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lunes, 27 de enero de 2020

Examen Médico De Inmigración (IME) Para Canadá

El proceso de inmigración a Canadá requiere presentar un examen médico, que tiene por objetivo verificar y establecer que el solicitante no representa un riesgo para la ciudadanía canadiense, que su condición de salud es buena y no va a generar gastos médicos para el gobierno de Canadá, según esto, así el solicitante cumpla con todos los requisitos exigidos si los resultados médicos detectan problemas graves de salud, la solicitud podrá ser rechazada. Según la ley canadiense en efectos del párrafo 16 (2) (b) el examen médico incluye uno o todos los siguientes:

  • Examen físico;
  • Examen mental;
  • Revisión del historial médico pasado;
  • Prueba de laboratorio;
  • Prueba de diagnóstico; y
  • Evaluación médica de los registros con respecto al solicitante.

Para más información https://www.inmigracionyvisas.com/a4738-examen-medico-para-visas-canadienses.html


Fuente: Gobierno de Canadá
 

sábado, 25 de enero de 2020

Nuevo Video De Cómo Saber El Estado De Un Caso De Inmigración

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) procesa los casos en el orden en que se reciben o fueron presentados, generalmente notifica por correo cuando se llega a una decisión sobre un caso, o si se necesita algún documento adicional.

Para hacer seguimiento a su caso puede verificar el Estatus De Su Caso a través del sitio web de USCIS, a continuación le indicamos paso a paso el proceso para conocer el estado de su caso a través del ESTATUS DE CASO.

 

El video en  https://www.inmigracionyvisas.com/a4737-En-Video-Como-Saber-El-Estatus-De-Caso.html

Fuente: YouTube inmigracionyvisas
 

jueves, 23 de enero de 2020

Perdón Migratorio Por Presencia Ilegal En Estados Unidos

El perdón I-601A es un alivio migratorio que permite a familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses o de residentes permanentes legales solicitar una exención provisional por presencia ilegal bajo las Sección 212(a)(9)(B) de la Ley de Inmigración antes de salir de Estados Unidos para presentarse a un consulado o embajada estadounidense en el extranjero para su entrevista de visa de inmigrante. Básicamente aplica para una persona que tiene cita de inmigración fuera de Estados Unidos, y que ha vivido sin documentos en Estados Unidos.

El perdón I-601A es condicional. Si tiene cualquier otra inelegibilidad, este perdón ya no es válido. Debe solicitar un nuevo perdón

 

Desde el 4 de marzo de 2013, ciertos solicitantes de visa de inmigrante que son familiares inmediatos (cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses) pueden solicitar exenciones provisionales por presencia ilegal antes de salir de Estados Unidos para su entrevista consular. El 29 de agosto de 2016, se expandió el proceso de exención provisional por presencia ilegal a todas las personas elegibles a una visa de inmigrante y una exención de inadmisibilidad por presencia ilegal en Estados Unidos.

 

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4735-perdon-migratorio-por-presencia-ilegal-I-601A.html

 

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)

 


miércoles, 22 de enero de 2020

Fundación BarcelonActua, Un Refugio Para Los Refugiados

Por: Jimena Freytes

¿De qué escapa un refugiado? ¿Qué realidad quiere dejar atrás? ¿Por qué prefiere ser inmigrante antes que vivir en su propio país? La respuesta de Laia Serrano, directora de Fundación BarcelonActua, fue contundente y estremecedora: “prefieren un futuro incierto en un país desconocido, que un “no futuro” en sus países. ” Son personas perseguidas, que reciben amenazas de muerte para ellas y sus familias y que sencillamente ni siquiera tienen qué comer.

En este marco y desde 2011 la Fundación BarcelonActua ayuda a más de 1000 personas por año que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Entiéndase por “vulnerabilidad”, condiciones de vida marcadas por la exclusión, la discriminación, la falta de oportunidades y la invisibilidad ante las autoridades gubernamentales.

 

Continue leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4733-Un-Refugio-Para-Los-Refugiados.html 

 

Fuente: Jimena Freytes

martes, 21 de enero de 2020

Cultural Exchange Visitor J1 Through The American Immigration Counciltates

Trainees & Interns

The American Immigration Council is designated by the U.S. Department of State to sponsor J-1 intern and trainee programs. Intern programs have a maximum duration of 12 months. Trainee programs have a maximum duration of 18 months. Potential J-1 interns must be enrolled in a post-secondary, degree-granting academic program located outside of the United States or graduated within the past 12 months from such post-secondary academic program outside of the United States. Potential J-1 trainees must hold a post-secondary degree related to the field of the training and one (1) year of related work experience, both of which were gained outside of the United States, or have five (5) years of related work experience gained outside of the United States.

The American Immigration Council is designated by the U.S. Department of State to sponsor J-1 participants in the Intern & Trainee category only. The content of all internship and training programs sponsored by our office fit within the following instructional areas only:

 

More information https://www.inmigracionyvisas.com/a4732-Cultural-Exchange-Visitor-In-United-States.html 

 

Source: American Immigration Council

lunes, 20 de enero de 2020

Negada Petición De Migrantes Que Piden Ingreso Y Tránsito A México

El Instituto Nacional de Migración (INM) informa que, se le dio respuesta puntual a la petición realizada por personas migrantes centroamericanas, en su mayoría de Honduras, que solicitan ingreso y tránsito por territorio mexicano a través del Puente Fronterizo Rodolfo Robles, Suchiate 1, ubicado en Ciudad Hidalgo, Chiapas.

