Durante su entrevista de naturalización, un oficial de USCIS le formulará preguntas acerca de su solicitud y antecedentes. También le hará una prueba de inglés y educación cívica a menos que usted sea elegible para una exención o dispensa. El examen de inglés tiene tres componentes: lectura, escritura y oral. La prueba de civismo cubre importantes temas de la historia y el gobierno de EE.UU. USCIS tiene herramientas de estudio a su disposición que le ayudarán a preparase.
El examen oral: Su habilidad para hablar inglés será determinada por un oficial de USCIS durante la entrevista de elegibilidad, en base al Formulario N-400, Solicitud de Naturalización.
El examen de lectura: Se le pedirá leer una o dos oraciones correctamente en inglés para demostrar su habilidad de lectura.
El examen de escritura: Se le pedirá escribir de una a tres oraciones en inglés correctamente para demostrar su habilidad de escritura.
El examen de civismo (gobierno e historia): Existe una lista de 100 preguntas de civismo para el examen de naturalización. En la entrevista, se le harán 10 preguntas al azar tomadas de esa lista. Usted deberá responder correctamente a seis (6) de esas 10 preguntas para aprobar el examen de cívismo.
Por cada solicitud de naturalización que haga, usted tiene dos oportunidades para rendir el examen de inglés y de educación cívica. Si no aprueba cualquier parte del examen durante su primera entrevista, podrá ser reexaminado en esa parte del examen que no supo contestar dentro de los próximos 90 días.
Herramientas para el estudio
Para ayudarle a prepararse para el examen de naturalización, USCIS ofrece recursos gratuitos tanto para la prueba de inglés como para la parte de educación cívica. A continuación encontrará enlaces a los materiales de estudio en inglés:
Si desea practicar las preguntas primero en español, en esta página usted tendrá materiales de estudio en español que incluyen las100 preguntas de civismo. Sin embargo, le recordamos que el examen de naturalización será llevado a cabo totalmente en inglés, a menos que usted haya solicitado alguna excepción y que esta haya sido aceptada.
El auto examen de naturalizaciónes una herramienta de estudio que le ayuda a probar sus conocimientos de historia y gobierno de Estados Unidos. Recuerde que el examen de naturalización se hace en forma oral durante la entrevista y no es una prueba de opción múltiple. El auto examen sólo le ayuda a medir sus conocimientos de civismo e historia y saber que áreas necesita refuerzo antes de ir a la entrevista de naturalización.
Immigration judges around the country are denouncing the Trump administration’s latest move to “disband and destroy” their union.
The judges’ union has been openly critical of the administration’s immigration enforcement agenda.
The Department of Justice (DOJ)filed a petitionto the Federal Labor Relations Authority on Friday asking to revoke the National Association of Immigration Judges’ (NAIJ) union certification. Department officials claim that NAIJ members are “management officials” and therefore banned from collectively organizing.
Judge Amiena Khan, vice president of NAIJ, says the step to decertify is a “a misguided effort to minimize our impact. We serve as a check and balance… and that’s why they are doing this to us.”
Under their official capacity as DOJ employees, immigration judges cannot publicly speak out on issues that could be considered political. But representatives of the union can discuss—and criticize—DOJ policies on behalf of its members. They have done so since the union’s founding in 1971.
But tensions between the department and immigration judges have only escalated in recent years. The union has evencalled on Congressto remove the immigration court system from the DOJ and establish it as an independent entity.
In 2018, the Trump administration implementedcase completion quotasas part of immigration judges’ performance reviews, compelling them to decide cases under strict deadlines. The quota was set in place to tackle the growing backlog of pending cases, which now totalsmore than 930,300.
The quotas do not take the complexity of a case into consideration, nor the due process rights granted to all immigrants in court. Judges also risk termination if they do not complete the quota deadline.
NAIJ called the move a “death knell for judicial independence in the immigration courts.”
At the same time, then-Attorney General Jeff Sessions stripped judges of their ability tomanage their caseloadby taking away a vital case management tool. He also made it more difficult for judges togrant asylumto domestic violence victims, as well as dismiss cases.
