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miércoles, 7 de agosto de 2019

Padre Salvadoreño Migrante Muere Bajo Custodia De La Patrulla Fronteriza

Un hombre de 32 años originario de El Salvador falleció en una cárcel de inmigrantes del estado de Nuevo México. Marvin Antonio González había viajado a Estados Unidos con su pequeña hija, quien se encuentra ahora detenida por autoridades de inmigración de Estados Unidos. La niña permanece en Estados Unidos y el gobierno salvadoreño dijo en un comunicado que buscará que sea entregada a la madre. La causa de la muerte de Marvin Antonio González aún no ha sido establecida, pero se especula que fueron por afecciones cardíacas. Estas son las palabras del padre de Antonio González, hablando en El Salvador.

Víctor Manuel González sostuvo: “Él se iba a ir porque ya no aguantaba la pobreza. Y que primero iba a hallar un trabajo allá en Estados Unidos para poder recuperarse de la pobreza. Esa fue toda su intención, la idea que llevaba para agarrar ese camino.”

Por su parte El Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador, a través de la Red Consular y la Dirección de Derechos Humanos, ha brindado su asistencia y apoyo a los parientes de Marvin Antonio González González, y ha agilizado las gestiones respectivas ante las autoridades estadounidenses para repatriar su cuerpo.

También se le está dando seguimiento consular a su hija, quien se encuentra en un albergue en Estados Unidos mientras se finaliza el proceso de reunificación con su madre, quien reside en ese país.


 

Fuente: www.democracynow.org - Youtube teleSUR tv

https://www.inmigracionyvisas.com/a4373-Migrante-del-salvador-Muere-Bajo-Custodia-De-ICE.html

USCIS To End Certain Categorical Parole Programs

U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS) today announced its intention to terminate two categorical parole programs, consistent with Executive Order (E.O.) 13767, Border Security and Immigration Enforcement Improvements, and to better ensure that parole is used only on a case-by-case basis, consistent with the law. Parole is a process that allows foreign nationals to temporarily enter or remain in the United States, including those who are otherwise inadmissible. The programs to be terminated are the Haitian Family Reunification Parole program and the Filipino World War II Veterans Parole program.

Under both of these categorical parole programs, individuals with approved family-based immigrant petitions have been authorized to enter and work in the United States while waiting for their green card to become available. The decision to end these parole programs ends the expedited processing that was made available to these populations in a categorical fashion. It follows an extensive review to better ensure that parole authority under the Immigration and Nationality Act is exercised on a case-by-case basis when there is a significant public benefit or urgent humanitarian reason. Categorical parole refers to programs designed to consider parole for entire groups of individuals based on pre-set criteria.

“Under these categorical parole programs, individuals have been able to skip the line and bypass the proper channels established by Congress. With the termination of these programs, these individuals will no longer be permitted to wait in the United States for their family-based green card to become available, consistent with the rules that apply to the rest of the world,” said USCIS Acting Director Ken Cuccinelli. “Parole is to be used on a case-by-case basis for urgent humanitarian reasons or significant public benefit. USCIS is committed to exercising this limited authority in a manner that preserves the integrity of our immigration system and does not encourage aliens to unlawfully enter the United States.”

While USCIS begins the process to terminate the Haitian Family Reunification Parole and Filipino World War II Veterans Parole programs, the agency continues to review all remaining categorical parole programs. USCIS will not terminate any program until we complete required administrative changes to Form I-131, Application for Travel Document, and the form is approved for public use. The Paperwork Reduction Act (PRA) process will provide notice to the affected individuals, explain the reasons USCIS is taking action, and provide public comment periods on the termination of these programs.

Current parolees will maintain their current period of parole until its expiration, unless it is otherwise terminated. USCIS will also process all pending cases to completion. In addition, parolees who have not adjusted status or been admitted may request parole under the non-categorical process by filing Form I-131, in accordance with the form instructions. Additional information on applying for non-categorical parole is available on the Humanitarian or Significant Public Benefit Parole for Individuals Outside the United States page.

