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jueves, 14 de marzo de 2019
Venezolanos Deberán Tramitar Casos De Inmigración En La Embajada De Estados Unidos En Colombia
Luego del anuncio del secretario de Estado de Estados Unidos Mike Pompeo de retirar todo el personal diplomático en Caracas, se conoció un comunicado por parte de la Embajada de Estados Unidos en Caracas, en el que se designa oficialmente la sede de la embajada de los Estados Unidos en Bogotá, Colombia como la sede para tramitar y procesar visas a venezolanos mientras se encuentren suspendidos los servicios en Venezuela.
miércoles, 13 de marzo de 2019
Por: Redacción inmigracionyvisas.com
Las políticas del presidente Donald Trump vuelven a perjudicar los trámites migratorios, esta vez se plantea el cierre de las oficinas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) en el exterior según lo informo su director Francis Cissna, con el fin de ahorrar millones de dolares.
Actualmente el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) posee varias oficinas internacionales en Asia, Europa y América Latina, por ejemplo algunas de ellas en Latinoamérica están ubicadas en República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Haití, México y Perú, las cuales se encargan de proporcionar servicios a ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes de Estados Unidos. y otras personas que visitan o residen fuera de Estados Unidos y que necesitan asistencia en asuntos de inmigración, además de prestar las siguientes funciones:
La Oficina de Apelaciones Administrativas que decide sobre apelaciones de ciertos beneficios denegados
Los Centros de Asistencia en Solicitudes que proporcionan servicios de toma de huellas dactilares y otros servicios relacionados
Las Oficinas de Asilo que atienden entrevistas programadas solo para asuntos relacionados con asilo
El Centro de Registros Nacionales que recibe y procesa solicitudes de FOIA
Los Centros de Servicio y el Centro Nacional de Beneficios que reciben y procesan una gran variedad de solicitudes y peticiones
De llevarse a cabo este cierre se verían afectados procesos de trámites de visas de reunificación, familiar residencias permanentes, adopciones de niños extranjeros y solicitudes de ciudadanía americana para militares, pues todos estos procedimientos pasarían a las oficinas ubicadas en Estados unidos, consulados y embajadas, lo que traería mas retrasos por acumulación de trabajo, represamiento de solicitudes.
Sin embargo el cierre ya ha empezado, pues a finales del año pasado en diciembre Estados Unidos cerró permanentemente la Oficina Del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) En Cuba, y el próximo el 29 de marzo de 2019 cerrará permanentemente su oficina local en Moscú, Rusia, el último día que abrió la oficina al público fue el 28 de febrero de 2019, con estos antecedentes se espera que los cierren continúen en el trascurso de este año.
Compartimos el vídeo del canal de YouTube Noticias Telemundo que amplia esta noticia
Fuente: YouTube Noticias Telemundo
De llevarse a cabo este cierre se verían afectados procesos de trámites de visas de reunificación, familiar residencias permanentes, adopciones de niños extranjeros y solicitudes de ciudadanía americana para militares, pues todos estos procedimientos pasarían a las oficinas ubicadas en Estados unidos, consulados y embajadas, lo que traería mas retrasos por acumulación de trabajo, represamiento de solicitudes.
Sin embargo el cierre ya ha empezado, pues a finales del año pasado en diciembre Estados Unidos cerró permanentemente la Oficina Del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) En Cuba, y el próximo el 29 de marzo de 2019 cerrará permanentemente su oficina local en Moscú, Rusia, el último día que abrió la oficina al público fue el 28 de febrero de 2019, con estos antecedentes se espera que los cierren continúen en el trascurso de este año.
Compartimos el vídeo del canal de YouTube Noticias Telemundo que amplia esta noticia
La Oficina de Asuntos Culturales y Educativos (ECA) del Departamento de Estado inauguró la Academia para Mujeres Empresarias (AWE), una nueva iniciativa para apoyar a mujeres empresarias en todo el mundo.
