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martes, 27 de agosto de 2019

Estados Unidos Cancela Programa Para Tratamiento Médico A Inmigrantes

El Gobierno del presidente Donald Trump a través de cartas enviadas a familiares de personas que reciben tratamiento médico informo que eliminó la protección que permitía a inmigrantes permanecer en el país y evitar la deportación mientras ellos o sus familiares recibían tratamiento médico de vida o muerte.

Con esta medida se obliga a familiares y enfermos buscar un tratamiento en sus países de origen, muchos de los cuales podrían ser de menor calidad, sin embargo lo mas crítico es que estas personas podrán ser deportadas aunque su vida este en riesgo de muerte. El gobierno cerró el programa y no están considerando aplicaciones que estuvieron pendiente ya sea de hace unos meses o de hace años.

Esta medida afecta todas las solicitudes pendientes, incluyendo aquellos pedidos de renovación a la autorización por dos años, así como a quienes la piden por primera vez. La única excepción es para miembros del ejército y sus familiares. Desde ya abogados están trabajando las acciones legales para evitar que esta medida se lleve a cabo.

 

 

 

Fuente: Youtube Noticias Telemundo  

https://www.inmigracionyvisas.com/a4422-cancelan-programa-para-tratamiento-medico.html

sábado, 24 de agosto de 2019

Proceso General De Solicitud De Visa De Visitante Para Canadá

Una visa de visitante (también llamada visa de residente temporal) es un documento oficial que indica que cumple con los requisitos necesarios para ingresar a Canadá, se puede solicitar en línea o en papel.

Con el visado de visitante la mayoría de las personas pueden permanecer hasta seis meses en Canadá, sin embargo, en el puerto de entrada, el oficial de servicios fronterizos puede permitirle quedarse por menos de seis meses o más. Si es así, indicará en su pasaporte la fecha en que debe abandonar el país. También podría darle un documento llamado " tarjeta de visitante ", en el que aparecerá esta fecha. 

Si no obtiene un sello en su pasaporte, puede permanecer durante seis meses desde el día en que ingresó a Canadá o hasta que expire su pasaporte, lo que ocurra primero. Si necesita un sello, puede solicitar uno de un oficial de servicios fronterizos. Si llega a un aeropuerto utilizando terminales de inspección primaria , solicite un sello al oficial de servicios fronterizos después de su transacción en la terminal. 

Si desea permanecer más allá del período permitido, debe enviar una solicitud de extensión al menos 30 días antes del final de su estadía. 

El trámite se puede realizar en línea y se aconseja hacerlo por las siguientes razones: 
  • No hay tarifas de mensajería ni plazos de entrega postal: recibimos su solicitud al instante.
  • Las solicitudes en línea se pueden procesar más rápidamente.
  • Evita demoras en el procesamiento de su solicitud. Las solicitudes incompletas se devuelven a los solicitantes. Solicitar en línea le permite verificar que su solicitud esté completa antes de enviarla.
  • Si necesitamos otros documentos, puede enviarlos rápidamente en línea.
  • No es necesario que envíe su pasaporte antes de que se lo solicitemos.
  • Puede obtener actualizaciones sobre el estado de su aplicación directamente en su cuenta en línea.


Requisitos Básicos

Para obtener una visa de visitante en Canadá debe cumplir con ciertos requisitos básicos, que son: 
  • Tener un documento de viaje válido , como un pasaporte;
  • Estar sano;
  • No haber sido condenado por actividad criminal o delitos relacionados con la inmigración;
  • Convencer a un oficial de inmigración de que volverá a su país de residencia debido a las conexiones que tiene allí, como empleo, propiedad, activos financieros o familia;
  • Convencer a un oficial de inmigración de que saldrá de Canadá al final de su estadía;
  • Tener suficiente dinero para su estadía; El monto requerido dependerá de la duración de su estadía y variará dependiendo de si se hospeda en un hotel o con amigos o familiares.

También es posible que deba someterse a un examen médico y solicitar o tener una carta de invitación de una persona que vive en Canadá. 


