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viernes, 21 de agosto de 2020

Formulario I-130 Para Petición De Familiares Extranjeros

 

El formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero se utiliza cuando un ciudadano o residente permanente legal (LPR) de Estados Unidos necesita demostrar la relación que tiene con un familiar elegible que desea inmigrar o permanecer permanentemente en Estados Unidos y obtener una Tarjeta de Residente Permanente (también conocida como Green Card o Tarjeta Verde).

Presentar el Formulario I-130 es el primer paso para ayudar a un familiar elegible a solicitar inmigrar a Estados Unidos y obtener una tarjeta de residente permanente. La presentación o aprobación de esta petición no le otorga a su familiar ningún estatus o beneficio de inmigración.

Usualmente, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos aprueba el Formulario I-130 si usted puede demostrar la relación existente entre usted y el familiar que cualifica a su familiar a inmigrar a Estados Unidos. Por lo general, una vez que se apruebe la petición, su familiar puede solicitar convertirse en un residente permanente legal. Ese es el segundo paso del proceso. Algunos familiares deben esperar hasta que haya un número de visa disponible antes de que puedan presentar una solicitud para convertirse en LPR. Siempre hay visas disponibles para familiares que cualifican como familiares inmediatos.

  • Si su familiar ya está en Estados Unidos y hay una visa disponible, puede ser elegible para obtener una tarjeta de residente permanente mediante la presentación de un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
  • Si su familiar es inelegible para obtener su tarjeta de residente permanente en Estados Unidos mediante el Formulario I-485, o si su familiar reside fuera de Estados Unidos, entonces puede solicitar una visa con el Departamento de Estado de Estados Unidos en una embajada o consulado estadounidense en su país.

Continúe leyendo en 
https://www.inmigracionyvisas.com/a4910-formulario-para-peticion-de-familiar-extranjero.html

martes, 25 de junio de 2019

Edición 2017 Del Formulario I-918 Será Válido Hasta Diciembre 31 De 2018

Si usted es un nacional extranjero y es víctima de una actividad criminal cualificada, use este formulario para pedir beneficios de inmigración temporales para usted y sus familiares elegibles, según sea apropiado. 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) Ha extendido el periodo de gracia de la edición anterior del Formulario I-918, Petición de Estatus de No Inmigrante U, incluido el del Suplemento B, Certificación de Estatus de No Inmigrante U, hasta el 31 de diciembre de 2019. A partir del 1 de enero de 2020, solo aceptaremos el Formulario I-918 con la fecha de edición del 04/24/19. 

La versión actual del Formulario I-918 que está disponible en el sitio web de USCIS tiene la fecha de 04/24/19. Indicamos anteriormente que a partir del 2 de julio de 2019, solo aceptaríamos la versión del 04/24/19. USCIS entiende que un periodo de transición de dos meses puede proporcionar un periodo de gracia limitado, específicamente para el Formulario I-918, Suplemento B, Certificaciones de Estatus de No Inmigrante U, por lo que hemos extendido este periodo de gracia. Puede encontrar la fecha de edición en la parte inferior de las páginas del formulario y las instrucciones. 

Recuerde a partir del 1 de enero de 2020, solo aceptaremos la edición con fecha 04/24/19. Hasta entonces, puede usar la edición del 02/07/17. Puede encontrar la fecha de edición en la parte inferior de las páginas del formulario y de las instrucciones. 


Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
https://www.inmigracionyvisas.com/a4263-informacion-edicion-formulario-I-918.html