La Academia, que refuerza la Iniciativa para el Desarrollo y la Prosperidad Global de las Mujeres de la Casa Blanca, equipará a las mujeres con las destrezas prácticas necesarias para crear empresas y negocios sostenibles. Mediante una comunidad de aprendizaje inclusiva, mujeres de todo el mundo tendrán oportunidades para explorar los fundamentos de los negocios, tales como la preparación de planes empresariales y obtención de capital, con la meta de construir un mejor futuro para las familias y comunidades de todo el mundo. Las mujeres de la Academia para Mujeres Empresarias (AWE) tendrán acceso a DreamBuilder, un curso en línea acerca del espíritu empresarial para mujeres, y participarán en lecciones dirigidas acerca de la administración y redes de empresas con empresarias y mentoras que comparten la misma perspectiva en sus propias regiones y en Estados Unidos.
La Academia para Mujeres Empresarias (AWE) está diseñada para alcanzar tres objetivos: proporcionar recursos educativos en línea; promover redes que apoyen el acceso a mentores; y conectar a mujeres a través de los programas de intercambio existentes.
La primera clase estará conformada por mujeres de 26 países, principalmente de Latinoamérica, el Caribe y África, entre los cuales están: Las Bahamas, Barbados, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Ghana, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, Kenia, Nigeria, Papúa Nueva Guinea, Perú, Ruanda, Senegal, España, Sudáfrica, Tanzania, Uganda, Venezuela, Zambia, y Zimbabue.
La Academia para Mujeres Empresarias (AWE) refuerza la Iniciativa para el Desarrollo y la Prosperidad Global de las Mujeres de la Casa Blanca que está diseñada para empoderar por lo menos a 50 millones de mujeres en todo el mundo para el año 2025 a fin de que alcancen su potencial económico y, de esa manera, crear las condiciones para una mayor estabilidad, seguridad y prosperidad para todos.
La Academia para Mujeres Empresarias (AWE) promueve la prosperidad económica colectiva y la estabilidad global mediante la creación de una comunidad de aprendizaje holístico, integral, que incluye tutoría peer-to-peer, incubadoras y aceleradoras de emprendimiento, habla con los dueños de las principales mujeres de negocios, y mucho más.
Si desea más información acerca de la Academia para Mujeres Empresarias (AWE), visite: eca.state.gov/awe. Los medios de prensa interesados deben comunicarse con la Oficina de Asuntos Culturales y Educativos a eca-press@state.gov.
Fuente: Oficina de Asuntos Culturales y Educativos (ECA) del Departamento de Estado
http://www.inmigracionyvisas.com/a4054-inaguran-academia-para-mujeres-empresarias.html
martes, 12 de marzo de 2019
¿Cómo Puedo Reemplazar Un Formulario I-94, Registro De Entrada/Salida?
A fin de incrementar la eficiencia, reducir costos operacionales y simplificar el proceso de admisión, el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) ha automatizado el en Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, en los puertos de entrada aéreos y marítimos. Este sistema automatizado creará un registro de entrada/salida generado electrónicamente que contendrá todos los datos del formulario impreso.
Ya no se le proveerá un formulario impreso al momento de su arribo, excepto en limitadas circunstancias. Se le estampará un sello de admisión de CBP en su documento de viaje, que mostrará la fecha y tipo de admisión y la fecha hasta cuándo puede permanecer en Estados Unidos.
Si necesita una copia de su Registro de Admisión I-94 para confirmar un registro de extranjero, estatus de inmigrante o autorización de empleo, puede obtenerlo en www.cbp.gov/I94.
La versión impresa del Formulario I-94 aún se proveerá en los puertos de entrada de las fronteras terrestres y a ciertas clases de extranjeros, tales como refugiados y ciertos asilados e inmigrantes con permiso condicional, así como cuando CBP determine necesario expedir un formulario impreso.
¿Qué tengo que hacer si mi Formulario I-94 contiene información incorrecta?
Si el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) le expidió un Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida luego de haberle concedido una extensión de estadía o cambio de estatus, necesitará presentar un Formulario I-102, Solicitud de Remplazo/ Documento Inicial de Entrada/Salida de No Inmigrantea.
No obstante, si usted cree que el error fue por parte del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), entonces puede presentar un Formulario I-102 o hacer una cita por INFOPASS en nuestro sitio web para que lleve su Formulario I-94 y la evidencia del error a nuestra oficina local más cercana y solicitar que le emitamos un Formulario I-94 corregido. Si dese determina que el error no fue nuestro, entonces deberá presentar un Formulario I-102 junto con la tarifa correcta.