 

Source: U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS)  

https://www.inmigracionyvisas.com/a4372-USCIS-To-End-Certain-Categorical-Parole-Programs.html

Estados Unidos Prohíbe A Estadounidenses Hacer Negocios Con El Régimen De Nicolás Maduro

El 5 de agosto, el presidente Trump ordenó la congelación total de los activos del gobierno venezolano dentro de Estados Unidos, lo que aumentó drásticamente la presión económica sobre el ex régimen de Maduro en Venezuela.

Junto con las licencias emitidas por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, estas medidas proporcionan salvaguardias para el acceso del pueblo venezolano a los bienes humanitarios y las actividades del gobierno interino bajo Juan Guaidó. 

“Estados Unidos está actuando con firmeza para aislar financieramente a Maduro y acelerar una transición democrática pacífica”, dijo el asesor de Seguridad Nacional John Bolton sobre las sanciones estadounidenses en una reunión del Grupo de Lima el 6 de agosto en Lima (Perú). 

Al emitir la orden ejecutiva (en inglés), Trump citó la “persistente usurpación del poder” de Nicolás Maduro y los abusos que el ex régimen ha hecho de los derechos humanos. Desde que llegó al poder en 2013, la corrupción y la mala gestión económica de Maduro han traído el desastre económico a un país que una vez fue el más rico de Sudamérica. Según informes de la ONU, más de 4 millones de venezolanos han sido desplazados. 

Según informes fidedignos de organizaciones no gubernamentales , el régimen ha cometido 6.856 ejecuciones extrajudiciales y ha detenido a 2.939 personas por motivos políticos en el pasado año. 

En respuesta, Estados Unidos ha promulgado múltiples sanciones contra Maduro, su familia y miembros de su régimen, así como contra entidades que enriquecen al ex régimen. Cincuenta y cinco países, entre ellos Estados Unidos, han reconocido a Juan Guaidó como presidente interino de Venezuela. 

Tuit:
John Bolton @AmbJohnBolton
Con este E.O., todos aquellos individuos que continúan apoyando a Maduro deben tomar una decisión. ¡Apégate a una dictadura que se hunde o muévete hacia el lado correcto de la historia!


Las nuevas sanciones prohíben a las personas estadounidenses (incluyendo a cualquier persona que se encuentre en territorios estadounidenses) hacer negocios con el ex régimen de Maduro. 

Algunos países han estado apoyando a Maduro con la esperanza de recuperar préstamos anteriores. 

“No dupliquen una deuda incobrable”, advirtió Bolton al discutir las últimas sanciones. “La ruta más rápida para que les devuelvan la deuda es apoyar a un nuevo gobierno legítimo”. 

La corrupción y la mala gestión del anterior régimen de Maduro han provocado cortes de electricidad y una escasez generalizada de alimentos y medicinas. Según la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados, 3,4 millones de venezolanos han sido desplazados y millones más sufren desnutrición. 

La administración Trump ha respondido a la crisis venezolana trabajando política y económicamente para aislar al antiguo régimen ilegítimo. Estados Unidos también ha proporcionado casi 256 millones de dólares en ayuda humanitaria, económica y de desarrollo a los países que apoyan a los venezolanos desplazados. 

 

 

Fuente: www.share.america.gov 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4371-Estados-Unidos-endurece-sanciones-contra-el-regimen-de-maduro.html 

martes, 6 de agosto de 2019

US Citizens Caught In Immigration Dragnet As Enforcement Gets More Aggressive

 

By Walter Ewing

There is a disturbing trend in aggressive immigration enforcement that is appearing more and more recently: the detention of U.S. citizens. There are clear indications that U.S. immigration agents are locking up people they assume must be non-citizens, but who are in fact U.S. citizens.

These abuses transcend any presidential administration. But there are indications that the Trump administration has been particularly aggressive in detaining and then challenging U.S.-born individuals about their citizenship status. According to a report released in July that analyzes ICE enforcement data obtained under the Freedom of Information Act (FOIA), there has been a striking increase in the number of U.S. citizens “encountered” by ICE during the Trump years. 