Personas Inadmisibles A Canadá

Algunas personas son inadmisibles en Canadá, lo que significa que no se les permite ingresar. Puede ser inadmisible por varias razones, incluida la participación en: 
  • Actividades delictivas;
  • Violaciones de derechos humanos;
  • Actividades relacionadas con el crimen organizado.

También puede ser inadmisible por razones de seguridad, salud o aspectos financieras


Proporcionar Datos Biométricos

En la mayoría de los casos, debe proporcionar sus datos biométricos . Una vez que haya pagado las tarifas biométricas y haya enviado su solicitud, le enviaremos una carta de instrucciones en la que le diremos cómo proceder y hacia dónde ir. Tendrá 30 días para proporcionar sus datos biométricos (en persona). 

Si no ha pagado las tarifas biométricas, le enviaremos una carta para que lo haga primero. Solo recibirá una carta de instrucciones si ha pagado tarifas biométricas. 

Obtenga más información sobre cómo proporcionar sus datos biométricos y adónde ir . 


Evaluación De La Solicitud De Visa De Visitante

El gobierno de Canadá verificara que todos los documentos necesarios acompañen la solicitud. Si está incompleto, no se procesará y será devuelto. Adicional a los documentos el gobierno podría requerir que Usted:

En caso que requiera algunos de estos puntos se le indicara los pasos a seguir. Las solicitudes de visa de visitante en su mayoría son procesadas en unas pocas semanas o menos. El tiempo de procesamiento depende de la oficina de visas y el hecho de que usted tiene que seguir otros pasos o no. 

Se le devolverá el pasaporte y otros documentos originales una vez que su solicitud haya sido procesada. No se devolverá extractos bancarios originales ni ningún documento que se encuentre falsificado. 

Si su solicitud es aprobada, tendrá una visa sellada dentro de su pasaporte. 

Si su solicitud es rechazada, se le informara el motivo. 


Ingreso A Canadá

Tener una visa de visitante válida y un documento de viaje no garantiza que podrá ingresar a Canadá. A su llegada, el servicio de migración validara su identidad para asegurarnos de que usted sea la misma persona que ha sido aprobada para viajar a Canadá. 
  • Si ingresa a Canadá en uno de los diez (10) principales aeropuertos de Canadá: Sus huellas digitales serán verificadas automáticamente en una terminal de inspección primaria; El sistema verificará su identidad con la información recopilada cuando envíe su solicitud.
  • Si ingresa a Canadá en un aeropuerto más pequeño y en cualquier punto de entrada terrestre: Sus huellas digitales pueden estar sujetas a verificación si se lo dirige a una inspección secundaria, durante la cual un oficial de servicios fronterizos usará un dispositivo para verificar sus huellas digitales.

Los niños menores de 18 años deben viajar con los documentos apropiados y cumplir con los mismos requisitos de ingreso que los adultos. El oficial de servicios fronterizos podría pedirle a un menor que presente otros documentos dependiendo de si viaja solo o con alguien. Conozca los requisitos específicos para niños menores. 

Si pasa por el control de identidad y cumple con los requisitos de ingreso , el oficial de servicios fronterizos podría sellar su pasaporte o informarle cuánto tiempo puede estar en Canadá. Normalmente se le permite permanecer en Canadá por hasta seis meses. 

En algunos casos, el oficial puede limitar o extender la duración de su estadía en Canadá para ayudarlo a lograr el propósito previsto de su visita. Haga preguntas si no está seguro de algo. 


Fuente: www.canada.ca
https://www.inmigracionyvisas.com/a4415-Solicitud-Visa-De-Visitante-Para-Canada.html

lunes, 20 de mayo de 2019

USCIS Completes Data Entry Of Fiscal Year 2020 H-1B Cap Subject Petitions

USCIS has completed data entry for all fiscal year 2020 H-1B cap-subject petitions selected in our computer-generated random selection process, including those selected under the U.S. advanced degree exemption. As in previous years, we will now begin returning all H-1B cap-subject petitions that we did not select and will issue an announcement once we are done notifying petitioners. Due to the volume of filings, we cannot provide a definite time frame for returning unselected petitions. We ask petitioners to wait to inquire about the status of their cap-subject petitions until they receive a receipt notice or an unselected petition that we have returned.

