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jueves, 11 de junio de 2020

Formulario I-485 Solicitud De Residencia Permanente


El Formulario I-485 se utiliza para solicitar el estatus de residente permanente legal si usted está en Estados Unidos, es importante tener en cuenta que no puede presentar el Formulario I-485 hasta que haya una vista disponible en su categoría. Si va a solicitar el ajuste de su estatus al de residente permanente bajo la Sección 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, debe completar tanto el Formulario I-485 como el Suplemento A del Formulario I-485, Ajuste de Estatus Bajo la Sección 245(i) .

Si durante el proceso debe asistir a la entrevista tendrá que contestar preguntas a USCIS bajo juramento, o hacer una declaración relacionada a su Formulario I-485, además traer los originales de toda la documentación que presentó con el Formulario I-485. Esto incluye pasaportes, documentos oficiales de viaje y el Formulario I-94, sin importar si han caducado.


Lugar De presentación:

El lugar de presentación de su Formulario I-485 dependerá de su categoría de elegibilidad. En el siguiente enlace vea las Direcciones para la Presentación Directa del Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus para verificar dónde debe presentar su solicitud. ¡No olvide firmar su formulario¡ USCIS Rechazara cualquier formulario que no esté firmado.

Si va a presentar su solicitud en una Localidad Segura (Lockbox) de USCIS, por favor, tenga en cuenta que, debido a un cambio en el proceso operacional, es posible que no reciba un Número-A en su Formulario I-797, Notificación de Aceptación. En dicho caso, le enviaremos su Número-A en una segunda notificación pocos días después que aceptemos su solicitud.

El Formulario I-485 ahora se usa para recopilar información recopilada previamente en el Formulario I-864W, Petición de Exención de Declaración Jurada de Patrocinio Económico para posible Inmigrante. Los solicitantes de ajustes ya no necesitan presentar el Formulario I-864W.


martes, 18 de junio de 2019

USCIS No Aceptará Más El Formulario I-407 En Las Oficinas Internacionales

A partir del 1 de julio, USCIS no aceptará más el Formulario I-407, Registro de Abandono de Estatus de Residente Permanente en las oficinas internacionales, por correo o en persona.

Las personas que voluntariamente deseen registrar el abandono de su estatus de residente permanente (LPR, por sus siglas en inglés), deben presentar el Formulario I-407 por correo a: 

USCIS Eastern Forms Center
Attn: I-407 unit
124 Leroy Road
PO Box 567
Williston, VT 05495

Estimamos que los tiempos de procesamiento en el Centro de Formularios del Este, desde la recepción hasta la finalización del formulario, estén dentro del intervalo de 60 días, lo que no incluye el tiempo de entrega por correo desde o hacia fuera de Estados Unidos. 

Bajo muy limitadas circunstancias, una embajada o consulado de Estados Unidos o una oficina internacional de USCIS puede aceptar un Formulario I-407 entregado en persona, si alguien necesita prueba inmediata de que ha abandonado su estatus de LPR. 



Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

https://www.inmigracionyvisas.com/a4243-USCIS-no-aceptara-el-formulario-I407-oficinas-internacionales.html