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martes, 13 de octubre de 2026

Nuevas reglas de Medicaid en 2026: quién puede perder la cobertura y qué deben hacer los inmigrantes

 



Lo Más Importante en 30 Segundos

  • Desde el 1 de octubre de 2026, la financiación federal ordinaria de Medicaid y CHIP queda limitada a determinadas categorías migratorias, incluidos residentes permanentes, entrantes cubanos y haitianos y migrantes COFA; existen opciones estatales para algunos niños y embarazadas.
  • Refugiados y asilados sin green card, personas con parole humanitario, víctimas de trata (visa T) y autopeticionarios VAWA pierden la elegibilidad federal.
  • La agencia estatal puede verificar la información mediante sistemas oficiales y solicitar documentos cuando corresponda; lee cada aviso y responde dentro del plazo indicado.
  • Si la agencia no puede verificar que cumples el requisito de participación comunitaria o que estás exento, la regla contempla una notificación y un plazo de 30 días calendario para aportar pruebas. Los procedimientos de elegibilidad migratoria son distintos; revisa la notificación estatal.
  • Algunos niños y embarazadas con presencia legal pueden tener opciones de cobertura según el estado y el programa.
  • El Emergency Medicaid continúa, pero solo para atención de emergencia.
  • El 1 de enero de 2027 empiezan los requisitos de trabajo (80 horas al mes) y las renovaciones cada seis meses para adultos de la expansión.

¿Qué es Medicaid?

Medicaid es un programa de cobertura médica financiado conjuntamente por el gobierno federal y los estados. Está dirigido a personas que cumplen requisitos específicos de ingresos y elegibilidad, entre ellas ciertos adultos, niños, mujeres embarazadas, personas mayores y personas con discapacidad.

🔴 Importante
La elegibilidad para Medicaid depende de los ingresos, la categoría de cobertura, el estatus migratorio y las reglas del estado. No asuma que una modificación federal cancela automáticamente todos los programas estatales.

Principales cambios de Medicaid desde octubre 2026

La Sección 71109 de la ley H.R. 1 (Public Law 119-21), firmada el 4 de julio de 2025, redefine quién cuenta como “extranjero elegible” para recibir Medicaid y CHIP con dinero federal. Desde el 1 de octubre de 2026, solo califican por estatus migratorio:

  • Residentes permanentes legales (LPR), es decir, titulares de green card.
  • Entrantes cubanos y haitianos.
  • Migrantes de los Pactos de Libre Asociación (COFA): ciudadanos de las Islas Marshall, Micronesia y Palaos que viven en EE. UU.
  • Niños y embarazadas con residencia legal, únicamente en los estados que cubren a estos grupos mediante la opción ICHIA o CHIP.

Para todos los demás grupos de inmigrantes con estatus legal, la ley elimina la elegibilidad. La norma que exige a muchos residentes permanentes esperar cinco años antes de inscribirse (la ley de 1996 conocida como PRWORA) no cambió: los entrantes cubanos y haitianos y los migrantes COFA siguen exentos de esa espera.

ℹ️ Los indocumentados ya estaban excluidos
Las personas sin estatus migratorio ya eran inelegibles para Medicaid y CHIP con fondos federales. Lo que cambia ahora es el trato a grupos con estatus legal que antes sí podían calificar. Emergency Medicaid, que paga a los hospitales por atención de emergencia, queda exento de las nuevas restricciones.
⚠️ Cambio en el financiamiento de Emergency Medicaid
Desde el 1 de octubre de 2026, el gobierno federal reduce lo que paga a los estados por Emergency Medicaid para adultos de la expansión que serían elegibles salvo por su estatus migratorio: baja del porcentaje de expansión (90 %) al porcentaje regular de cada estado. Esto presiona los presupuestos estatales.

¿Qué inmigrantes pueden verse afectados por los cambios de Medicaid?

El cambio migratorio limita la posibilidad de que los estados reciban fondos federales para Medicaid y CHIP para ciertos grupos de no ciudadanos. Esto puede afectar a personas que anteriormente podían reunir los requisitos de cobertura financiada federalmente.

¿Qué categorías mantienen acceso a la financiación federal ordinaria?

La legislación contempla, entre otros grupos:

  • Ciudadanos y nacionales de Estados Unidos.
  • Residentes permanentes legales, conocidos como titulares de Green Card.
  • Ciertos entrantes cubanos y haitianos que cumplen la definición legal aplicable.
  • Determinados migrantes procedentes de países del Pacto de Libre Asociación (COFA).

