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sábado, 2 de diciembre de 2023

¿Cómo programar un examen médico en un proceso de reunificación familiar (FRP)?

 


Cada beneficiario deberá dar fe de haber completado un examen médico y no tener condiciones médicas de Clase A. El beneficiario no debe dar fe de haber completado el examen médico y no tener condiciones médicas de Clase A hasta que haya completado el examen con un médico de panel, incluido cualquier tratamiento médico necesario, y haya recibido las vacunas requeridas.


IMPORTANTE: Si un beneficiario da fe de haber completado un examen médico con un médico de panel o de haber sido exento de cualquier condición médica de Clase A antes de completar el examen, el beneficiario no recibirá una autorización de viaje. Además, si el beneficiario principal indicado en el Formulario I-130 aprobado del peticionario completa la declaración antes de completar su examen médico, entonces sus beneficiarios derivados y beneficiarios derivados adicionales tampoco recibirán autorizaciones de viaje aprobadas, incluso si los derivados y los adicionales completaron sus requisitos médicos.


Después de recibir una “Notificación de Confirmación” (ver ejemplo a continuación), cada beneficiario (incluidos los hijos menores) que desee ser considerado bajo el proceso de permiso de permanencia temporal por reunificación familiar debe programar un examen médico con un médico de panel en su país de residencia actual, que debe ser fuera de Estados Unidos. El examen médico incluye historial médico, examen físico, detección de tuberculosis, detección de salud mental y vacunas.


A Continuación se explica cómo programar un examen médico y qué llevar a su examen médico en Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Haití, Guatemala u Honduras. Si no reside en ninguno de estos seis países, puede visitar la lista de embajadas y consulados de Estados Unidos publicada por el Departamento de Estado, que incluye un enlace a los procedimientos respectivos de cada embajada para programar un examen médico con un médico de panel.


Nota: Las instrucciones para el examen médico en esta tabla pueden ser diferentes de las instrucciones que encontrará en los sitios web de las embajadas de Estados Unidos. Si hay diferencias, siga las instrucciones de la tabla a continuación, que son específicas para el permiso de permanencia temporal por reunificación familiar.



Colombia


Visite el sitio web de la Embajada de Estados Unidos en Colombia, y vaya a la sección "Instrucciones para el Examen Médico" y vea la lista de médicos aprobados.


Continúe leyendo en https://inmigracionyvisas.com/a5898-examen-medico-para-el-proceso-de-reunificacion-familiar.html

jueves, 3 de febrero de 2022

Lo que debe saber del formulario I-693, Informe Médico y Registro de Vacunación

 


Si va a solicitar un ajuste de estatus para convertirse en un residente permanente legal, debe utilizar el formulario I-693, Informe Médico y Registro de Vacunación para establecer que no es inadmisible en Estados Unidos por motivos de salud pública.


El 9 de diciembre de 2021, USCIS ha eximido temporalmente el requisito de que los médicos civiles firmen el Formulario I-693, Informe de Examen Médico y Registro de Vacunación no más de 60 días antes de que el solicitante presente un Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus . Sigue siendo lo mejor para los solicitantes someterse al examen médico de inmigración cerca del momento de presentar el Formulario I-485, ya que el Formulario I-693 solo conserva su validez probatoria por 2 años a partir de la fecha en que firmó el médico civil. Después del plazo de 2 años, el solicitante tendrá que presentar un nuevo Formulario I-693 si USCIS todavía no ha adjudicado el Formulario I-485. Esta exención temporal estará en vigor hasta el 30 de septiembre de 2022.


Desde el 1 de octubre de 2021, los solicitantes sujetos al examen médico de inmigración... Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a5360-formulario-I-693-Informe-Medico-y-Registro-de-Vacunacion.html