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martes, 5 de diciembre de 2023

Visa L-1A: Cómo transferir ejecutivos o gerentes a Estados Unidos



 

La clasificación no inmigrante L-1A o Visa L-1A permite a empleadores estadounidenses a transferir un ejecutivo o gerente desde una de sus oficinas extranjeras afiliadas a una de sus oficinas en Estados Unidos. Esta clasificación permite igualmente a una compañía extranjera que aún no tiene una oficina afiliada en los Estados Unidos a enviar un ejecutivo o gerente a Estados Unidos con el propósito de establecer una oficina. El empleador debe presentar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante , con el pago de la tarifa, a nombre del empleado.


La siguiente información describe algunas características y requisitos del programa de visa de no inmigrante L-1.


Requisitos Generales del Empleador y Empleado para la Visa L-1A


Para cualificar en la clasificación L-1 en esta categoría, el empleador estadounidense debe:


  • Tener una relación elegible con una compañía extranjera (oficina central, sucursal, subsidiaria o afiliada, colectivamente referidas como organizaciones elegibles); y

lunes, 5 de junio de 2017

Visa L-1A para Transferencias de Ejecutivos o Gerentes en Estados Unidos

La clasificación no-inmigrante L-1A permite a empleadores estadounidenses a transferir un ejecutivo o gerente desde una de sus oficinas extranjeras afiliadas a una de sus oficinas en los Estados Unidos. 

Esta clasificación permite igualmente a una compañía extranjera que aún no tiene una oficina afiliada en los Estados Unidos a enviar un ejecutivo o gerente a los Estados Unidos con el propósito de crear una oficina. El empleador debe depositar el formulario I-129, Petición para un Trabajador No-Inmigrante , en nombre del empleado. 

Lo siguiente explica algunas características y requisitos del programa de visa no-inmigrante L-1. 


Requisitos Generales del Empleador y Empleado

Para calificar en la clasificación L-1 en esta categoría, el empleador debe:

  • Tener una relación elegible con una compañía extranjera (oficina central, sucursal, subsidiaria o afiliada, colectivamente referidas como organizaciones elegibles);
  • Actualmente estar, o estarán haciendo negocios como empleador en los Estados Unidos y en al menos algún otro país, directamente o a través de una organización elegible durante la duración de la estadía del beneficiario en los Estados Unidos como un L-1. Mientras que el negocio debe ser viable, no se requiere que esté involucrado en comercio internacional.

Hacer negocios significa el abastecimiento regular, sistemático y continuo de bienes y/o servicios por una organización elegible y no incluye la mera presencia de un agente u oficina de la organización elegible en los Estados Unidos y en el extranjero. 

Además para calificar, el empleado designado debe
  • Generalmente, haber estado trabajando para una organización elegible en el extranjero por un período de un año continuo y dentro de los tres años previos a su admisión en los Estados Unidos;
  • Procurar el entrar a los Estados Unidos con la intención de rendir servicios en capacidad ejecutiva o gerencial a una sucursal del mismo empleador o una de sus organizaciones elegibles.

Capacidad ejecutiva se refiere generalmente a la capacidad del empleado de tomar decisiones de amplia gama sin mucha supervisión. Capacidad gerencial se refiere generalmente a la capacidad del empleado de supervisar y controlar el trabajo de empleados profesionales y manejar la organización o un departamento, subdivisión, función o componente de la organización. También podría referirse a la capacidad del empleado de manejar funciones esenciales de la organización a un alto nivel sin la supervisión directa de otros. 

El establecimiento de nuevas oficinas para la compañía

Para empleadores extranjeros que buscan enviar un empleado a los Estados Unidos como un ejecutivo o gerente, con el fin de establecer una nueva oficina, deben también demostrar que
  • Se han asegurado suficientes espacios físicos para habitar la nueva oficina
  • El empleado ha sido contratado como un ejecutivo o gerente durante un año completo dentro de los tres años previos del depositó de la solicitud;
  • La oficina en los Estados Unidos brindará apoyo a una posición ejecutiva o gerencial dentro de un año de ser aprobada la petición.


Familia de trabajadores con visa L-1

Los empleados transferidos a las oficinas en los Estados Unidos pueden ser admitidos acompañados por su cónyuge e hijos menores de 21 años de edad. Estos familiares pueden solicitar la admisión con una visa de clasificación L-2, de ser aprobada, se le otorgará por la misma cantidad de tiempo de estadía que el empleado con L-1. 

Si estos familiares se encuentran en los Estados Unidos y piden cambio de estatus o extensión de estadía bajo la clasificación L-2, estos pueden solicitar colectivamente, pagando la tarifa debida, con el formulario I-539. Los cónyuges de trabajadores L-1 pueden solicitar autorización para trabajar con el formulario I-765 . De ser aprobada esta solicitud, no hay restricciones específicas de tipo de trabajo. 


Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)  
http://www.inmigracionyvisas.com/a3629-visa-L-1A-transferencia-de-ejecutivos-o-gerentes.html