Estas categorías también deben cumplir los demás requisitos del programa. Tener una Green Card, por ejemplo, no garantiza por sí solo la elegibilidad: siguen siendo relevantes los ingresos, la residencia estatal y las reglas de la categoría de Medicaid solicitada.

¿Qué pasa con refugiados, asilados y otras personas con presencia legal?

La reforma afecta a determinadas categorías de inmigrantes que anteriormente podían acceder a cobertura financiada federalmente. Entre los grupos que deben revisar su situación se encuentran ciertos refugiados, asilados, personas con permisos humanitarios y otros no ciudadanos que no figuran entre las categorías contempladas para mantener la financiación federal ordinaria.

La presencia legal en Estados Unidos no garantiza automáticamente que una persona conserve la misma cobertura federal de Medicaid. Antes de asumir que está excluida o protegida, confirme su categoría migratoria exacta y las reglas aplicables con la agencia estatal.

¿Se mantiene la cobertura de emergencias?

La orientación federal contempla la continuidad de fondos federales de Medicaid para el tratamiento de condiciones médicas de emergencia dentro de las reglas correspondientes. Esto no significa que todas las consultas, los medicamentos, los tratamientos programados o la atención preventiva estén cubiertos de la misma forma.

¿Qué sucede con los niños y las mujeres embarazadas?

La legislación mantiene determinadas opciones para que los estados cubran a niños y mujeres embarazadas que residen legalmente en Estados Unidos mediante Medicaid y CHIP. La disponibilidad de esta cobertura depende del estado y de los requisitos aplicables. Las familias deben consultar directamente con la agencia estatal antes de tomar decisiones sobre su seguro médico.


Continúe leyendo en https://inmigracionyvisas.com/a6690-nuevas-reglas-elegibilidad-medicaid-2026




sábado, 10 de octubre de 2026

Lotería de Visas 2027: ¿hay inscripciones? ¿qué está pasando con el programa?

 



¿Qué ha pasado con la Lotería de Visas de Estados Unidos?

El Programa de Visas de Diversidad (DV), conocido como lotería de visas o lotería de green cards, reparte cada año hasta unas 55,000 residencias permanentes entre personas de países con baja inmigración hacia Estados Unidos. Normalmente comienza con alrededor de 20 millones de inscripciones, de las que se eligen cerca de 120,000 candidatos y, finalmente, unos 55,000 reciben la visa.

La inscripción se hace en octubre del año anterior a las visas: quien se inscribe en octubre de 2025 compite por visas del año fiscal 2027, que corre del 1 de octubre de 2026 al 30 de septiembre de 2027. Por eso el nombre "DV-2027". El problema es que esa inscripción nunca se abrió.

No obstante, el Departamento de Estado anunció el 5 de noviembre de 2025 que estaba implementando cambios en el proceso de inscripción de DV-2027. En esa comunicación indicó que anunciaría la fecha de apertura tan pronto como fuera posible.

La consecuencia práctica es que los interesados no deben asumir que la inscripción está abierta ni utilizar calendarios de años anteriores como confirmación de una nueva convocatoria.

🔴 Importante
Que no se haya anunciado una fecha no equivale, por sí solo, a una cancelación definitiva del programa. La situación debe describirse conforme a los anuncios oficiales vigentes.
↑ Volver al índice

¿Por qué se ha retrasado la inscripción de la Lotería de Visas?

La explicación oficial publicada por el Departamento de Estado es que se estaban implementando cambios en el proceso de inscripción. El aviso del 5 de noviembre de 2025 no estableció una fecha concreta de apertura ni proporcionó un calendario definitivo para completar esos cambios. Por ello, no sería correcto atribuir el retraso a una causa específica adicional sin una declaración oficial que la confirme.

Lo que está confirmado

  • El Departamento de Estado anunció cambios en el procedimiento de inscripción de DV-2027.
  • La fecha de apertura debía anunciarse posteriormente.
  • El período de solicitud de visas para las personas seleccionadas se mantendría, según el aviso inicial, entre el 1 de octubre de 2026 y el 30 de septiembre de 2027.

Lo que todavía debe verificarse

  • La fecha exacta de apertura de la inscripción.
  • La fecha en que se podrán consultar los resultados de selección de DV-2027.
  • Las instrucciones definitivas y cualquier modificación adicional del procedimiento.

La mejor forma de evitar información errónea es consultar las actualizaciones directamente en el sitio oficial del Programa de Visas de Diversidad.


