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miércoles, 29 de marzo de 2023

Desde el 1 de abril se pueden presentar peticiones de visas H-1B para el año fiscal 2024


 

Las peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria para el año fiscal 2024, incluidas aquellas peticiones elegibles para la exención por título avanzado, pueden presentarse ante USCIS a partir del 1 de abril de 2023, si se basan en un registro seleccionado válido.


Solo los peticionarios con registros seleccionados pueden presentar peticiones H-1B sujetas a ala cantidad máxima reglamentaria para el año fiscal 2024, y solo para el beneficiario nombrado en la notificación de registro seleccionado correspondiente.


Una petición H-1B sujeta a la cantidad máxima reglamentaria debe presentarse correctamente en el centro de servicio correcto y dentro del período de presentación indicado en la notificación de selección de registro correspondiente. 


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a5704-peticiones-para-visas-H1B-2024-comienzan-en-abril-2023.html

martes, 4 de agosto de 2020

Presidente Donald Trump Prohíbe Contratar Trabajadores Extranjeros




El presidente Donald Trump firmo una orden ejecutiva para asegurar que el gobierno federal contrate solo a estadounidenses, al regla es simple y se resumen en “contratar a Estadounidenses”, de esta manera se busca evitar el remplazo de trabajadores estadounidenses por trabajadores extranjeros con una remuneración más baja. Esta medida no afecta a quienes estén nacionalizados o cuenten con la Green Card o permiso de residencia.

El gobierno afirmo que tomara medidas contra la empresa Tennessee Valley Authority, que ha traicionado triste y cruelmente a los trabajadores estadounidenses, pues podría dejar a más de 200 trabajadores estadounidenses sin empleo, quienes al parecer serán remplazados por trabajadores extranjeros con visas temporales a un menor costos y lo más triste los mismos estadounidense serian los encargados de capacitarlos.



jueves, 27 de abril de 2017

Visas H-1C para Enfermeras Tituladas en Estados Unidos


La clasificación H-1C de trabajador temporal no-inmigrante es para enfermeras extranjeras que vienen a los Estados Unidos temporalmente para desempeñar servicios en calidad de enfermera titulada en un área donde hay escasez de profesionales de salud, según lo determine el Departamento de Trabajo (DOL por su sigla en inglés). 

La clasificación H-1C de no-inmigrante fue introducida en 1999 específicamente para atender a la escasez de enfermeras en los Estados Unidos. Solicitar una clasificación H-1C es un proceso con pasos múltiples que requiere coordinación entre DOL y USCIS. 

Antes de presentar una petición con USCIS para una visa H-1C, el DOL debe proveer una certificación a los hospitales que peticionan, para constatar que satisfacen los criterios que exigen los reglamentos. Entre otros criterios, se exige que los hospitales estén ubicados en un “área donde hay escasez de profesionales de salud”. 


Criterios de elegibilidad

Para calificar para una visa H-1C usted debe: 

  • Tener una licencia de enfermería completa y sin restricciones en el país donde se obtuvo su educación en enfermería, o haber recibido su educación en enfermería y licencia en los Estados Unidos.
  • Estar autorizada por la Junta Estatal de Enfermería (U.S. State Board of Nursing) en los EE.UU. que corresponda para prestar servicios en ese estado.
  • Haber calificado en el examen de la Comisión de Graduados de Escuelas de Enfermería en el Extranjero (CGFNS por su sigla en inglés)
  • Tener una licencia completa y sin restricciones para practicar como enfermera en el estado donde usted trabajará, o tener una licencia de enfermería completa y sin restricciones en cualquier estado y haber recibido autorización temporal para practicar como enfermera titulada en el estado donde usted trabajará. Para más información, por favor vea el enlace para la Comisión sobre Graduados de Escuelas de Enfermería en el Extranjero (CGFNS).
  • Estar calificada y ser elegible bajo las leyes estatales en el estado donde se propone trabajar, para prestar servicios de enfermera titulada inmediatamente después de su admisión a los Estados Unidos.