In the first year after President Trump took office, ICE encountered 27,540 U.S. citizens. In comparison, during the last year of the Obama administration, ICE encountered 5,940 U.S. citizens. This trend suggests that some U.S. citizens who may “appear deportable” in the eyes of some U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) officers have become increasingly vulnerable to immigration enforcement in recent years. 

Consider three recent examples: 
  • In March 2019, U.S. Customs and Border Protection (CBP) officers detained a 9-year-old girl who is a U.S. citizen for 32 hours without her parents present. The girl lives in Tijuana and crosses the border every day to get to and from school in the United States. On this particular day, a CBP officer decided that she didn’t resemble the photo in her passport and detained her. Why it took nearly a day and a half to verify her U.S. citizenship and release her is unclear.
  • Throughout June and July 2019, an 18-year-old U.S.-citizen was detained for 23 days by CBP. He wasn’t given a chance to show officials his U.S. birth certificate until he was transferred to ICE custody—although even that didn’t immediately get him out of detention. He described conditions in the CBP facility as so bad that he considered allowing himself to be deported to Mexico just to get out.
  • A Marine veteran with PTSD was held by ICE for three days in Michigan in December 2018. He was briefly being held in jail for an altercation at a hospital when ICE requested that he be turned over to them for removal from the country.

Incidents such as this are not limited to the Trump administration. For instance, a U.S. citizen in New York was detained by ICE for two years beginning in 2016. He was being held in jail for a drug offense and, on the day of his release, was incorrectly informed that he was not a U.S. citizen and therefore subject to deportation. It is mind-boggling that it took officials two years to figure out he was a citizen. 

There are many reasons to be critical of over-zealous immigration enforcement in the United States—such as the fact that enforcement is focused on non-violent individuals with no criminal records or relatively minor records. However, locking up U.S. citizens takes over-zealousness to a whole new level. 


Source: http://www.immigrationimpact.com
https://www.inmigracionyvisas.com/a4370-US-Citizens-Caught-in-Immigration.html

USCIS Cancelará Ciertos Programas De Permanencia Temporal

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) anunció hoy su intención de cancelar dos programas de permisos de permanencia temporal (“parole”) por categorías, consistente con la Orden Ejecutiva 13767, titulada Mejoras a la Seguridad en la Frontera y Control de Inmigración (en inglés) y para garantizar que el permiso de permanencia temporal sea utilizado solo caso por caso, consistente con la ley. El permiso de permanencia temporal es un proceso que permite que nacionales extranjeros entren o permanezcan temporalmente en Estados Unidos, incluidos aquellos que de otra manera son inadmisibles. Los programas a cancelar son el programa de Permiso de Reunificación de Familias Haitianas y el programa de Filipinos Veteranos de la Segunda Guerra Mundial.

Bajo ambos programas de permisos de permanencia temporal por categoría, las personas que tienen peticiones de inmigrante basada en la familia aprobadas han sido autorizadas a entrar y trabajar en Estados Unidos mientras esperan que su tarjeta de residencia permanente esté disponible. La decisión de cancelar estos programas de permanencia temporal da por terminado el procesamiento expedito que estaba disponible para esta población por categoría. Esta decisión responde a una extensa revisión para garantizar mejor que la autoridad de otorgar permisos de permanencia temporal bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad sea ejercida según cada caso individual cuando exista un beneficio público significativo o razones humanitarias urgentes. “Permiso de permanencia temporal por categoría” se refiere a programas designados para considerar permisos de permanencia temporal para grupos enteros de personas basados en criterios preestablecidos. 

“Bajo estos programas de permisos de permanencia temporal por categoría, las personas han podido saltar su turno en la línea y evadir seguir los canales apropiados establecidos por el Congreso. Con la cancelación de estos programas, ya no se les permitirá a estas personas esperar en Estados Unidos hasta que su tarjeta de residente permanente esté disponible, lo que es consistente con las reglas que aplican al resto del mundo”, dijo el director interino de USCIS, Ken Cuccinelli. “El permiso de permanencia temporal debe utilizarse caso por caso para razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo. USCIS está comprometido con ejercer su autoridad limitada de manera que se preserve la integridad de nuestro sistema de inmigración y no aliente a los extranjeros a entrar ilegalmente en Estados Unidos”. 

