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lunes, 30 de noviembre de 2020

Boletín de visas diciembre 2020


 A continuación encontrará el tercer Boletín de Visas del año fiscal 2020 - 2021 correspondiente al mes de diciembre del año 2020. Como era de esperarse no hay avance en inmigración, todo continua detenido, recordemos que únicas las visas que se están emitiendo son para esposos e hijos menores de ciudadanos americanos, todo por motivo de la pandemia covid-19 y la orden presidencial del presidente Donald Trump...


A continuación las fechas y tiempos de espera promedios de las diferentes categorías:

  • La categoría F1 (Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses) no hubo avance, y tiene un tiempo de espera general de 6 años 2 meses, para México el tiempo de espera es de más de 22 años 10 meses aproximadamente.
  • La categoría F2 (Cónyuges e hijos de residentes permanentes) está trabajando con la fecha actual es decir con las solicitudes que se están recibiendo, están al día, ya no tiene tiempo de espera después de su aprobación por parte del USCIS, claro está que la aprobación puede tomar entre seis meses y dos años, es decir se puede presentar el ajuste de estatus directamente.
  • La categoría F2B (Hijos e hijas solteros de residentes permanentes) no hubo avance, y tiene un tiempo de espera es de 5 años 4 meses. Para México el tiempo de espera es de 21 años 8 meses aproximadamente.
  • La categoría F3 (Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses, sus esposas e hijos) no hubo avance, y tiene un tiempo de espera general es de 12 años y 5 meses. Para México el tiempo de espera de más 24 años 4 meses aproximadamente.
  • La categoría F4 (Hermanos y hermanas de ciudadanos adultos de Estados Unidos) no hubo avance, y tiene un tiempo de espera de 14 años 2 meses aproximadamente. Para México el tiempo de espera es de 22 años 5 meses aproximadamente.

sábado, 28 de noviembre de 2020

Trámites de visas estadounidenses en Colombia durante el covid-19

 

La embajada de los Estados Unidos en Colombia ha publicado en su sitio web una serie de preguntas y respuestas más comunes acerca de cómo se están manejando los servicios de visas y tramites durante la pandemia del coronavirus covid-19, sabiendo que la embajada a un no ha restablecido sus servicios. A continuación las serie de preguntas.


Mi cita para la entrevista de visa ha sido cancelada. ¿Qué debo hacer?


Desde del 17 de marzo, la Embajada ha cancelado todas las citas de visas de inmigrante y no inmigrante. Si su cita de visa de inmigrante estaba programada en Bogotá y posteriormente fue cancelada, por favor espere para reprogramar su cita hasta que se reanuden las operaciones habituales de visa. Si su cita de visa de inmigrante fue cancelada y usted tiene una razón de emergencia para viajar, usted puede escribir al correo IVbogota@state.gov. Para que se considere su solicitud, se requiere una descripción detallada de las circunstancias por las que requiere una cita de emergencia.


La Embajada cancelo mi cita y requiero una cita de emergencia, ¿qué debo hacer?


R: Si su cita de visa de inmigrante fue cancelada y usted tiene una razón de emergencia para viajar, por favor póngase en contacto con la embajada. Se requiere una descripción detallada de las circunstancias por las que requiere una cita de emergencia para que se considere su solicitud.


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4996-visas-americanas-en-Colombia-durante-covid-19.html

viernes, 27 de noviembre de 2020

España solicita prueba negativa de Covid-19 a viajeros


Desde el pasado 23 de noviembre del 2020, todos aquellos pasajeros que procedan de un país de alto riesgo en relación con coronavirus SARS-CoV-2, tienen que presentar obligatoriamente, para poder entrar en España, un certificado con resultado NEGATIVO de PCR, realizado en la 72h anteriores a su llegada.


Este certificado o documento acreditativo deberá ser el original, estará redactado en español y/o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico. El documento contendrá, al menos, los siguientes datos: nombre del viajero, número de pasaporte o DNI, fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica empleada y resultado negativo de la prueba.

No se admitirán otras pruebas diagnósticas tales como test rápidos de anticuerpos, pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento (ELISA, CLIA, ECLIA), mientras no sea aceptado su uso armonizado en la Unión Europea.

El número de identificación personal (pasaporte/DNI) que utilice para realizar el QR, debe ser el mismo que aparezca en el certificado negativo de PCR.


jueves, 26 de noviembre de 2020

Cómo Cambiar a un Estatus de Estudiante No Inmigrante F o M

 

¿Está permitido inscribirse en una escuela mientras no se está en un estatus de estudiante?


