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viernes, 21 de julio de 2017

Pentagon May Deport Immigrants Who Have Served in the Military



Written by Melissa Cruz 

The Pentagon is considering halting a program that allows immigrants with urgently needed skills to serve in the military, putting the thousands of soldiers promised expedited citizenship in exchange for their service at risk for deportation.

According to an undated Defense Department memo, the Pentagon may terminate the Military Accessions Vital to National Interest program (MAVNI), an initiative that has allowed noncitizens with specialized linguistic and medical skills to enlist in the military and receive fast-tracked citizenship. Since the program’s launch in 2009, these immigrant troops have filled in the gaps for jobs deemed critical to the military’s operation, but are in short supply in American-born troops. 

The memo, however, cites the “potential threat” posed by these immigrant troops, referencing their “higher risk of connections to Foreign Intelligence Services.” Officials have now assigned threat level tiers to the 10,000 troops in the MAVNI program—the majority of whom serve in the Army—despite the rigorous vetting they endured to enter the military in the first place. 

Attorney and Retired Lieutenant Coronel Margaret Stock, the founder of the MAVNI program, told NPR that these security concerns were exaggerated: “If you were a bad guy who wanted to infiltrate the Army, you wouldn’t risk the many levels of vetting required in this program.” 

Other immigrants would not even be able to reach basic training—ending the MAVNI program would also cancel the contracts of recruits in the delay-entry program, a holding pool of recruits awaiting their assigned training date. 

As a result, 1,800 enlistment contracts for immigrant recruits would be cancelled, putting roughly 1,000 at risk for deportation. Those recruits’ visas expired while waiting for the military’s travel orders. An additional 2,400 part-time troops would also be removed from service. 

The Pentagon also plans to subject roughly 4,100 service members—most of whom are already naturalized citizens and have been deployed around the world—to “enhanced screening,” though the memo acknowledges the “significant legal constraints” of “continuous monitoring” of citizens without cause. 

Stock said the Pentagon’s proposal may violate the U.S. Constitution’s Equal Protection Clause. 

“They’re subjecting this whole entire group of people to this extreme vetting, and it’s not based on any individual suspicion of any of these people,” the former lieutenant colonel said. “They’ve passed all kinds of security checks already. That in itself is unconstitutional.” 

Though the program itself may have been an Obama-era initiative, immigrant troops have aided the U.S. military for centuries, dating all the way back to the Revolutionary War. To cut this essential program now—particularly as the Trump administration calls for a heightened military presence around the globe—may not only be unconstitutional, it is a disservice to centuries of American military tradition that has relied on the skills of foreign-born service members. 

Photo by MarineCorps NewYork


Source: www.immigrationimpact.com 
http://inmigracionyvisas.com/a3666-Pentagon-Deport-Immigrants.html 

miércoles, 19 de julio de 2017


En la actualidad, Colombia opera hacia los Estados Unidos con 23 rutas, 12 aerolíneas y en promedio moviliza 60 mil pasajeros semanales. 

De acuerdo con la Directiva de Seguridad DS-1544-17-01 emitida por la Administración de Seguridad del Transporte (TSA), del 28 de junio, aplicable a todas las aerolíneas que ingresen a los Estados Unidos, la Aeronáutica Civil informa a todos los pasajeros que tomen vuelos hacia los diferentes destinos de ese territorio tener en cuenta lo siguiente: 

Las aerolíneas con vuelos hacia los Estados Unidos incrementarán sus medidas de seguridad incluyendo una mejora en la inspección general de los pasajeros, se llevará a cabo un mayor control de los dispositivos electrónicos personales y en las áreas de pasajeros. 

Por lo anterior, se recomienda a los pasajeros que tomen vuelos hacia los Estados Unidos que a partir del próximo 19 de julio, fecha en la que entra a regir para Colombia, lleguen con la debida anticipación a los aeropuertos, teniendo en cuenta que el procedimiento de seguridad aplicado por las aerolíneas a los pasajeros se incrementará para dar aplicación a estas nuevas medidas de seguridad exigidas por la TSA para todos los vuelos que operen hacia ese destino. 

En la actualidad, Colombia opera hacia los Estados Unidos con 23 rutas, 12 aerolíneas y en promedio moviliza 60 mil pasajeros semanales. 

Ejemplos de dispositivos electrónicos grandes que no se permitirán en la cabina en vuelos afectados incluyen, pero no se limitan a:

  • Portátiles
  • Tabletas
  • E-Readers
  • Cámaras
  • Reproductores de DVD portátiles
  • Unidades de juego electrónicas más grandes que un teléfono inteligente
  • Impresoras / escáneres de viajes.


