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jueves, 30 de diciembre de 2021

España amplía medidas a pasajeros procedentes de países de alto riesgo por COVID-19

 


El Gobierno Español a través del Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el miércoles 29 de diciembre una Resolución de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, por la que se modifica la de 4 de junio de 2021, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.


Así, para personas procedentes de países de alto riesgo, y al igual que se ha implantado en otros países de la Unión Europea, se les requerirá, a partir del 30 de diciembre, un certificado de prueba diagnóstica negativa y, además, un certificado de vacunación o de la misma recuperación.


Adicionalmente, a partir del 1 de febrero de 2022, se aceptarán como válidos los certificados de vacunación expedidos a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa, siempre que no haya transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración de la última dosis.

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a5330-Espana-amplia-restricciones-a-pasajeros-de-paises-de-alto-riesgo.html

jueves, 2 de diciembre de 2021

Gobierno de España amplía las limitaciones de entrada al país

 

l Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por la variante B.1.1.529 (ómicron) de la COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre Sudáfrica, Botsuana, Eswatini, Lesotho, Mozambique, Namibia y Zimbabue y los aeropuertos españoles.


La medida entrará en vigor a las 00:00 del día 2 de diciembre (hora peninsular) y se mantendrá hasta las 24:00 horas del 15 de diciembre de 2021 (hora peninsular), período que podrá prolongarse si es necesario en función de la evolución de la situación y de la pandemia y de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea.


Desde estos 7 países sólo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.


Las siguientes son las recomendaciones si va a viajar a España...https://www.inmigracionyvisas.com/a5308-restricciones-para-viajar-a-espana.html