These changes are amounting to a slower system with an increased backlog. Immigration judge and NAIJ President Ashley Tabaddornotedlast month:
“…It’s just a lot of chaos and counterproductive measures that undermine the ability of judges to use their expertise to help a case go through the system.”
The call to dismantle the union appears to fall under that same goal of undermining and silencing immigration judges.
NAIJ plans to respond to the administration’s petition once it receives an official notice from the Federal Labor Relations Authority. The agency will then likely investigate NAIJ to determine whether its certification can be revoked.
The union once facedsimilar threatsunder President Bill Clinton and survived. For the sake of due process, the outcome will hopefully be the same this time too.
Estas visas sirven para estudiar en la República Argentina por un período mayor a los 365 días corridos. Las visas para estudios deben tramitarse únicamente ante laRepresentación Consular de la República Argentinacorrespondiente al domicilio del extranjero. El trámite es personal:
Requisitos:
El solicitante deberá presentar la siguiente documentación (en original y copia) ante el Consulado correspondiente
Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible.
Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco.
Formulario de solicitud de visa completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado por el solicitante.
Deberá presentar copia del programa de Estudios.
Precarga electrónica de datos efectuada por la casa de estudios ante la Dirección Nacional de Migraciones.
La casa de estudios deberá estar inscripta en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) y presentar su respectivo número de inscripción. En el caso de no encontrarse el invitante inscripto en el RENURE, se agradecerá comunicarse al (54-11) 4317-0200/0303/0337 a fin de efectivizar la inscripción.
Acreditación de medios económicos suficientes para solventar estadía y estudios (la autoridad consular podrá requerir resumen de cuenta bancaria, tarjetas de crédito u otro.
En caso de viajeros con 16 años cumplidos, certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado, emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años.
En caso de viajeros con 16 años cumplidos, compromiso de decir la verdad o declaración jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul.
Pago del arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación).
Entrevista consular.
Si el estudiante es menor, autorización de ambos padres para aplicar a la visa y el nombre del tutor responsable en Argentina.
Costo:
Arancel consular: $250 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación)
Observaciones:
La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente.
EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO
Para iniciar el trámite de visa, deberá tomar contacto con la Representación Consular correspondiente a fin de concertar una cita y coordinar la presentación de la documentación.
Estas visas son para estudiar en la República Argentina por un período menor a 365 días. Las visas para estudios - 365 pueden tramitarse ante laRepresentación Consular de la República Argentinadel lugar de residencia del extranjero. El trámite es personal.
Requisitos:
El solicitante deberá presentar la siguiente documentación (en original y copia) ante el Consulado correspondiente:
Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible.
Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco.
Formulario de solicitud de visa completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado por el solicitante.
Deberá presentar copia del programa de Estudios.
Precarga electrónica de datos efectuada por la casa de estudios ante la Dirección Nacional de Migraciones.
La casa de estudios deberá estar inscripta en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) y presentar su respectivo número de inscripción. En el caso de no encontrarse el invitante inscripto en el RENURE, se agradecerá comunicarse al (54-11) 4317-0200/0303/0337 a fin de efectivizar la inscripción.
Acreditación de medios económicos suficientes para solventar estadía y estudios (la autoridad consular podrá requerir resumen de cuenta bancaria, tarjetas de crédito u otro).
Para estadías que superen los seis (6) meses, y en caso de viajeros con 16 años cumplidos, certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado, emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años.
Para estadías que superen los seis (6) meses, y en caso de viajeros con 16 años cumplidos, compromiso de decir la verdad o declaración jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul.
Pago del arancel consular: $150 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación).
Entrevista consular.
Si el estudiante es menor, autorización de ambos padres para aplicar a la visa y el nombre del tutor responsable en Argentina.
Costo:
Arancel consular: $150 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación)
Observaciones:
La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente.
EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO
Para iniciar el trámite de visa, deberá tomar contacto con la Representación Consular correspondiente a fin de concertar una cita y coordinar la presentación de la documentación.