Additionally, we may transfer some Form I-129 H-1B cap-subject petitions between the Vermont Service Center and the California Service Center to balance the workload and enhance efficiencies. If we transfer your case, you will receive notification in the mail. After receiving the notification, please send all future correspondence to the center processing your petition.

 

Source: U.S. Citizenship and Immigration Services USCIS 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4171-USCIS-Completes-Data-H1B-Year-2020.html 

 

lunes, 29 de abril de 2019

Aproximadamente 25,000 familias en viviendas públicas tienen un estatus mixto, lo que significa que al menos un miembro de la familia es un ciudadano, residente permanente legal o refugiado y otro miembro no está documentado. Aunque los inmigrantes indocumentados no califican para los beneficios de vivienda, las reglas actuales les permiten vivir con sus familias que sí califican. Sin embargo, esto puede cambiar pronto. Bajo una nueva regla propuesta por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD), los ciudadanos e inmigrantes legales en viviendas públicas o subsidiadas pueden ser desalojados si tienen un familiar indocumentado que vive con ellos.

Bajo la ley actual, una familia solo necesita declarar el número de miembros de la familia que son elegibles o no elegibles para los subsidios. Si un miembro de la familia indocumentado vive en una vivienda pública con el solicitante elegible, entonces la familia solo recibe subsidios parciales, que cubren solo a los miembros de la familia que son ciudadanos elegibles o inmigrantes calificados. El sistema actual garantiza que los miembros de la familia indocumentados no reciban ningún beneficio de asistencia de vivienda pública.

Debido a estas pautas estrictas, las familias de estado mixto generalmente terminan pagando cerca de la tasa de mercado para el alquiler. El nuevo reglamento propuesto por HUD lo haría para que cualquier familia que actualmente recibe un subsidio o subsidio de vivienda pública, incluidos los vales de la Sección 8, no sea elegible para ningún beneficio de vivienda si un miembro de su familia que vive en la casa no está documentado. Bajo el nuevo sistema, el estado de inmigración de cada miembro de la familia se evaluaría a través del sistema de Verificación Sistemática de Extranjería para las Autoridades ( SAVE, por sus siglas en inglés) del Departamento de Seguridad Nacional si son menores de 62 años y viven actualmente en viviendas subsidiadas.

La nueva regla podría afectar a hasta 32,000 personas en familias de estado mixto que actualmente reciben beneficios federales de vivienda. Esas familias tendrían que elegir entre el desalojo o la separación de la familia. Esto pone en riesgo a los estadounidenses e inmigrantes vulnerables que dependen de estos subsidios para su vivienda.

HUD sostiene que estos desalojos ayudarán a reducir las listas de espera para viviendas públicas, pero muchos defensores de las viviendas de bajos ingresos no están de acuerdo. Muy pocos, si es que los hay, se abrirían porque muchas familias de estados mixtos optarán por dividirse en lugar de perder sus beneficios por completo.

Este es un intento mezquino para abordar los problemas principales de la vivienda pública, incluidas las largas listas de espera y las condiciones de vivienda deficientes. Solo en Nueva York, actualmente hay 209,180 personas en línea para beneficios de vivienda pública, con 148,000 adicionales en línea para viviendas de la Sección 8.

El reglamento propuesto por HUD ha sido enviado al Congreso para un período de revisión de 15 días antes de que se publique para un período de comentario público de 60 días. 



Fuente: www.immigrationimpact.com
https://www.inmigracionyvisas.com/a4130-proponen-desalojar-de-viviendas-publicas-a-familiares-indocumentados.html

viernes, 12 de abril de 2019

Ley De Protección Del Estatus Del Menor (CSPA) En Estados Unidos

La ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) define un menor como una persona soltera y menor de 21 años. Si alguien solicita el estatus de residente permanente legal (LPR) siendo menor, pero cumple los 21 años antes de que su estatus de LPR sea aprobado ( también conocido como obtener la Tarjeta Verde), esa persona ya no puede ser considerada un menor para propósitos de inmigración.

