En el territorio colombiano se podrá obtener el Pasaporte en las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicadas en la ciudad de Bogotá o en las Gobernaciones autorizadas para ello.
En el exterior a través de los Consulados acreditados, quienes son los únicos entes oficiales autorizados para expedir los pasaportes a los colombianos que necesitan ingresar al país o renovar este documento.
De conformidad con el Artículo 22 de la Ley 43 de 1993, el ciudadano colombiano que posea doble nacionalidad, en el territorio colombiano, se someterá a la Constitución Política y a las leyes de la República. En consecuencia, su ingreso y permanencia en el territorio, así como su salida, deberán hacerse siempre en calidad de colombiano, por lo tanto deberá tener pasaporte colombiano para el ingreso y la salida del territorio colombiano.
Antes de solicitar su pasaporte, revise si cumple con los requisitos para su expedición.
Requisitos Expedición Pasaporte Mayores De Edad
- Diligenciar la solicitud por medio electrónico para agilizar el trámite en la oficina expedidora.
- Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes personalmente para presentar los documentos, la toma de la fotografía y el registro de huellas y firma. No es necesario llevar fotos.
- Presentar original de la cédula de ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas).
- Cuando el solicitante no tenga cédula de ciudadanía en formato válido, podrá presentar los siguientes documentos, de acuerdo a su caso:
- Contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto y huella, copia simple del registro civil de nacimiento expedido por el Notario, Registrador o Cónsul.
- Contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto, huella.
- No se aceptará contraseña por solicitud de rectificación de cédula de ciudadanía.
- Presentar pasaporte anterior, si lo tiene.
- En caso de pérdida o hurto del pasaporte, el solicitante solo deberá informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.
Nota: La oficina expedidora, de considerarlo pertinente, podrá solicitar la presentación del certificado de nacionalidad, con el fin de verificar la identidad del solicitante.
Cuando no pueda presentar su cédula para solicitud del pasaporte, es obligatorio llevar la contraseña original y en físico, el duplicado de cédula en línea de la Registraduría NO es válido.
Requisitos Expedición Pasaporte Menores De Edad
- El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o su representante legal, quienes tendrán que identificarse con su cédula de ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas). Si estos se encuentran ausentes del lugar del trámite, podrán dar autorización a un tercero para efectuar la solicitud con el menor, cumpliendo con lo siguiente:
- Registro civil de defunción en caso de que uno de los padres del menor haya fallecido.
- Poder especial otorgado por los dos padres a un tercero, ante notario público o juez.
- En el exterior ante el Consulado, o en el exterior donde no exista Consulado de Colombia ante la autoridad competente del lugar, el cual debe ser debidamente apostillado o legalizado según sea el caso y traducido al español mediante traductor oficial, allegando copia de los documentos de identidad de los padres, para que éste adelante el trámite en compañía del menor.
- Diligenciar la solicitud por medio electrónico, para agilizar el trámite en la oficina expedidora.
- Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes, tanto el menor como el acompañante, para que personalmente se haga la presentación de los documentos, la toma de la fotografía y el registro de huellas y firma. No es necesario llevar fotos.
- Presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento (fiel copia) del menor expedido por el Notario, Registrador o Cónsul, según el caso.
- Presentar pasaporte anterior si lo ha tramitado.
- En caso de pérdida o hurto del pasaporte, los padres del menor o su representante legal, solo deberán informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.
- Cada vez que un colombiano cambia de tipo de documento, de registro civil a tarjeta de identidad y de tarjeta de identidad a cédula, deberá cambiar su pasaporte dado que su documento de identificación ha cambiado.
- Si el menor tiene entre 7 y 17 años, se debe presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento del menor expedido por el Notario, Registrador o Cónsul y original de la tarjeta de identidad o contraseña.
- Si el padre acudiente era menor de edad al momento de la realización del registro civil de nacimiento del hijo, deberá aportar adicionalmente el Certificado de Preparación de Cédula que emite la Registraduría Nacional del Estado Civil donde se indique que el número de Tarjeta de Identidad que tenía cuando registró a su hijo corresponde al mismo número de cédula que posee actualmente.
- Si el trámite lo realiza en el exterior presentar la tarjeta de identidad no es un requisito obligatorio.