En Estados Unidos, la nueva norma del Gobierno de Donald Trump que limita la posibilidad de los inmigrantes de bajos ingresos de recibir el estatus de residente permanente recibió numerosas críticas, tras lo cual, Ken Cuccinelli, director interino de Servicios de Ciudadanía e Inmigración, intentó defender la nueva política reescribiendo el emblemático poema de Emma Lazarus grabado sobre la Estatua de la Libertad. Esto fue lo que dijo Cuccinelli hablando con Rachel Martin, de la Radio Nacional Pública de Estados Unidos.
Rachel Martin:“¿Estaría de acuerdo con que las palabras de Emma Lazarus grabadas en la Estatua de la Libertad, ‘Dame a tus cansados, tus pobres’, son también parte de los valores estadounidenses?”.
Ken Cuccinelli:“Ciertamente lo son. Dame a tus cansados, tus pobres… que puedan valerse por sí mismos y que no se convertirán en una carga pública. Esa placa fue colocada en la Estatua de la Libertad casi al mismo tiempo que se aprobó la primera ley de carga pública. Un momento muy interesante”.
El martes por la noche, Cuccinelli defendió sus comentarios en una entrevista con Erin Burnett, de la cadena de noticias CNN, sugiriendo que el poema de Emma Lazarus fue escrito sobre “gente que provenía de Europa”.
La Embajada de Venezuela en Chile a través de su cuenta de twitter publicó un comunicado donde se anunciaron cuáles son los nuevos requisitos para que los migrantes venezolanos puedan solicitar la visa de responsabilidad democrática.
El gobierno chileno ha incrementado los requisitos para que los ciudadanos venezolanos puedan ingresar a territorio chileno con la visa de responsabilidad democrática, el cambio más significativo es que ahora cada miembro de la familia debe presentar una solicitud con pasaporte vigente, de lo contrario el proceso no puede llevarse a cabo. Estos cambios aplican desde el 12 de agosto de 2019.
Estos son los nuevos requisitos:
A. Documentación General para solicitudes de visa
Pasaporte, conforme a lo establecido en la resolución Exenta Número 2.087 del 18 18 de abril de 2019, es decir, pasaporte vigente, o vencido con fecha de emisión a contar del año 2013.
1 foto 5X5 (tamaño pasaporte) con fondo blanco, con la cara de frente y el rostro completo, de comienzo de la cara al mentón sea 3/4 del espacio de la foto.
Certificado de Antecedentes Penales de no más de 90 días de antigüedad a la fecha de su presentación en la República Bolivariana de Venezuela (solo mayores de 18 años).
En caso de ser menor de edad deberá presentar además de su Pasaporte, el Certificado de Nacimiento apostillado.
Certificado de viajes en el país en que se efectuará la solicitud, debidamente apostillado, que acredite el tiempo de estadía y que no exceda de 90 días en total, durante el último año, a la fecha de su presentación, salvo que dicha solicitud se efectúe en los consulares de Chile en Venezuela.
EN CASO CUENTE CON RESIDENCIA EN CUALQUIER PAÍS NO PODRÁ APLICAR A LA VRD, PERO SÍ A CUALQUIER OTRO TIPO DE VISA.
B. Indicaciones Generales
Toda solicitud debe realizarse en la página webhttps://tramites.minrel.gov.clingresando a la opción visa y deben adjuntarse los documentos solicitados.
Deben ingresar una solicitud por cada miembro de familia.
Si no cuentan con pasaporte con vigencia correspondiente no podrá tramitar su visa.
Toda consulta puede realizarla al correo electrónico lima@consulado.gob.cl
En caso de que su visa sea aceptada se le informará vía correo electrónico, indicándole fecha y hora para entregar todos los requisitos, y en caso que se encuentren conformes se procede con el pago de su visa y la programación de la entrega.
Se recomienda contar con la Visa aprobada y estampada en su respectivo pasaporte antes de adquirir cualquier pasajes aéreos o terrestres.
