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lunes, 4 de marzo de 2019

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) revisó el Formulario I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante y publicará una nueva versión revisada el día 11 de marzo de 2019 

Recordemos que este documento permite a extranjeros extender o cambiar su estatus migratorio, e impacta a los cónyuges e hijos de los titulares de visas H-1B y L; visitantes por negocios o placer; estudiantes de F-1 y los visitantes de intercambio de J-1, para mas información sobre como ectender la estadia en estados undiso puedd consultar Como Extender La Estadía En Los Estados Unidos 

A partir del 11 de marzo de 2019, solo se aceptara la versión revisada del Formulario I-539 con la fecha de edición de 02/04/19. Se rechazara cualquier Formulario I-539 con fecha de edición del 12/23/16 o anterior que sea recibido por USCIS después del 8 de marzo de 2019. 

También, el 11 de marzo, se publicara él un nuevo Formulario I-539A, Información Suplementaria para la Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante, en la página web del Formulario I-539. El Formulario I-539A sustituye el Suplemento A proporcionado en las versiones anteriores del Formulario I-539. Solamente se puede presentar el Formulario I-539A en conjunto con el Formulario I-539; no puede presentarlo como un formulario independiente. 

La versión revisada del Formulario I-539 afectara indirectamente a 22 categorías de visas, e incluye los siguientes cambios importantes: 
  • Cada cosolicitante incluido en el Formulario I-539 del solicitante principal, debe presentar y firmar un Formulario I-539Apor separado, que estará disponible en la página web del Formulario I-539 a partir del 11 de marzo de 2019. Los padres o tutores legales pueden firmar a nombre de hijos menores de 14 años de edad o de cualquier cosolicitante que no sea mentalmente competente para firmar por su propia cuenta.
  • Cada solicitante y cosolicitante debe pagar la tarifa de $85 por concepto de servicios biométricos, excepto ciertos solicitantes no inmigrantes A, G, o NATO, según indican las nuevas instrucciones del Formulario I-539 que serán publicadas el 11 de marzo.
  • Cada solicitante y cosolicitante, sin importar su edad, recibirá una notificación de cita de servicios biométricos, que contendrá su número de recibo individual. La cita de servicios biométricos estará programada en el Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés) más cercano a la dirección del solicitante principal. Los cosolicitantes que deseen que programemos su cita en un ASC diferente deberán presentar un Formulario I-539 por separado.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) rechazará cualquier Formulario I-539 que le falte cualquiera de las firmas o la tarifa de servicio biométrico requeridas, incluidas aquellas requeridas para el Formulario I-539A. 



Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 

http://www.inmigracionyvisas.com/a4040-cambios-para-extender-o-cambiar-estatus-migratorio.html

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