l Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por la variante B.1.1.529 (ómicron) de la COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre Sudáfrica, Botsuana, Eswatini, Lesotho, Mozambique, Namibia y Zimbabue y los aeropuertos españoles.
La medida entrará en vigor a las 00:00 del día 2 de diciembre (hora peninsular) y se mantendrá hasta las 24:00 horas del 15 de diciembre de 2021 (hora peninsular), período que podrá prolongarse si es necesario en función de la evolución de la situación y de la pandemia y de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea.
Desde estos 7 países sólo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.
Las siguientes son las recomendaciones si va a viajar a España...https://www.inmigracionyvisas.com/a5308-restricciones-para-viajar-a-espana.html