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sábado, 1 de agosto de 2020
Aumentan Tarifas De Trámites Migratorios En Estados Unidos
El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos anunció una regla final (PDF) que ajusta las tarifas de ciertas peticiones de beneficios de inmigración y naturalización para garantizar que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración recupere todos los costos de los servicios que ofrece.
Algunas de tarifas presentan un reducción en:
viernes, 31 de julio de 2020
Estados Unidos Emite Boletín De Visas Agosto 2020
El Boletín de visas es un documento que expide cada mes el Departamento de Estado de los Estados Unidos y que permite saber a una persona con una petición de visa aprobada ya sea por solicitud basada en la familia o de empleo cuando puede solicitar la visa, es decir cuándo puede iniciar la fase final de la tramitación.
Si desea conocer como leer el boletín de visas puede hacer clic en el enlace Cómo Leer el Boletín de Visas o también ver el video directamente en nuestro canal de YouTube Cómo Leer el Boletín de Visas
Es importante recordar que el gobierno del presidente Donald Trump emitió una orden ejecutiva donde se detiene la inmigración para ciertas categorías, inicialmente esta restricción iba hasta el mes de junio de 2020, pero dado el avance y propagación del coronavirus COVID-19 el gobierno el día 24 de junio extendió hasta el 31 de diciembre de 2020 esta restricción, lo que significa que actualmente NO HAY inmigración hacia los Estados Unidos para ninguna de las categorías.
A pesar de que muchos servicios han sido suspendidos a causa de la pandemia del Coronavirus Covid-19, la emisión del boletín de visas al parecer no ha tenidos pausas sino que sigue adelante, por ejemplo en este mes en promedio hubo un avance de un mes entre las diferentes categorías. A continuación los avances y tiempos de espera promedios de las diferentes categorías:
Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4891-boletin-de-visas-agosto-2020.html
jueves, 30 de julio de 2020
miércoles, 29 de julio de 2020
Nuevas Restricciones DACA: Rechazar Nuevas Solicitudes y Reducir Tiempo De Extensión
El Secretario interino de Seguridad Nacional, Chad F. Wolf, anunció que en respuesta a la decisión de la Corte Suprema, el Departamento de Seguridad Nacional tomará medidas para considerar cuidadosamente el futuro de la política de DACA, incluida la rescisión total del programa.
Mientras tanto y para abordar las preocupaciones serias con la política, el Departamento de Seguridad Nacional hará los siguientes cambios a DACA de inmediato:
- Rechazar todas las solicitudes iniciales de DACA y solicitudes asociadas para documentos de autorización de empleo;
- Rechazar solicitudes nuevas y pendientes de libertad condicional avanzada en ausencia de circunstancias excepcionales;
martes, 28 de julio de 2020
Colombia Lanza Libertapp, Una Aplicación Para Combatir La Trata De Personas
Migración Colombia, con el apoyo de la OIM y la Oficina de Población, Refugiados y Migración (PRM) del Departamento de Estado de los Estados Unidos, lanzan Libertapp. Un aplicativo a través del cual las víctimas de trata de personas y la ciudadanía en general, pueden denunciar posibles casos relacionados con este delito y solicitar ayuda desde cualquier parte del mundo.
La aplicación, que tiene una interfaz limpia, sencilla y fácil de utilizar, cuenta con un botón de pánico que envía, de manera inmediata, los datos básicos del denunciante y su ubicación en tiempo real al Centro Operativo Antitrata de Personas -COAT-, facilitado así la acción oportuna por parte de las autoridades.
Además del botón de pánico, la nueva aplicación Libertapp, cuenta con un apartado educativo, en el que el usuario podrá aprender acerca de este flagelo. Los diferentes tipos de trata que existen, las formas de sometimiento, los métodos de captación que utilizan estas redes e incluso herramientas para aprender a identificar señales de riesgo.
Libertapp, que ya se encuentra disponible en las tiendas de Android y IOS, cuenta, además, con el listado de todos los consulados de Colombia en el exterior y puede ser utilizado en idioma español o inglés por el usuario.
lunes, 27 de julio de 2020
Estimado De Tiempo De Procesamiento De Casos En Estados Unidos
El rango de tiempo es el tiempo que tarda USCIS en procesar el caso a partir de la fecha en que se recibe. En general, se procesan casos en el orden en que se reciben, y la información se actualiza en la página cada mes. El rango de tiempo estimado que se presenta como resultados se basa en los datos ingresados aproximadamente dos meses antes de actualizar la página. Tenga en cuenta que los tiempos pueden cambiar sin aviso anterior.
Un nuevo método para calcular los tiempos de procesamiento para los Formularios I-90, I-102, I-485, I-526, I-751, I-817, I-824, I-829, I-914, I-924, N-400, N-600 y N-600K. Con este método, podremos publicar tiempos de procesamiento que son más precisos, puntuales y fáciles de entender.
¿Qué significan los tiempos de procesamiento?
Ahora mostramos los tiempos de procesamiento de casos como un rango. El primer número es el tiempo que tarda en completar 50% de los casos (la mediana). El segundo número es el tiempo que tarda en completar 93% de los casos.
En el siguiente enlace podrá verificar el tiempo de procesamiento, recuerde que debe ingresar el tipo de formulario y la oficina local o centro de servicio
Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4887-Tiempo-De-Procesamiento-De-Casos.html
sábado, 25 de julio de 2020
ICE Mantiene Restricciones De Acceso A Estudiantes Nuevos Con Clases Virtuales
La Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) emitió un nuevo comunicado el viernes 24 de julio, donde restringe el ingreso a nuevos estudiantes extranjeros si sus universidades solo ofrecen clases en línea; podrán ingresar solo los estudiantes que tengan al menos una clase de forma presencial.