TODO TRÁMITE DE VISA ES PERSONAL Y PRESENCIAL, NO SE ACEPTAN TERCERAS PERSONAS PARA TRÁMITES POR MÁS QUE CUENTEN CON ALGUNA CARTA PODER.
Recuerde la embajada indicó en la publicación que la documentación general es el pasaporte y que las solicitudes deben realizarse en la página webhttps://tramites.minrel.gov.cl.
El Departamento de Estado de Estados Unidos alcanza un hito de 230 años de diplomacia. Es la agencia ejecutiva más antigua de Estados Unidos creada en 1789 e inicialmente llamada “Departamento de Asuntos Exteriores”. Thomas Jefferson fue el primer secretario de Estado, tenía un personal de cuatro empleados, un traductor y un mensajero, así como dos oficinas diplomáticas (Londres y París) y 10 oficinas consulares.
Hoy día elsecretario de Estado Mike Pompeoasesora al presidente, administra las misiones diplomáticas y negocia tratados con entes extranjeros, entre otras funciones. Se cuenta con 75.000diplomáticos estadounidensesprestan servicio en 277 países y en las Naciones Unidas.
Pompeo está apoyado por un equipo de expertos en relaciones internacionales. La fuerza laboral del departamento de 75.000 personas en todo el mundo abarca aproximadamente 15.000 funcionarios del servicio exterior, 10.000 funcionarios de la administración pública y 50.000 ciudadanos de países que acogen embajadas de Estados Unidos.
Carol Perez es miembro del equipo. Después de servir como embajadora de Estados Unidos en Chile de 2016 a 2019, se convirtió en jefa de recursos humanos del departamento. Al resumir las cualidades que cree que son parte integral del éxito de los diplomáticos estadounidenses, Pérez dice: “La presencia importa. El liderazgo importa. La competencia importa. Y los valores importan”.
Eric Rubin, embajador de Estados Unidos en Bulgaria que dirige una asociación de empleados del servicio exterior, está agradecido por haber tenido la oportunidad de marcar la diferencia en cuatro continentes. “Como ha dicho el secretario Pompeo”, subraya Rubin, “el servicio exterior [de Estados Unidos] debe estar presente en todos los rincones del mundo”.
La gran fuerza de trabajo es un equipo unido que trabaja para el pueblo estadounidense y sigue uncódigo de ética profesional(en inglés).
Rubin dice que, como lo que hace contribuye a la prosperidad y seguridad de sus compatriotas estadounidenses, encuentra el trabajo intensamente satisfactorio. La diplomacia consiste en “asegurar que nuestros valores sean universales, que se mantengan a raya las amenazas y que podamos competir con las potencias emergentes”, dijo.
En su celebración de los 230 años se elaboró un poster, que es un retrato de Thomas Jefferson realizado por el pintor Gilbert Stuart y cuelga en Monticello, el hogar de Jefferson en Charlottesville (Virginia). Un artista prolífico, Stuart eliminaba detalles superfluos de los fondos en sus retratos de líderes estadounidenses para destacar a los individuos propiamente.
Según la experta en Historia del Arte Eleanor Pearson DeLorme, Stuart fue el pintor más importante de rostros en Estados Unidos ty percibía instintivamente lo que debía ser un retrato estadounidense. PuedeDescargar el póstery conmemore 230 años de diplomacia estadounidense.
The U.S. Department of Homeland Security (DHS) announced a final rule that clearly defines long-standing law to better ensure that aliens seeking to enter and remain in the United States — either temporarily or permanently — are self-sufficient and rely on their own capabilities and the resources of family members, sponsors, and private organizations rather than on public resources.
This final rule amends DHS regulations by prescribing how DHS will determine whether an alien is inadmissible to the United States based on his or her likelihood of becoming a public charge at any time in the future, as set forth in the Immigration and Nationality Act. The final rule addresses U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS) authority to permit an alien to submit a public charge bond in the context of adjustment of status applications. The rule also makes nonimmigrant aliens who have received certain public benefits above a specific threshold generally ineligible for extension of stay and change of status.
