Solicitar Estatus De Refugiado o Asilado Para Un Cónyuge En Estados Unidos
Si usted fue admitido en Estados Unidos como refugiado principal, o si se le concedió asilo en Estados Unidos en los últimos dos años, puede solicitar que su cónyuge reciba el estatus de refugiado o asilado derivado mediante la presentación del Formulario I-730, Petición de Familiar de Refugiado/Asilado, en su nombre.
Esto se considera estatus de refugiado o asilado "derivado", ya que derivarán este estatus de usted después de que usted fue admitido en Estados Unidos. como refugiado o se le otorgó asilo. Esta petición tiene un plazo de presentación de dos años, pero aún podemos aceptar su petición después de dos años por razones humanitarias.
Requisitos
Su cónyuge debe cumplir con los requisitos para el estatus de refugiado o asilado derivado. No está obligado a tener una reclamación de persecución que lo cualifique independientemente como asilado o refugiado; más bien, deriva ese estatus a través de la relación con usted. Su cónyuge no tiene que tener la misma nacionalidad que usted. Puede residir en su país de nacionalidad u otro país y no estará sujeto al veto de reasentamiento fijo.
El cónyuge debe...
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