Esta situación es conocida comúnmente como “aging out” (exceder la edad límite), y a menudo significa que estos solicitantes deben presentar una nueva petición o solicitud, esperar aún más tiempo para obtener una Tarjeta Verde, o ser elegible a una Tarjeta Verde, o podrían no ser elegibles para obtener una Tarjeta Verde de ninguna manera.

El Congreso reconoció que muchos menores estaban excediendo la edad límite debido al alto número de casos en espera de procesamiento por parte de USCIS, así que puso en vigor la Ley de Protección de Estatus del Menor (CSPA, por sus siglas en inglés) a fin de proteger ciertos menores de superar la edad. El CSPA entró en vigor el 6 de agosto de 2002.

CSPA no cambia la definición de “menor”. En su lugar, CSPA provee un método para calcular la edad de una persona para ver si cumple con la definición de “menor” para propósitos de inmigración. La edad calculada es la “edad CSPA”. Esto permite a algunas personas permanecer clasificadas como menores aún después de haber cumplido 21 años. Sin embargo, CSPA no cambia el requisito de que usted debe estar soltero a fin de permanecer siendo elegible para clasificar como menor.


Aplicabilidad y Elegibilidad a Ley de Protección del Estatus del Menor 

CSPA aplica solamente a las siguientes personas:
  • Familiares inmediatos
  • Solicitantes principales de preferencia auspiciados por familiares y solicitantes derivados
  • Auto peticionarias bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés) y solicitantes derivados
  • Solicitantes de preferencia basada en el empleo y solicitantes derivados
  • Solicitantes derivados de poseedor de Visa de Diversidad de Inmigrante (DV, por sus siglas en inglés)
  • Refugiados derivados,
  • Asilados derivados.


Si está solicitando una Tarjeta Verde basada en una de las categorías anteriores, usted es elegible a ser considerado a CSPA ya sea si su Formulario I-485, Solicitud de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus cualificado o uno de los siguientes formularios de base fue presentado o está pendiente en o luego del 6 de agosto de 2002: 


Ley De Protección Del Estatus Del Menor Para Refugiados O Asilados 

Si usted es un refugiado derivado, su edad CSPA es la edad que tenía a la fecha en que su padre refugiado principal o peticionario por medio de Formulario I-730 presentó su Formulario I-590, que es la fecha de su entrevista con un oficial de refugiado. Si tenía menos de 21 años al momento de la entrevista de sus padres, su edad se “detiene” en esa fecha y no excederá la edad límite. Aunque usted debe permanecer soltero para cualificar para admisión a los Estados Unidos como refugiado derivado, no necesita permanecer soltero a fin de cualificar a una Tarjeta Verde bajo INA 209. 

Si usted es un asilado derivado, su edad CSPA es la edad que tenía a la fecha que su padre asilado principal o peticionario basado en el Formulario I-730 presentó su Formulario I-589. Si usted tenía menos de 21 años al momento en que su padre presentó el Formulario I-589, su edad será “detenida” en esa fecha y no la superará. A diferencia de los refugiados derivados, usted debe estar soltero para poder cualificar a que se le otorgue asilo derivado y para cualificar a una Tarjeta Verde bajo INA 209. 


Ley De Protección Del Estatus Del Menor CSPA Para Familiares Inmediatos 

Si usted es un familiar inmediato, un auto peticionario VAWA que es cónyuge o hijo abusado de un ciudadano estadounidense, o un hijo derivado de un auto peticionario VAWA que es cónyuge o hijo abusado de un ciudadano estadounidense, su edad es “detenida” en la fecha en que se presenta el Formulario I-130 o el Formulario I-360. Si estaba bajo la edad de 21 años al momento de que la petición haya sido aprobada, usted es elegible a CSPA y no sobrepasará la edad. Sin embargo, usted debe permanecer soltero para poder cualificar. 



Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4106-ley-de-proteccion-del-estatus-del-menor.html

martes, 9 de abril de 2019

Nuevos Y Mejores Servicios Para Colombianos En EL Exterior

Uno de los objetivos que se trazó este Gobierno desde su primer día de trabajo fue fortalecer el servicio consular con el objetivo de facilitarle la vida cada vez más a los connacionales que se encuentran fuera del país, por eso, el Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Holmes Trujillo, presentó los cambios que implementó la Cancillería para ofrecerles ‘Más y mejores servicios’ a los colombianos en el exterior.

