Si Requiere una visa por razones humanitarias para un extranjero víctima de catástrofe natural o violencia, cuya vida o integridad se encuentre en peligro o bien que ingrese para realizar acciones de auxilio o rescate en situaciones de emergencia en el país o atender a un familiar por encontrarse en estado grave de salud puede solicitar un visado por razones humanitarias, estos son los requisitos:
- Si es por vínculo familiar documento original y Copia de Identificación oficial vigente del promovente .
- Si es por vínculo familiar documento original y Copia Actas de nacimiento o matrimonio que acrediten parentesco.
- Si es por vínculo familiar documento original Escrito libre con firma autógrafa del promovente en el que señale que su familiar es víctima de catástrofe natural o se encuentra en situación de peligro a su vida o integridad por violencia o desastre natural. La resolución deberá considerar lo señalado en el inciso a) del apartado de resolución de este trámite.
- Si es por vínculo familiar certificado original o constancia médica en papel membretado, emitida por institución pública de salud, en la que conste el estado de salud grave del promovente, que solicita Visa para su familiar con el objeto de que le preste asistencia.
- Carta Original responsiva por parte del promovente, asumiendo los gastos de viaje y permanencia que genere la estancia de la persona extranjera en el país.
- Copia Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente de la persona extranjera para la que se solicita visa.
Nota: Es requisito que la persona extranjera para la que se requiere la visa no cuente con una solicitud de visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, solicitada al Instituto por razones humanitarias pendiente de resolución.
- Si es por interés público documento Original Escrito en papel membretado, suscrito por autoridad competente de alguna dependencia de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, en el que expresamente cite las disposiciones jurídicas y preceptos que facultan a quien lo suscribe para realizar la gestión, y exponga las actividades o funciones específicas en tiempo, modo y lugar que realizará la persona extranjera de acuerdo a lo señalado en el inciso del apartado de criterios de resolución de este trámite
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime y se ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica (orientación): 01 800 00 46264.
Nota: Es requisito que la persona extranjera para la que se requiere la visa no cuente con una solicitud de visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, solicitada al Instituto por razones humanitarias pendiente de resolución.