Depende. Algunos estatus le permiten inscribirse en una escuela, mientras que otros estatus no se lo permiten. Por ejemplo, las reglamentaciones en 8 C.F.R. § 214.2(b)(7) prohíben específicamente un programa de estudios en Estados Unidos mientras está en estatus B-1 o B-2. Sin embargo, no existe esa prohibición para aquellos que tienen estatus E, por lo que las personas que tienen dicho estatus pueden inscribirse siempre que no eso no interfiera con su capacidad de mantener su estatus E.

Aquellas personas a quienes no se les permite inscribirse en una clase, primero deben adquirir el estatus F-1 (estudiante académico) o M-1 (estudiante vocacional). Inscribirse en un programa de estudios mientras está en un estatus que no permite inscribirse en una clase podría resultar en una violación del estatus. Las personas que hayan violado su estatus de inmigración al inscribirse en un programa de estudios no son elegibles para extender su estatus o cambiar al estatus F-1 o M-1.


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4994-cambiar-estatus-de-estudiante-en-Estados-Unidos.html

miércoles, 25 de noviembre de 2020

Nuevo proceso biométrico para llegada de viajeros en el aeropuerto de Miami

 
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de Estados Unidos anunció la implementación de Llegada Simplificada al Aeropuerto Internacional de Miami (MIA).

La llegada simplificada es un proceso de ingreso internacional mejorado que utiliza biometría facial para automatizar las verificaciones manuales de documentos que se requieren para el ingreso a los Estados Unidos. La llegada simplificada proporciona a los viajeros un proceso sin contacto que asegura y agiliza aún más las llegadas internacionales al tiempo que cumple con un mandato del Congreso de larga data de registrar biométricamente la entrada y salida de ciudadanos no estadounidenses.
"CBP se complace en asociarse con el Departamento de Aviación de Miami-Dade (MDAD) para expandir el uso de la biometría facial en MIA y promover el futuro de los viajes seguros y sin contacto", dijo Diane J. Sabatino, Subcomisionada Asistente Ejecutiva de Operaciones de Campo, Estados Unidos Protección de Aduanas y Fronteras. “CBP combina el algoritmo NEC-3 de alto rendimiento con oficiales de CBP altamente capacitados que son expertos en verificar la autenticidad de los documentos de viaje para garantizar la mayor precisión posible como parte de este proceso de llegadas innovador y optimizado”.


La Llegada simplificada un proceso de comparación facial biométrica


La Llegada simplificada solo utiliza el proceso de comparación facial biométrica en un momento y lugar donde los viajeros ya están obligados por ley a verificar su identidad presentando un documento de viaje. Cuando los viajeros lleguen a MIA en un vuelo internacional, harán una pausa para tomar una foto en el punto de inspección principal. El proceso de comparación facial biométrica de CBP comparará la nueva foto del viajero con una pequeña galería de imágenes de alta calidad que el viajero ya ha proporcionado al gobierno, como fotos de pasaporte y visa. Además, los viajeros extranjeros que hayan viajado a los Estados Unidos anteriormente ya no necesitarán proporcionar huellas digitales, ya que su identidad se confirmará mediante el proceso de comparación facial sin contacto.


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4993-llegada-simplificada-aeropuerto-Miami.html 

martes, 24 de noviembre de 2020

¿Cuándo un residente permanente no es elegible para la naturalización?

 

El 18 de noviembre, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos actualizó las guías de políticas en el Manual de Políticas de USCIS para aclarar las circunstancias en las que encontraríamos a los solicitantes inelegibles para la naturalización porque no fueron admitidos legalmente en los Estados Unidos para la residencia permanente de acuerdo con todas las disposiciones aplicables en virtud de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.

Los solicitantes no son elegibles para la naturalización si obtuvieron el estatus de residente permanente legal (LPR) por error, por fraude o en incumplimiento con la ley.

La actualización también aclara que revisamos si los solicitantes han abandonado su estatus de LPR cuando adjudicamos su solicitud de naturalización. Si un solicitante no cumple con la responsabilidad de demostrar que mantuvo el estatus de LPR, por lo general, rechazamos la solicitud de naturalización y colocamos al solicitante en un proceso de remoción mediante la emisión de una Notificación de Comparecencia (NTA).

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4992-residentes-inelegibles-para-naturalizacion.html

lunes, 23 de noviembre de 2020

Completadas visas de trabajo H-2B para la primera mitad del 2021

 


El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos ha alcanzado la cantidad máxima reglamentaria de visas H-2B para trabajadores temporales no agrícolas establecido por el Congreso para la primera mitad del año fiscal 2021. El 16 de noviembre fue la fecha final de recibo de nuevas peticiones de trabajadores H-2B que solicitan una fecha de comienzo de empleo anterior al 1 de abril de 2021.


El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos rechazará las nuevas peticiones H-2B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria recibidas después del 16 de noviembre que solicitan una fecha de comienzo de empleo anterior al 1 de abril de 2021.

