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jueves, 9 de agosto de 2018

¿Cómo Puedo Solicitar Una Exención Provisional Por Presencia Ilegal?

 

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) creó un proceso que permite a ciertos cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses (familiares inmediatos) solicitar una Exención Provisional por Presencia Ilegal mientras aún están en Estados Unidos y antes de partir al extranjero para sus entrevistas de visa de inmigrante. 

Ciertos familiares inmediatos deben viajar al extranjero para obtener sus visas de inmigrante del Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) antes de que puedan regresar a Estados Unidos y ser admitidos como residentes permanentes legales. En muchos casos, los familiares inmediatos también deben solicitar una exención de causal de inadmisibilidad por su presencia ilegal en Estados Unidos. Como resultado, estas personas deben permanecer fuera de Estados Unidos separados de sus cónyuges, padres o hijos estadounidenses, mientras el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) toma una decisión sobre sus solicitudes de exención. En algunos casos, el proceso de la solicitud de exención puede alargarse, prolongando la separación entre estos familiares inmediatos y sus cónyuges, padres o hijos que son ciudadanos estadounidenses. 

USCIS prevé que este nuevo proceso de Exención Provisional por Presencia Ilegal reducirá significativamente el tiempo que los ciudadanos estadounidenses pasan separados de sus familiares inmediatos. La aprobación de una exención provisional por presencia ilegal antes de dejar el país también permitirá al funcionario consular de DOS emitir una visa de inmigrante sin demora, siempre que no haya otros fundamentos de inadmisibilidad y que el familiar inmediato cumpla los requisitos para obtener una visa de inmigrante. Las personas que pudieran ser inadmisibles por cualquier otra causa no serán elegibles para el proceso de exención provisional por presencia ilegal. 


¿Cómo saber si soy candidato a una Exención Provisional por Presencia Ilegal? 

Usted podría ser candidato a una exención provisional por presencia ilegal si: 
  • Está físicamente presente en los Estados Unidos;
  • Tiene al menos 17 años al momento de presentar su solicitud;
  • Es beneficiario de una petición aprobada de visa de inmigrante que lo clasifica como familiar inmediato de un ciudadano estadounidense;
  • Tiene un caso de visa de inmigrante pendiente ante el Departamento de Estado de EE.UU. (DOS) cuyas tarifas de procesamiento ya han sido pagadas;
  • Cree que es o será inadmisible al momento de la entrevista de visa de inmigrante por haber acumulado cierto tiempo de presencia ilegal en Estados Unidos;
  • Cumple todos los demás requisitos de la Exención Provisional por Presencia Ilegal conforme a las regulaciones, el Formulario I-601A y sus instrucciones.


¿Cómo saber si no soy candidato a una Exención Provisional por Presencia Ilegal? 

Usted no es elegible a una Exención Provisional por Presencia Ilegal y su solicitud será rechazada o denegada si: 
  • No cumple alguno de los requisitos anteriormente enumerados;
  • Tiene pendiente ante USCIS un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus;
  • Se encuentra en proceso de remoción, a menos que el mismo se encuentre administrativamente cerrado y no se haya reprogramado a la fecha de presentación del Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal;
  • Usted está sujeto a una orden administrativa definitiva de expulsión, exclusión o deportación de Estados Unidos;
  • Está sujeto a la restitución de una orden previa de remoción;
  • DOS programó su entrevista de visa de inmigrante antes del 3 de enero de 2013, aun cuando no se presentó o usted o DOS cancelaron o reprogramaron la entrevista para el 3 de enero de 2013 o una fecha posterior;
  • Usted no demuestra que el rechazo de su admisión a Estados Unidos perjudicaría enormemente a su cónyuge o padre ciudadano estadounidense, o que su solicitud debe de ser aprobada de forma discrecional;
  • USCIS tiene motivos para creer que DOS podría considerarlo inadmisible a visa de inmigrante al momento de su entrevista por motivos distintos a su presencia ilegal.


¿Cómo solicito la Exención Provisional por Presencia Ilegal? 

Para solicitar una Exención Provisional por Presencia Ilegal debe presentar un Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal. Asegúrese de que su solicitud esté completa, firmada y sea presentada con el pago correcto de la tarifas de solicitud y de datos biométricos. Siga las instrucciones de la solicitud I-601A. 


¿Denegará USCIS mi solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal si tengo historial criminal? 

USCIS podría denegar su solicitud si usted tiene historial criminal. Ello dependerá del tipo de delito que haya cometido. Por ejemplo, USCIS podría tener una razón menor para denegar su solicitud si usted fue un delincuente juvenil o si el crimen cae bajo la excepción de delito menor establecido en 212(a)(2)(A)(ii) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). Sin embargo, si fue un crimen de comportamiento inmoral según dispuesto en INA 212(a)(2)(A)(i)(I), entonces USCIS tendrá una razón de peso para denegar su solicitud debido a su expediente criminal. 

Al revisar su caso, USCIS determinará si usted cumplió con los demás requisitos de elegibilidad, que incluyen el demostrar que su cónyuge o padre estadounidense sufrirá dificultad extrema, y que usted merece que se ejerza discreción procesal a su favor. 