Si se le expidió un Formulario I-94 impreso cuando usted ingresó a los Estados Unidos y el mismo contiene un error o si hay un error en la versión electrónica de su Formulario I-94 que obtuvo a través de en www.cbp.gov/I94, usted deberá ponerse en contacto con CBP o visitar la Oficina de Inspección Diferida de CBP más cercana a su lugar de residencia.
Puede visitar el sitio web de CBP www.cbp.gov en cualquier momento, o llamar al (877) CBP-551 ((877) 227-5511), de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m. (hora del este) y hacer una cita por teléfono. Usted deberá llevar el Formulario I-94 que está incorrecto y documentación como pasaporte o visa a cualquier Puerto de Entrada u Oficina de Inspección Diferida de CBP.
¿Qué tengo que hacer si mi Formulario I-94 se me ha perdido, me lo han robado, se ha dañado o destruido?
Si necesita remplazar la versión impresa del Formulario I-94 que le fue expedida durante su admisión a los Estados Unidos o por El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), debe solicitar un remplazo del Formulario I-94 a el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) utilizando el Formulario I-102. Si ingresó en los Estados Unidos después de la automatización del Formulario I-94 (30 de abril de 2014) y no se le expidió un Formulario I-94 impreso, puede obtener su registro de admisión I-94 a través de www.cbp.gov/I94.
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
http://www.inmigracionyvisas.com/a4053-remplazar-formulario-I94-registro-de-entrada-y-salida.html
Venezolanos Con Pasaportes Vencidos Podrían Ingresar Y Transitar Por Colombia
La Cancillería de Colombia emitió la Resolución 0872 de 2019 que establece que a partir del 7 de marzo, los nacionales venezolanos pueden ingresar, transitar y salir del territorio colombiano, presentando el pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela aun cuando este se encuentre vencido.
Esta nueva medida establece que el pasaporte de los nacionales venezolanos que se encuentre vencido o que esté próximo a vencer, podrá ser utilizado para ingresar, transitar y salir del territorio colombiano, durante los dos (2) años siguientes, contados a partir de la fecha de vencimiento de la libreta, la cual servirá como documento de identificación de los venezolanos en Colombia, siempre y cuando tenga el sello de ingreso y permanencia otorgado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.
La medida, que hace parte de las disposiciones tomadas por Colombia dentro del Grupo de Lima, fue anunciada por el Director General de Migración Colombia, Christian Krüger Sarmiento, en la ciudad de Pasto, en donde indicó que serían más de 500 mil los venezolanos que podrían beneficiarse con esta decisión.
“Más de un millón de ciudadanos venezolanos realizan anualmente la solicitud de expedición o renovación de su pasaporte. Un trámite que actualmente es casi imposible de realizar por los altos costos del documento, por la falta de materia prima para la elaboración de los mismos y por el interés de la dictadura de Maduro de frenar la salida de nacionales venezolanos de ese país. Con la decisión que hoy toma el Gobierno Nacional de ampliar la vigencia de los pasaportes que se encuentran vencidos o próximos a vencerse, por un término de dos años, contados a partir de su fecha de vencimiento, le tendemos una vez más la mano al pueblo venezolano. Un pueblo que la dictadura quiere condenar al confinamiento, pero que en Colombia, y estamos seguros que en otros países de la región, encontrarán una mano amiga dispuesta a ayudar”, afirmó Krüger Sarmiento.
Según el jefe de la autoridad migratoria colombiana, lo que se busca con este tipo de medidas es ordenar el fenómeno migratorio y darle seguridad a los migrantes cuando cruzan las fronteras, evitando que caigan en manos de las redes de tráfico de migrantes, de esos grupos delincuenciales que se aprovechan de la necesidad humana y tratan a las personas como mercancías.
