¿Por qué no tienen mi caso en el NVC todavía?
Cuando usted completa una petición (I-130, I-140, etc.) para una visa de inmigrante, la envía al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) en el Departamento de Seguridad Nacional para su aprobación.
Si USCIS aprueba la petición y desea tramitar una visa fuera de los Estados Unidos, USCIS le enviará un Aviso de aprobación (I-797) y enviará la petición al NVC. A menudo, la petición tarda más en llegar al NVC que en recibir su Aviso de aprobación. Consulte la página de Tiempos de procesamiento de NVC para conocer los tiempos de procesamiento más actualizados. Una vez que se reciba la petición de USCIS, se dará un número de caso NVC único y le enviaran una carta notificándole que se tiene su petición y los pasos a seguir.
Soy el beneficiario (solicitante) y mi caso está en NVC. ¿Ahora que pasa?
Si hay una visa disponible para su petición (o si el Departamento de Estado cree que habrá una disponible en los próximos meses), el NVC le enviará a usted, el beneficiario, una carta o correo electrónico indicándole que comience el procesamiento previo de la visa con el NVC. NVC comenzará a procesar previamente su caso pidiéndole que pague las tarifas correspondientes en CEAC. Después de que se paguen las tarifas correspondientes, podrá presentar los documentos de visa de inmigrante necesarios, incluida la Declaración jurada de apoyo (AOS), formularios de solicitud, documentos civiles y más.
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