Aunque USCIS comienza el proceso de cancelar los programas de Permiso de Reunificación de Familias Haitianas y de Permiso de Filipinos Veteranos de la Segunda Guerra Mundial, la agencia continúa con la revisión de todos los programas de permisos de permanencia temporal por categoría restantes. USCIS no cancelará ningún programa hasta que completemos los cambios administrativos requeridos al Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, y que el formulario esté aprobado para uso público. Bajo el proceso establecido por la Ley de Reducción de Papeleo se proveerá una notificación a las personas afectadas, se explicarán las razones por las que USCIS toma esa acción, y se proporcionarán periodos para recibir comentarios del público sobre la cancelación de estos programas. 

Las personas que actualmente poseen permisos de permanencia temporal (“parolees”) mantendrán su actual periodo de permanencia temporal hasta su vencimiento, a menos que sea cancelado de alguna otra manera. USCIS también procesará todos los casos pendientes hasta su finalización. Además, las personas que tienen permisos de permanencia temporal y no han ajustado su estatus o han sido admitidos pueden solicitar un permiso de permanencia temporal bajo el proceso no relacionado con categorías mediante la presentación de un Formulario I-131, según las instrucciones del formulario. Información adicional sobre cómo solicitar el permiso de permanencia temporal no relacionado con categorías está disponible en la página Permisos Humanitarios o de Beneficio Público Significativo para Personas que Están Fuera de Estados Unidos. 



Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)

https://www.inmigracionyvisas.com/a4369-Estados-Unidos-cancelara-ciertos-programas-de-permanencia-temporal.html


Gobierno De Colombia Concederá La Nacionalidad A Niños Venezolanos Nacidos En Colombia

El Estado colombiano, en cabeza del Gobierno Nacional, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Procuraduría General de la Nación, decidió otorgar la nacionalidad colombiana por nacimiento a más de 24.000 niños y niñas, hijos de padres venezolanos, que han nacido en Colombia desde el 19 de agosto de 2015 y a los que nazcan hasta que la situación de Venezuela mejore, por encontrarse en riesgo de apatridia, como consecuencia de la migración procedente del vecino país. Así lo anunció este lunes el Presidente de la República, Iván Duque Márquez. 

La medida, denominada ‘Primero la Niñez’, y que se aplicará desde el próximo 20 de agosto, se oficializó mediante Resolución de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y busca garantizar el derecho fundamental de los niños y niñas a contar con una nacionalidad y es considerada, por parte del Estado colombiano, como una medida urgente, temporal y excepcional. 

“Nos duele que muchos niños de padres y madres venezolanas han nacido en nuestro país y no han podido gozar de una nacionalidad, porque la propia dictadura les ha entorpecido ese camino o, sencillamente, dejó de prestar el servicio consular”, manifestó el Presidente Duque y agregó que cerca de 24.000 niños están en esa condición. 

El Jefe de Estado explicó que, hasta la fecha, Colombia ha permitido que estos menores tengan un registro civil que les permite disfrutar del sistema de salud, pero no tenían la nacionalidad, porque no se había regularizado la condición migratoria de sus padres. 

La Resolución se firmó durante un acto en la Casa de Nariño, en el que participaron el Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Holmes Trujillo; el Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo; el Registrador Nacional del Estado Civil, Juan Carlos Galindo Vácha; el Defensor del Pueblo, Carlos Alfonso Negret, y el Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Luis Alberto Moreno, entre otros. 


Riesgo De Apatridia

La decisión de otorgar la nacionalidad por nacimiento a los niños y niñas nacidos en Colombia, a partir del 19 de agosto de 2015 y hasta que la situación de Venezuela mejore, se tomó luego de evidenciar que en la actualidad existen obstáculos imposibles de subsanar para que estos menores de edad obtengan, como les corresponde en derecho, la nacionalidad venezolana. 