“Para un país no hay nada más peligroso que no saber quiénes se encuentran dentro de su territorio. Cerrar las fronteras o hacer exigencias de documentos apostillados a una población que huye de una dictadura y migra por hambre y necesidad, lo único que hace es incentivar la irregularidad y exponer la integridad de estas personas, muchas de ellas con niños pequeños, a trochas y coyotes que juegan con la vida humana como si fuera mercancía”, afirmó el Director General de Migración Colombia, Christian Krüger, quien recordó que al 31 de enero, eran más de 1 millón 200 mil los venezolanos se encontraban dentro del territorio colombiano.
Los venezolanos que ingresen al territorio colombiano con pasaporte vencido, obtendrán permiso de ingreso y permanencia de acuerdo con las disposiciones vigentes que establezca Migración Colombia y podrán solicitar expedición o renovación de visa de acuerdo con las disposiciones vigentes que establezca el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Fuente: Migración Colombia - Cancillería de Colombia
http://www.inmigracionyvisas.com/a4052-venezolanos-con-pasaportes-vencidos-podran-ingresar-a-Colombia.html
lunes, 11 de marzo de 2019
La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos define al "refugiado" en la sección 101(a)(42) como:
A)- Cualquier persona que se encuentre fuera de su país de nacionalidad o, en el caso de no tener nacionalidad específica, se encuentre fuera del país donde habitualmente reside y no puede o no quiere regresar a ese país y, no puede o quiere protegerse allí, debido a persecución o a un temor fuertemente fundamentado de persecución por razones de raza, religión, nacionalidad, membresía en un grupo social en particular u opinión política.
B)- En circunstancias especificadas por el Presidente de los Estados Unidos, después de haber obtenido el debido asesoramiento de acuerdo a la sección 1157 (e) de esta Acta, cualquier persona que se encuentre dentro de su país de nacionalidad o, en el caso de no tener nacionalidad específica, se encuentre dentro del país en el cual reside habitualmente, y sea perseguida o tenga un temor fuertemente fundamentado de persecución por razones de raza, religión, nacionalidad, membresía en un grupo social en particular u opinión política. El término "refugiado" no incluye a ninguna persona que haya ordenado, incitado, ayudado, o participado de alguna otra forma en la persecución de cualquier persona por razones de raza, religión, nacionalidad, membresía en un grupo social en particular u opinión política. En lo que concierne a esta Acta, una persona que haya sido forzada a abortar un embarazo o a esterilizarse involuntariamente o, que haya sido perseguida por negarse a, o por haber fallado en, abortar forzadamente o esterilizarse involuntariamente, se le considera perseguida por razones de opinión política y, cualquier persona que tenga un temor fuertemente fundamentado a ser forzado en una operación tal, o a ser perseguido por rehusarse de alguna forma a tal operación, se le considerará tener un temor fuertemente fundamentado a ser perseguida por razones de opinión política.
Según esta definición se puede decir que un refugiado es una persona que:
- Está fuera de Estados Unidos
- Constituye una inquietud humanitaria especial para Estados Unidos
- Demuestra que se le ha perseguido o que tiene temor justificado de ser perseguido por razones de raza, religión, nacionalidad, opinión política, o por pertenecer a un cierto grupo social
- No se ha reubicado definitivamente en otro país
- Es elegible para admisión a Estados Unidos.
Un refugiado no incluye personas que hayan ordenado, incitado, ayudado, o participado de ninguna otra manera en la persecución de personas por razones de raza, religión, nacionalidad, opinión política, o por pertenecer a un cierto grupo social.
Solicitud de Refugio En Los Estados Unidos
Una persona que solicita admisión a Estados Unidos como refugiado tiene que ser referido al Programa de Admisiones de Refugiados de Estados Unidos (USRAP por sus siglas en inglés) para que pueda ser evaluado mediante el proceso de consideración como refugiado.
Si recibe un referido, recibirá ayuda para llenar su solicitud. Luego de ello, un funcionario de El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) le entrevistará en el extranjero para determinar si es elegible para su reubicación como refugiado.
Su caso puede incluir a su cónyuge, sus hijos (no casados y menores de 21 años de edad), y, en ciertas circunstancias limitadas, otros miembros de su familia. Si su caso se refiere al USRAP, recibirá ayuda para llenar sus documentos. Un funcionario de El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) le entrevistará en el extranjero para determinar si se le acepta como refugiado.
