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lunes, 18 de mayo de 2020

Vuelos De Carácter Humanitario Para Colombianos


La Cancillería, el Ministerio de Transporte y Migración Colombia continúan trabajando de manera articulada en la gestión de vuelos de carácter humanitario, que permitan el retorno al país de aquellos colombianos que por la emergencia generada por el COVID-19 no han podido regresar.

Es así como, a la fecha y en más de 30 vuelos de este tipo, han retornado al territorio nacional más de 3.600 connacionales, y se espera que en la próxima semana lo hagan al menos otros 800 más. Además, desde el pasado domingo, hasta el miércoles 13 de mayo, han regresado más de 500 compatriotas.

Los colombianos que arribarán en el transcurso de la próxima semana lo harán procedentes de países como: Ecuador, Estados Unidos, México, Alemania, Turquía, España, Canadá y Francia.

El orden de arribo de estos vuelos, de acuerdo con lo dialogado con el Gobierno Nacional, será el siguiente:


Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4826-vuelos-De-Caracter-Humanitario-para-colombianos.html

viernes, 15 de mayo de 2020

Programa De Inscripción De Viajeros Inteligentes (STEP) Para Ciudadanos Estadounidenses



El Programa de inscripción de viajeros inteligentes (Smart Traveler Enrollment Program STEP) es un servicio gratuito que permite a los ciudadanos estadounidenses que viajan o viven en el extranjero recibir las últimas actualizaciones de seguridad de la embajada o consulado estadounidense más cercano.

Cuando se inscriba en Programa de inscripción de viajeros inteligentes (Smart Traveler Enrollment Program STEP) , recibirá información actualizada sobre su país de destino, que incluye:


Continúe leyendo en 
https://www.inmigracionyvisas.com/a4825-Programa-De-Inscripcion-De-Viajeros-Inteligentes-STEP.html


jueves, 14 de mayo de 2020

Proceso De Patrocinio De Cónyuge, Pareja o Hijo En Canadá


Si es elegible, puede patrocinar a su cónyuge, pareja de hecho, pareja conyugal o hijos dependientes para que se conviertan en residentes permanentes de Canadá, para ello debe ser capaz de apoyarlos financieramente y asegurarse de que no necesiten asistencia social del gobierno. El tiempo de procesamiento es de aproximadamente 12 meses.


¿Quién es elegible para patrocinar a su cónyuge, pareja o hijo?

Puede patrocinar a su cónyuge, pareja o hijo dependiente si:

  • Tienes al menos 18 años
  • Usted es ciudadano canadiense, residente permanente de Canadá o una persona registrada en Canadá como indígena según la Ley de Indios Canadienses
  • Puede demostrar que no recibe asistencia social por razones distintas a una discapacidad.
  • Puede satisfacer las necesidades básicas de cualquier persona que desee patrocinar


Si vives fuera de Quebec:

Para convertirse en patrocinador, debe prometer cuidar financieramente de las personas que patrocina durante un período de tiempo. Se debe comprometer a:

  • Brindar apoyo financiero a sus familiares apadrinados.
  • Pagar cualquier asistencia social provincial que reciban sus familiares apadrinados durante ese tiempo

Además, usted y los miembros de su familia apadrinados deben aceptar ciertas responsabilidades. A esto se le llama el acuerdo de patrocinio, significa que:

  • Atenderá las necesidades básicas de los miembros de su familia apadrinados
  • La persona que patrocina hará todo lo posible para mantenerse a sí mismos y a sus familiares

Cuando presente la solicitud, deberá completar y firmar un formulario que incluya el compromiso y el acuerdo de patrocinio.


Continúe leyendo https://www.inmigracionyvisas.com/a4824-Patrocinio-De-Conyuge-pareja-o-Hijo-En-Canada.html




miércoles, 13 de mayo de 2020

Cambian Requisitos De Visas H-2B, Para Trabajadores Y Empleadores Por COVID-19



El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) ha anunciado una regla final provisional para cambiar ciertos requisitos de las visas H-2B, a fin de ayudar a sostener la cadena de suministro de alimentos de Estados Unidos, mantener las operaciones de infraestructura esenciales y reducir el impacto de la emergencia de salud pública causada por el coronavirus (COVID-19).