Continúe leyendo en https://inmigracionyvisas.com/a6689-loteria-visas-diversidad-2027-sin-inscripcion




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jueves, 8 de octubre de 2026

USCIS aumentará tarifas de inmigración el 16 de octubre de 2026: estas solicitudes costarán más

 


¿Cuáles son las nuevas tarifas de inmigración de USCIS?

USCIS publicó un aviso en el Federal Register mediante el cual anunció el ajuste por inflación de determinadas tarifas de inmigración para el año fiscal 2027. El ajuste se realiza porque H.R. 1 establece que determinadas tarifas deben actualizarse cada año utilizando el cambio del CPI-U.

Entre julio de 2025 y julio de 2026, el CPI-U aumentó aproximadamente un 3,36%. Sin embargo, el incremento final no siempre es exactamente ese porcentaje debido a las reglas de redondeo establecidas por la legislación.

En la mayoría de los casos, USCIS redondea el resultado hacia abajo al siguiente múltiplo de $10. Para la tarifa anual de asilo pendiente, la ley establece un redondeo al dólar.

ℹ️ ¿Por Qué Suben las Tarifas?

No es una decisión discrecional nueva. H.R. 1 ordena ajustar estas tarifas cada año fiscal usando el índice de precios al consumidor (CPI-U). USCIS comparó julio de 2025 (323.048) con julio de 2026 (333.918), una variación de 3.36%. Luego redondeó hacia abajo al múltiplo de $10 más cercano, salvo la tarifa anual de asilo, que se redondea al dólar. Por eso algunas tarifas suben $10 y otras no se mueven.

El DHS podría incorporar estos ajustes anuales al reglamento (8 CFR parte 106) más adelante. Es previsible que se repitan cada año.


¿Cuánto costará el trámite de asilo desde el 16 de octubre?

Las personas que tienen una solicitud de asilo pendiente deberán prestar atención a la tarifa anual establecida para este trámite. La tarifa anual aumentará de $102 a $105. Sin embargo, la tarifa inicial del Formulario I-589 incluida en este ajuste permanecerá en $100.

En resumen
  • Formulario I-589 inicial: $100 → $100.
  • Tarifa anual de asilo pendiente: $102 → $105.
  • EAD inicial para determinados solicitantes de asilo: $560 → $570.
  • Renovación/extensión del EAD de asilo: $275 → $275.



¿Cuánto costará el permiso de trabajo desde octubre de 2026?

Uno de los cambios que más puede afectar a los inmigrantes es el aumento de determinadas tarifas para solicitar un Employment Authorization Document (EAD), conocido comúnmente como permiso de trabajo. Para determinadas solicitudes iniciales de autorización de empleo relacionadas con asilo, parole y TPS, la tarifa aumentará de $560 a $570.

Es importante diferenciar entre una solicitud inicial y una renovación o extensión. Las tarifas de renovación o extensión incluidas en este ajuste no aumentan en determinados casos.

Permiso de trabajo para solicitantes de asilo

El EAD inicial para determinados solicitantes de asilo pasará de $560 a $570. La renovación o extensión del EAD de solicitantes de asilo permanecerá en $275.

Permiso de trabajo para beneficiarios de TPS

El EAD inicial basado en TPS aumentará de $560 a $570. En cambio, la renovación o extensión permanecerá en $280.

Permiso de trabajo basado en parole

El EAD inicial basado en parole aumentará de $560 a $570. La renovación o extensión permanecerá en $280.


Toda la información en https://inmigracionyvisas.com/a6688-aumento-tarifas-uscis-octubre-2026




martes, 29 de septiembre de 2026

 




¿Esperando tu Green Card? 🇺🇸📅

Salió el Boletín de Visas de Octubre 2026 y aquí te resumimos los tiempos de espera aproximados para que sepas dónde está parado tu caso. 💡

Recuerda: El boletín no indica años exactos de espera, sino fechas de corte. Estos tiempos son una referencia del retraso actual: 📌 Categorías Familiares (Tiempos aprox.):

▪️ F1 (Hijos solteros de ciudadanos): ~6.7 años (Resto del mundo) | ~18 años (México)

▪️ F2A (Cónyuges/hijos menores de residentes): ¡Casi al día para la mayoría! (Días) | ~7 meses (México)

▪️️ F2B (Hijos solteros de residentes): ~7.1 años

▪️ F3 (Hijos casados de ciudadanos): ~12 años

▪️ F4 (Hermanos de ciudadanos): ~15 años

📌 Categorías de Empleo (Tiempos aprox.):

▪️ EB-1: Current / Al día para la mayoría (China e India tienen espera).
▪️ EB-2: ~1 año y 9 meses (Resto del mundo/México).