No hay tarifa para solicitar estatus de refugiado. La información que proporcione no se le divulgará a su país de origen.
Entrar a Estados Unidos
Si se le aprueba su entrada como refugiado, se le hará un examen médico, se le ofrecerá una orientación cultural, ayuda con sus planes de viaje, y un préstamo para su viaje a Estados Unidos. Después de llegar, será elegible para ayuda médica y monetaria.
Traer Familia Estados Unidos Siendo Refugiado
Si es un refugiado, se encuentra en Estados Unidos y quiere que los miembros de su familia que estén en el extranjero se reúnan con usted, puede presentar el Formulario I-730, Petición de Familiar Refugiado/Asilado para su cónyuge o hijos no casados menores de 21 años de edad. Debe tramitar ese formulario dentro de los dos años siguientes a su llegada a Estados Unidos, a menos que haya razones humanitarias de peso que invaliden en su caso esa fecha límite.
Puede que sea también elegible para presentar una declaración jurada de relación familiar por su cónyuge, sus hijos (no casados y menores de 21 años), o sus padres. La declaración jurada de relación familiar es el formulario que se utiliza para reunir a los refugiados y asilados con sus familiares cercanos que han sido aceptados como refugiados, pero están fuera de Estados Unidos.
La declaración jurada de relación familiar registra información acerca de las relaciones familiares y debe completarse a fin de empezar el trámite de solicitud por los familiares que podrían ser elegibles a ingresar a Estados Unidos como refugiados por medio del Programa de Admisiones de Refugiados de EE.UU
Trabajar En Los Estados Unidos Como Refugiado
Como refugiado, usted puede trabajar inmediatamente después de llegar a Estados Unidos. Cuando se le admita a Estados Unidos, recibirá el Formulario I-94 con un sello de admisión como refugiado. Además, se le tramitará el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para que reciba un Documento de Autorización de Empleo (EAD por sus siglas en inglés). Mientras espera su EAD, puede presentarle su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida a su empleador, como prueba de que tiene permiso para trabajar en Estados Unidos.
Solicitar Residencia Permanente Siendo Refugiado
Si se le admite como refugiado, tiene que solicitar una Tarjeta Verde un año después de llegar a Estados Unidos. Para solicitar la residencia permanente, presente el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o de Ajuste de Estatus. Los refugiados no tienen que pagar tarifa para tramitar el Formulario I-485, pero tienen que pagar la tarifa de datos biométricos.
Viajar Fuera De Los Estados Unidos Siendo Refugiado
Si tiene estatus de refugiado y quiere viajar fuera de Estados Unidos, necesitará obtener un documento de viaje para refugiado para que se le permita volver a Estados Unidos. Si no obtiene un documento de viaje para refugiados antes de su salida, podría ser que no se le permita volver a entrar a Estados Unidos. Si vuelve a país del que huyó, tendrá que explicar cómo pudo volver de manera segura.
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
http://www.inmigracionyvisas.com/a192-refugiado-definicion.html
The Demand For Highly-Skilled Foreign Workers Is Undeniable
Written by Walter Ewing
There is little doubt that highly skilled natives and immigrants have worked together for years to drive innovation in a broad range of fields and to build America’s private sector.
However, despite ample evidence of the complementary nature of the work done by highly skilled foreign-born professionals, the anti-immigration community in the United States is once again attempting to cast doubt on the value of their economic contributions.
One of the latest attacks is a report that calls into question the worth of degrees awarded by colleges and universities virtually anywhere outside of the United States. Yet this attempt by the anti-immigration crowd is marred by the use of an irrelevant data set that in no way measures a foreign-born worker’s professional knowledge or subject matter expertise.
The data set used in the report comes from the Program for the International Assessment of Adult Competencies (PIAAC)—an English-language test of literacy, numerical proficiency, and computer savvy administered in the United States and 23 other countries. PIAAC is not intended as a measure of specialized knowledge in any particular field of study. Rather, it assesses the practical, day-to-day, “core competencies” of adults in reading, writing, math, and using a computer—in English.