Al 16 de noviembre, la cantidad de beneficiarios de quienes USCIS recibió peticiones sobrepasó la cantidad restante de visas H-2B disponibles para cumplir con la cantidad máxima reglamentaria de visas H-2B de la primera mitad del año fiscal 2021.

Continúe leyendo en  https://www.inmigracionyvisas.com/a4991-completadas-visas-H2B-Primera-Mitad-2021.html

sábado, 21 de noviembre de 2020

Recomendaciones para celebrar el Día de Acción de Gracias por COVID-19

 

Estados Unidos continua registrando un alto número de contagios, se notificaron más de 1 millón de casos de COVID-19 en los últimos 7 días, por esta razón los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades recomendaron evitar los viajes durante las celebraciones del Día de Acción de Gracias por elevado número de contagios de coronavirus, la forma más segura de celebrar el Día de Acción de Gracias es hacerlo en casa, solamente con las personas que viven con usted.

Los encuentros con familiares y amigos que no viven con usted pueden aumentar las probabilidades de contraer o propagar el COVID-19 o la influenza.

A continuación algunas recomendaciones y consejos para celebrar el día de acción de gracias.


Celebración de Acción de Gracias Virtual


Celebrar de forma virtual o solamente con las personas que viven con usted es la opción más segura este Día de Acción de Gracias, para ello:

  • Establezca un horario determinado para compartir una comida todos juntos de manera virtual.
  • Haga que las personas compartan sus recetas y muestren sus pavos, aderezos u otros platos que hayan preparado.
  • Participe en una actividad de agradecimiento, como escribir las cosas por las que está agradecido y compartirlas con sus familiares y amigos.



Si elige asistir a un encuentro en el Día de Acción de Gracias


Si elige asistir a un encuentro, haga que su celebración sea más segura. Además de tomar las medidas que todos conocen para que la celebración del Día de Acción de Gracias sea más segura, tome estas medidas adicionales si asiste a un encuentro por el Día de Acción de Gracias:

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4990-dia-de-accion-de-gracias-covid-19.html

viernes, 20 de noviembre de 2020

Qué hacer si pierde o le roban el pasaporte canadiense

 


El pasaporte canadiense es un documento valioso que debe guardar en un lugar seguro y seco en todo momento, aunque el pasaporte cumple con los estándares de durabilidad de la Organización de Aviación Civil Internacional, se recuerda que puede dañarlo por exposición al agua u otros líquidos y también si lo mantiene en ambientes extremos.

Si por alguna razón, pierde, le roban o se daña el pasaporte, es necesario que informe y coloque la correspondiente denuncia, al realizar este proceso el pasaporte pierde su validez y no puede usarlo para viajar, esto se hace para evitar que se use con fines fraudulentos. Solo el titular del pasaporte (o el padre o tutor legal de un niño) puede denunciar la pérdida o el robo de un pasaporte asi:

  • Si pierde, le roban o se daña el pasaporte en Canadá llame al 1-800-567-6868 (servicios TTY: 1-866-255-7655) para informar los detalles de la pérdida o el robo. Para documento de viaje de refugiados y certificado de identidad Llame al 1-888-242-2100 (servicios TTY: 1-888-576-8502) para informar los detalles de la pérdida o el robo
  • Si pierde, le roban o se daña el pasaporte fuera de Canadá informe la pérdida o el robo a la oficina del Gobierno de Canadá más cercana en el extranjero.


Tenga en cuenta que si ha informado de más de un pasaporte perdido, robado o dañado, el gobierno puede...


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4989-perdida-o-robo-de-pasaporte-canadiense.html

jueves, 19 de noviembre de 2020

Panamá anuncia los requisitos de visa de turismo para cubanos

 


El Servicio Nacional de Migración anunció a través de un comunicado los requisitos que deben cumplir los ciudadanos cubanos para solicitar la visa de turismo, la cual podrán solicitar directamente en Cuba, o a través de un abogado en la sede del Servicio Nacional de Migración en Panamá. En el comunicado se estipularon los siguientes requisitos:

1. Presentar original y copia completa del pasaporte, incluyendo la carátula (a colores), con un mínimo de tres meses de vigencia.

2. Completar el formulario de visa y traer pegadas las tres fotos carnet en el formulario. (Adjunto formulario de visa).

3. Presentar original y copia del carnet de identidad ambas caras.

4. Prueba de solvencia económica mediante un certificado bancario 500.00 USD, con un mínimo de 3 meses de apertura, debe reflejar movimiento de las cuentas, fecha de apertura, haber realizado un movimiento reciente de 30 días antes a la fecha de entrevista. Certificación actualizada.


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4988-requisitos-visa-de-turismo-para-cubanos.html