Se trata de 14 nuevos servicios que mejorarán todos los trámites en los Consulados: 


1. Primera fase de la aplicación móvil 'Miconsulado': 
Se puede descargar a través de Playstore (solo para Android en esta etapa inicial) y en ella pueden encontrar los datos del consulado más cercano a su ubicación, consultar trámites, estados de solicitudes de servicios; también puede radicar peticiones, quejas y reclamos y solicitar ayuda o asistencia consular en caso de requerirla. De igual forma, encontrará información de lo que puede y no puede hacer el consulado por los connacionales en tema de asistencia; cómo prepararse para un viaje al exterior y consejos para evitar ser víctima de delitos transnacionales como la trata de personas. 


2. Pasaporte por internet: 
A partir de julio, se podrá solicitar el pasaporte por internet (ordinario y ejecutivo para mayores de edad. No aplica en caso de pérdida o hurto, cambios biográficos o rectificación). 


3. Pago de trámites por internet con tarjeta de crédito: 
Anteriormente en los consulados solo se podía pagar a través de PSE o presencialmente, ahora, desde la comodidad de su casa, oficina o donde lo deseen, los colombianos podrán pagar sus trámites con tarjeta de crédito a través de la página web del consulado en el que realice su diligencia. 


4. Ampliación de horarios de atención en los consulados: 
Entendiendo que los colombianos en el exterior pocas veces tienen tiempo para acudir a los consulados en horario de oficina debido a sus obligaciones laborales, el Ministerio implementó jornadas continuas y de horario extendido para poder atender las solicitudes de los colombianos de lunes a viernes. De igual forma, realizará 164 sábados consulares para quienes necesiten realizar trámites durante el fin de semana y 220 consulados móviles a ciudades en las que normalmente no hay presencia consular. Las fechas y horarios de estas jornadas deben consultarse en la página de cada consulado y varían de acuerdo a las necesidades de la comunidad en la ciudad/país respectivo, para poder atender las solicitudes de los colombianos de lunes a viernes. 


5. Guías del inmigrante en el país de acogida: 
Documento que servirá de apoyo para los colombianos que viajen a cualquiera de los 120 países en los que tenemos consulado. Aquí encontrarán información útil para la estabilización a su llegada (política migratoria del país, centros de salud, procesos laborales e inclusión educativa, entre otros). 


6. En el desarrollo de los talleres Construyendo País, implementamos los 'Encuentros Consulares Comunitarios': 
Espacios de diálogo con la comunidad fuera del país para identificar sus temas de interés y necesidades, con el objetivo de recoger insumos que sirvan de base para tomar decisiones que solucionen sus requerimientos. Se realizarán 240 encuentros en el 2019. 


7. Autenticación biométrica para el trámite de reconocimiento de firma: 
De esta forma, se elimina el requisito de la huella dactilar con tinta en el documento para trámites en los consulados, en su reemplazo se empezarán a utilizar medios electrónicos para identificar a los usuarios. Lo que se busca es realizar los procesos notariales de forma más eficiente y ágil. 


8. Implementación de la huella decadactilar para la cedulación
En el exterior (en principio en los consulados en Miami, Los Ángeles, Orlando y Nueva York): La implementación de este sistema para la solicitud de los documentos de identidad de los colombianos en el exterior supone una mejoría en el proceso de solicitud, pues no supondrá el uso de tinta y papel para hacerlo. 


9. Instauración de líneas gratuitas de atención desde Chile y Canadá: los connacionales que se encuentren en esos países podrán comunicarse gratuitamente las 24 horas del día, los 7 días de la semana con la Cancillería para solicitar información o recibir orientación en algún tipo de asistencia. 