“For over a century, the public charge ground of inadmissibility has been part of our nation’s immigration laws. President Trump has delivered on his promise to the American people to enforce long-standing immigration law by defining the public charge inadmissibility ground that has been on the books for years,” said USCIS Acting Director Ken Cuccinelli. “Throughout our history, self-sufficiency has been a core tenet of the American dream. Self-reliance, industriousness, and perseverance laid the foundation of our nation and have defined generations of hardworking immigrants seeking opportunity in the United States ever since. Through the enforcement of the public charge inadmissibility law, we will promote these long-standing ideals and immigrant success.”
DHS has revised the definition of “public charge” to incorporate consideration of more kinds of public benefits received, which the Department believes will better ensure that applicants subject to the public charge inadmissibility ground are self-sufficient. The rule defines the term “public charge” to mean an individual who receives one or more designated public benefits for more than 12 months, in the aggregate, within any 36-month period (such that, for instance, receipt of two benefits in one month counts as two months). The rule further defines the term “public benefit” to include any cash benefits for income maintenance, Supplemental Security Income (SSI), Temporary Assistance to Needy Families (TANF), Supplemental Nutritional Assistance Program (SNAP), most forms of Medicaid, and certain housing programs.
The regulation also excludes from the public benefits definition: public benefits received by individuals who are serving in active duty or in the Ready Reserve component of the U.S. armed forces, and their spouses and children; public benefits received by certain international adoptees and children acquiring U.S. citizenship; Medicaid for aliens under 21 and pregnant women; Medicaid for school-based services (including services provided under the Individuals with Disabilities Education Act); and Medicaid benefits for emergency medical services.
This rule also makes certain nonimmigrant aliens in the United States who have received designated public benefits above the designated threshold ineligible for change of status and extension of stay if they received the benefits after obtaining the nonimmigrant status they seek to extend or from which they seek to change.
Importantly, this regulation does not apply to humanitarian-based immigration programs for refugees, asylees, Special Immigrant Juveniles (SIJs), certain trafficking victims (T nonimmigrants), victims of qualifying criminal activity (U nonimmigrants), or victims of domestic violence (VAWA self-petitioners), among others.
This rule also explains how USCIS will exercise its discretionary authority, in limited circumstances, to offer an alien inadmissible only on the public charge ground the opportunity to post a public charge bond. The final rule sets the minimum bond amount at $8,100; the actual bond amount will be dependent on the individual’s circumstances.
This final rule supersedes the 1999 Interim Field Guidance on Deportability and Inadmissibility on Public Charge Grounds and goes into effect at 12:00 a.m. Eastern on Oct. 15, 60 days from the date of publication in the Federal Register. USCIS will apply the public charge inadmissibility final rule only to applications and petitions postmarked (or, if applicable, submitted electronically) on or after the effective date. Applications and petitions already pending with USCIS on the effective date of the rule (postmarked and accepted by USCIS) will be adjudicated based on the 1999 Interim Guidance.
USCIS will provide information and additional details to the public as part of public outreach related to the implementation of this rule. In the coming weeks, USCIS will conduct engagement sessions for the public and other interested groups to ensure the public understands which benefits are included in the public charge inadmissibility rule and which are not.
In an attempt to rush through immigrant families’ court cases, the government began implementing “rocket dockets” in September 2018 for parents and children who had recently entered the United States together without authorization. The program is intended to discourage Central American families from coming to the United States by quickly deporting those already here. But by drastically shortening the timeline of the court process, the dockets prevent many asylum-seeking families from accessing a meaningful day in court.
As of June 2019, over 56,000 cases were on these dockets in 10 cities around the country.
Some immigrant families are only given a matter of weeks to find a lawyer and prepare their cases, and many attorneysreport that expedited cases are scheduled too quicklyto prepare well. This compressed timeline increases the chances that a family will have to navigate our complex immigration detention and removal system without an attorney. Those who go into court with no representation aremuch more likely to lose their cases.
Additionally, judges are under increasing pressure to close cases due to strictcompletion quotas. This adds more incentive to rush through cases at the expense of due process.