▪️ EB-3: ~2 años y 5 meses (Resto del mundo).

⚠️ DATO CLAVE: Que tu categoría diga "1 año y 9 meses" no significa que tu trámite tardará exactamente eso. Las fechas avanzan, se congelan o pueden retroceder (retrogression) según la disponibilidad.

👉 ¿Cuál es tu categoría y tu fecha de prioridad? Déjala en los comentarios

Toda las fechas en https://inmigracionyvisas.com/a6687-boletin-visas-octubre-2026-fechas-prioridad-green-card

👇✨ Guarda este post y compártelo con alguien que esté esperando su residencia.#BoletinDeVisas #GreenCard #InmigracionUSA #AjusteDeEstatus #VisasUSA #USCIS #MigracionEEUU #Octubre2026

DHS confirma que ICE seguirá arrestando a inmigrantes sin antecedentes penales

 


¿Qué ocurrió con la supuesta nueva instrucción de ICE?

El sábado 26 de septiembre, el medio Daily Wire, citando fuentes de la agencia, informó que los oficiales de ICE habían sido instruidos verbalmente a arrestar únicamente a inmigrantes con condenas o cargos penales pendientes “por el momento”. El reporte añadía que quedarían fuera incluso personas con órdenes finales de deportación sin antecedentes y que se pondría fin a los arrestos colaterales.

Según el mismo reporte, un agente atribuyó el cambio a un intento de “calmar las cosas” antes de las elecciones de medio término, mientras otro expresó su rechazo a la medida. Horas antes, el exagente de la Patrulla Fronteriza J.J. Carrell había difundido en X un supuesto “stand down” con instrucciones similares.

⚠️ Importante: no es una nueva ley ni una orden pública
Hasta el momento el DHS no ha publicado un memorando escrito que coincida con lo reportado. Lo que existe son informes de fuentes anónimas, una posible instrucción verbal y un desmentido oficial.

Cronología de las Horas de Confusión

  • Vie 25
    sep
    Circula una instrucción verbalSegún Fox News, una guía verbal llegó a oficinas de ICE en todo el país. Agentes que la recibieron quedaron “sorprendidos y frustrados”.
  • Sáb 26
    sep
    Daily Wire publica la exclusivaEl medio informa que ICE solo arrestaría a personas con condenas o cargos y que terminarían los arrestos colaterales.
  • Sáb 26
    noche
    DHS: “Esto es falso”El DHS comparte el reporte en X y lo desmiente. Fox News informa que se enviaron nuevas instrucciones a las oficinas de campo.
  • Dom 27
    sep
    El DHS repite el mensajeAnte una nueva publicación de Carrell sobre otra supuesta directiva, el DHS reitera que ICE no fue instruido a detener sus operativos.
  • Lun 28
    sep
    El mensaje llega a las comunidadesMedios en español replican el desmentido: los inmigrantes sin antecedentes siguen expuestos a arrestos.


¿Qué dijo el DHS sobre los arrestos de inmigrantes sin antecedentes?

En su publicación en X, el DHS fue categórico: “Esto es falso. Nadie está fuera de la mesa.” Además afirmó que ICE inició una “ofensiva nacional de seguridad pública en ciudades santuario” dirigida primero a criminales como asesinos, violadores, depredadores de menores y pandilleros, y que cualquier persona que esté en el país ilegalmente “será arrestada y deportada”.

Bill Melugin, de Fox News, dijo haber hablado con el presidente Trump y con nueve fuentes de ICE y del DHS. Según su relato, no hay cambio de política y las nuevas instrucciones confirman que se seguirá arrestando a personas sin historial delictivo adicional, incluidos los arrestos colaterales.

La agencia afirmó que ninguna persona que se encuentre ilegalmente en Estados Unidos queda automáticamente excluida de las operaciones de ICE. El mensaje también indicó que ICE había iniciado un aumento nacional de operaciones de seguridad pública en ciudades santuario, con especial atención a inmigrantes con antecedentes criminales.

La información disponible indica que DHS negó que exista esa segunda situación para las personas sin antecedentes penales.

ℹ️ Dos versiones que pueden ser ciertas a la vez
El DHS niega un cambio de política. Fox News, en cambio, confirma que sí circuló una instrucción verbal que luego fue corregida. Lo que consta públicamente es la corrección, no un documento oficial.