Este comunicado se da luego de que semanas a tras el gobierno retirara el plan de cancelar las visas a estudiantes extranjeros que estuvieran en Estados Unidos y tomaran clases virtuales, ante varias demandas que impusieron algunas universidades ya que consideraban que la medida era ilegal y afectaría las instituciones académicas.
viernes, 24 de julio de 2020
Green Card o Residencia Para Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ)
La clasificación de Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ, por sus siglas en inglés) proporciona a ciertos hijos que han estado sujetos a un proceso judicial juvenil estatal relacionado con el abuso, negligencia, abandono u otra forma similar bajo la ley estatal, la posibilidad de solicitar la residencia permanente legal en los Estados Unidos.
USCIS determina si un menor cumple con los requisitos de la clasificación SIJ al adjudicar el Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial. Para obtener más información acerca de la clasificación de SIJ, consulte el artículo Jóvenes Inmigrantes Especiales En Estados Unidos.
Para solicitar la residencia permanente legal basada en la clasificación de SIJ. También conocido como ajuste de estatus (“adjustment of status”). Antes de solicitar usted debe leer las Instrucciones del Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus (PDF, 539.23 KB) . .
Requisitos Para El Ajuste De Estatus
Usted debe cumplir con los siguientes requisitos para ser elegible a obtener una Tarjeta Verde como SIJ:
- Presentar correctamente el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus
- Haber sido inspeccionado y admitido o haber sido inspeccionado y se le otorgó un permiso condicional para ingresar a Estados Unidos (vea más adelante)
- Estar físicamente presente en Estados Unidos al momento en que presenta el Formulario I-485
- Ser elegible para recibir una visa de inmigrante (vea más adelante)
- Una visa de inmigrante está disponible de inmediato para usted en el momento en que presenta el Formulario I-485 y en el momento en que USCIS toma una decisión final sobre su solicitud
- Ninguno de los vetos de ajuste de estatus aplican a su caso
- Ser admisible a Estados Unidos para obtener la residencia permanente legal o es elegible a una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio migratorio y
- Usted amerita un ejercicio discrecional favorable de parte de USCIS.
Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4885-Residencia-para-jovenes-inmigrantes-especiales.html
Visa EB-5 Para Inmigrantes Inversionistas
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) administra el Programa de Inmigrantes Inversionistas, también conocido como “EB-5”, creado por el Congreso en 1990 con el fin de estimular la economía estadounidense a través de la creación de empleos y la inversión de capital por parte de inversionistas extranjeros.
Bajo el primer programa piloto de inmigración promulgado en 1992 y reautorizado desde entonces, los inversionistas también pueden cualificar para la clasificación de visas EB-5 mediante la inversión a través de centros regionales designados por USCIS a base de propuestas para promover el crecimiento económico. El 20 de diciembre de 2020, el presidente Trump firmó la ley que extendió el Programa de Centros Regionales hasta el 30 de septiembre de 2020.
Todos los inversionistas EB-5 deben invertir en una nueva empresa comercial, que haya sido establecida:
- Después del 29 de noviembre de 1990, o
- En o antes del 29 de noviembre de 1990, y que: 1. Haya sido comprada y el tipo de negocio existente sea reestructurado o reorganizado de tal modo que resulte en una nueva empresa comercial; o 2. Haya expandido a través de inversión, de modo que ocurra por lo menos un 40 por ciento de incremento en el valor neto o en la cantidad de empleados.
Se entiende por Empresa comercial cualquier actividad con fines de lucro encaminada a la realización continua del negocio legal, incluyendo, pero no limitado a
Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4884-Visa-EB5-Para-Inversionistas.html
miércoles, 22 de julio de 2020
Excepciones A La Suspensión De Visas Decretadas Por El Presidente Donald Trump
El 22 de junio el Presidente firmó la Proclamación Presidencial 10014 (PP 10014) suspende la emisión de algunos tipos de visado de inmigrante mientras que la Proclamación presidencial 10052 (PP 10052) suspende la emisión de tres tipos de visado de no inmigrante: visados L, visados H, algunos visados J y todos sus dependientes para las tres categorías. No se revocarán visados válidos bajo la PP 10052, sin embargo, no se podrán emitir ni renovar este tipo de visados mientras la proclamación presidencial continúe en vigor.
Los ciudadanos extranjeros que se encuentren o se encontrasen en Estados Unidos, o quienes dispongan de un visado de no inmigrante o inmigrante en la fecha de entrada en vigor de la proclamación, no se verán sujetos a la PP 10014 o PP 10052. Las restricciones impuestas por la PP 10052 y PP10014 finalizan el 31 de diciembre de 2020 salvo que su vigencia sea ampliada por el Presidente.
El Departamento de Estado se compromete a implementar esta Proclamación de manera ordenada en conjunto con el Departamento de Seguridad Nacional y los socios interinstitucionales y de conformidad con todas las leyes y reglamentos aplicables.
Sin embargo hay ciertas excepciones limitadas a esta Proclamación Presidencial que son básicamente para viajes humanitarios, respuesta de salud pública y seguridad nacional, también la están exentos los solicitantes que están sujetos a la caducidad de su clasificación actual de visa de inmigrante antes de que expiren los PP pertinentes o dentro de las dos semanas posteriores.
A continuación describimos las excepciones bajo la Proclamación Presidencial 10052 y 10014 para ciertos viajes en interés nacional de no inmigrantes:
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