Estas medidas temporales aplican solo a los extranjeros que ya están presentes en Estados Unidos con un estatus válido de no inmigrante H-2B. La regla final provisional no aumenta las visas H-2B por encima de la cantidad límite de 66,000 visas establecida por el Congreso para el resto del año fiscal 2020.

“Estas flexibilidades necesarias salvaguardarán un sector crítico de la infraestructura de Estados Unidos, reforzarán la seguridad de la cadena de suministro de alimentos de la nación, y alentarán a las empresas estadounidenses clave a mantener las operaciones esenciales que actualmente se ven amenazadas por la emergencia de salud pública causada por el COVID-19”, dijo el subdirector de políticas de USCIS, Joseph Edlow. “Más importante aún, estas medidas protegen a los trabajadores estadounidenses al no añadir visas H-2B adicionales durante la emergencia nacional”.

Bajo esta regla final provisional, un peticionario H-2B tendrá flexibilidades adicionales para emplear trabajadores esenciales en la cadena de suministro de alimentos de Estados Unidos. Para beneficiarse de este cambio de tiempo limitado en los requisitos regulatorios, el trabajador H-2B ya debe estar en Estados Unidos en un estatus H-2B válido.

Como parte del proceso de la certificación de condición laboral temporal, el empleador peticionario debe haber demostrado a satisfacción del Secretario del Trabajo que no hay un suministro suficiente de trabajadores estadounidenses cualificados que estén disponibles en el momento y lugar necesario para realizar las labores o los servicios indicados en la petición. El empleo del (de los) trabajador(es) en dichas labores o servicios no afectará adversamente los salarios y condiciones de empleo de los trabajadores en Estados Unidos que ocupan posiciones similares.




martes, 12 de mayo de 2020

Formulario I-129, Petición De Trabajador No Inmigrante



El Formulario I-129, Petición De Trabajador No Inmigrante se utiliza para peticionarios de una solicitud de parte de un trabajador No Inmigrante con el fin de que éste ingrese a los Estados Unidos temporalmente para realizar servicios o trabajo, o a fin de recibir capacitación como No Inmigrante H1B, H-2A, H-2B, H-3, L-1, O-1, O-2, P-1, P-1S, P-2, P-2S, P-3, P-3S, Q-1 o un trabajador No Inmigrante R-1.

Los peticionarios también utilizan este formulario para solicitar una extensión de estadía o cambio de estatus al de E-1, E-2, E3, H-1B1 o TN o una de las clasificaciones de visa mencionadas anteriormente para un extranjero.

Descargue aquí el Formulario I-129 (en inglés)

Descargue aquí las instrucciones para el Formulario I-129 (en inglés)


Tarifas de Presentación: $460 USD



Instrucciones Especiales

Implementación de la Regla Final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública

Los peticionarios que solicitan una extensión de estadía o cambio de estatus a nombre de extranjeros que están sujetos a la nueva condición de beneficio público, no tienen que informar sobre el recibo de beneficios públicos en el Formulario I-129, si dichos beneficios fueron recibidos antes del 24 de febrero de 2020. Por favor, lea todas las referencias que se hacen al 15 de octubre de 2019, como si se refirieran al 24 de febrero de 2020.





lunes, 11 de mayo de 2020

Presidente Trump Presenta Directrices Para Reapertura De Los Estados Unidos


El presidente Donald Trump presentó las Directrices para la apertura de Estados Unidos nuevamente, un enfoque en tres fases basado en el asesoramiento de expertos en salud pública. Estos pasos ayudarán a los funcionarios estatales y locales a reabrir sus economías, hacer que las personas vuelvan a trabajar y continuar protegiendo las vidas de los estadounidenses.

