a su lugar de residencia. 

    Puede visitar el sitio web de CBP www.cbp.gov en cualquier momento, o llamar al (877) CBP-551 ((877) 227-5511), de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m. (hora del este) y hacer una cita por teléfono. Usted deberá llevar el Formulario I-94 que está incorrecto y documentación como pasaporte o visa a cualquier Puerto de Entrada u Oficina de Inspección Diferida de CBP. 


    ¿Qué tengo que hacer si mi Formulario I-94 se me ha perdido, me lo han robado, se ha dañado o destruido? 

    Si necesita remplazar la versión impresa del Formulario I-94 que le fue expedida durante su admisión a los Estados Unidos o por El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), debe solicitar un remplazo del Formulario I-94 a el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) utilizando el Formulario I-102. Si ingresó en los Estados Unidos después de la automatización del Formulario I-94 (30 de abril de 2014) y no se le expidió un Formulario I-94 impreso, puede obtener su registro de admisión I-94 a través de www.cbp.gov/I94. 

     

    Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)  

    http://www.inmigracionyvisas.com/a4053-remplazar-formulario-I94-registro-de-entrada-y-salida.html

    Venezolanos Con Pasaportes Vencidos Podrían Ingresar Y Transitar Por Colombia

    La Cancillería de Colombia emitió la Resolución 0872 de 2019 que establece que a partir del 7 de marzo, los nacionales venezolanos pueden ingresar, transitar y salir del territorio colombiano, presentando el pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela aun cuando este se encuentre vencido.

    Esta nueva medida establece que el pasaporte de los nacionales venezolanos que se encuentre vencido o que esté próximo a vencer, podrá ser utilizado para ingresar, transitar y salir del territorio colombiano, durante los dos (2) años siguientes, contados a partir de la fecha de vencimiento de la libreta, la cual servirá como documento de identificación de los venezolanos en Colombia, siempre y cuando tenga el sello de ingreso y permanencia otorgado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. 

    La medida, que hace parte de las disposiciones tomadas por Colombia dentro del Grupo de Lima, fue anunciada por el Director General de Migración Colombia, Christian Krüger Sarmiento, en la ciudad de Pasto, en donde indicó que serían más de 500 mil los venezolanos que podrían beneficiarse con esta decisión. 

    “Más de un millón de ciudadanos venezolanos realizan anualmente la solicitud de expedición o renovación de su pasaporte. Un trámite que actualmente es casi imposible de realizar por los altos costos del documento, por la falta de materia prima para la elaboración de los mismos y por el interés de la dictadura de Maduro de frenar la salida de nacionales venezolanos de ese país. Con la decisión que hoy toma el Gobierno Nacional de ampliar la vigencia de los pasaportes que se encuentran vencidos o próximos a vencerse, por un término de dos años, contados a partir de su fecha de vencimiento, le tendemos una vez más la mano al pueblo venezolano. Un pueblo que la dictadura quiere condenar al confinamiento, pero que en Colombia, y estamos seguros que en otros países de la región, encontrarán una mano amiga dispuesta a ayudar”, afirmó Krüger Sarmiento. 

    Según el jefe de la autoridad migratoria colombiana, lo que se busca con este tipo de medidas es ordenar el fenómeno migratorio y darle seguridad a los migrantes cuando cruzan las fronteras, evitando que caigan en manos de las redes de tráfico de migrantes, de esos grupos delincuenciales que se aprovechan de la necesidad humana y tratan a las personas como mercancías. 

    “Para un país no hay nada más peligroso que no saber quiénes se encuentran dentro de su territorio. Cerrar las fronteras o hacer exigencias de documentos apostillados a una población que huye de una dictadura y migra por hambre y necesidad, lo único que hace es incentivar la irregularidad y exponer la integridad de estas personas, muchas de ellas con niños pequeños, a trochas y coyotes que juegan con la vida humana como si fuera mercancía”, afirmó el Director General de Migración Colombia, Christian Krüger, quien recordó que al 31 de enero, eran más de 1 millón 200 mil los venezolanos se encontraban dentro del territorio colombiano. 

    Los venezolanos que ingresen al territorio colombiano con pasaporte vencido, obtendrán permiso de ingreso y permanencia de acuerdo con las disposiciones vigentes que establezca Migración Colombia y podrán solicitar expedición o renovación de visa de acuerdo con las disposiciones vigentes que establezca el Ministerio de Relaciones Exteriores.

     

    Fuente: Migración Colombia - Cancillería de Colombia 

    http://www.inmigracionyvisas.com/a4052-venezolanos-con-pasaportes-vencidos-podran-ingresar-a-Colombia.html