The report finds that, among college-educated natives and immigrants who took the test in the United States in 2012 and 2014, natives significantly outperformed immigrants on all measures. The report also finds that this performance gap persists even for immigrants who have been in the country for more than five years before taking the test and who presumably had time to improve their English-language skills.
While all of this may be true, the report uses the gap in PIAAC scores to support a conclusion that goes far beyond what PIAAC actually measures. Namely, that “policy-makers should therefore be cautious in treating foreign degrees as evidence of ‘high-skill’ immigration.”
Yet PIAAC doesn’t measure the specialized skills of degree holders; it only measures core competencies in the use of the English language, numbers, and computers. It does not assess the engineering expertise of an engineer or the sociological expertise of a sociologist.
If foreign degree holders were as unskilled as the report implies, they would not be in high demand among U.S. employers. But they are. Consider that, each year, the statutory cap on H-1B temporary visas for highly educated foreign professionals is now filled in a matter of days after becoming available.
On average, H-1B workers earn higher wages than comparable U.S.-born workers, even after accounting for differences in age and occupation. This holds true in fields like computer and information technology, engineering, healthcare, and post-secondary education. In other words, employers aren’t saving money by hiring H-1B workers, which suggests that these workers have skill sets which are in high demand.
The economic importance of highly skilled foreign workers—who may have earned degrees both here and abroad—is also apparent from their sheer numbers in STEM fields (science, technology, engineering, and math). They account for over one-third of all software engineers, more than one-quarter of computer programmers, over one-quarter of electrical engineers, nearly half of medical scientists—and the list goes on. Some of these professionals received their higher education in the United States and some did not. But all are in demand.
In short, the report begs the question of why immigrants with foreign degrees are in such high demand by U.S. employers if they aren’t actually qualified in their fields of study.
This latest anti-immigrant report misuses PIAAC scores in a cynical attempt to denigrate anyone who received a higher education beyond the borders of the United States. But this attempt doesn’t withstand scrutiny because PIAAC scores were never intended to measure specialized bodies of knowledge that highly skilled foreign professionals possess. Knowledge was not invented in the United States, and there are very knowledgeable people who were actually born in other countries.
Source: http://immigrationimpact.com/
http://www.inmigracionyvisas.com/a4051-Highly-Skilled-Foreign-Workers-Is-Undeniablein-in-United-States.html
sábado, 9 de marzo de 2019
Guía Básica Para Visitar Canadá
Escrito por Karla Campos para www.alanxelmundo.com
Es impresionante la cantidad de cosas que tiene esta nación para ofrecer a los viajeros. Siendo el segundo país más grande del planeta, en su territorio posee increíbles paisajes, ciudades modernas y una cultura muy interesante.
Además, la amabilidad de sus habitantes los hará sentirse como en casa.
¿Qué necesito para visitar Canadá?
A continuación, les dejo una lista con los países que necesitan visa, permiso electrónico o que sólo requieren su pasaporte para viajar a este destino.
Visa: Argentina, Belice, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, El Salvador, Guatemala, Honduras, Jamaica, Nicaragua, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela.
eTA: México, Chile, España.
¿Cuál es la mejor época para viajar a Canadá?
Temporada alta (de junio a agosto)
Tiempo cálido, pero se presenta un aumento de hasta el 30 por ciento en el precio del hospedaje.
OJO: Si practican deportes de nieve, hay un incremento de ocupación de diciembre a marzo.
Temporada media (mayo, septiembre y octubre)
Disminuye la afluencia de visitantes y los precios bajan.
Temporada baja (de noviembre a abril)
Puede ser especialmente frío y los horarios para realizar actividades disminuyen.
¿Qué onda con el idioma, la electricidad y la moneda?
Idioma: francés e inglés
Enchufe: Tipo A y B
Voltaje: 120 voltios y 60 Hz.
Moneda: Dólar canadiense
*Se acostumbre cobrar un impuesto por hospedaje de 3 CND.
Presupuesto
Este apartado es un aproximado que incluye hospedaje, comida y algunas atracciones. Los presupuestos son por día sin contar transporte (avión, tren, autobús y más) y están divididos en tres categorías:
Supervivencia: 60 CND
Dormir en hostales, comer en la calle o comida rápida y visitar algunas atracciones de paga. Lo esencial es ahorrar.