El empleador debe satisfacer los criterios de elegibilidad para poder tramitar un Formulario I-129, Petición para trabajador no-inmigrante, bajo el programa H-1C. Para ser elegible el empleador en los EE.UU. debe: 
  • Ser un hospital de la “Sub-parte D” bajo la Ley del Seguro Social
  • Estar ubicado en un área de “escasez de profesionales de salud”
  • Tener por lo menos 190 camas para cuidado agudo
  • Tener una población de Medicare no menor al 35%
  • Tener una población de Medicaid no menor al 28%
  • Estar certificado por el Departamento de Trabajo


Trámite de la solicitud

El Formulario I-129, Petición para trabajador no-inmigrante, debe ser tramitado por un hospital EE.UU. empleador que haya recibido un aviso de aprobación para la Certificación para enfermeras no-inmigrantes H-1C del Departamento de Trabajo. 


Documentos de apoyo

El Formulario I-129 debe incluir los siguientes documentos: 
  • Copia vigente de la aprobación por parte del Departamento de Trabajo del trámite de una certificación con el Formulario ETA-9081, Certificación para enfermeras no-inmigrantes H-1C
  • Declaración del centro describiendo cualquier limitación sobre sus servicios impuesta por las leyes del estado o de la jurisdicción en la cual se propone trabajar.
  • Evidencia que usted está o estará autorizada/o por una Junta Estatal de Enfermería para desempeñarse en la práctica de la enfermería titulada en un estado o territorio o posesión de los EE.UU., y que usted está o estará practicando en un centro que provee servicios de cuidado de salud.
  • Evidencia que usted aprobó el examen de la Comisión sobre Graduados de Escuelas de Enfermería en el Extranjero (CGFNS)
  • O ha obtenido una licencia completa y sin restricciones (permanente) para practicar como enfermera titulada en cualquier estado o territorio de los EE.UU., y recibió autorización temporal para practicar como enfermera titulada en el estado en el cual se propone trabajar.
  • Evidencia que usted obtuvo una licencia completa y sin restricciones para practicar la enfermería profesional en el país donde usted obtuvo su educación en enfermería o que ha recibido educación en enfermería en los EE.UU.
  • Evidencia que usted está plenamente calificada y es elegible bajo las leyes (incluyendo los requisitos temporales o interinos para licencias que le autorizan trabajar) que gobiernan el lugar donde se propone trabajar como enfermera titulada inmediatamente después de su admisión a los EE.UU.


Para solicitar una visa en la embajada o el consulado de los EE.UU. 

Si se aprueba su Formulario I-129, le enviaremos a su empleador un aviso de aprobación por medio de un Formulario I-797, Aviso de acción; el empleador a su vez se lo enviará a usted. Un aviso de aprobación Formulario I-797 puede ser utilizado para solicitar una visa de no-inmigrante en una embajada o consulado de los EE.UU. 

Antes de solicitar su visa, por favor verifique con la embajada o el consulado de los EE.UU. donde estará presentando su solicitud para averiguar sobre los requisitos específicos para solicitudes. 

Se requiere lo siguiente en la fecha de la cita: 


Período de estadía/Extensión de estadía

El periodo inicial de estadía es hasta de tres años, y la estadía total se limita a 3 años. Se puede otorgar una extensión de estadía para completar el período de 3 años de admisión. Sin embargo, no se puede otorgar una extensión de estadía para extender el período de admisión más allá que el período inicial de 3 años. 


Cambio de empleador

La clasificación H-1C de no-inmigrante se limita al empleo con el hospital específico que tramitó la petición. Un cambio de empleador significa que su empleador nuevo deberá tramitar nuevamente el Formulario I-129, Petición para trabajador no inmigrante. Usted no puede comenzar a trabajar para un empleador nuevo hasta que se haya aprobado su Formulario I-129. 


Familia de portadores de visa H-1C

Su cónyuge e hijos solteros menores de los 21 años de edad tienen derecho a la clasificación H-4. H-4 es la clasificación de no-inmigrante para dependientes de extranjeros principales con la clasificación H. 


Límites para las visas H-1C

Solamente se otorgarán 500 visas H-1C durante cada año fiscal. También hay limitaciones numéricas para cada estado, dependiendo de la población del estado. El límite para estados con poblaciones en exceso de 9 millones es 50 para cada año fiscal. El límite para estados con poblaciones de 9 millones o menos es de 25 para cada año fiscal.



Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 
http://inmigracionyvisas.com/a3598-visa-H1C-enfermera-titulada.html

martes, 18 de abril de 2017

Visas H-1B para Profesionales con Trabajos Especializados en Estados Unidos


Esta categoría de visa se aplica a las personas que quieren prestar servicios en un campo especializado, servicios de gran mérito y aptitudes distinguidas para los proyectos de desarrollo o investigación cooperativa con el Departamento de Defensa (DOD, por sus siglas en inglés) o como modelo de alta costura o para publicidad. 