10. Celebración de convenio interadministrativo con Colpensiones para la expedición del certificado de supervivencia:
Se ultiman los detalles para la suscripción de un Convenio Interadministrativo entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Colpensiones, con el fin de aunar esfuerzos para el intercambio de información y permitir que las certificaciones de supervivencia que muchos connacionales requieren para efectos de continuar recibiendo su mesada pensional, sea emitida por el consulado y enviada de manera directa, automática e inmediata a Colpensiones. Supondrá un beneficio para nuestros connacionales, quienes con solo acercarse de manera oportuna (una vez cada seis meses) al Consulado más cercano, se asegurarán de que sus certificados de supervivencia sean recibidos inmediatamente y sin contratiempos por la entidad de seguridad social, con lo cual evitarán la suspensión en el pago de sus pensiones. 


11. Nuevo convenio que permitirá solicitar la apostilla de registro civil desde las notarías del país: 
Los usuarios no tendrán que solicitar la fiel copia de sus Registros Civiles ante la notaría correspondiente, digitalizar el documento y cargarlo a través del sitio web www.cancilleria.gov.co para solicitar la apostilla. Con la implementación de este nuevo sistema, los usuarios podrán acercarse a la notaría correspondiente, desde donde se solicitará la apostilla de su documento en línea, directamente a la Cancillería. 


12. Ampliación de la expedición de la Tarjeta Consular: 
Este documento ayuda a que las autoridades locales reconozcan beneficios a los colombianos portadores del mismo, independiente a la situación migratoria, sin embargo, está sujeto a la política de cada entidad estatal. Actualmente se expide en 13 consulados. 
España: Sevilla, Madrid, en 2019 se incluyó, Palmas de Gran Canaria y Bilbao. Estados Unidos: Los Ángeles, Houston, Miami, Nueva York, Newark, San Francisco, Boston, Chicago y Atlanta. 

Trámite y beneficios para los connacionales: 
  • Trámite de la licencia de conducción (Estados Unidos).
  • Trámites de nacionalidad (España).
  • Guía para expedición de otros documentos de identidad (todos).
  • Trámites bancarios(todos)


13. Fortalecimiento al servicio en el Centro Integral al Ciudadano: 
A través de la implementación y actualización de nuevas tecnologías se ofrecerá un mejor servicio de atención al ciudadano a través de los diferentes canales de atención con los que cuenta la Cancillería. 
  • Disminución en el tiempo de espera para contactase con un agente.
  • Consulta automática del estado de su trámite a través del sistema.
  • Atención unificada de la solicitud independiente del medio de contacto: teléfono, chat, video llamada, correo electrónico o redes sociales.
  • Envió de mensajes de texto con información de interés a usuarios.


14. Catálogo del Buen Viajero:
Dentro de las campañas que adelanta la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano encontramos el Catálogo del Buen viajero, un documento que provee información para la preparación de un viaje a cualquier parte del mundo, enfocado en fomentar una migración segura y ordenada. 

Este trabajo se da gracias al liderazgo de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al ciudadano en cooperación de la Dirección de Gestión de la Información y Tecnología de la Cancillería

 

 

Fuente: Comité Internacional De La Cruz Roja 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4099-nuevos-servicios-para-colombianos-en-el-exterior.html

sábado, 16 de marzo de 2019

La Viceministra de Relaciones Exteriores, Luz Stella Jara, firmó el acuerdo sobre la exención mutua de visa para portadores de pasaportes ordinarios, con el Ministro de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional de los Emiratos Árabes Unidos, el Jeque Abdullah Bin Zayed AlNahyan. 

“Esto va a permitir a los ciudadanos de ambos países adelantar actividades como turismo, estudios, gestiones de negocios, eventos culturales y deportivos, hasta por un tiempo de 90 días, sin visa. Esperamos que esto también ayude a incrementar el número de turistas de lado y lado”, señaló la Viceministra Luz Stella Jara, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores. 

Por su parte, el Canciller de los Emiratos Árabes Unidos, el Jeque Abdullah Bin Zayed AlNahyan, señaló que esta es su cuarta visita a Colombia. El diplomático expresó que en esta ocasión, “con el nuevo Gobierno de Colombia”, se generan muchas oportunidades para fortalecer las relaciones en materia comercial, cultural y de visas para el tránsito de ciudadanos de ambos países, entre otras áreas. 

