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martes, 7 de abril de 2020

Beneficios Y Ayudas Para Personas Y Empresas En Estados Unidos Por Coronavirus

El Gobierno federal está permitiendo que los estados cambien sus leyes para proporcionar beneficios de seguro por desempleo por razones relacionadas con el coronavirus (COVID-19).

La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica por Coronavirus (CARES, sigla en inglés) se promulgó el 27 de marzo de 2020. Ofrece ayuda para personas y empresas afectadas por la pandemia del coronavirus (COVID-19). Así:


Ayuda Para Personas: Pagos De Estímulo Económico

El servicio de impuestos internos (IRS, sigla en inglés) emitirá pagos únicos para muchos individuos a partir de finales de abril de 2020.
  • Los individuos, incluidos los beneficiarios del Seguro Social con ingresos de $75,000 o menos, recibirán un pago de $1,200.
  • Las parejas casadas que presenten declaración conjunta de impuestos con ingresos de hasta $150,000 o menos, recibirán un pago de $2,400.
  • Las personas con ingresos mayores a aquellos mencionados recibirán pagos parciales. Individuos con ingresos mayores a $99,000 y parejas que ganen más de $198,000 no recibirán ningún pago a menos que tengan hijos.
  • Los padres de niños que califican recibirán un pago único de $500 por hijo.
  • Usted no debe hacer nada para recibir su pago de forma automática por depósito directo o cheque si:
    o Presentó una declaración de impuestos de 2019 o 2018.
    o Recibe pagos regulares de la seguridad social, aunque normalmente no presente declaraciones de impuestos.

Las personas que solicitaron depósito directo en su declaración de impuestos recibirán sus pagos semanas antes de aquellos que recibirán cheques. No se preocupe si el IRS no tiene su información de depósito directo. Usted podrá proveerla a través de un sitio web que se publicará pronto.

 

Continúe leyendo en https://www.inmigracionyvisas.com/a4794-beneficios-y-ayudas-en-Estados-Unidos-por-coronavirus.html 

 

Fuente: Gobierno USA En Español

martes, 19 de julio de 2016

Programa Especial de Nutrición Suplementaria para Mujeres, Bebés y Niños (WIC)

WIC es un programa de nutrición para mujeres embarazadas o amamantando, o que han estado embarazadas recientemente, infantes y niños menores de 5 años. 

WIC provee gratuitamente los siguientes servicios: 

  • Alimentos sanos.
  • Educación y asesoramiento sobre nutrición.
  • Apoyo durante la lactancia.
  • Referidos para el cuidado de la salud, inmunizaciones y servicios comunitarios.
 

Requisitos de ingresos para ser elegible en WIC: 

Debe tener un ingreso familiar total a/o inferior a las cantidades que figuran en las Pautas de Ingresos para WIC; o reunirá los requisitos si actualmente recibe Medicaid, asistencia financiera temporera (Temporary Cash Assistance-TCA) o asistencia de alimentos (Food Assistance). Sin embargo, no tiene que participar en un programa de asistencia pública para reunir los requisitos para WIC. 

Para solicitar los servicios de WIC: 

Llame a la oficina de WIC local o llame sin cargo al 1-800-342-3556 y diga que quiere aplicar al programa de WIC. 

En la oficina de WIC local le darán hora y fecha para la visita de certificación para WIC. En esta visita, se revisará el ingreso de la familia y la situación médica/nutricional de cada solicitante. Ese día, sabrá si usted y sus hijos son elegibles para participar en WIC. 

Qué debe llevar a la visita de certificación de WIC: 

  • Lleve a TODOS los miembros de su familia que vayan a solicitar los servicios de WIC.
  • Lleve comprobantes de TODOS los ingresos de cada persona de la familia (antes de descontar los impuestos y demás deducciones). El ingreso incluye salarios, manutención de los hijos y del cónyuge, pagos por hogar sustituto, intereses, compensación por desempleo y ganancias militares; O, si recibe Medicaid, asistencia financiera temporera (Temporary Cash Assistance-TCA) o asistencia de alimentos (Food Assistance), ya reúne los requisitos de ingresos para WIC. (Si no recibe Medicaid o TCA, pero otros miembros de su familia se reciben estos beneficios, es posible que usted también pueda acceder a WIC.) El personal de WIC puede verificar si usted está inscrita en estos programas. Sin embargo, llevar la carta de Notice of Case Action (Notificación de acción del caso), que comprueba que reúne los requisitos para uno o más de estos programas, facilitará las cosas.
  • Lleve UN documento que verifique su domicilio (no pueden ser casillas de correo/"P.O. boxes"). El documento debe ser actual y mostrar su nombre y dirección. Los permitidos son una factura de servicios públicos, un resumen de cuenta bancaria/del seguro o la licencia de conducir. Debe estar viviendo actualmente en la Florida, pero no tiene que ser ciudadana de Estados Unidos.
  • Lleve UN comprobante de identificación suyo y UNO por cada infante o niño que solicite el WIC, tal como certificado de nacimiento, licencia de conducir, tarjeta de la cuna, identificación militar, identificación con fotografía, tarjeta del seguro social o registro hospitalario.
  • Si su doctor ha llenado la Forma Médica de WIC (WIC Medical Referral Form), traiga esta forma a su cita.
  • Lleve el número del seguro social de cada persona que solicita el WIC, si lo tiene.
  • Lleve el registro de inmunizaciones (vacunas) de cada niño, si lo tiene.

También está disponible la Herramienta de Preselección del programa WIC que se puede utilizar para determinar si usted califica para recibir beneficios del programa WIC. Esta Herramienta de Preselección no es una solicitud para el programa WIC. 

Esta Herramienta de Preselección del programa WIC puede pedirle que introduzca los montos de ingresos derivados del trabajo de su unidad familiar (salarios, propinas, etc.) y los ingresos no derivados del trabajo (manutención de menores, beneficios de desempleo, SSI, etc.). Antes de comenzar, sería conveniente que obtenga esta información. 

La Herramienta de Preselección del programa WIC 
por lo general tarda menos de 15 minutos para completar.

Fuente: floridahealth.gov y fns.usda.gov/  
http://www.inmigracionyvisas.com/a3365-programa-de-nutricion-WIC.html