Inteligente: 180 CND
Dormir en hoteles baratos o cazar ofertas, comer en algunos restaurantes y visitar atracciones de paga y algunos espectáculos.
Lujo: +250 CND
Sin límites, hoteles de lujo, restaurantes y experiencias especiales.
Propinas: Entre 10% y 15%
Seguridad y salud
Canadá es un país relativamente seguro, pero se recomienda tomar precauciones habituales y cuidar las pertenencias y los documentos de viaje, particularmente en los aeropuertos, en el transporte público y dónde haya concentraciones de gente.
Los turistas no tienen derecho a la atención médica gratuita en Canadá; debes contar con un seguro de viaje o un seguro de gastos médicos con cobertura en el extranjero antes de salir de México. Lleva siempre contigo tu tarjeta de identificación del seguro y los teléfonos de emergencia del mismo.
Lleven siempre una copia del pasaporte mexicano y una identificación oficial con fotografía (no olviden digitalizarlos y enviarlos a su correo para tener una versión electrónica de los mismos).
Busca información de contacto en ese país (hoteles, amigos, el teléfono de emergencias de la Sección Consular de la Embajada de México en Canadá, etc.) y tenlo a la mano.
Para más información sobre alertad de salud y seguridad, consulten la Guía del viajero de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
No se requieren vacunas especiales, ni alertas de salud por el momento para visitar Canadá.
Fuente: www.alanxelmundo.com
http://www.inmigracionyvisas.com/a4050-guia-basica-para-visitar-canada.html
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Nuevo Centro de Atención Integral Temporal Para Migrantes
En Maicao, departamento de La Guajira, se llevó a cabo la apertura del Centro de Atención Integral temporal, el cual albergará alrededor de 350 personas que llegaron a Colombia debido a la crisis migratoria que se vive Venezuela.
La Directora de Cooperación Internacional de Cancillería, Marcela Ordóñez; el Gerente de Fronteras, Felipe Muñoz; y algunas ONG estuvieron presentes en la apertura del Centro de Atención Integral. Asimismo, contó con la participación de entidades gubernamentales e internacionales.
Respecto a la apertura, el Gerente de Fronteras con Venezuela, Felipe Muñoz, manifestó: “El gran articulador de todo este proceso es la Cancillería, el Canciller personalmente como padrino de este departamento, ha estado acá liderando este tema y nos toma la lección todas las semanas de cómo van los temas en La Guajira”. Y añadió: "Estamos enfrentando el reto migratorio más grande de América Latina".
Muñoz agradeció a las entidades que hicieron parte de este proceso, allí estarán las familias venezolanas, retornados colombianos y la comunidad receptora, transitoriamente.
Este Centro se construyó por solicitud del Gobierno Nacional y entidades locales, con el apoyo del Acnur y organizaciones internacionales como la Organización Panamericana para la Salud, el Programa Mundial de Alimentos (PMA), la Cruz Roja (Seccional La Guajira), el Consejo Noruego para Refugiados, Acción Contra el Hambre, Guajira Naciente, Aldeas Infantiles y el Consejo Danés para los Refugiados.
El Centro de Atención Integral busca ayudar a los migrantes venezolanos, colombianos retornados y población Wayúu que llegaron al país en busca de nuevas oportunidades.
Jozef Merkx, representante de Acnur en Colombia señaló: "No es un campamento, tiene que ser un Centro donde la gente entra voluntariamente y sale voluntariamente, pero de una manera cordial, ojalá sea una solución. Es un Centro donde queremos dar servicios entre todos con el Programa Mundial de Alimentos (PMA), el Consejo Danés de Refugiados y otros”.
El Centro de Atención Integral en Maicao brindará servicios básicos como:
• Alojamiento por tiempo limitado.
• Agua y saneamiento.
• Alimentación.
• Servicios médicos básicos.
• Apoyo psicosocial y protección.
Fuente: https://www.cancilleria.gov.co
http://www.inmigracionyvisas.com/a4049-nuevo-centro-de-atencion-para-migrantes.html
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