El Centro De Servicio De Texas Comenzará A Aceptar El Formulario I-129 Para Ciertas Peticiones H-1B
A partir del 20 de mayo de 2019, el Centro de Servicio de Texas comenzará a procesar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, para ciertas peticiones H-1B exentas de la cantidad máxima reglamentaria, en las que se solicita:
- Un cambio en el empleo aprobado anteriormente;
- Un cambio de empleador;
- Un cambio de empleador concurrente;
- Enmiendas;
- La continuación de un empleo aprobado anteriormente, sin cambios, con el mismo empleador;
- Un cambio de estatus al de H-1B;
- Notificación a un consulado de Estados Unidos o facilidad de inspección (puerto de entrada o inspección antes de vuelo).
Esto no incluye las peticiones H-1B para entidades exentas de la cantidad máxima reglamentaria, peticiones que están exentas de la cantidad máxima reglamentaria por medio de una exención Conrad/Agencia del Gobierno Interesada (IGA, por sus siglas en inglés) bajo la Sección 214(l) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, o peticiones en las que el empleador está localizado en Guam o el beneficiario realizará labores en Guam.
El Centro de Servicio de Texas compartirá esta carga de trabajo con el Centro de Servicio de California, el Centro de Servicio de Vermont, y el Centro de Servicio de Nebraska para balancear las cargas de trabajo y proporcionar flexibilidad a medida que USCIS trabaja para mejorar los tiempos de procesamiento y la eficiencia.
Los peticionarios que vayan a presentar cualquiera de las peticiones H-1B indicadas arriba deben presentar sus Formularios I-129 en la dirección indicada en página de Direcciones para Presentación Directa del Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante . A partir del 19 de julio de 2019, USCIS podría rechazar cualquiera de estas peticiones que sea presentada en el centro de servicio equivocado.
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