Criterios de Elegibilidad 

Visado H-1B Trabajos Especializados 

Para que el trabajo califique como un trabajo especializado se deben satisfacer uno o más de los siguientes criterios o requisitos generales: 

  • Un título universitario de bachiller o postgrado, o su equivalente normalmente es el requisito mínimo para el puesto.
  • El requisito del título universitario es común en la industria, o el trabajo es tan complejo o especializado, que únicamente puede ser desempeñado por una persona con un título.
  • El empleador normalmente requiere un título o su equivalente para el puesto.
  • La naturaleza de los deberes específicos es tan especializado o compleja que los conocimientos necesarios para desempeñarlos usualmente se asocian con un título de bachiller universitario o superior.

Para que usted sea elegible para aceptar una oferta de trabajo especializado, debe satisfacer uno o más de los siguientes criterios: 
  • Haber completado un bachillerato universitario de una universidad acreditada, o superior (o su equivalente en el extranjero) en una universidad o centro universitario acreditado.
  • Tener título universitario obtenido en extranjero que sea equivalente al título universitario de bachiller o posgrado en los Estados Unidos en la ocupación de especialidad
  • Tener una licencia completa (sin restricciones) expedida por el estado, registro o certificación que lo autorice a ejercer plenamente la ocupación de especialidad y dedicarse a dicha especialidad en el estado del empleo previsto. Tener la preparación educativa, capacitación, o experiencia de responsabilidad progresiva en la especialidad que es el equivalente de haber completado el título mencionado, y tener reconocimiento de su pericia en dicha especialidad a través posiciones progresivas en responsabilidad que estén directamente relacionadas con la especialidad.
  • Su empleador prospectivo debe tramitar un Formulario ETA-9035, Solicitud de Condición Laboral (LCA, por su sigla en inglés), junto con el Formulario I-129, Petición para trabajador no-inmigrante.


Visado H-1B2 Investigador y Trabajadores de Proyectos de Desarrollo del Departamento de Defensa de los Estados Unidos 

El trabajo debe satisfacer los siguientes criterios para cualificar como trabajo de investigación cooperativa o proyecto de desarrollo del Departamento de Defensa: 
  • El proyecto de investigación y desarrollo cooperativo, o un proyecto generado bajo un acuerdo entre gobierno-y-gobierno administrado por el Departamento de Defensa de los EE.UU.
  • Se requiere un bachillerato universitario de una universidad acreditada, o superior (o su equivalente en el extranjero) para el desempeño de este trabajo.


Para ser elegible para esta categoría de visa, usted debe satisfacer al menos uno de los siguientes criterios:
  • Debe haber completado un bachillerato universitario de una universidad acreditada, o superior (o su equivalente en el extranjero) y que este se relacione a la ocupación o trabajo especializado, en una especialidad específica o un campo relacionado.
  • Haber completado el título universitario de bachiller universitario o posgrado o equivalente a una licenciatura acreditada por una universidad extranjera o un postgrado con una especialidad necesaria para el trabajo a realizar.
  • Deberá poseer una licencia completa (sin restricciones) del estado, registro o certificación que le autorice a practicar su profesión, y estar contratado para dicha profesión en el estado del potencial empleo.
  • Tener la preparación educativa , capacitación, o experiencia en la especialidad que sea equivalente al haber completado el título mencionado, y que se reconozca que tiene pericia en la especialidad por medio de posiciones de responsabilidad progresiva directamente relacionadas con la especialidad.


Visado H-1B3 Modelo 
  • La posición/servicio requiere un modelo de alta costura reconocido.
  • Para ser elegible para esta categoría de visa usted debe ser un/a modelo nacionalmente o internacionalmente reconocido/a por sus éxitos, y estará empleado en una posición que requiere una persona de méritos y aptitudes distinguidos.
  • Su empleador potencial debe tramitar un Formulario ETA-9035, Solicitud de condición laboral (LCA), junto con la petición - Formulario I-129.
  • “Solicitud de condición laboral”, Formulario ETA-9035 y el Formulario I-129.