Directrices Generales Para Todas Las Fases Dirigido A Las Personas

  • Lávense las manos con agua y jabón o usen desinfectante de manos, especialmente después de tocar objetos o superficies que se usan frecuentemente.
  • Eviten tocarse la cara.
  • Cúbranse la nariz y la boca con un pañuelo desechable o la parte interna del codo al toser o estornudar.
  • Desinfecten los objetos o las superficies de uso frecuente tanto como sea posible.
  • Consideren seriamente usar cubiertas para la cara cuando estén en áreas públicas y en particular cuando usen los medios de transporte público.


sábado, 9 de mayo de 2020

Ayudas Económicas Para: Empresas, Guías De Turismo, Familias Y Jóvenes En Acción Por Covid-19

El Gobierno declaró la segunda emergencia económica con el fin de seguir mitigando los efectos de la pandemia. En aras de proteger el empleo y el flujo de caja de las empresas, se subsidiará el equivalente al 40% de un salario mínimo de la nómina de estas, siempre y cuando, hayan tenido una reducción del 20% en su facturación. De igual forma, se aplaza para diciembre el pago del impuesto de renta que está próximo a causarse.

El Viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño, afirmó que el subsidio a la nómina de las empresas en el país beneficiará a alrededor de 6 millones de trabajadores colombianos.

“Es un auxilio para que los empleadores puedan continuar con el pago de sus nóminas; es un auxilio que representa un alivio de caja”, dijo el funcionario

A continuación, se explican estas medidas:

 

Continúe leyendo en  https://www.inmigracionyvisas.com/a4820-ayudas-economicas-para-colombianos-por-coronavirus.html

 

Fuente: Gobierno de Colombia, Presidencia de la Republica

viernes, 8 de mayo de 2020

Militares Y Veteranos Pueden Presentar En Línea Solicitud De Naturalización

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos anunció que los miembros de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos y los veteranos ahora pueden presentar el Formulario N-400, Solicitud de Naturalización en línea.

La presentación de solicitudes en línea permite que los extranjeros envíen sus formularios de manera electrónica, verifiquen el estatus de su caso y reciban notificaciones del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). La agencia utiliza la innovación y la tecnología para cumplir con las necesidades de los solicitantes, peticionarios, empleados y grupos de interés. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) se compromete a garantizar un proceso seguro y eficiente para todos, independientemente de si el formato de la solicitud o petición sea impreso o electrónico.

 

Continúe leyendo en  https://www.inmigracionyvisas.com/a4819-solicitud-de-naturalizacion-en-linea-para-militares.html

 

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos


jueves, 7 de mayo de 2020

Cómo Consultar El Estado De Autorización De Extranjería En España

El gobierno de España cuenta con un servicio donde puede consultar el estado de tramitación en el que se encuentra la solicitud de su autorización de extranjería. Para ello debe indicar su NIE o su número de expediente, así como datos de su solicitud.

La información facilitada tiene carácter meramente informativo y se limita a en qué estado se encuentra su expediente: en trámite o resuelto. A través de este servicio no se realizan notificaciones.

El servicio no está disponible para ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares (que podrán consultar el estado de su expediente en la oficina donde se tramitó su solicitud).


Opciones Disponibles Para Realizar La Consulta


1. A Través De Mensajes SMS:

2. A Través De Información Vía Telefónica
3. A Través De Una Consulta En Línea

 

 

Para conocer cada uno de ellos visite https://www.inmigracionyvisas.com/a4818-consultar-el-estado-de-autorizacion-de-extranjeria.html

 

Fuente: Gobierno De España Sede Electrónica Administraciones Públicas

Centro Nacional De Visas No Recibirá Solicitudes Ni Consultas Por Correo

A partir del primero (1) de junio de 2020, el Centro Nacional de Visas (NVC) no aceptará solicitudes, inquietudes y consultas, que sean enviadas por correo. El Centro Nacional de Visas ha modernizado la forma en que se procesan las solicitudes de visa lo que ha permitido que se agilicen los servicios en todas sus secciones, embajadas y consulados de Estados Unidos. La eliminación de la correspondencia en papel es el siguiente paso en esta modernización. Este cambio nos ayudará a racionalizar y proporcionar mejores servicios para todos los involucrados.


Mcontiúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4817-Centro-Nacional-De-Visas-No-Aceptara-correos.html

 

Fuente: Departamento De Estados De Estados Unidos