Actualmente, Venezuela no tiene consulados en Colombia y no les concede la nacionalidad a los hijos de sus nacionales nacidos en nuestro país. Por lo tanto, y de acuerdo con los términos definidos en la Convención de Apatridia de 1954, los niños y niñas, hijos de venezolanos, nacidos en Colombia, estarían en riesgo de apatridia y, por ello, bajo lo establecido en la Ley 43 de 1993, podrían acceder a la nacionalidad colombiana por nacimiento. La medida está alineada y amparada plenamente por la Constitución colombiana y por los convenios internacionales que Colombia ha ratificado en esta materia. 

La Resolución expedida da cumplimiento a las obligaciones internacionales adquiridas por Colombia derivadas de la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969, la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961. 

'Esta medida se adoptó tras un concepto de la Cancillería en el que se explica, por ejemplo, que se está dando cumplimiento a las obligaciones internacionales asumidas por Colombia, que nos comprometen a dar la nacionalidad a las personas nacidas en territorio colombiano, que no son reconocidas por ningún otro Estado como su nacional”, enfatizó el Ministro de Relaciones Exteriores. 

Precisó que, de esta forma, Colombia cumple con instrumentos como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Convención para reducir los casos de apatridia. 

“Pero lo más importante de esto es recordar que, según nuestra propia Constitución, los derechos de los niños prevalecen y es deber del Estado protegerlos. Por eso, hoy decimos: primero los niños', expresó el Canciller Trujillo. 

Para la Procuraduría General de la Nación, la medida responde a una necesidad inaplazable de una población que actualmente, por situaciones ajenas a su voluntad, requiere con urgencia una mano amiga y comprometida con su dignidad. 

“El compromiso en la garantía y protección de los derechos humanos de los niños, las niñas y los adolescentes no es solo una obligación del Estado de orden constitucional o internacional; es una cuestión de humanidad. Los derechos humanos de los niños y las niñas no admiten ninguna condición ni modalidad. Son derechos que trascienden fronteras y cuya garantía y protección debe ser un mandato prevalente para todos aquellos que nos encontramos en una posición de garantes”, afirmó el Procurador Carrillo. 


¿Cómo Será El Proceso? 

El proceso es gratuito. La medida se aplicará en dos etapas, según lo explicó la Registraduría Nacional del Estado Civil. 

La primera se iniciará justamente desde el 20 de agosto de 2019, fecha en la cual los niños nacidos en Colombia que no cuentan con registro civil y cuyos padres son venezolanos, podrán acercarse a la sede de la Registraduría o notaria más cercana y realizar el respectivo trámite de registro. 

La segunda etapa está dirigida a aquellos niños y niñas que nacieron en Colombia después del 19 de agosto de 2015, que tienen padres venezolanos y cuentan con un registro civil de nacimiento colombiano que incluye en la parte inferior una anotación que dice: “NO válido para demostrar nacionalidad”. 

A ellos, según lo explicó el Registrador Nacional, la entidad se encargará de hacer las correcciones necesarias en el documento y a partir del 20 de diciembre de 2019 podrán retirar una copia gratuita del mismo en la Registraduría donde inscribieron al niño o niña, el cual tendrá la anotación ‘válido para demostrar nacionalidad’. 

“El Estado colombiano honra su deber constitucional para garantizar los derechos fundamentales de los niños y niñas previstos en el artículo 44 de la Carta Política y los compromisos adquiridos por medio de los tratados internacionales para garantizar los derechos y para eliminar el fenómeno de la apatridia, en especial referida a los niños y niñas, mediante una medida excepcional y transitoria, como es reconocer la nacionalidad a los hijos de venezolanos nacidos en Colombia desde el 19 de agosto de 2015 y hasta el 20 de agosto de 2021, o antes, si cesan las circunstancias que dieron lugar a la medida”, afirmó el Registrador Nacional del Estado Civil. 