Si USCIS rechaza mi solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal, ¿puedo apelar o presentar una moción de reapertura o reconsideración de mi caso? 

No. Si USCIS rechaza su Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal no podrá apelar ni presentar una moción de reapertura o reconsideración del caso. USCIS se reserva el derecho de reabrir y reconsiderar, por determinación propia, la aprobación o el rechazo de una exención provisional por presencia ilegal en cualquier momento. 


¿Qué puedo hacer si USCIS rechaza mi Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal o si retiro mi solicitud? 

Si USCIS rechaza su Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal o si usted la retira antes de que USCIS tome una decisión, puede presentar un nuevo Formulario I-601A conforme a las instrucciones de dicho formulario, pagando las tarifas exigidas e incluyendo toda la documentación adicional que, a su juicio, demuestre que cumple con los requisitos para la Exención Provisional por Presencia Ilegal. Sólo puede presentar una nueva Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal si su caso de visa de inmigrante está pendiente ante DOS. Para obtener más información, consulte la página de Web de DOS en www.immigrantvisas.state.gov. 

Otra opción es presentar un Formulario I-601, Exención de Causal de Inadmisibilidad, enviándolo a una Localidad Segura (Lockbox) de USCIS, luego de su entrevista de visa de inmigrante y después de que el funcionario consular de DOS determine que usted es inadmisible en Estados Unidos. 


Si USCIS rechaza mi Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal, ¿iniciarán procesos de remoción contra mí? 

USCIS no prevé iniciar procesos de remoción ni referir a ICE a los solicitantes de Exención Provisional por Presencia Ilegal cuando USCIS aprueba o rechaza sus solicitudes o los solicitantes retiran las mismas. 

Conforme a su política normativa vigente sobre la emisión de Notificación de Avisos de Comparecencia (NTA, por sus siglas en inglés) y de referidos a ICE, USCIS normalmente referirá a ICE a una persona sólo si es considerada prioridad de control de seguridad de DHS, es decir, si tiene historial penal, ha cometido fraude o representa en modo alguno una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública. 

USCIS seguirá la política de emisión de NTA de DHS vigente al momento de tomar su decisión si iniciará un proceso de remoción contra un solicitante de Exención Provisional por Presencia Ilegal. 

Además, si se descubren actos, omisiones o actividades posteriores a la aprobación de su exención que pudieran cumplir los criterios para la emisión de un NTA o se determina que dicha exención fue otorgada por error, USCIS podrá emitir un NTA en conformidad con la política de emisión de NTA de DHS, además de reabrir el proceso de aprobación de la Exención Provisional por Presencia Ilegal y rechazar la solicitud de exención.


Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) 

http://www.inmigracionyvisas.com/a3869-exencion-provisional-por-presencia-ilegal.html

miércoles, 17 de agosto de 2016

Nuevo Perdón Para Familiares de Residentes Permanentes en Estados Unidos

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), anunció una regla final que extiende el proceso de exención provisional existente, a fin de permitir que ciertas personas que son familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales (LPRs, por sus siglas en inglés), y que son estatutariamente elegibles a visas de inmigrante, puedan navegar más fácilmente por el proceso de inmigración. 
El proceso de exención provisional promueve la unidad familiar al reducir el tiempo que las personas elegibles permanecen separados de sus familiares mientras completan el proceso de inmigración en el extranjero, al tiempo que se mejora la eficiencia administrativa. 

Esta regla final se añade al proceso establecido en el 2013 con el propósito de fomentar la unidad familiar. Bajo este proceso, ciertos familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses pueden solicitar exenciones provisionales por presencia ilegal, sobre la base de dificultades extremas que sufrirían sus cónyuges o padres ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales si la exención no es concedida. 

La regla, que se anunció entra en efecto el 29 de agosto de 2016, extiende la elegibilidad al proceso de exención provisional a todas las personas estatutariamente elegibles a la exención de inadmisibilidad por presencia ilegal. 

Hasta ahora, solo familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses eran elegibles a solicitar las exenciones provisionales antes de salir de los Estados Unidos para el procesamiento de sus visas de inmigrante. Aquellos elegibles a la exención provisional bajo la regla de 2013 son sólo un grupo dentro de los elegibles a la exención bajo el estatuto. Esta regla expande la elegibilidad al proceso a todas las personas que son estatutariamente elegibles a la exención. 

Para cualificar a la exención provisional, los solicitantes deben establecer que sus cónyuges o padres ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales experimentarán “dificultades extremas” si los solicitantes no están autorizados a regresar a los Estados Unidos. 

La regla final también cambia el Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal. Estos cambios entrarán en vigor al mismo tiempo que la regla final

Los solicitantes no deben presentar una petición de exención de presencia ilegal bajo las guías extendidas hasta el 29 de agosto de 2016. Si lo hace antes de esa fecha, USCIS podría denegar su solicitud. 




Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) YouTube almarosanieto

http://inmigracionyvisas.com/a3388-Nuevo-Perdon-para-familiares-de-residentes.html