La Carta de Nacionalización es un modo de adquirir la nacionalidad chilena en virtud de lo establecido en el Art. 10 N° 3 de la Constitución Política de La República, la que se materializa en un Decreto Exento firmado por el Ministro del Interior por orden del Presidente de la República.
Las solicitudes de Carta de Nacionalización se realizan en el portal tramites.extranjeria.gob.cl, con ClaveÚnica,. Desde el mediados del mes de septiembre del año 2019 no se aceptan solicitudes por correo postal.
Los nacionales de Brasil, China, Cuba, Haití, Pakistán y Perú deberán realizar el trámite en ChileAtiende.
Requisitos para optar a la Nacionalidad chilena
- Ser mayor de 18 años, o 14 si cuenta con la autorización de quienes estén a cargo de su cuidado personal
Desde enero de 2016 podrá otorgarse Carta de Nacionalización a quienes hayan cumplidos 18 años de edad que tengan cinco o más años de residencia en Chile (a contar desde el estampado de la visa que dio origen a la Permanencia Definitiva que mantiene vigente), y que sean titulares de Permanencia Definitiva.
También podrán solicitar Carta de Nacionalización los hijos de extranjeros que hayan cumplido 14 años de edad, tengan cinco o más años de residencia en Chile (a contar desde el estampado de la visa que dio origen a la Permanencia Definitiva que mantiene vigente), sean titulares de Permanencia Definitiva y cuenten para ello con una autorización notarial de su padre, madre o quién esté a cargo de su cuidado personal (debiendo presentar documento legal que otorgue tal cuidado). - Más de cinco años de residencia en el país.