Nota: No se aceptarán los certificados de registro de nacimiento o comprobantes de inscripción de los menores de edad expedidos por la Registraduría Nacional del Estado Civil, ni fotocopias autenticadas del registro civil de nacimiento.
Lugares De Expedición Pasaporte Colombiano
Los tramites en Bogotá se deben realizar en:
- Sede Norte: Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100
- Sede Calle 53: Calle 53 No 10-60/46, Piso 2.
Horario de atención:
- Apertura de oficinas: lunes a viernes 7:30 a.m.
- Atención a los usuarios para solicitud del pasaporte: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
- Para entrega de pasaportes: lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m.
- Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100: Piso 6.
- Calle 53 No 10-60/46: Piso 3.
Para tramites fuera de Bogotá se deberá Se deberá consultar con la respectiva Gobernación.
Para realizar trámites fuera del país se debe comuncar con cada uno de los consulados
Costos Del Pasaporte Colombiano
- Pasaporte Ordinario: $166.000
- Pasaporte Ejecutivo: $256.000
- Pasaporte Emergencia: $161.000
Estos precios aplican para la ciudad de Bogotá, para trámites fuera de Bogotá, el valor tiene un incremento de acuerdo a los impuestos departamentales, asi que se debe consular con la gobernación correspondiente
El pago se debe hacer el mismo día que se genera la referencia de pago, de lo contrario deberá generar una nueva referencia con la fecha en la que realizará el pago.
Recomendaciones Generales
- El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aceptar o tramitar solicitudes con documentos en mal estado, ilegibles o con enmendaduras.
- Al recibir el pasaporte, comprobar que los datos biográficos impresos no tengan errores. En el caso de presentarse algún error o incongruencia en la hoja de datos del pasaporte, el titular contará con un plazo máximo de un mes a partir de la fecha de entrega del documento, para solicitar la reposición del pasaporte.
- El titular del pasaporte tendrá un plazo máximo de seis (6) meses para reclamar el pasaporte una vez haya sido expedido; en caso de no reclamarse en este lapso, el pasaporte será anulado y el solicitante deberá tramitar y pagar un nuevo pasaporte.
- No existirán modificaciones ni rectificaciones en los pasaportes. En caso de presentarse alguna modificación o rectificación en la identidad del solicitante, este deberá adquirir un nuevo pasaporte a su costo.
- Ningún ciudadano colombiano podrá ser titular de más de un pasaporte colombiano vigente, excepto cuando al solicitante se le autorice una libreta de pasaporte de emergencia.
- Evite colocar grapas o ganchos en la caratula posterior del pasaporte ya que pueda dañar el chip o la antena, el chip es diminuto, la antena tiene forma rectangular y cubre gran parte de la caratula posterior.
- Se recomienda no portar el pasaporte en el bolsillo del pantalón para evitar que se doble y se pueda romper la antena del chip.
- Se recomienda no hacer dobleces extremos que puedan afectar el chip o el armado del pasaporte.
- Evite situaciones de temperatura extremas o humedad, No coloque el pasaporte cerca o dentro de microondas o de la nevera.
- Evite usar el pasaporte como apoyo para escritura, esto pueda afectar la integridad de la caratula.
Requisitos Para Reclamar Pasaporte Colombiano
- El titular deberá presentarse con su documento de identificación colombiano original y el comprobante de pago para reclamar su pasaporte.
- El pasaporte de un menor de edad deberá ser reclamado por el padre, madre, representante legal o apoderado con quien el menor efectuó el trámite, mediante la presentación del documento de identificación del mayor de edad y del recibo de pago.
Le informamos que una vez realizado el pago de su pasaporte el tiempo de entrega será el siguiente:
- En Bogotá 24 horas
- En las gobernaciones 48 horas
- En los consulados de Colombia en el exterior 8 días hábiles.
Fuente: Cancillería de Colombia
https://www.inmigracionyvisas.com/a4561-informacion-sobre-tramite-del-pasaporte-colombiano.html
- Contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto y huella, copia simple del registro civil de nacimiento expedido por el Notario, Registrador o Cónsul.
- Contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto, huella.
- No se aceptará contraseña por solicitud de rectificación de cédula de ciudadanía.
- Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100: Piso 6.
- Calle 53 No 10-60/46: Piso 3.
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