Añadió que “la entidad ha reglamentado un procedimiento para implementar esta medida del Estado colombiano, luego de un proceso de concertación institucional con la Procuraduría General de la Nación, con el Gobierno Nacional y con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar”. 


¿Cuáles Son Los Requisitos? 

Los requisitos para que un menor hijo de ciudadanos venezolanos pueda adquirir la nacionalidad son los siguientes: 

1. Haber nacido en Colombia. 

2. Haber nacido a partir del 19 de agosto de 2015. 

3. Ser hijo de padres venezolanos. Esta medida también aplica para padres o madres solteras, quienes también deberán demostrar ser venezolanos. 

La medida será temporal y se mantendrá hasta que existan las condiciones para que estos niños y niñas puedan acceder, como corresponde en derecho, a la nacionalidad Venezuela. 


Datos para tener en cuenta:
  • Serán más de 24.000 hijos de venezolanos, nacidos en Colombia, los que se beneficiarán de la medida.
  • La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con 1.196 Registradurías para realizar el proceso de registro de los niños, mientras que la Superintendencia de Notariado y Registro cuenta con 902 notarías que cumplen con la función registral.
  • Según datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, las ciudades donde se ha realizado el mayor número de registros de hijos de venezolanos son Bogotá, con 6.849 registros; seguido por Cúcuta, con 2.530; Barranquilla, con 1.654, y Riohacha, con 434.
  • La Registraduría Nacional del Estado Civil destinará cerca de 3.000 millones de pesos para la implementación de la medida, los cuales fueron gestionados por el Gobierno Nacional y conseguidos gracias a la cooperación internacional.
  • El Ministerio de Salud y Protección Social indicó que la cantidad de partos y cesáreas atendidos en mujeres que manifestaron ser venezolanas fue de 32.236, desde marzo de 2017 hasta mayo de 2019, de los cuales se inscribieron en el Registro Único de Afiliados (RUAF), del Ministerio de Salud y Protección Social, 8.150 nacimientos de madres procedentes de Venezuela o con residencia menor a 6 meses en Colombia.
  • Con la medida ‘Primero la Niñez’, Colombia mantiene su liderazgo en la atención de la crisis del vecino país, los esfuerzos regionales para la prevención de la apatridia y confirma su intención de alinear sus acciones al objetivo global de erradicar esa situación en el mundo.

Para mas información puede consultar Primero la Niñez

 

 

Fuente: Cancillería De Colombia  

https://www.inmigracionyvisas.com/a4368-otorgan-nacionalidad-a-venezolanos-nacidos-en-Colombia.html

lunes, 5 de agosto de 2019

¡Cuéntanos Tu Historia y Gánate $60 Dólares!

Estamos interesados en compartir las historias de nuestros lectores. Envíanos un correo electrónico contándonos sobre alguna experiencia que hayas tenido en un viaje de paseo, de trabajo o solicitando algún tipo de visa, para cualquier país del mundo. Si decidimos publicar tu historia te pagaremos $60 dólares. Envíanos tu historia o cualquier pregunta a info@inmigracionyvisas.com 

¡Anímate a participar! 



Fuente: www.inmigracionyvisas.com 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4367-crea-un-articulo-para-inmigracionyvisas.html

USCIS Rejecting Form I-129 Petitions That Lack Required Name and Address

Since August 5, USCIS will begin rejecting Form I-129, Petition for a Nonimmigrant Worker, petitions that do not include the petitioner’s or applicant’s name and primary U.S. office address in Part 1 of the form.

USCIS will subject all requests for nonimmigrant classifications filed on Form I-129 to this rejection criteria, including the time-sensitive H-2A visa classification for temporary agricultural workers. Those completing Form I-129, including agents and preparers who are not eligible to submit or are not otherwise recognized on a valid Form G-28, Notice of Entry of Appearance as Attorney or Accredited Representative, must ensure Part 1 contains the petitioner’s or applicant’s name and primary U.S. office address. 