Compartimos la rueda de prensa dada por el director de la Aerocivil Alfredo Bocanegra, a través de la cadena de YouTube CABLENOTICIAS





Fuente: Aerocivil Colombia YouTube CABLENOTICIAS 
http://www.inmigracionyvisas.com/a3665-nuevos-requisitos-para-viajar-a-estados-unidos.html 

lunes, 17 de julio de 2017

Yo Lo Hice, Usted También Puede Hacerlo, (Ivonne Wallace Fuentes)



Hola Amigo/a, 

Le escribo porque me encuentro realmente preocupada por lo que está sucediendo en Washington, DC y aquí mismo en mi propio estado. Nuestra comunidad se encuentra bajo un ataque constante y nuestra familia y amigos corren peligro por la red de políticas antiinmigrantes y leyes estatales que Trump y sus aliados han comenzado a establecer. 

Aquí en Virginia, mi propio representante de la Cámara Baja, Bob Goodlatte, está liderando la carga de la agenda antinmigrante de Trump. 


Es por esto que decidí hacer algo al respecto.


Después de leer la Guía Indivisible, registré un grupo de Resistencia en Roanoke. Empezamos con tan sólo media docena de personas, pero fue todo lo que necesitábamos para hacer la diferencia. En los últimos seis meses, hemos llamado y visitado oficinas de distritos del congreso aquí en Roanoke, haciéndoles rendir cuentas por sus posturas antiinmigrantes. Hemos llevado a cabo foros comunitarios y otras asambleas de constituyentes en donde la comunidad se ha reunido para dejarle saber a nuestros representantes que un ataque contra nuestros vecinos inmigrantes y refugiados es un ataque en contra de todos nosotros. Ahora, tenemos más de mil vecinos permaneciendo indivisible aquí en Roanoke. 

Ya no me siento ni sola ni desamparada. Ahora, sé que podemos detener estos ataques contra nuestras familias, pero solamente si las personas – personas como yo, personas como usted – alzamos nuestras voces. 

Es por esto que la resistencia necesita que usted lidere.


Para asegurar que nuestra voz sea escuchada, el equipo de iAmerica Action ha hecho equipo con Indivisible y con Mi Familia Vota para ayudarles a personas como usted a comenzar nuevos grupos de resistencia locales por todo el país— y le estamos pidiendo que usted comience uno en su comunidad. 

¿Se unirá a mí? 




No se preocupe, le pondremos en contacto con las personas adecuadas y le proporcionaremos toda la ayuda, la guía y tutorial que necesitará para enfrentarse y liderar la lucha en contra de Trump y su cruel agenda. 

Gracias, 
Ivonne Wallace Fuentes
Líder de Indivisible, Roanoke, Virginia



Fuente: www.iamerica.org 
http://inmigracionyvisas.com/a3664-usted-tambien-puede-hacerlo.html

viernes, 14 de julio de 2017

Visas P-1A En Estados Unidos Para Atletas Reconocidos Internacionalmente

La clasificación de visa P-1A se aplica si usted viene a los EE.UU. temporalmente para participar en una competencia deportiva específica en calidad de atleta, sea individualmente o como parte de un grupo o equipo, en un nivel de desempeño internacionalmente reconocido. 


Criterios de elegibilidad para atletas individuales

Usted debe venir a los Estados Unidos para participar en un evento individual, en una competencia, o en una función en la cual usted es reconocido internacionalmente y tiene un alto nivel de éxito, tal como lo comprobarían niveles de habilidad y reconocimiento sustancialmente por encima de lo que se encuentran ordinariamente, para que tenga reconocimiento o fama en más de un solo país. 


Criterios de elegibilidad para equipos deportivos

Usted debe venir a los Estados Unidos para participar en eventos de equipo y debe haber alcanzado reconocimiento internacional significativo en ese deporte. El evento en el cual su equipo está participando debe ser distinguido y debe requerir la participación de equipos deportivos que son reconocidos internacionalmente. 


Trámite para la solicitud

Para que usted venga a los Estados Unidos su empleador en los EE.UU. debe tramitar un Formulario I-129, Petición para trabajador no-inmigrante , acompañado por la tarifa que corresponde y los documentos de apoyo. 

El empleador en los EE.UU. debe presentar una consulta de una organización laboral apropiada. La consulta debe describir el trabajo o los servicios que se desempeñarán en los Estados Unidos y sus calificaciones para este trabajo. Si no existe ninguna organización laboral apropiada, se dispensará con este requerimiento. 


