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miércoles, 6 de marzo de 2019

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció este jueves 28 de febrero que la validez de la documentación relacionada con el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para aquellos amparados bajo el programa provenientes de Sudán, Nicaragua, Haití y El Salvador ha sido extendida automáticamente. 

Las personas beneficiadas y registradas bajo TPS no necesitan realizar ningún pago ni presentar ninguna solicitud para mantener sus beneficios de TPS hasta el 2 de enero de 2020, siempre y cuando el beneficio de TPS de la persona no sea retirado debido a cualquier inelegibilidad. 

La extensión del TPS es el resultado de una decisión judicial preliminar emitida en California en el “Caso Ramos v. Nielsen” la cual requiere que DHS no dé por terminado el TPS hasta que los tribunales emitan un fallo judicial definitivo e inapelable. 

En caso de antes de enero de 2020 los tribunales emitan una decisión final que apoye la cancelación del TPS, el estatus finalizará ya sea 120 días a partir de la fecha de vigencia de la orden de terminación, o en la fecha de terminación del beneficio previamente anunciada por DHS; es decir, el 9 septiembre 2019, para El Salvador. 

Para decidir entre estas dos opciones, se tomará como criterio cuál de ellas otorga un tiempo de transición más prolongado. En el caso de que los tribunales no emitan una decisión final al cumplirse el plazo establecido, DHS emitirá una nueva notificación en diciembre de 2019. 



Fuente: Embajada De Estados Unidos En El Salvador 

http://www.inmigracionyvisas.com/a4043-extension-tps-sudan-haiti-nicaragua-el-salvador.html


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