Trámite de la Solicitud 

Primer paso: 
(sólo para aquellas ocupaciones especializadas y modelos de alta costura o publicidad): El empleador presenta los documentos LCA al DOL para certificación. El empleador haber presentado la solicitud y recibido una certificación del DOL de una LCA. Para más información relacionada con los requisitos para una LCA y el proceso de DOL, vea el enlace a su derecha: “Certificación de Trabajo Extranjero, Departamento del Trabajo”. 

Segundo paso: 
El Empleador presenta el Formulario I-129 a USCIS. 
El empleador debe presentar el Formulario I-129, Petición de un Trabajador No inmigrante, en el Centro de Servicio de USCIS correspondiente. La LCA certificada por DOL deberá presentarse junto al Formulario I-129 (solo para trabajos especializados y modelos de alta costura o publicidad). 

Tercer paso: 
Solicitud de visa y admisión para trabajadores prospecto que se encuentran fuera de los Estados Unidos. 
Una vez que la solicitud de Formulario I-129 haya sido aprobada, el trabajador prospecto H-1B que está fuera de los Estados Unidos puede solicitar una visa H-1B (si es requerida) a través del Departamento de Estado de Estados Unidos (DOS, por sus siglas en inglés) en una embajada estadounidense o consulado en el extranjero. Independientemente si la visa es requerida. No importa el tipo de visa que se requiera, el posible trabajador H-1B deberá solicitar admisión a los Estados Unidos bajo la clasificación H-1B a través del Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP, por sus siglas en inglés). 


Solicitud de condición laboral (LCA) 

Los empleadores prospecticos de los profesionales con trabajos especializados o modelos de alta costura deberán obtener del DOL una certificación de la LCA. Esta solicitud incluye ciertas declaraciones, cuya violación puede resultar en multas, prohibiciones sobre patrocinar peticiones de inmigrante o no-inmigrante, y otras sanciones al empleador. La solicitud requiere al empleador que certifique que cumplirá con los siguientes requerimientos laborales:
  • El empleador le pagará al beneficiario un sueldo que no será inferior al sueldo que se le paga a trabajadores con una calificación similar o, si es mayor, el sueldo que se paga para ese puesto en el área geográfica donde trabajará.
  • El empleador le proveerá condiciones laborales que no afectarán adversamente a otros trabajadores en empleos similares. En el momento de la solicitud de condición laboral no hay ninguna huelga ni cierre patronal en el lugar de trabajo del empleador. Se le ha entregado notificación del trámite de la solicitud de condición laboral con el Departamento de Trabajo al representante para negociación del sindicato, o se ha exhibido en el sitio del negocio.


Período de Estadía 

En calidad de No Inmigrante H-1B, se le admitirá por un periodo de hasta tres años. Su plazo puede ser extendido, pero por lo general no puede extenderse más de seis años, aunque pudieran darse ciertas excepciones bajo las secciones 104(c) y 106(a) de la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo Veintiuno (AC21). Su empleador será legalmente responsable por los costos razonables de su transporte de retorno, si éste le despide antes de que finalice su periodo de estadía autorizada. Sin embargo, el empleador no será responsable de sus costos de transporte de regreso si usted renuncia a su puesto voluntariamente. Si usted cree que su empleador no ha cumplido con este requisito, debe contactar por escrito al Centro de Servicio que aprobó su petición. 


Límites para la visa H-1B 

La visa H-1B tiene un límite de 65,000 visas para cada año fiscal. Las primeras 20,000 solicitudes presentadas a nombre de beneficiarios con un título de maestría o mayor, cursado en una institución en los Estados Unidos estarán exentas de este límite. Además, no estarán sujetos a este límite numérico los profesionales H-1B patrocinados o empleados por una institución de educación superior o sus afiliadas, o relacionados a entidades sin fines de lucro, o a una organización de investigación científica sin fines de lucro, o una organización de investigación científica del gobierno. 


Familia de Portadores de Visa H-1B 

Su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad pueden solicitar admisión bajo la clasificación No Inmigrante H-4. A partir del 26 de mayo de 2015, ciertos cónyuges H-4 dependientes de No Inmigrantes H-1B pueden presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, siempre que los No Inmigrantes H-1B hayan comenzado el proceso solicitar estatus de residente permanente legal basado en el empleo. 



Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 
http://inmigracionyvisas.com/a3590-visa-H1b-profesionales-especializados-en-Estados-Unidos.html