While testifying before Congress in June, acting DHS Secretary Kevin McAleenan claimed thatthe majority of familiesdid not show up for court. But in fact,86% of familiesreleased from detention attended their hearings from 2001 to 2016.
Rocket dockets are unnecessary to ensure that people attend their immigration hearings. Immigrant families are generally eager to attend their hearings. These hearings are the only way for them to obtain permanent protections in the United States. The consequences of missing a hearing are also exceptionally high. Immigration judges are generally required to issuein absentiaremoval orders when someone fails to appear.
Most families who miss court do so by accident. Often, the government has failed to notify them properly. In 2018, judges overturned 44 of 46 in absentia removal orders. The families in those cases had not received notice of their hearing or presented “extraordinary circumstances” for missing court.Thousands of hearing noticesarrived after the hearing or to the incorrect address.Others included a date that doesn’t exist, a date on which the court was closed, or no date at all.
There are meaningful and more effective alternatives available to these rocket dockets.
To increase court appearances, the Trump administration could restart theFamily Case Management Program(FCMP). This program provided individualized comprehensive help to families in five cities at a cost of only $38 per day for a family of two,compared to $592 for family detention. FCMP had a 99% success rate for compliance with court hearings and ICE appointments, but the government nevertheless ended it in June 2017.
The administration said it aims to discourage parents from traveling with children. To do this, they could reinstate theCentral American Minors Program. This program allowed certain children with parents with legal status in the United States to apply as refugees. Hope of a legal path to the United States later may prevent parents from bringing them on the dangerous initial journey.
Instead of fast-tracking the court process, immigration courts should give these families the chance to prepare their cases. The opportunity to seek asylum is an American value—these programs would help restore that value.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) anunció sus planes de mantener sus operaciones en las oficinas internacionales en Beijing y Guangzhou, China; Nairobi, Kenia, y Nueva Delhi, India. Anteriormente, el director interino de USCIS, Ken Cuccinelli, había ordenado a la agencia continuar operaciones en Ciudad de Guatemala, Guatemala; Ciudad de México, México, y San Salvador, El Salvador, como parte del enfoque gubernamental para atender la crisis en la frontera sur.
Mientras mantiene estas siete oficinas internacionales, USCIS planifica cerrar las restantes 13 oficinas internacionales y tres oficinas de distrito entre agosto de 2019 y agosto de 2020. Los primeros cierres planificados son los de las oficinas en Monterrey, México, y Seúl, Corea del Sur, a finales de septiembre. Estos cambios organizacionales permitirán una distribución más eficaz de los recursos de USCIS para apoyar en parte los esfuerzos de reducción de retrasos.
“Este impacto internacional rentable y de mucho valor permitirá a USCIS adjudicar de manera eficiente las peticiones de inmigración complejas que requieren entrevistas en persona, para mejorar la integridad a través de la detección del fraude y actividades de seguridad nacional, y colaborar tanto con entidades gubernamentales estadounidenses como extranjeras para mejorar la capacidad del manejo de la inmigración,” dijo el director interino Ken Cuccinelli. “En los próximos meses, USCIS cerrará otras oficinas internacionales de modo escalonando, para asegurar una transición ordenada de las cargas de trabajo a las oficinas de USCIS en Estados Unidos y a las secciones consulares del Departamento de Estado, a la vez que atenúa el impacto en los empleados de USCIS quienes deben regresar a posiciones en Estados Unidos.”
Muchas de las funciones que actualmente realizan las oficinas internacionales serán manejadas desde Estados Unidos o por empleados de USCIS asignados temporalmente en el extranjero. Como parte de este cambio, el Departamento del Estado (DOS, pos sus siglas en inglés) asumirá las responsabilidades de ciertos servicios que actualmente USCIS proporciona en persona en las oficinas internacionales. Además de emitir las visas a ciudadanos extranjeros que están en países extranjeros, DOS también ofrece muchos de dichos servicios donde USCIS no tiene una oficina. USCIS trabaja con DOS para minimizar las interrupciones en los servicios de inmigración para solicitantes y peticionarios afectados.