USCIS recognizes that in certain circumstances, the person signing Part 8 of Form I-129 may be an employee of the petitioning entity and have the same address as that of the petitioner named in Part 1 of the form. In such a case, USCIS would not reject the Form I-129 because of the duplicate addresses. 

Because of the time-sensitive nature of the H-2A visa classification in particular, we remind H-2A petitioners that failure to follow this guidance may result in rejections of their petitions, adding time to the H-2A process. 

USCIS currently rejects Form I-129 for several reasons. These include, but are not limited to, lack of signature, incorrect fees, or unauthorized third party signing on behalf of the petitioner. 

DHS regulations require every form to be submitted in accordance with the form instructions, and allow USCIS to reject any benefit request that is not filed in compliance with the regulations governing the specific benefit request. See 8 CFR 103.2(a)(1) and 8 CFR 103.2(a)(7)(ii)(C). 

The petitioner’s or applicant’s primary U.S. office address in Part 1 of Form I-129 must not be the address of the petitioner’s or applicant’s outside counsel or clients. Failure to include the petitioner’s or applicant’s name or providing the address of the petitioner’s or applicant’s outside counsel or clients in Part 1 creates unnecessary delays in the adjudication of Form I-129 and may result in its rejection. 

The Instructions for Form I-129 (PDF) state, in relevant part: 

Petitioner Information
Complete the “Legal Name of Petitioner” field (if the petitioner is an individual person or a company or organization). For mailing address, list the address of the petitioner’s primary office within the United States. 

In many instances, the petitioner’s or applicant’s primary U.S. office address will determine the filing jurisdiction. Information about where to file Form I-129 is available on the Direct Filing Addresses for Form I-129, Petition for a Nonimmigrant Worker page. 

Form I-129 petitions that USCIS rejects due to missing information can generally be refiled with the required information and fee. However, there are instances when a refiled petition or application would be rejected, such as when a statutory cap-subject petition is resubmitted after USCIS has received a sufficient number of petitions projected as needed to reach the congressionally mandated numerical limit. 



Source: U.S. Citizenship and Immigration Services 

https://www.inmigracionyvisas.com/a4366-Form-I-129-requires-name-and-address.html

Estados Unidos Emite Boletín De Visas Agosto 2019

El Boletín de visas es un documento que expide cada mes el Departamento de Estado de los Estados Unidos y que permite saber a una persona con una petición de visa aprobada ya sea por solicitud basada en la familia o de empleo cuando puede solicitar la visa, es decir cuando puede iniciar la fase final de la tramitación. 

Si desea conocer como leer el boletín de visas puede hacer click en el enlace Cómo Leer el Boletín de Visas

A continuación encontrara el Boletín de Visas emitido por el Departamento de Estado de los Estados Unidos, correspondiente al mes de Agosto 2019, el cual determina cual es la disponibilidad de visas de inmigrante por solicitudes de residencia con base familiar y empleo.

La emisión de este boletín deja ver que en todas las categorías ha habido un avance significativo, por ejemplo la categoría F1 (Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses) avanzo alrededor de tres meses, mientras que la categoría F2A (Cónyuges e hijos de residentes permanentes) esta trabajando con la fecha actual es decir con las solicitudes que se están recibiendo, están al día, ya no tiene tiempo de espera después de su aprobación por parte del USCIS, es decir se puede presentar el ajuste de estatus directamente. La categoría F2B (Hijos e hijas solteros de residentes permanentes ) avanzo tres meses, la categoría F3 (Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses) avanzo tres meses, la categoría F4 (Hermanos y hermanas de ciudadanos adultos de Estados Unidos) avanzo tres meses.
Boletín De Visas Agosto 2019

Boletín De Visas Agosto 2019

Boletín De Visas Agosto 2019

Boletín De Visas Agosto 2019

Boletín De Visas Agosto 2019

Boletín De Visas Agosto 2019

Boletín De Visas Agosto 2019


Fuente: https://travel.state.gov 
https://www.inmigracionyvisas.com/a4365-boletin-de-visas-agosto-2019.html