Documentos que debe presentar con el formulario

El Formulario I-129 debe incluir los siguientes documentos:

  • Una consulta escrita de una organización laboral apropiada
  • Copia del contrato con una liga o equipo deportivo importante en los EE.UU., o del contrato en un deporte individual que corresponde con su reconocimiento internacional en ese deporte, si es que se acostumbra usar contratos de ese tipo en ese deporte
  • Una explicación del evento y del itinerario Documentación de por lo menos dos de los siguientes:
    • Evidencia de haber participado en un grado significante en una temporada previa con una liga deportiva importante en los EE.UU.
    • Evidencia de haber participado en un grado significante en una competencia internacional con un equipo nacional
    • Evidencia de haber participado en un grado significante en una temporada previa en una competencia intercolegial con un colegio o universidad en los EE.UU.
    • Una declaración escrita de un oficial de una liga deportiva importante en los EE.UU. o un oficial del ente regulador del deporte, detallando como usted o su equipo tiene reconocimiento internacional
    • Una declaración escrita de un miembro de los medios deportivos, o de un experto reconocido en ese deporte, que detalla como usted o su equipo tiene reconocimiento internacional
    • Evidencia de que su equipo tiene una clasificación o rango (ranking) si ese deporte tiene rangos internacionales
    • Evidencia de que usted o su equipo ha recibido un honor o galardón importante en ese deporte


Para solicitar una visa en el consulado o la embajada de los EE.UU. 

Si se aprueba su Formulario I-129, le enviaremos un Formulario I-797 , Aviso de acción/aprobación, a su empleador, el cual a su vez se lo enviará a usted. Un aviso de aprobación del Formulario I-797 no es una visa, ya que la visa se debe obtener en el consulado o la embajada de los EE.UU. 

El empleador debe presentar la siguiente documentación por adelantado, antes de su cita con el consulado o la embajada de los EE.UU. 
  • Copia del Formulario I-797
  • Copia del Formulario I-129
  • Carta en membrete de la compañía con información relevante sobre la compañía (p.e. número de identificación fiscal de la compañía, fecha de la solicitud y número de escaños para citas, descripción breve de deberes de los trabajadores, etc.)
  • Lista de los solicitantes, en orden alfabético, con información personal relevante (p.e. fecha de nacimiento, número de pasaporte, si el trabajador está regresando, etc.)
  • Se requiere lo siguiente en la fecha de la cita:
  • Pasaporte válido y evidencia de toda visa otorgada previamente
  • Original del Formulario I-797
  • Un Formulario DS-156, Solicitud de visa de no-inmigrante, completado y firmado
  • Pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos y con una fecha de vigencia de por lo menos seis meses más allá que la estadía que se propone en los Estados Unidos
  • Un Formulario DS-157, Solicitud suplemental de visa de no-inmigrante el cual debe ser completado por todo solicitante de visa masculino entre las edades de 16 y 45 años
  • Una fotografía 2x2


Período de Estadía / Extensión de estadía

El Atleta individual – Tiempo necesario para completar el evento, la competencia, o la función, que no debe exceder 5 años. En cuanto a la estadía incrementos de hasta 5 años para poder continuar o completar el evento, la competencia, o la función. La estadía total se limita a 10 años. 

Grupo atlético – Tiempo necesario para completar el evento, la competencia, o la función, que no debe exceder 1 año y su estadía incrementos de hasta 1 año para poder continuar o completar el evento, la competencia, o la función. 

Se utiliza el Formulario I-129 para solicitar un cambio de estatus, extensión de estadía, o un cambio de empleo. 


Cambio de empleo

Usted puede cambiar sus empleadores, pero únicamente después de que su empleador nuevo haya tramitado un Formulario I-129 nuevo con USCIS pidiendo permiso para emplearlo a usted y extender su estadía. Usted no puede comenzar su empleo con el empleador nuevo hasta que el Formulario I-129 haya sido aprobado. 


Familia de portadores de visa P-1A

Su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años pueden obtener estatus P-4. Sus dependientes no pueden trabajar, pero sí pueden atender a la escuela o colegio. 


Personal esencial de apoyo

Personal esencial de apoyo que son parte del desempeño de un atleta (equipo) P-1 que brindan servicios de apoyo que no pueden efectivamente ser desempeñados por un trabajador estadounidense; son elegibles para la clasificación P-1. Personal de apoyo puede incluir a entrenadores, reclutadores, amaestradores, y otros oficiales del equipo y árbitros. 

El empleador EE.UU. debe tramitar un Formulario I-129 separado para el personal de apoyo. La petición debe incluir los siguientes documentos: 
  • Una consulta de una organización laboral apropiada, experta en el área de destreza de la persona de apoyo
  • Una declaración describiendo sus destrezas esenciales y vitales, previas y actuales, y su experiencia con el atleta (equipo) P-1
  • Copia del contrato escrito entre el empleador y la persona de apoyo o un resumen de los términos del acuerdo verbal bajo el cual la persona de apoyo estará empleada.

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 
http://www.inmigracionyvisas.com/a3663-visa-P1A-atleta-reconocido.html