La titular de la Oficina de Representación del INM en Chiapas, Carmen Yadira de los Santos Robledo, leyó el siguiente texto ante las personas migrantes:

“En atención a la petición realizada al titular del Ejecutivo federal del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, y turnada para su gestión al Instituto Nacional de Migración, les comunico:

Los extranjeros, al acceder a territorio nacional, deberán cumplir con la Ley de Migración que, señala: deberá ser regulada, segura y ordenada.

 

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4731-Gobierno-mexicano-niega-visas-de-transito-a-caravana-migrante.html 

 

Fuente: Instituto Nacional de Migración Prensa - YouTube MILENIO

sábado, 18 de enero de 2020

Países Elegibles A Programas De Visas H-2A y H-2B Año 2020

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) y el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés), en consulta con la Oficina del Secretario de Estado (DOS, por sus siglas en inglés), han anunciado la lista de países cuyos nacionales son elegibles para participar en los programas de visas H-2A y H-2B en 2020. La notificación que incluye los países elegibles será publicada en el Registro Federal el 17 de enero de 2020.


Departamento de Seguridad Nacional (DHS) mantiene su autoridad de añadir países a la lista de países elegibles en cualquier momento, y eliminar cualquier país cuando DHS y DOS determinen que ya no cumple con los requisitos para continuar con su designación. Algunos ejemplos de factores que podrían resultar en la exclusión o remoción de un país de esta lista incluyen, pero no están limitados, a fraude, abuso, tasas de denegación, preocupaciones sobre trata humana, y otras maneras de incumplimiento con los términos y condiciones de los programas de visa H-2 de parte de los nacionales de dicho país.

 

Los nacionales de los siguientes países son elegibles para recibir visas H-2A y H-2B https://www.inmigracionyvisas.com/a4730-paises-elegibles-a-visas-H2A-H2B-2020.html

 

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)

viernes, 17 de enero de 2020

Cómo Presentar Una Solicitud De Tarjeta Verde Para Naturales O Ciudadanos Cubanos

Cómo Presentar La Solicitud

Si usted está actualmente en Estados Unidos, ha estado físicamente presente en Estados Unidos durante por lo menos un año, y cumple con otros ciertos requisitos, puede presentar un Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus para solicitar una tarjeta de residente permanente legal basada en CAA.


Qué Documentos debe Presentar (Solicitante Principal)

Usted debe presentar la siguiente documentación y evidencia para solicitar una tarjeta de residente permanente legal basada en la Ley de Ajuste Cubano:

 

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4728-Como-presentar-solicitud-de-Tarjeta-Verde-para-cubanos.html 

 

Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

Tarjeta Verde Para Naturales O Ciudadanos Cubanos

La Ley de Ajuste Cubano de 1996 (CAA, por sus siglas en inglés) permite que algunas personas oriundas de Cuba o ciudadanos cubanos que cumplen con ciertos requisitos de elegibilidad ,soliciten convertirse en residentes permanentes legales (obtener una Tarjeta Verde, también conocida como Green Card).

Esta página ofrece información específica para personas oriundas de Cuba o ciudadanos cubanos que están en Estados Unidos que desean solicitar el estatus de residente permanente basado en CAA. Esto se llama “ajuste de estatus”. Usted también debe leer las Instrucciones del Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus (PDF, 614 KB) , antes de presentar su solicitud.


Para poder ser elegible a obtener una Tarjeta Verde bajo CAA, usted debe cumplir con los siguientes requisitos: 


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4728-Tarjeta-Verde-para-cubanos.html

 

Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

jueves, 16 de enero de 2020

Estados Unidos Aplica Nuevas Restricciones A Los Viajes Aéreos A Cuba

El Departamento de Transporte (Department of Transportation, DOT) de Estados Unidos suspendió todos los vuelos chárter públicos entre Estados Unidos y destinos cubanos distintos del Aeropuerto Internacional José Martí de La Habana. Se verán afectados nueve aeropuertos cubanos que actualmente reciben vuelos chárter públicos estadounidenses.

Se concede a los operadores de vuelos chárter públicos un período de 60 días para discontinuar todos los vuelos afectados. Asimismo, a solicitud mía, el DOT establecerá un tope máximo adecuado a la cantidad de vuelos chárter públicos permitidos que tengan como destino el Aeropuerto Internacional José Martí. En el futuro próximo, el DOT dictará una orden en la que propondrá procedimientos para implementar dicho tope.

La medida de hoy impedirá que el régimen cubano se beneficie con la ampliación del servicio de vuelos chárter tras la medida del 25 de octubre de 2019, que suspendió los servicios aéreos comerciales programados hacia aeropuertos de Cuba distintos del de La Habana.

 

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4729-Estados-Unidos-cancela-vuelos-charter-a-cuba.html 

 

Fuente: Embajada De Estados Unidos En Cuba - Youtube AmericaTeVeCanal41