“Estamos en un punto en que podemos crecer en otros campos como alimentos, turismo. También somos muy unidos en la lucha contra el terrorismo… Vemos a Colombia como un compañero, un país aliado, un hermano y un país con gran potencial de cooperación… Finalmente, gracias por los 4.000 colombianos que viven en los Emiratos Árabes Unidos. Uno de ellos está aquí. Muchas gracias a las familias colombianas y a quienes visitan nuestro país”, destacó el Ministro de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional del país visitante. 

Finalmente, la Viceministra de Relaciones Exteriores subrayó el interés del Gobierno Nacional de fortalecer las relaciones diplomáticas y comerciales con los Emiratos Árabes Unidos y anunció una próxima visita del Presidente de la República, Iván Duque Márquez, al país de Oriente Medio. 


 


sábado, 9 de marzo de 2019

Guía Básica Para Visitar Canadá

Escrito por Karla Campos para www.alanxelmundo.com 

Es impresionante la cantidad de cosas que tiene esta nación para ofrecer a los viajeros. Siendo el segundo país más grande del planeta, en su territorio posee increíbles paisajes, ciudades modernas y una cultura muy interesante.

Además, la amabilidad de sus habitantes los hará sentirse como en casa.

¿Qué necesito para visitar Canadá?

A continuación, les dejo una lista con los países que necesitan visa, permiso electrónico o que sólo requieren su pasaporte para viajar a este destino.

Visa: Argentina, Belice, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, El Salvador, Guatemala, Honduras, Jamaica, Nicaragua, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela.

eTA: México, Chile, España.

 

 

¿Cuál es la mejor época para viajar a Canadá? 

Temporada alta (de junio a agosto)
Tiempo cálido, pero se presenta un aumento de hasta el 30 por ciento en el precio del hospedaje.
OJO: Si practican deportes de nieve, hay un incremento de ocupación de diciembre a marzo.

Temporada media (mayo, septiembre y octubre)
Disminuye la afluencia de visitantes y los precios bajan.

Temporada baja (de noviembre a abril)
Puede ser especialmente frío y los horarios para realizar actividades disminuyen.

¿Qué onda con el idioma, la electricidad y la moneda?

Idioma: francés e inglés

Enchufe: Tipo A y B

Voltaje: 120 voltios y 60 Hz.

Moneda: Dólar canadiense

*Se acostumbre cobrar un impuesto por hospedaje de 3 CND.

Presupuesto

Este apartado es un aproximado que incluye hospedaje, comida y algunas atracciones. Los presupuestos son por día sin contar transporte (avión, tren, autobús y más) y están divididos en tres categorías:

Supervivencia: 60 CND
Dormir en hostales, comer en la calle o comida rápida y visitar algunas atracciones de paga. Lo esencial es ahorrar.

Inteligente: 180 CND
Dormir en hoteles baratos o cazar ofertas, comer en algunos restaurantes y visitar atracciones de paga y algunos espectáculos.

Lujo: +250 CND
Sin límites, hoteles de lujo, restaurantes y experiencias especiales.

 

 

Propinas: Entre 10% y 15%

Seguridad y salud

Canadá es un país relativamente seguro, pero se recomienda tomar precauciones habituales y cuidar las pertenencias y los documentos de viaje, particularmente en los aeropuertos, en el transporte público y dónde haya concentraciones de gente.

Los turistas no tienen derecho a la atención médica gratuita en Canadá; debes contar con un seguro de viaje o un seguro de gastos médicos con cobertura en el extranjero antes de salir de México. Lleva siempre contigo tu tarjeta de identificación del seguro y los teléfonos de emergencia del mismo.

Lleven siempre una copia del pasaporte mexicano y una identificación oficial con fotografía (no olviden digitalizarlos y enviarlos a su correo para tener una versión electrónica de los mismos). 

Busca información de contacto en ese país (hoteles, amigos, el teléfono de emergencias de la Sección Consular de la Embajada de México en Canadá, etc.) y tenlo a la mano.

Para más información sobre alertad de salud y seguridad, consulten la Guía del viajero de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

No se requieren vacunas especiales, ni alertas de salud por el momento para visitar Canadá.

 

  

Fuente: www.alanxelmundo.com

http://www.inmigracionyvisas.com/a4050-guia-basica-para-visitar-canada.html