Continúe leyendo en https://inmigracionyvisas.com/a6686-dhs-ice-arrestos-inmigrantes-sin-antecedentes-penales





sábado, 26 de septiembre de 2026

¿Qué derechos tienen los inmigrantes durante una redada de ICE?

 




Los inmigrantes en Estados Unidos tienen derechos constitucionales, incluso si no tienen estatus migratorio. Durante una redada o encuentro con agentes de inmigración, una persona puede ejercer su derecho a permanecer en silencio, negarse a consentir determinados registros y, en ciertas circunstancias, exigir que los agentes presenten una orden judicial antes de entrar a una vivienda.


tienes derechos durante una redada de ICE, sin importar tu estatus migratorio. La Constitución de EE.UU. protege a toda persona presente en el país, no solo a los ciudadanos: el derecho a guardar silencio (Quinta Enmienda), el derecho a no abrir la puerta sin una orden judicial firmada por un juez (Cuarta Enmienda), y el derecho a hablar con un abogado antes de firmar cualquier documento. No tienes que responder preguntas sobre tu país de nacimiento o tu estatus migratorio. No firmes nada —especialmente una salida voluntaria— sin que un abogado lo revise. Y recuerda: los agentes de ICE pueden mentirte legalmente durante un interrogatorio, así que nunca mientas tú ni presentes documentos falsos, ya que eso sí puede perjudicar gravemente tu caso.


Tus Derechos Constitucionales, Sin Importar tu Estatus

La Constitución de Estados Unidos no reserva sus protecciones fundamentales solo para los ciudadanos. Los tribunales han sostenido de forma reiterada que la Cuarta Enmienda (contra registros e incautaciones irrazonables) y la Quinta Enmienda (contra la autoincriminación y el derecho al debido proceso) aplican a toda persona físicamente presente en Estados Unidos, tenga o no un estatus migratorio legal.

Consulta Mapas Interactivos

🛡️ Tus 6 derechos fundamentales frente a ICE

  • Derecho a guardar silencio. No estás obligado a responder preguntas sobre tu país de nacimiento, cómo entraste a EE.UU. o tu estatus migratorio.
  • Derecho a negar la entrada a tu casa sin una orden judicial firmada por un juez (no una orden administrativa de ICE).
  • Derecho a hablar con un abogado antes de firmar cualquier documento o responder preguntas.
  • Derecho a no firmar nada que no entiendas completamente, incluyendo formularios de salida voluntaria.
  • Derecho a grabar el encuentro en la mayoría de los estados, siempre que no interfieras con la actuación de los agentes.
  • Derecho a comparecer ante un juez de inmigración antes de ser deportado, en la mayoría de los casos.
ℹ️ ¿Y si no tengo estatus legal?
Estos derechos aplican exactamente igual. Ser indocumentado no elimina tus protecciones constitucionales básicas. Lo que sí puede pasar es que, tras un arresto, enfrentes un proceso de remoción (deportación) ante una corte de inmigración — pero el proceso para llegar a ese punto debe respetar tus derechos.


Si ICE Llega a tu Casa: Qué Hacer Paso a Paso

Tu hogar tiene una protección especial bajo la Cuarta Enmienda. A menos que los agentes tengan una orden judicial firmada por un juez que especifique tu dirección exacta, no están autorizados a entrar sin tu consentimiento.

1

No abras la puerta

Puedes hablar a través de la puerta cerrada o de una ventana. No estás obligado a abrir físicamente.

2

Pide ver la orden

Pide que la deslicen por debajo de la puerta o la muestren contra el cristal de una ventana. Verifica que esté firmada por un juez, no solo por un supervisor de ICE.

3

Guarda silencio con calma

Puedes decir en voz clara: "No voy a responder preguntas ni firmar nada sin mi abogado presente."

4

No firmes nada

Ningún documento, especialmente una salida voluntaria, sin que tu abogado lo revise primero.

5

Llama a tu abogado o línea de emergencia

Hazlo de inmediato, incluso mientras el encuentro está ocurriendo, si es posible.

6

Documenta lo ocurrido

Anota nombres, números de placa e identificación de los agentes en cuanto puedas hacerlo con seguridad.

⚠️ Una orden administrativa NO te obliga a abrir la puerta
Los formularios I-200 (orden de arresto) o I-205 (orden de deportación) son documentos administrativos emitidos por el propio ICE, no por un juez. Por sí solos, no autorizan a los agentes a entrar a tu vivienda sin tu permiso.


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